1/19 Procedimiento Nº PS/00349/2015 RESOLUCIÓN: R/03234/2015 En el procedimiento sancionador PS/00349/2015, instruido por la Agencia Española de Protección de Datos a la entidad VODAFONE ONO, S.A.U., vista la denuncia presentada por INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO, y en base a los siguientes, ANTECEDENTES PRIMERO: Con fecha de 04/08/2014, tuvo entrada en esta Agencia un escrito del INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO DE MADRID en el que pone de manifiesto presuntas irregularidades detectadas al analizar las condiciones de contratación y restante documentación contractual utilizada en su actividad comercial por CABLEUROPA S.A.U. (actualmente VODAFONE ONO S.A.U.) Se adjunta copia de las condiciones generales de contratación aplicables para la contratación de servicios por teléfono o a través de la página web www.ono.es, en cuyo clausulado se refleja: “9. SECRETO DE LAS COMUNICACIONES E INFORMACION Y AUTORIZACION PARA EL TRATAMIENTO D ELOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. Le informamos de que los datos de carácter personal recogidos en este contrato, y Los generados por La prestación de los servicios contratados, serán incorporados a un fichero del que CABLEUROPA, S.A.U. (con domicilio social en la (C/.......1) Madrid) o TENARIA, S.A. (con domicilio social en la (C/.......2)(Navarra)) son responsables y titulares, y serán tratados con la finalidad de gestionar la prestación de los servicios contratados, incluido el control para la prevención del fraude en dichos servicios, realizar la facturación y los pagos de las interconexiones. En caso de impago de servicios de tarificación adicional, Ono podrá comunicar la deuda, junto con sus datos personales necesarios, a los operadores involucrados en el marco de sus relaciones de interconexión y, en su caso, a los prestadores de los servicios de tarificación adicional con los que Ono haya contratado, con el fin de permitir la continuación del proceso de gestión de cobro de dicha deuda. La cumplimentación de los datos solicitados en este contrato es obligatoria para La prestación de los servicios objeto del mismo, salvo la indicación de su carácter voluntario. La falta de cumplimentación de los datos obligatorios nos imposibilitará la prestación de los servicios solicitados Le informamos asimismo que sus datos de carácter personal serán cedidos a los servicios de emergencia, con la finalidad de que estos puedan prestar adecuadamente sus servicios. Usted como cliente consiente que Ono trate sus datos personales para Las siguientes finalidades: (
- i)promoción comercial de los productos y servicios de Ono y de empresas de su mismo grupo empresarial, adaptadas a su perfil, a través de su C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/19 dirección postal, correo electrónico, SMS o llamadas a teléfono fijo o móvil; (
- u)promoción comercial a través de medios no electrónicos, de los productos y servicios de terceras empresas pertenecientes a distintos sectores de actividad tales como financiero, ocio, gran consumo, automoción, seguros, educación, energía, sanitario, ONG’s y telecomunicaciones, con las que Ono tenga acuerdos de colaboración. Ono le garantiza que en ningún caso facilitará a estas terceras empresas sus datos personales, realizando Ono directamente el envío; (iii) realización de encuestas: (
- iv)tratamiento de sus datos personales, incluyendo datos de equipamiento, tráfico, navegación, consumo, facturación que obren en poder de Ono como consecuencia de La contratación de sus servicios, para la elaboración de estudios de prospección de mercado, estadísticas, scoring, elaboración de perfiles y categorías de clientes; (
- v)cesión de sus datos personales a empresas del grupo empresarial de Ono para la realización de acciones comerciales adaptadas a su perfil provenientes de cada una de ellas. Asimismo, Ono le solicita su consentimiento expreso para: (
- i)incluir sus datos asociados a su línea telefónica en las guías telefónicas (usted podrá solicitarnos que no se incluya su dirección postal); (
- u)utilizar sus datos incluidos en guías telefónicas con fines de venta directa y (iii) tratar sus datos para fines de venta directa mediante sistemas de llamadas y comunicaciones automáticas sin intervención humana o mensajes de fax (
