1/10 Procedimiento Nº: PS/00150/2018 RESOLUCIÓN R/01038/2018 DE TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO POR PAGO VOLUNTARIO En el procedimiento sancionador PS/00150/2018, instruido por la Agencia Española de Protección de Datos a BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., vista la denuncia presentada por A.A.A., y en base a los siguientes, ANTECEDENTES PRIMERO: Con fecha 17 de mayo de 2018, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos acordó iniciar procedimiento sancionador a la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., mediante el Acuerdo que se transcribe: << Procedimiento Nº: PS/00150/2018 ACUERDO DE INICIO DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR De las actuaciones practicadas por la Agencia Española de Protección de Datos ante las entidades BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., EQUIFAX IBERICA, S.L., y EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. en virtud de denuncia presentada ante la misma por D. A.A.A. y en base a los siguientes, HECHOS PRIMERO: En fecha 25/09/2017 tiene entrada en esta Agencia denuncia de D. A.A.A. (en lo sucesivo el denunciante) en el que pone de manifiesto que BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. (BBVA) ha incluido sus datos personales en ficheros de solvencia patrimonial y crédito sin requerimiento previo de pago, hecho que se produjo antes del 24/04/2017, que es cuando tuvo conocimiento de este hecho al solicitar una hipoteca. Asimismo manifiesta que tanto EQUIFAX IBERICA, S.L. (EQUIFAX), como EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. (EXPERIAN) no le han comunicado su inclusión en dichos ficheros. Y, entre otra, anexa la siguiente documentación: Carta dirigida a ASNEF-SIGNE, S.L., sin fecha, en la que se solicita que se cancelen los datos personales del denunciante publicados por ASNEF. A dicha carta, se adjunta el DNI del denunciante, en el que se puede observar que está expedido el 12/12/2016, y en el que aparece la misma dirección que se aporta en la denuncia como domicilio del denunciante ((C/...1) (GRANADA)). Carta de EXPERIAN fechada el 13/04/2017, en la que se aportan las inscripciones presentes en el fichero BADEXCUG para el DNI del denunciante en esa fecha. La dirección a la que se remite esta carta es la misma que aparece en todos los apuntes del fichero BADEXCUG relativos al DNI del denunciante ((C/...2)(GRANADA)), que es distinta a la que aparece en la denuncia y en el DNI del denunciante. Las operaciones inscritas en el fichero BADEXCUG a fecha del 13/04/2017, según se indica en dicha carta, son las siguientes: C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/10 o Importe impagado de 454,60 informado por FINANCIERA EL CORTE INGLES con fecha de alta el 05/01/2014. o Importe impagado de 4.185,48 informado por BBVA con fecha de alta el 13/04/2014 por el producto “Tarjeta de Crédito”. o Importe impagado de 17.531,24 informado por BBVA con fecha de alta el 13/04/2014 por el producto “Préstamos Personales”. o Importe impagado de 763,47 informado por BBVA con fecha de alta el 12/10/2014 por el producto “Descubierto en Cuenta Corriente”. Importe impagado de 765,99 informado por BBVA con fecha de alta el 09/10/2014. Apareciendo como dirección una distinta a la de la denuncia: (C/...2)(GRANADA). Correo electrónico de EQUIFAX fechado el 04/05/2017, en la que se le indica al denunciante que se han dado de baja sus datos del fichero ASNEF relacionados con la entidad ALTAIA CAPITAL SARL; y se le envían los datos presentes en el fichero ASNEF en dicha fecha (el 04/05/2017), que corresponden a las siguientes operaciones: o Importe impagado de 454,60 informado por FINANCIERA EL CORTE INGLES con fecha de alta el 03/01/2014. Apareciendo como dirección la misma que se presenta como domicilio del denunciante en la denuncia: (C/...1) (GRANADA) o Importe impagado de 4.222,71 informado por BBVA con fecha de alta el 10/04/2014 por el producto “TARJETAS DE CREDITO”. Apareciendo como dirección una distinta a la de la denuncia: (C/...2)(GRANADA). o Importe impagado de 17.616,45 informado por BBVA con fecha de alta el 10/04/2014 por el producto “PRESTAMOS PERSONALES”. Apareciendo como dirección una distinta a la de la denuncia: (C/...2) (GRANADA). o Importe impagado de 765,99 informado por BBVA con fecha de alta el 09/10/2014 por el producto “DESCUBIERTO EN C/C”. Apareciendo como dirección una distinta a la de la denuncia: (C/...2)(GRANADA). En la fecha del 17/10/2017, tiene entrada escrito presentado por el denunciante en contestación a requerimiento de información. Y anexa, entre otra, la siguiente documentación: Operaciones que aparecen en el fichero ASNEF relacionadas con el DNI del denunciante a fecha de 12/09/2017. Se aprecia que aparecen las tres operaciones informadas por el BBVA que ya aparecían en la fecha del 04/05/2017. Impresión de los movimientos de una cuenta cliente de BBVA a nombre del denunciante, en la que se aprecia la dirección (C/...2) (GRANADA). En su escrito, el denunciante manifiesta que esta dirección es el domicilio familiar y recibe allí las notificaciones. