1/9 Procedimiento Nº: EXP202100427 RESOLUCIÓN DE PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Del procedimiento instruido por la Agencia Española de Protección de Datos y en base a los siguientes ANTECEDENTES PRIMERO: A.A.A (en adelante, el reclamante) con fecha 10 de marzo de 2021 interpuso reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. La reclamación se dirige contra AYUNTAMIENTO DE SIERO con NIF P3306600B (en adelante, el reclamado). El reclamante, ***PUESTO.1 del Ayuntamiento de Siero basa su reclamación en que el consistorio ha instalado en los vehículos policiales dispositivos de localización sin informar previamente a los trabajadores. Indica que el ayuntamiento les informó de la utilización de los dispositivos de geolocalización un año después de su instalación. A su vez, manifiesta que a los trabajadores no se les ha facilitado la información acerca de la existencia y características de estos dispositivos ni la relativa al posible ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, limitación del tratamiento y supresión. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 65.4 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante LOPDGDD), con número de referencia E/04121/2021, se dio traslado de dicha reclamación al reclamado el 16 de abril de 2021, para que procediese a su análisis e informase a esta Agencia en el plazo de un mes, de las acciones llevadas a cabo para adecuarse a los requisitos previstos en la normativa de protección de datos. El 14 de mayo de 2021, en respuesta al requerimiento de esta Agencia se alega por el reclamado lo siguiente: El Ayuntamiento de Siero tenía constancia de una reclamación en similares términos que había sido realizada por un sindicato policial. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 2/9 La Delegada de Protección de Datos del reclamado propone una serie de actuaciones para revisar, mejorar y adecuar el tratamiento a la normativa vigente. Las actuaciones que propone se elevan al Comité de Seguridad de la Información de Siero. El Comité se reúne el 16 de abril de 2021, abordándose de forma global el tratamiento, tanto desde un punto de vista de adecuación jurídica, donde se da cuenta de las propuestas que había presentado como Delegada de Protección de Datos, como desde un punto de vista técnico abordando los problemas existentes en el acceso a la aplicación de visionado de la localización de los vehículos que es comentada por el Responsable de Seguridad del Ayuntamiento. En el Acta se detalla la necesidad de: Primero: Se precisa la revisión y adaptación del Registro de Actividades del Tratamiento del Ayuntamiento ya que, tras su examen, el tratamiento para la geolocalización de los vehículos municipales no se encuentra registrado. Segundo: Realización de una Evaluación de Impacto. Tercero: Revisión de la relación con el adjudicatario del contrato con la firma del contrato de encargado del tratamiento de conformidad con el artículo 28 del RGPD Cuarto: Identificación de las personas afectadas por el tratamiento remitiéndoles una nueva información pormenorizada del tratamiento en los términos del artículo 13 del RGPD y del artículo 90.2 de la LOPDGDD. Quinto: Revisión de las medidas de seguridad en el control de acceso a los sistemas de seguimiento, adaptándolos a los procedimientos del ENS (según Disposición Adicional Primera de la LOPDGDD), evitando los usuarios genéricos. Los usuarios a los sistemas deben ser nominativos (identificando al usuario mediante un código), pero no genéricos, adoptando las medidas de diligencia debida en el control de las credenciales por cada usuario. Sexto: Elaboración por parte del Comité de un cronograma de actuaciones y posible respuesta al sindicato reclamante... Para realizar un seguimiento de las actuaciones, el día 6 de mayo de 2021, se reúne nuevamente el Comité de Seguridad, al que se presenta la siguiente documentación: - Información a los trabajadores - Resumen ejecutivo de la EIPD (en fase de redacción) - Propuesta de modificación del Registro de Actividades del Tratamiento C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 3/9 - Situación del contrato de Encargado del Tratamiento y verificación de contenido. El Comité, tras analizar la documentación y a propuesta de esta Delegada, aprueba elevar a los sindicatos la información sobre la geolocalización de los vehículos municipales, con carácter previo a la comunicación a los trabajadores, para que puedan realizar las aportaciones que crean oportunas. En cumplimiento de esta decisión, se elabora un escrito para los representantes sindicales que se remite desde el Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Siero con fecha 11 de mayo de 2021. Además, con fecha 11 de mayo 2020 tras la revisión y mejora del contrato de encargado del tratamiento se rubrica por ambas partes. Actualmente, el Ayuntamiento continúa trabajando en la mejora continua de los tratamientos de datos personales, en los próximos días se analizarán las conclusiones definitivas de la Evaluación de Impacto, para adoptar las medidas, se aprobará y publicará el Registro de Actividades del Tratamiento y se remitirá nueva información a los trabajadores, una vez completada la fase de información previa a los representantes sindicales. TERCERO: Con fecha 19 de julio de 2021, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos acordó iniciar procedimiento sancionador al reclamado, por la presunta infracción del artículo 13 del RGPD, tipificada en el artículo 83.5 del RGPD. CUARTO: Con fecha 2 de agosto de 2021 el reclamado aporta el siguiente enlace, para acreditar