- iv)tratamiento de sus datos de localización en el marco de la prestación de servicios de valor añadido que impliquen dicha localización y siempre que sean solicitados por el cliente y solo por el tiempo necesario para prestarle los mismos. Usted podrá dirigir sus comunicaciones, revocar los consentimientos otorgados, facilitar aquellos que expresamente Le requerimos en esta cláusula y ejercitar sus derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales, en cualquier momento, dirigiendo una solicitud por escrito junto con una fotocopia de su DNI, pasaporte o documento identificativo, a la siguiente dirección: Servicio de Atención al Cliente, Apartado de Correos, ***** Valencia, o bien, enviándola a la siguiente dirección de correo electrónico: protecciondatos@ono.es Asimismo, le informamos de que en nuestra página web www.ono.es podrá encontrar el Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal. Rellenando (os apartados correspondientes que aparecen en dicho formulario y enviándolo a cualquiera de las direcciones determinadas en el párrafo anterior, podrá actualizar los consentimientos que nos otorga para el tratamiento de sus datos. También podrá facilitarnos sus consentimientos entrando en el Area de Cliente existente en nuestra página web. Le ofrecemos las facilidades de identificación de línea Llamante, que le permitirá conocer en todo momento quién (e está llamando, y la restricción de identificación de Llamadas, que le permitirá ocultar su número telefónico cuando efectúe una Llamada ya sea de forma permanente o bien llamada a llamada, anteponiendo al número telefónico el código 067. Dispone de información detallada sobre el funcionamiento de estos servicios en nuestra página web www.ono.es y, en todo caso, a través de nuestro Servicio de Atención al Cliente. En cualquier caso, podrá dirigir sus comunicaciones, revocar los consentimientos otorgados y ejercitar sus derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales, en cualquier momento, dirigiendo una solicitud por escrito junto con una fotocopia de su DNI, pasaporte o documento identificativo, a la siguiente dirección: Servicio de Atención al Cliente, Apartado de Correos, ***** Valencia, o bien, enviándola a la siguiente dirección de correo electrónico: protecciondatos@ono.es” Se adjunta asimismo copia de un formulario de autorización y tratamiento de datos. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/19 SEGUNDO: Analizado el contenido de la citada cláusula y formulario de autorización y tratamiento de datos cabe efectuar las siguientes consideraciones: - - Se recoge el consentimiento de los afectados para enviarles publicidad de las empresas del grupo sin indicar el sector de actividad respecto del que recibirán publicidad. La publicidad será adaptada a su perfil pero no se informa de las finalidades determinadas del tratamiento. Se recoge el consentimiento de los afectados para ceder sus datos a las empresas del grupo sin indicar el sector de actividad de las empresas que forman parte del grupo de las cuales recibirán publicidad. La cláusula no contiene ninguna casilla para mostrar la negativa al consentimiento que debe ser ejercida mediante la remisión a ONO del formulario de autorización y tratamiento de datos debidamente rellenado. TERCERO: Con fecha 20 de junio de 2015, el Director de la Agencia Española de Protección de Datos acordó iniciar, procedimiento sancionador a VODAFONE ONO, S.A.U. (en lo sucesivo VODAFONE ONO), por presunta infracción de infracción del artículo 5 en relación con el 11.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo LOPD), y en relación con el artículo 45.1.
- b)del Reglamento de desarrollo de dicha norma, tipificada como leve en el artículo 44.2.
- c)de dicha norma, pudiendo ser sancionada con multa de 900 € a 40.000 €, de acuerdo con el artículo 45.1 de dicha Ley Orgánica. CUARTO: Notificado el acuerdo de inicio, VODAFONE ONO alega que en el texto de la Condición 9 de las condiciones generales de contratación relativa a “Protección de Datos de Carácter Personal” no se incluye el listado de empresas del grupo, pero el Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos sí recoge en cada mención a los términos ·empresas del Grupo Vodafone”, la URL donde el interesado podrá encontrar información sobre esta materia. En concreto se redirige al interesado a www.ono.es. Respecto a que en las condiciones generales de contratación no se incluye ninguna casilla para mostrar la negativa al consentimiento que debe ser ejercida mediante remisión ONO del formulario de autorización y tratamiento de datos debidamente rellenado, VODAFONE ONO entiende que el medio implementado es válido de acuerdo con lo recogido en el art. 15 del RLOPD por cuanto que , dado que los procesos de contratación son esencialmente a distancia, no existe un momento en el que físicamente se le entregue en mano al cliente el contrato con las casillas que éste deba marcar, sino que se remite en un momento posterior las condiciones generales junto con el Formulario de autorización para el tratamiento de datos, el cual siempre puede ser encontrado en la Home de la página web www.ono.es para que el cliente pueda rellenarlo y mandarlo en cualquier momento, bien por correo postal o de forma gratuita a proteccióndatos@ono.es. QUINTO: En fecha 23 de noviembre de 2015 se emitió propuesta de resolución en el sentido de imponer a VODAFONE ONO una multa de 40.000 € por la infracción del artículo 5 en relación con el 11.3 de la LOPD y en relación con los artículos 15 y 45.1.
