1/7 Expediente Nº: E/11426/2021 RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DE ACTUACIONES De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos y teniendo como base los siguientes HECHOS PRIMERO: A.A.A. (en adelante, la parte reclamante) con fecha 3 de marzo de 2021 interpuso reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. La reclamación se dirige contra MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA SOCIEDAD DE SEGUROS A PRIMA FIJA con CIF V28027118 (en adelante, la parte reclamada). Los motivos en que basa la reclamación son los siguientes: Tratamiento sin consentimiento de su DNI en consulta efectuada a ficheros ASNEF y BADEXCUG, pese a no existir relación contractual ni solicitud de contratación alguna. Solicitado el derecho de acceso se responde que no se tienen datos pese a lo anteriormente constatado. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 65.4 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante LOPDGDD), el 8 de abril de 2021 se dio traslado de dicha reclamación a la parte reclamada, para que procediese a su análisis e informase a esta Agencia en el plazo de un mes, de las acciones llevadas a cabo para adecuarse a los requisitos previstos en la normativa de protección de datos. El traslado, que se practicó conforme a las normas establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP), fue recogido en fecha 9 de abril de 2021 como consta en el acuse de recibo que obra en el expediente. Con fecha 6 de mayo de 2021 se recibe en esta Agencia escrito de respuesta indicando que para obtener una cotización de un seguro en MUTUA MADRILEÑA, a través de su canal web, es necesario introducir una serie de datos personales, entre ellos el NIF, en un formulario diseñado al efecto para los cual es necesario aceptar la cláusula sobre protección de datos en la que se informa sobre la consulta a los sistemas de información crediticia. Se manifiesta además que se facilitó a la reclamante el derecho de acceso a los datos personales tratados por MUTUA MADRILEÑA y que son DNI, sexo, edad y teléfono, facilitados a través de la web para obtener la cotización de un seguro. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 2/7 TERCERO: Con fecha 7 de octubre de 2021, de conformidad con el artículo 65 de la LOPDGDD, se admitió a trámite la reclamación presentada por la parte reclamante. CUARTO: La Subdirección General de Inspección de Datos procedió a la realización de actuaciones previas de investigación para el esclarecimiento de los hechos en cuestión, en virtud de los poderes de investigación otorgados a las autoridades de control en el artículo 57.1 del Reglamento (UE) 2016/679 (Reglamento General de Protección de Datos, en adelante RGPD), y de conformidad con lo establecido en el Título VII, Capítulo I, Sección segunda, de la LOPDGDD, teniendo conocimiento de los siguientes extremos: Los representantes de la entidad reclamada manifiestan que se trata de un proceso de solicitud de una cotización de un seguro a través de la página web de la Compañía. Para obtener una cotización de un seguro en la entidad reclamada, a través de su canal web, sólo es necesario introducir los datos personales, entre ellos el NIF, que son imprescindibles para la mera cotización, en un formulario diseñado al efecto. Estos datos deben ser aportados por los interesados y no pueden remitirse si no han leído previamente la cláusula de protección de datos. Por ello, hasta que no se desplaza, a través del scroll, hasta el final del texto con la información de protección de datos, el usuario no puede continuar. Dado que es el propio interesado quien informa de sus datos personales al solicitar una cotización por un producto de seguro, estos deben presumirse válidos. Para poder obtener una correcta tarificación del riesgo el dato del NIF es necesario consultar los ficheros de solvencia patrimonial y de crédito, al objeto de valorar el riesgo y para comprobar si el solicitante es ya cliente de la entidad o ha pedido más presupuestos. El dato de solvencia consultado para realizar la cotización deja de ser utilizado transcurrido un mes desde su obtención y no se utiliza para ninguna otra finalidad. Dado que, en el supuesto de la reclamante no se formalizó el contrato de seguro, los datos recogidos en la cotización no se han utilizado para nada. En el presente caso, la entidad no tuvo motivos para sospechar que el solicitante no fuera el titular de los datos personales facilitados a través de la web en el proceso de cotización realizado que motivó la reclamación, el dato de solvencia fue consultado exclusivamente para la realización de la cotización. No se volvió a utilizar para nada y, además, no consta en la actualidad ningún dato personal de la reclamante en las bases de Mutua Madrileña. La entidad reclamada manifiesta que tiene implementadas medidas de seguridad con la finalidad de minimizar el riesgo de solicitudes de cotización fraudulentas y garantizar el cumplimiento de las obligaciones normativas impuestas por el RGPD y la LOPDGDD. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 3/7 Dichas medidas, son, entre otras, las siguientes: Veto Digital: Se lleva a cabo un veto de carácter digital en función del comportamiento que realiza el usuario exclusivamente en el entorno digital de Mutua Madrileña a la hora de solicitar una cotización vía web para, de esta forma, tratar de identificar y bloquear comportamientos anómalos (por ejemplo, modificar varias veces datos relevantes para la cotización, avanzando y retrocediendo en el proceso de navegación). Scoring Digital: Del mismo modo, y en paralelo, se lleva a cabo un veto en función del dispositivo desde el que se realice la cotización, sistema operativo, tipo de IP, momento horario en el que se realice de la cotización, etc., y todo ello con la finalidad de detectar anomalías o comportamientos sospechosos que pudieran responder a ulteriores comportamientos fraudulentos. No obstante, a la vista de los hechos que dan origen al procedimiento de referencia marginal, desde Mutua Madrileña se ha evaluado la posibilidad de implantación de nuevas medidas de seguridad para llevar a cabo una verificación más profusa de la identidad de un solicitante de cotizaciones en entorno web. Las medidas que se ha valorado implantar son las siguientes: Solicitud de una fotografía de la persona que realice la cotización del seguro junto con el DNI. Evaluada esta medida se considera que, a la vista de la finalidad del acto para el que se requeriría la verificación - la solicitud de precio para un producto de seguro-, esta medida supondría un tratamiento excesivo y desproporcionado que, además, en su caso podría requerir el uso de herramientas de análisis biométrico. Solicitud de firma electrónica. Evaluada esta medida, entienden que en la fase solicitud de cotización y de acuerdo con el estado de la técnica, resultaría excesiva para la finalidad que se persigue. Dada la naturaleza, finalidad y contexto del tratamiento, se considera que ambas medidas serían excesivas y desproporcionadas para la finalidad para la que se tratarían los datos. Sin perjuicio de las anteriores medidas evaluadas, desde Mutua Madrileña, y en cumplimiento de su diligencia debida y del principio de responsabilidad proactiva, se ha estudiado la posibilidad de adoptar las siguientes medidas adicionales, estando en proceso su planificación y puesta en marcha: En el inicio de la solicitud de una cotización, en la misma pantalla en la que Mutua requiera el DNI al interesado, se está valorando incluir un aviso de declaración responsable en el que se indique que los datos proporcionados por él son veraces y que, en caso contrario, estaría incumpliendo la normativa de protección de datos. El texto podría ser el siguiente: C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 4/7 “Se compromete a que sus datos sean veraces. De no serlo, le recordamos que estaría incumpliendo la normativa vigente de protección de datos”. Por otra parte, se está analizando la posibilidad de implementar un nuevo protocolo que incluya una medida consistente en que, para aquellos supuestos en los que se produzca una usurpación de identidad en fase precontractual de la que Mutua Madrileña tenga conocimiento, se ponga a disposición del interesado la posibilidad de solicitar el veto de su NIF hasta que él mismo revoque dicha solicitud. FUNDAMENTOS DE DERECHO I Competencia De acuerdo con las funciones que el artículo 57.1 a),
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.