1/4 Expediente Nº: E/09157/2020 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos ante la entidad ORANGE ESPAGNE, S.A.U. en virtud de denuncia presentada por A.A.A. y teniendo como base los siguientes HECHOS PRIMERO: Con fecha 9/04/2020 tuvo entrada en esta Agencia un escrito de reclamación de D. A.A.A. (en lo sucesivo el reclamante) contra la entidad ORANGE ESPAGNE, S.A.U. (en lo sucesivo la reclamada) en el que manifiesta que a lo largo del año 2019 ha estado recibiendo llamadas comerciales en su teléfono fijo (***TELEFONO.1) procedentes de distintas líneas. En muchas ocasiones nadie contesta, pero en otras afirman que llaman de compañías de telecomunicaciones, sobre todo de la reclamada. Les ha manifestado su oposición en varias ocasiones, indicándoles además que la línea se encuentra dada de alta en la “lista Robinson”, pero las llamadas no cesan. Documentación relevante aportada por el reclamante: - Certificado emitido por la Asociación Española de la Economía Digital (en adelante, ADigital) fechado el 4 de noviembre de 2019 en el que se hace constar que el número de teléfono ***TELEFONO.1, asociado al reclamante, se encuentra inscrito en el Servicio de Lista Robinson desde el día 11 de febrero de
- - Listado de llamadas objeto de reclamación. Incluye, para alrededor de trescientas llamadas recibidas entre el 11 de febrero de 2019 y el 19 de diciembre de 2019 en la línea ***TELEFONO.1, la fecha y hora de la llamada, el número de teléfono origen de esta y su duración (incluye llamadas “no contestadas”). SEGUNDO: Tras la recepción de la denuncia, la Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos denunciados, teniendo conocimiento de los siguientes extremos: ANTECEDENTES Fecha de entrada de la reclamación: 9 de abril de 2020 Fecha en la que tuvieron lugar los hechos reclamados: entre el 11 de febrero de 2019 y el 19 de diciembre de
- ENTIDADES INVESTIGADAS C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 2/4 ORANGE ESPAGNE, S.A.U. con NIF A82009812 con domicilio en Paseo Club Deportivo nº 1, 28223 Pozuelo de Alarcón, Madrid. RESULTADO DE LAS ACTUACIONES DE INVESTIGACIÓN - Se han examinado las siguientes llamadas recibidas por el reclamante en el número ***TELEFONO.1 (de indica la fecha y hora de la llamada, además del número de teléfono origen): - - 16/12/
- 16:
- ***TELEFONO.2 16/12/
- 18:
- ***TELEFONO.3 17/12/
- 15:
- ***TELEFONO.4 17/12/
- 19:
- ***TELEFONO.5 18/12/
- 17:
- ***TELEFONO.6 Según la información obtenida del Registro de Numeración y Operadores de Telecomunicaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia los operadores de telecomunicaciones que gestionan los números de teléfono origen de las llamadas son: - TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A. UNIPERSONAL (en adelante Telefónica), en relación con las líneas ***TELEFONO.2 y ***TELEFONO.
- - FRANCE TELECOM ESPAÑA (en adelante Orange), en relación con la línea ***TELEFONO.
- - ALAI OPERADOR DE TELECOMUNICACIONES, S.L. (en adelante Alai) en relación con la línea ***TELEFONO.
- - FRANCE TELECOM ESPAÑA (en adelante Orange), en relación con la línea ***TELEFONO.
- - No se ha encontrado información relativa al número de teléfono ***TELEFONO.4 en el Registro de Numeración y Operadores de Telecomunicaciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Asimismo, según lo dispuesto en el Fichero de Numeración que consigna el Plan Nacional de Numeración de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información el comienzo “98274” no se encuentra asignado a ningún operador. - En relación con la llamada realizada al reclamante el día 16 de diciembre de 2019 desde el número ***TELEFONO.2, Telefónica manifiesta que el titular de dicha numeración es el Cabildo Insular de Tenerife, y no refiere que se haya realizado ninguna llamada, el día 16 de diciembre de 2019, desde ésta al número de teléfono del reclamante. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 3/4 - En relación con la llamada realizada al reclamante el día 16 de diciembre de 2019 desde el número ***TELEFONO.3, Orange manifiesta que el titular de dicha numeración es B.B.B. (NIF.: ***NIF.1) y no refiere que se haya realizado ninguna llamada el día 16 de diciembre de 2019 desde ésta al número de teléfono del reclamante. - En relación con la llamada realizada al reclamante el día 17 de diciembre de 2019 desde el número ***TELEFONO.5, Alai manifiesta lo siguiente: “En efecto, ALAI gestiona la línea identificada con el número ***TELEFONO.5, sin embargo, dicha línea no ha sido asignada a ningún cliente y por tanto no hay uso ni tráfico asociado a ese número desde diciembre de 2019 hasta el día de hoy.” - En relación con la llamada realizada al reclamante el día 18 de diciembre de 2019 desde el número ***TELEFONO.6, Telefónica manifiesta que el titular de dicha numeración es Telefónica de España, S.A. y no refiere que se haya realizado ninguna llamada el día 18 de diciembre de 2019 desde ésta al número de teléfono del reclamante. FUNDAMENTOS DE DERECHO I De conformidad con lo establecido en el artículo 84.3) de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, la competencia para resolver el presente Procedimiento corresponde a la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos. II En el presente caso, de las investigaciones realizadas por la Inspección de la AEPD, se concluye la imposibilidad de acreditar la identidad del llamante toda vez que las llamadas realizadas desde los números indicados por el reclamante o bien no se encuentran asignados, o bien no consta que se hayan realizado en la fecha y hora indicadas. Esta situación se debe a la posibilidad de que el llamante haya usado para realizar la llamada una aplicación fraudulenta -de las diversas que existen en el mercado- que permite modificar la identificación del “número llamante”. En este sentido, se informa de que esta AEPD está analizando reclamaciones similares a fin de notificar al Ministerio Fiscal este tipo de actuaciones por si fuera constitutivo de infracción penal. III Por lo tanto, de acuerdo con lo señalado, por la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, SE ACUERDA: PRIMERO: PROCEDER AL ARCHIVO de las presentes actuaciones. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 4/4 SEGUNDO: NOTIFICAR la presente Resolución a ORANGE ESPAGNE, S.A.U. con NIF A82009812, y A.A.A., con domicilio en ***DIRECCCION.
- De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Reglamento de desarrollo de la LOPD aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. 897-150719 Mar España Martí Directora de la Agencia Española de Protección de Datos C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es