- b)del RLOPD, tipificada como 44.2.
- c)de la LOPD. SEXTO: Notificada la propuesta VODAFONE ONO efectuó las siguientes alegaciones: C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/19 - - - Existe un procedimiento equivalente según establece el artículo 15.2 del RLOPD para manifestar la oposición al tratamiento de datos y que consiste en el envío de un correo postal o un correo electrónico en tal sentido. Si bien no se incluye en la web www.ono.es un listado completo de las empresas del grupo a las que los datos de los clientes pueden ser cedidos, si existe un link, que tras pinchar en el mismo, el cliente puede acceder a dicho listado. Se ha verificado que el link “Empresas del Grupo Vodafone” incluido en la citada web no funciona correctamente, y se está trabajando para resolver la incidencia o bien, para generar una página web local por VODAFONE ONO para que se incluya dicho listado sin tener que recurrir a medios del Vodafone Grupo. No obstante se ha modificado las condiciones generales incluido también la referencia a la web donde los clientes podrían obtener dicha información en la propia condición 9 de las condiciones generales. Sí se informa de la finalidad de la cesión cuando afirma que la misma tiene fines comerciales. Si bien es cierto que no se recoge una mención concreta al sector al que dichas empresas pertenecen, entendimos que no era necesario dado que todas pertenecen al sector de las telecomunicaciones. Esta matización será incluida en nuevas versiones de las condiciones generales de VODAFONE ONO. Subsidiariamente, graduación de la sanción conforme a los criterios establecidos en el artículo 45.5 de la LOPD. HECHOS PROBADOS PRIMERO: Las condiciones generales de contratación aplicables para la contratación de servicios por teléfono o a través de la página web www.ono.es, en julio de 2014 contenían en su clausulado lo siguiente: “9. SECRETO DE LAS COMUNICACIONES E INFORMACION Y AUTORIZACION PARA EL TRATAMIENTO D ELOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. Le informamos de que los datos de carácter personal recogidos en este contrato, y Los generados por La prestación de los servicios contratados, serán incorporados a un fichero del que CABLEUROPA, S.A.U. (con domicilio social en la (C/.......1) Madrid) o TENARIA, S.A. (con domicilio social en la (C/.......2) (Navarra)) son responsables y titulares, y serán tratados con la finalidad de gestionar la prestación de los servicios contratados, incluido el control para la prevención del fraude en dichos servicios, realizar la facturación y los pagos de las interconexiones. En caso de impago de servicios de tarificación adicional, Ono podrá comunicar la deuda, junto con sus datos personales necesarios, a los operadores involucrados en el marco de sus relaciones de interconexión y, en su caso, a los prestadores de los servicios de tarificación adicional con los que Ono haya contratado, con el fin de permitir la continuación del proceso de gestión de cobro de dicha deuda. La cumplimentación de los datos solicitados en este contrato es obligatoria para La prestación de los servicios objeto del mismo, salvo la indicación de su carácter voluntario. La falta de cumplimentación de los datos obligatorios nos imposibilitará la prestación de los servicios solicitados Le informamos asimismo que sus datos de carácter personal serán cedidos a los servicios de emergencia, con la finalidad de que estos puedan prestar C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 5/19 adecuadamente sus servicios. Usted como cliente consiente que Ono trate sus datos personales para Las siguientes finalidades: (
- i)promoción comercial de los productos y servicios de Ono y de empresas de su mismo grupo empresarial, adaptadas a su perfil, a través de su dirección postal, correo electrónico, SMS o llamadas a teléfono fijo o móvil; (
- u)promoción comercial a través de medios no electrónicos, de los productos y servicios de terceras empresas pertenecientes a distintos sectores de actividad tales como financiero, ocio, gran consumo, automoción, seguros, educación, energía, sanitario, ONG’s y telecomunicaciones, con las que Ono tenga acuerdos de colaboración. Ono le garantiza que en ningún caso facilitará a estas terceras empresas sus datos personales, realizando Ono directamente el envío; (iii) realización de encuestas: (
- iv)tratamiento de sus datos personales, incluyendo datos de equipamiento, tráfico, navegación, consumo, facturación que obren en poder de Ono como consecuencia de La contratación de sus servicios, para la elaboración de estudios de prospección de mercado, estadísticas, scoring, elaboración de perfiles y categorías de clientes; (