que ha procedido a subsanar las causas que generan la presente reclamación: https://www.ayto-siero.es/index.asp?MP=2&MS=318&MN=3#informacion A la vista de todo lo actuado, por parte de la Agencia Española de Protección de Datos en el presente procedimiento se consideran hechos probados los siguientes, HECHOS PRIMERO: El consistorio ha instalado en los vehículos policiales dispositivos de geolocalización sin informar a los trabajadores de ello hasta un año después. SEGUNDO: El reclamado el 2 de agosto de 2021, ha comunicado a esta Agencia que ha procedido a adoptar medidas para mejorar el tratamiento de datos de carácter personal, y lo ha constatado remitiendo el siguiente enlace: https://www.ayto-siero.es/index.asp?MP=2&MS=318&MN=3#informacion En dicho enlace se indica lo siguiente: “El Ayuntamiento de Siero trata los datos personales recogidos a través de su portal de internet, www.ayto-siero.es, como responsable del tratamiento, según lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 - Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) - y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 4/9 Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa en materia de protección de datos que sea de aplicación, al objeto de garantizar en todo momento el derecho fundamental a la protección de datos de las personas usuarias del mismo. Mediante la lectura de la presente Política de Privacidad, la persona usuaria queda informada sobre la forma en que Ayuntamiento de Siero trata y protege los datos personales que son recabados a través de este portal de internet, así como aquellos otros que sean registrados en la sede electrónica municipal. La persona usuaria debe leer con atención esta Política de Privacidad que ha sido redactada de forma clara y sencilla con el objetivo de facilitar su compresión, pudiendo así determinar libre y voluntariamente si desea facilitar sus datos personales a Ayuntamiento de Siero, a través de los distintos medios habilitados para ello. Esta Política de Privacidad podrá ser actualizada por el Ayuntamiento de Siero cuando se realicen nuevos tratamientos de sus datos personales o existiesen modificaciones legislativas, en su caso. La presente Política de Privacidad tiene por objeto facilitar información sobre los derechos que le asisten en virtud del RGPD, sin perjuicio de aquella otra información de carácter que se pone a disposición de los interesados en los distintos formularios del Ayuntamiento de Siero. El Ayuntamiento de Siero ha designado a un Delegado de Protección de Datos Personales pudiendo ponerse en contacto pinchando aquí o en la sede electrónica en sedeelectronica.ayto-siero.es -o dirección de correo postal Plaza del Ayuntamiento s/n CP: 33510. Pola de Siero, Siero, Asturias (España) para aclarar cualquier duda relativa al tratamiento de sus datos personales o ampliar la información.” Seguidamente, se amplía esta información de conformidad con la normativa de protección de datos, en relación a: Responsable del tratamiento. Datos personales. Limitaciones en el tratamiento. Información en la recogida de datos. Registro de actividades de tratamiento. Medidas de seguridad. Derechos. FUNDAMENTOS DE DERECHO I En virtud de los poderes que el artículo 58.2 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos, en adelante RGPD) reconoce a cada autoridad de control, y según lo establecido en los artículos C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 5/9 47, 64.2 y 68.1 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en lo sucesivo LOPDGDD), la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos es competente para iniciar este procedimiento. El artículo 63.2 de la LOPDGDD determina que: “Los procedimientos tramitados por la Agencia Española de Protección de Datos se regirán por lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, en la presente ley orgánica, por las disposiciones reglamentarias dictadas en su desarrollo y, en cuanto no las contradigan, con carácter subsidiario, por las normas generales sobre los procedimientos administrativos.” II El artículo 4 del el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos, en adelante RGPD), bajo la rúbrica “Definiciones”, dispone que: “A efectos del presente Reglamento se entenderá por: 1) «datos personales»: toda información sobre una persona física identificada o identificable («el interesado»); se considerará persona física identificable toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, en particular mediante un identificador, como por ejemplo un nombre, un número de identificación, datos de localización, un identificador en línea o uno o varios elementos propios de la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona; 2) «tratamiento»: cualquier operación o conjunto de operaciones realizadas sobre datos personales o conjuntos de datos personales, ya sea por procedimientos automatizados o no, como la recogida, registro, organización, estructuración, conservación, adaptación o modificación, extracción, consulta, utilización, comunicación por transmisión, difusión o cualquier otra forma de habilitación de acceso, cotejo o interconexión, limitación, supresión o destrucción;” III El artículo 13 del RGPD, precepto en el que se determina la información que debe facilitarse al interesado en el momento de la recogida de sus datos, dispone: “1. Cuando se obtengan de un interesado datos personales relativos a él, el responsable del tratamiento, en el momento en que estos se obtengan, le facilitará toda la información indicada a continuación:
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.