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/10 Correo electrónico, fechado el 10/04/2017, de ING DIRECT en el que se le informa que no es posible continuar con su solicitud de préstamo hipotecario debido a una consulta en el fichero BADEXCUG. SEGUNDO: A la vista de los hechos denunciados, en fase de actuaciones previas, por los Servicios de Inspección de esta Agencia se solicita información a las entidades BBVA, EQUIFAX Y EXPERIAN, teniendo conocimiento de los siguientes extremos conforme al informe de actuaciones previas de inspección E/5557/2017 que se trascribe: “RESULTADO DE LAS ACTUACIONES DE INVESTIGACIÓN En la fecha del 30/11/2017, tiene entrada escrito presentado en nombre de EQUIFAX IBERICA, S.L. en respuesta a requerimiento de información. Y se anexa, entre otra, la siguiente documentación en relación a las notificaciones de inscripciones del denunciante en el fichero ASNEF informadas por BBVA: 1 Respecto a la notificación de la inscripción de la operación dada de alta el 09/10/2014 por “DESCUBIERTO EN C/C”: a. Existe una carta identificativa con referencia “***REF.1” dirigida al denunciante en que se incluye en el fichero ASNEF la deuda con BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., dada de alta a fecha de 09/10/2014 por un importe de 616,92 €. b. Certificación de la empresa SERVINFORM, S.A., realizada el 28/11/2017, de que un grupo de cartas entre las que están la citada en el anterior párrafo se recibieron el 10/10/2014, y se imprimieron, ensobraron y depositaron en servicios postales entre los días 13/10/2014 y 14/10/2014, en los albaranes ***ALB.1 y ***ALB.2. c. Albarán con número de entrega ***ALB.2 con sello de UNIPOST, S.A. de fecha 13/10/2014 del envío postal de un total de 28318 objetos para EQUIFAX. d. Albarán de entrega de CORREOS con referencia ***REF.2 con fecha 14/10/2014 y con un código de barras de 42479 envíos para el cliente EQUIFAX IBERICA, S.L. e. Certificación de la empresa ILUNION BPO, S.A.U. en la que indica que tiene un contrato con EQUIFAX IBERICA, S.L. para la prestación del servicio de recogida y custodia de las devoluciones de sus clientes desde el 01/09/2004. Y certifica que no consta devolución de la carta con código “***REF.1” a fecha de 20/11/2017. 2 Respecto a las notificaciones de la inscripción de las operaciones dadas de alta el 10/04/2014: a. Existe una carta identificativa con referencia “***REF.3” dirigida al denunciante en que se incluyen en el fichero ASNEF dos deudas con BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., dadas de alta a fecha de 10/04/2014 de los productos “TARJETAS DE CREDITO” y “FINANC. CONSUMO” (este último producto no coincide con el de “PRESTAMOS PERSONALES” que aparecía en la consulta de los datos en ASNEF del C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/10 denunciante presentada en la denuncia, pero sí coincide en el día de alta en ASNEF). b. Testimonio notarial de 21/11/2017, en el que se da fe de que, el día 20/01/2016, se depositó un ordenador portátil en el notario con archivos PDF que contienen las notificaciones realizadas y la puesta en servicios postales de las mismas por parte de la empresa “BB DATA PAPER, S.L.” por encargo, entre otras, EQUIFAX IBERICA, S.L. En este testimonio notarial, también se da fe de que existe un archivo donde consta la notificación ***NOT.1 al denunciante procesada el día 14/04/2014; y existe otro archivo en el que aparece que dicha notificación fue puesta en servicios postales el 15/04/2014. c. Nota de entrega con sello de UNIPOST, S.A. de fecha 15/04/2014 del envío postal de un total de 7385 envíos para EQUIFAX IBERICA, S.L. d. Certificación de la empresa ILUNION BPO, S.A.U. en la que indica que tiene un contrato con EQUIFAX IBERICA, S.L. para la prestación del servicio de recogida y custodia de las devoluciones de sus clientes desde el 01/09/2004. Y certifica que no consta devolución de la carta con código “***REF.3” a fecha de 20/11/2017. En la fecha del 11/12/2017, tiene entrada escrito presentado en nombre de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. en respuesta a requerimiento de información. Y se anexa, entre otra, la siguiente información: 1. Impresión de pantalla de los datos presentes en los sistemas de información de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. sobre el denunciante donde se aprecia que el domicilio fiscal es el mismo que consta en las inscripciones informadas por BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. respecto al denunciante en los ficheros BADEXCUG y ASNEF. 2. La comunicación de un requerimiento de pago previo a la inclusión en los ficheros de morosidad no ha podido ser constatado después de recibir la información requerida al BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. En el escrito se indica que esta información se aportará cuando se encuentre. En la fecha del 01/03/2018, tiene entrada escrito presentado en nombre de EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. en respuesta a requerimiento de información. Y se anexa, entre otra, la siguiente documentación en relación a las notificaciones de inscripciones del denunciante en el fichero BADEXCUG informadas por BBVA: 1 EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. manifiesta que tiene contratada la impresión de las notificaciones de inclusión con IMPRELASER, S.l. y el envío con RUTA OESTE, S.L.., a través del operador postal UNIPOST. 