- v)cesión de sus datos personales a empresas del grupo empresarial de Ono para la realización de acciones comerciales adaptadas a su perfil provenientes de cada una de ellas. Asimismo, Ono le solicita su consentimiento expreso para: (
- i)incluir sus datos asociados a su línea telefónica en las guías telefónicas (usted podrá solicitarnos que no se incluya su dirección postal); (
- u)utilizar sus datos incluidos en guías telefónicas con fines de venta directa y (iii) tratar sus datos para fines de venta directa mediante sistemas de llamadas y comunicaciones automáticas sin intervención humana o mensajes de fax (
- iv)tratamiento de sus datos de localización en el marco de la prestación de servicios de valor añadido que impliquen dicha localización y siempre que sean solicitados por el cliente y solo por el tiempo necesario para prestarle los mismos. Usted podrá dirigir sus comunicaciones, revocar los consentimientos otorgados, facilitar aquellos que expresamente le requerimos en esta cláusula y ejercitar sus derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales, en cualquier momento, dirigiendo una solicitud por escrito junto con una fotocopia de su DNI, pasaporte o documento identificativo, a la siguiente dirección: Servicio de Atención al Cliente, Apartado de Correos, ***** Valencia, o bien, enviándola a la siguiente dirección de correo electrónico: protecciondatos@ono.es Asimismo, le informamos de que en nuestra página web www.ono.es podrá encontrar el Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal. Rellenando (os apartados correspondientes que aparecen en dicho formulario y enviándolo a cualquiera de las direcciones determinadas en el párrafo anterior, podrá actualizar los consentimientos que nos otorga para el tratamiento de sus datos. También podrá facilitarnos sus consentimientos entrando en el Area de Cliente existente en nuestra página web. … En cualquier caso, podrá dirigir sus comunicaciones, revocar los consentimientos otorgados y ejercitar sus derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales, en cualquier momento, dirigiendo una solicitud por escrito junto con una fotocopia de su DNI, pasaporte o documento identificativo, a la siguiente dirección: Servicio de C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 6/19 Atención al Cliente, Apartado de Correos, ***** Valencia, o bien, enviándola a la siguiente dirección de correo electrónico: protecciondatos@ono.es” SEGUNDO: El Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal disponible en julio de 2014 en la página web www.ono.es y al que se remite la cláusula 9 (Secreto de las comunicaciones y autorización para el tratamiento de los datos de carácter personal) de las condiciones generales de contratación referidas en el punto anterior, contiene, además del apartado relativo a datos personales (nombre y apellidos, domicilio, NIF), las siguientes apartados relativos a la prestación del consentimiento: “Quiero que el tratamiento de mis datos se rija conforme a las siguientes indicaciones, independientemente de las Condiciones Generales del contrato: … PUBLICIDAD/VENTA DIRECTA □ 3. No deseo el tratamiento de mis datos personales para la promoción comercial de los productos y servicios de Ono, mediante el envío de ofertas adaptadas a mi perfil a través de los siguientes medios: (marque aquellos donde no quiere recibir publicidad): □ Dirección postal □ Dirección correo electrónico □ SMS teléfono móvil □ Llamadas número teléfono fijo / móvil □ 4. No deseo que Ono trate mis datos personales para La promoción comercial de los productos y servicios de empresas del Grupo Ono (www.ono.es), mediante el envío de ofertas adaptadas a mi perfil a través de cualquier medio (dirección postal; correo electrónico; SMS o Llamadas a teléfono fijo o móvil). □ 5. Deseo que mi número de teléfono sea tratado por Ono para fines de venta directa mediante sistemas de llamada automática sin intervención humana. □ 6. Deseo que mis datos de localización sean tratados por Ono en el marco de la prestación de servicios de valor añadido que impliquen dicha localización y siempre que sean solicitados expresamente por el cliente y solo por el tiempo necesario para prestarlos. □ 7. No deseo el tratamiento de mis datos personales para la promoción comercial a través de medios no electrónicos, de los productos y servicios de terceras empresas pertenecientes a distintos sectores de actividad tales como financiero, ocio, gran consumo, automoción, seguros, educación, energía, sanitario, telecomunicaciones, ONG’s, etc. con I.as que Ono tenga acuerdos de colaboración. Ono le garantiza que en ningún caso facilitará a estas terceras empresas sus datos personales. CESIÓN DE DATOS C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 7/19 □ 8. No deseo la cesión de mis datos personales al resto de empresas del Grupo Ono (www.ono.
