1/4 Procedimiento Nº: E/09081/2019 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos y teniendo como base los siguientes HECHOS PRIMERO: La reclamación interpuesta por FEDERACION DE ENSEÑANZA CCOO MADRID (en adelante, el reclamante) tiene entrada, con fecha 25 de septiembre de 2019, en la Agencia Española de Protección de Datos. La reclamación se dirige contra ASOCIACIÓN HAZTEOIR.ORG, con NIF G83068403 (en adelante, el reclamado). Los motivos en que basa la reclamación son la campaña del "pin parental" y el "adoctrinamiento de género" que está llevando a cabo el reclamado. En síntesis, expone lo siguiente: La asociación HazteOir.org ha enviado 23.000 ejemplares de lo que denominan "PIN Parental” a centros educativos -públicos y concertados- de toda España. El impreso está acompañado de una carta dirigida al director o directora del instituto o colegio y de un folleto informativo así como de un libro titulado “***LIBRO.1”, una respuesta ciudadana al adoctrinamiento de género. Además, la misma asociación ha enviado esta documentación a 6.000 AMPAS (Asociaciones de Madres y Padres) de colegios e institutos de enseñanza secundaria de Castilla y León, Murcia, Andalucía y Madrid. HazteOir.org tiene previsto continuar con la difusión de su campaña en las próximas semanas repartiendo a los padres y madres ejemplares del PIN Parental a las puertas de los centros educativos, como hizo el pasado ***FECHA.1 a las puertas del Colegio Público ***COLEGIO.1 de Madrid, en mesas informativas de ciudades de toda España. Literalmente, han manifestado: “Nuestro objetivo es entregar -a lo largo de este curso escolar- a los padres 100.000 impresos de esta herramienta imprescindible para combatir el adoctrinamiento afectivo-sexual en las escuelas”. Ninguna de estas comunicaciones ni envíos cuenta con el consentimiento de los centros educativos destinatarios. El Pin Parental es una solicitud de información previa para la asistencia de sus hijos e hijas a las actividades complementarias y extraescolares sobre determinadas actividades organizadas en los centros relativas a la educación afectivo-sexual, la “identidad y expresión de género”, la “diversidad sexual y afectiva” y los “diferentes modelos de familia”. Se puede acceder al "FOLLETO INFORMATIVO" a través de la página de la asociación, promovido por ***URL.1, cuyo dominio de internet ha sido registrado por HazteOír.org, Por otra parte, la campaña se basa en otro documento, más extenso (106 páginas), denominado "***LIBRO.1" en el que se ridiculiza a las personas transgénero, se abunda seguidamente en la tesis del "adoctrinamiento de género" y se dirige a quienes, según su parecer, "están siendo perseguidos, vilipendiados y, en ocasiones, represaliados C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 2/4 por defender los derechos de los niños frente a la imposición de las leyes de adoctrinamiento de género". Todos estos documentos se han hecho llegar a 23.000 centros educativos de toda España de todos los niveles, según las asociaciones referenciadas indican, sin previa petición ni consentimiento de los mismos. En la página web de ***URL.1, se exponen centros educativos de toda España donde ya se llevan a cabo clases, talleres, charlas, etc., a cargo de organizaciones LGTBI. Se indica el centro y se enlaza la actividad u organización que la ha llevado a cabo. Los centros están ordenados por comunidades autónomas Se trata de más de 300 centros educativos públicos de toda España, en los que se imparte desde Educación Infantil y Primaria (CEIP), pasando por Institutos de Educación Secundaria (IES) hasta Universidades. Y esto en el marco de la campaña de "ideología de género" y señalándolos directamente, bajo el título de la relación, como "colegios donde se adoctrina". En la reclamación añaden que, incluso, se señalan centros donde hay personas trans, sin concretar el nombre. SEGUNDO: La Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos objeto de la reclamación, dirigiéndose a los representantes de HAZTEOIR.ORG, que expusieron lo siguiente: - Que no disponen de listados de centros educativos donde estén escolarizados alumnos del colectivo LGTBI. - Que no recaban ningún dato personal por la tramitación del formulario "Solicitud de información Previa y Consentimiento Expreso (pin parental)". - Que a través de la web ***URL.1 no se informa sobre la existencia de determinados alumnos transexuales. - Por lo que se refiere a la relación de colegios aportados por los reclamantes, no figura ningún dato personal de alumnos profesores ni personal directivo El Inspector responsable de las actuaciones previas de investigación ha constatado que en la página web ***URL.1 no se encuentra información sobre alumnos transexuales FUNDAMENTOS DE DERECHO I De acuerdo con los poderes de investigación y correctivos que el artículo 58 del Reglamento (UE) 2016/679 (Reglamento general de protección de datos, en adelante RGPD) otorga a cada autoridad de control, y según lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en lo sucesivo LOPDGDD), es competente para resolver estas actuaciones de investigación la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos. II C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 3/4 El Considerando
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