2 Existen dos cartas dirigida a la dirección que el denunciante manifestó que era su domicilio familiar, fechada el 15/04/2014, en que se indica al denunciante que ha sido incluido en el fichero BADEXCUG, con fecha de 13/04/2014, por sendas deudas con BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. Respecto a estas cartas, se aporta la siguiente documentación: C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 5/10 Una de las cartas se acompaña de fotocopia del sobre identificativo con referencia “***REF.4”; en esta carta se indica que el denunciante ha sido inscrito por una operación de tipo “Tarjeta de Crédito”. La otra carta se acompaña de fotocopia del sobre identificativo con referencia “***REF.5”. En esta carta se indica que el denunciante ha sido inscrito por una operación de tipo “Financiación Consumo” (en los datos de BADEXCUG que aportó el denunciante en su denuncia no aparecía ninguna operación dada de alta de este tipo. Sí aparecía otra operación dada de alta ese mismo día del tipo “Préstamos Personales”). Fichero de IMPRE-LASER, S.L. correspondiente a la carga 13/04/2014 para el cliente EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. en el que se indica que, respecto a la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., se han enviado un total de 3.618 “notificaciones BADEXCUG” por UNIPOST. El fichero de carga contiene dos totales de 36.675 y 17.213 envíos a través de UNIPOST apuntados. También se incluye un fichero de IMPRELASER, S.L., con título “CARGA: 13/04/2014” en el que se incluye una línea para la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., en el que indica los códigos DESDE el “***COD.1” HASTA el “***COD.2”. Tres notas de entrega de UNIPOST : o 10000 objetos para el cliente “BADEXCUG CARGA 13-04-14 PARC” con un sello de UNIPOST de fecha 16/04/2014. o 26675 objetos para el cliente “BADEXCUG CARGA 13-0414” con un sello de UNIPOST de fecha 21/04/2014. o 17213 objetos para el cliente “BADEXCUG CARGA 13-04-14 ENTIDADES ESPECIALES 050…” UNIPOST de fecha 22/04/2014. 3 con un sello de Existe una carta dirigida a la dirección que el denunciante manifestó que era su domicilio familiar, fechada el 14/10/2014, en que se indica al denunciante que ha sido incluido en el fichero BADEXCUG, con fecha de 12/10/2014, por una deuda con BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. Respecto a esta carta, se aporta la siguiente documentación: a. Una de las cartas se acompaña de fotocopia del sobre identificativo con referencia “***REF.6”; en esta carta se indica que el denunciante ha sido inscrito por una operación de tipo “Descubierto en Cuenta Corriente”. Fichero de IMPRE-LASER, S.L. correspondiente a la carga 12/10/2014 para el cliente EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. en el que se indica que, respecto a la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., se han enviado un total de 53.049 “notificaciones BADEXCUG” por UNIPOST. El fichero de carga contiene un total de 78.454 envíos a través de UNIPOST C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 6/10 apuntados. También se incluye un fichero de IMPRE-LASER, S.L., con título “CARGA: 12/10/2014” en el que se incluye una línea para la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., en el que indica los códigos DESDE el “***COD.3” HASTA el “***COD.4”. Dos notas de entrega de UNIPOST : o 45000 objetos para el cliente “BADEXCUG CARGA: 12-1014 PARCIAL” con un sello de UNIPOST de fecha 16/10/2014. o 33454 objetos para el cliente “BADEXCUG CARGA: 12-1014 FINAL” con un sello de UNIPOST de fecha 17/10/2014. 4 Certificación de la empresa IMPRE-LASER, S.L. en la que indica que presta a EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO, S.A. el servicio de impresión y envío de notificaciones de inclusión en el fichero BADEXCUG; así como la grabación de las notificaciones devueltas. Y certifica que, a fecha de 16/02/2018, no se había recibido devolución de, entre otras, las notificaciones con códigos de barras “***REF.4”, “***REF.5” y “***REF.6”.” FUNDAMENTOS DE DERECHO Los hechos expuestos, concretados en la inclusión de los datos del denunciante en los ficheros asnef y badexcug sin acreditar la realización de requerimiento previo de pago a dicha inclusión, podrían suponer la comisión, por parte de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., de una infracción del artículo 4.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), que señala que: “Los datos de carácter personal serán exactos y puestos al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del afectado”, en relación con el artículo 29.4 de la citada Ley Orgánica que dispone que: “Sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados y que no se refieran, cuando sean adversos, a más de seis años, siempre que respondan con veracidad a la situación actual de aquellos” y en relación también con el artículo 38.1.
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.