- es)con el fin de realizar acciones comerciales conjuntas o de cada una de ellas.” TERCERO: Las condiciones generales de contratación aplicables para la contratación de servicios por teléfono o a través de la página web www.ono.es, tanto en julio de 2015 como en fecha 23/11/2015 contenían en su clausulado lo siguiente: “9. PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL VODAFONE ONO, S.A.U. es la nueva denominación social de CABLEUROPA, S.A.U. la cual mantiene su personalidad jurídica propia si bien en la actualidad formando parte del Grupo Vodafone. Le informamos que al mantener su personalidad jurídica propia, los tratamientos de datos para los que solicitamos su consentimiento en esta cláusula serán llevados a cabo exclusivamente por Vodafone Ono. Según lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, Vodafone Ono informa al Cliente de que los datos personales a los que tenga acceso como consecuencia de la prestación de los servicios se incorporarán a un fichero titularidad exclusiva de Vodafone Ono con domicilio social en (C/.......3), Madrid o TENARIA, S.A. con domicilio social en la (C/.......2)(Navarra), y serán tratados para gestionar la prestación de los servicios al Cliente, incluido el control para la prevención del fraude en dichos servicios, realizar la facturación y los pagos de las interconexiones. En caso de impago de servicios de tarificación adicional, Vodafone Ono podrá comunicar la deuda, junto con su datos personales necesarios, a los operadores involucrados en el marco de sus relaciones de interconexión y, en su caso, a los prestadores de los servicios de tarificación adicional con los que Vodafone Ono haya contratado, con el fin de permitir la continuación del proceso de gestión de cobro de dicha deuda. Vodafone Ono podrá incluir, en caso de impago, sus datos en ficheros de solvencia. La cumplimentación de los datos solicitados en este contrato y los necesarios para la prestación de los servicios contratados es obligatoria, salvo la indicación de su carácter voluntario. La falta de cumplimentación de los datos obligatorios imposibilitará a Vodafone Ono la prestación de los servicios solicitados. Le informamos de que los datos de carácter personal del Cliente serán cedidos a los servicios de emergencia, con la finalidad de que éstos puedan prestar adecuadamente sus servicios. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 8/19 El Cliente consiente a que Vodafone Ono trate sus datos personales para las siguientes finalidades: (
- i)promoción comercial de los productos y servicios de Vodafone Ono y, en su caso, de empresas de su mismo grupo empresarial (www.ono.
- es)adaptadas a su perfil, a través de su dirección postal, correo electrónico, SMS o llamadas a teléfono fijo o móvil; (
- ii)promoción comercial a través de medios no electrónicos, de los productos y servicios de terceras empresas pertenecientes a distintos sectores de actividad tales como financiero, ocio, gran consumo, automoción, seguros, educación, energía, sanitario, ONG’s y telecomunicaciones, con las que Vodafone Ono tenga acuerdos de colaboración. Vodafone Ono le garantiza que en ningún caso facilitará a estas terceras empresas sus datos personales; (iii) realización de encuestas: (
- iv)tratamiento de sus datos personales, incluyendo datos de equipamiento, tráfico, navegación, consumo, facturación que obren en poder de Vodafone Ono como consecuencia de la contratación de sus servicios, para la elaboración de estudios de prospección de mercado, estadísticas, scoring, elaboración de perfiles y categorías de clientes; (
- v)cesión de sus datos personales a empresas del grupo empresarial Vodafone (www.ono.
