1/8 Procedimiento Nº: PS/00273/2017 RESOLUCIÓN R/01840/2017 DE TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO POR PAGO VOLUNTARIO En el procedimiento sancionador PS/00273/2017, instruido por la Agencia Española de Protección de Datos a la entidad VODAFONE ESPAÑA, S.A.U., vista la denuncia presentada por D. B.B.B., y en base a los siguientes, ANTECEDENTES PRIMERO: Con fecha 12/06/2017, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos acordó iniciar procedimiento sancionador a la entidad VODAFONE ESPAÑA, S.A.U., mediante el Acuerdo que se transcribe: <<HECHOS PRIMERO: Con fecha de 06/12/2017 y 25/01/2017, tuvieron entrada en la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), sendos escritos presentados por D. B.B.B. (en lo sucesivo el denunciante), en los que formula denuncia contra la entidad VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. (en lo sucesivo VODAFONE), de la que fue cliente, por el envío de comunicaciones comerciales a su dirección de correo A.A.A., posteriores a su solicitud de cancelación de datos personales remitida mediante correo certificado en fecha 05/07/2016. Denuncia, asimismo, que recibe de dicha entidad llamadas telefónicas publicitarias, aunque no acredita estos hechos, y que la misma ha cedido sus datos personales a terceros sin su consentimiento. Según el denunciante, los envíos de correos electrónicos tuvieron lugar desde el 30/12/2016 al 25/01/2017. Con el escrito de denuncia aporta las cabeceras de los siguientes mensajes: 30/12I/2016: desde “Vodafone Fibra” <***EMAIL.1> en el que informan de “super ahorro descuento de 48% (…). Para darse de baja de esta lista de supervisión siga este enlace o envíe un mensaje a esta dirección (…)”. 03/01/2017: desde “Vodafone” <***EMAIL.2> en el que informan “Publicidad más información sin compromiso en e: ***WEB.1(…). Este mensaje ha sido enviado por Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.L. De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 y en la Ley 34/2002, le informamos de que los datos utilizados para el presente envío han sido recogidos directamente del interesado (…) incluidos en un fichero bajo la titularidad Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.L. debidamente inscrito en la AEPD, con la finalidad de gestionar la actividad comercial/mercantil. Los interesados podrán ejercer sus derechos en los términos legalmente previstos dirigiéndose a Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.L. (C/...1) (Madrid)”. Si deseas darte de baja haz (…)”. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/8 10/01/2017: desde “Vodafone” <***EMAIL.2> en el que informan “Publicidad más información sin compromiso en e: ***WEB.1(…). Este mensaje ha sido enviado por Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.L. De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999 y en la Ley 34/2002, le informamos de que los datos utilizados para el presente envío han sido recogidos directamente del interesado (…) incluidos en un fichero bajo la titularidad Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.L. debidamente inscrito en la AEPD, con la finalidad de gestionar la actividad comercial/mercantil. Los interesados podrán ejercer sus derechos en los términos legalmente previstos dirigiéndose a Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.L. (C/...1) (Madrid)”. Si deseas darte de baja haz (…) 19/01/2017: desde “Vodafone” <....@.....agencebe.com> en el que informan “llegan las rebajas que esperabas. One ADSL fijo con llamadas nacionales ilimitadas a fijos y móviles lo estabas esperando. Contratalo antes del 31 de enero (…). O si lo prefieres llama gratis al ***TEL.1 (…). Todos los derechos reservados. HBO y sus canales y servicios asociados a su marca son propiedad de Hom Box Office, Inc (…). Para dejar de recibir los mensajes seleccionados por PricePlanet o una de sus bases asociadas pulse en este enlace (…)”. 20/01/2017: desde “Tarjeta Vodafone de bankintercard” <***EMAIL.2> en el que informan “Ofrecida por Bankinter Consumer Finance E.F.C. Particulares de la Tarjeta Visa Vodafone (…). El importe de cada compra realizada con la tarjeta en forma de pago aplazado se aplicara como descuento en la factura mensual Vodafone (…). Si desea darse de baja de este servicio de información gratuito envía la palabra baja a <***EMAIL.2>. “De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica y en la Ley 34/2002, le informamos de que los datos utilizados para el presente envío han sido recogidos directamente del interesado (…) incluidos en un fichero bajo la titularidad Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.l. debidamente inscrito en la AEPD, con la finalidad de gestionar la actividad comercial/mercantil. Los interesados podrán ejercer sus derechos en los términos legalmente previstos dirigiéndose a Digital (C/...1) (Madrid)”. 25/01/2017: desde “Vodafone” <***EMAIL.2> en el que informan “Publicidad más información sin compromiso en: ***WEB.1(…). Si desea darse de baja de este servicio de información gratuito envía la palabra baja a <***EMAIL.2>. “De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica y en la Ley 34/2002, le informamos de que los datos utilizados para el presente envío han sido recogidos directamente del interesado (…) incluidos en un fichero bajo la titularidad Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.L. debidamente inscrito en la AEPD, con la finalidad de gestionar la actividad comercial/mercantil. Los interesados podrán ejercer sus derechos en los términos legalmente previstos dirigiéndose a Digital (C/...1) (Madrid)”. De lo expuesto, resulta que el denunciante ha recibido “6” mensajes publicitarios relacionados con la compañía VODAFONE, “4” de ellos remitidos por Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.L. (en lo sucesivo Digital Media). SEGUNDO: A la vista de los hechos denunciados, en fase de actuaciones previas, por los Servicios de Inspección de esta Agencia se solicitó información a las entidades Digital Media y VODAFONE, que informaron lo siguiente: 1. Con respecto a la compañía VODAFONE: El denunciante ejercitó el derecho de oposición a recibir publicidad de la entidad en agosto de 2015, a través de la plataforma on-line de la operadora, por lo que desde la citada fecha no se deberían haber enviado comunicaciones comerciales al mismo, siendo un error puntual cometido por no haber excluido su dirección de correo electrónico de las campañas publicitarias. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/8 Que desde VODAFONE dieron respuesta al denunciante comunicándole que no se podía llevar a cabo la cancelación por estar, en ese momento, gestionándose una reclamación que lo impedía. Consta que el denunciante mantiene una deuda con la operadora que asciende a 333,45€, lo que impide tal cancelación de datos. Aporta copia de la respuesta dada al denunciante al ejercicio del derecho de cancelación de fecha 19/07/2016. Añade que las campañas publicitarias remitidas al denunciante se corresponden con la promoción de productos y servicios de la operadora, actuando las empresas que han participado en las mismas en su condición de encargados del tratamiento. 2. Con respecto a la compañía Digital Media: El denunciante facilitó sus datos personales a Digital Media el 03/05/2013, desde la dirección IP…, nombre, apellidos, dirección de correo electrónico y teléfono móvil para obtener información sobre una oferta de VODAFONE. Posteriormente, el 14/04 y el 05/09/2014, volvió a registrarse en la misma web haciendo opt-in en la casilla "Declaro ser mayor de edad y que he leído y acepto la política de privacidad”. Lo hizo desde la misma IP incluyendo, en este caso, un número de teléfono móvil distinto al reseñado la primera vez que dio sus datos. Digital Media aportó impresión de los tres registros en los que constan dichas circunstancias y de la política de privacidad que, entre otros detalles, informa lo siguiente: “La Política de privacidad de Vodafone – AMP (Vodafone.hispatienda) El usuario al registrarse y aceptar la política de privacidad, acepta que sus datos formen parte de los ficheros de XXXX Servicios, S.L. y Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.L. El usuario acepta por tanto, al registrarse voluntariamente, la política de privacidad de cada uno de ellos, las cuales se detallan a continuación: Política de privacidad de XXXX Servicios, S.L. Política de privacidad de Digital Media Publicidad Marketing y Distribución, S.L.: De acuerdo con el contenido del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, (…). La finalidad del tratamiento es la realización de ofertas, promociones, comercialización y contratación de productos de ocio, cultura, deporte, enseñanza, artes gráficas, alimentación, (…), utilizando cualquier medio de comunicación ya sea postal, electrónico o de cualquier otro tipo, incluyendo la emisión de llamadas (…)”. 3. Por los Servicios de Inspección, después de haber accedido a la información relativa a la entidad VODAFONE disponible en el Registro Mercantil, en la base de datos AXESOR y en el Sistema de Información de la Inspección de Datos (SIGRID), se aportaron los detalles siguientes: . VODAFONE fue constituida en el año 1994, con capital social 483.391632€, tamaño UE: Corporate, nº de empleados 3643 y ventas 3.866.810.000€. Objeto social: Actividades de telecomunicaciones. . El desarrollo de la actividad empresarial que desempeña la entidad requiere un tratamiento continuo de datos personales. . En el Sistema de Información de la AEPD consta que se han resuelto dos procedimientos por infracciones de la entidad VODAFONE en relación con LSSI, ambos en el año 2010. . VODAFONE ha reconocido los hechos, habiéndolos calificado como un “error puntual”. FUNDAMENTOS DE DERECHO Sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción, los hechos expuestos, en relación con el envío de C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/8 dos comunicaciones comerciales mediante correo electrónico a la dirección de correo del denunciante, sin considerar la oposición manifestada por el mismo en agosto de 2015, podrían suponer la comisión por parte de la entidad VODAFONE ESPAÑA, S.A.U. de una infracción a lo dispuesto en el artículo 21 de la vigente Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (en lo sucesivo LSSI), que dispone lo siguiente: “1. Queda prohibido el envío de comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas. 2. Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación cuando exista una relación contractual previa, siempre que el prestador hubiera obtenido de forma lícita los datos de contacto del destinatario y los empleara para el envío de comunicaciones comerciales referentes a productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación con el cliente. En todo caso, el prestador deberá ofrecer al destinatario la posibilidad de oponerse al tratamiento de sus datos con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones comerciales que le dirija. Cuando las comunicaciones hubieran sido remitidas por correo electrónico, dicho medio deberá consistir necesariamente en la inclusión de una dirección de correo electrónico u otra dirección electrónica válida donde pueda ejercitarse este derecho, quedando prohibido el envío de comunicaciones que no incluyan dicha dirección.” La citada infracción se encuentra tipificada como leve en el artículo 38.4.
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