- es)para la realización de acciones comerciales adaptadas a su perfil provenientes de cada una de ellas. Asimismo, Vodafone Ono solicita al Cliente su consentimiento expreso para: (
- i)incluir sus datos asociados a su línea telefónica en las guías telefónicas (el Cliente podrá solicitar que no se incluya su dirección postal); (
- ii)utilizar los datos del Cliente incluidos en guías telefónicas con fines de venta directa, (iii) tratar los datos del Cliente para fines de venta directa mediante sistemas de llamadas y comunicaciones automáticas sin intervención humana o mensajes de fax y (
- iv)tratamiento de los datos de localización en el marco de la prestación de servicios de valor añadido que impliquen dicha localización y siempre que sean solicitados por el Cliente y solo por el tiempo necesario para prestarle los mismos. Vodafone Ono podrá tratar sus datos de localización generados a través del uso del dispositivo móvil de manera anónima y agregada, con el fin de poder conocer en cada momento el estado y el funcionamiento de nuestra red con base en dicha información. Esto permitirá comprobar que el servicio se está prestando de forma correcta, así como tomar decisiones, en su caso, sobre mejoras en la red, gestionar el tráfico y desarrollar nuevos productos y servicios. El Cliente podrá dirigir sus comunicaciones, revocar los consentimientos otorgados, facilitar aquellos que expresamente le requerimos en esta cláusula y ejercitar sus derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales, dirigiendo una solicitud por escrito junto con una fotocopia de su DNI, pasaporte o documento identificativo, a: Servicio de Atención al Cliente, Apartado de Correos, ***** Valencia, o bien, enviándola a: protecciondatos@ono.es. A través de la página web www.ono.es, el Cliente podrá encontrar el Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal. Rellenando los apartados correspondientes de dicho formulario y enviándolo a cualquiera de las direcciones determinadas en el párrafo anterior, el Cliente podrá actualizar los consentimientos que nos otorga para el tratamiento de sus datos. El Cliente también podrá prestar su consentimiento entrando en el Área de Cliente existente en la citada página web.” CUARTO: El Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 9/19 Personal disponible en julio de 2015 en la página web www.ono.es y al que se remite la cláusula 9 (Protección de datos de carácter personal) de las condiciones generales de contratación referidas en el punto anterior, contiene, además del apartado relativo a datos personales (nombre y apellidos, domicilio, NIF), las siguientes apartados relativos a la prestación del consentimiento: “VODAFONE ONO, S.A.U. es la nueva denominación social de CABLEUROPA, S.A.U. la cual mantiene su personalidad jurídica propia si bien en la actualidad formando parte del Grupo Vodafone. Le informamos que al mantener su personalidad jurídica propia, los tratamientos de datos para los que solicitamos su consentimiento en esta cláusula serán llevados a cabo exclusivamente por Vodafone Ono Quiero que el tratamiento de mis datos se rija conforme a las siguientes indicaciones, independientemente de las Condiciones Generales del contrato: … PUBLICIDAD/VENTA DIRECTA □ 3. No deseo el tratamiento de mis datos personales para la promoción comercial de los productos y servicios de Vodafone Ono, mediante el envío de ofertas adaptadas a mi perfil a través de los siguientes medios: (marque aquellos donde no quiere recibir publicidad): □ Dirección postal □ Dirección correo electrónico □ SMS teléfono móvil □ Llamadas número teléfono fijo / móvil □ 4. No deseo que Vodafone Ono trate mis datos personales para La promoción comercial de los productos y servicios de empresas del Grupo Vodafone Ono (www.ono.es), mediante el envío de ofertas adaptadas a mi perfil a través de cualquier medio (dirección postal; correo electrónico; SMS o Llamadas a teléfono fijo o móvil). □ 5. Deseo que mi número de teléfono sea tratado por Ono para fines de venta directa mediante sistemas de llamada automática sin intervención humana. □ 6. Deseo que mis datos de localización sean tratados por Ono en el marco de la prestación de servicios de valor añadido que impliquen dicha localización y siempre que sean solicitados expresamente por el cliente y solo por el tiempo necesario para prestarlos. □ 7. No deseo el tratamiento de mis datos personales para la promoción comercial a través de medios no electrónicos, de los productos y servicios de terceras empresas pertenecientes a distintos sectores de actividad tales como financiero, ocio, gran consumo, automoción, seguros, educación, energía, sanitario, telecomunicaciones, ONG’s, etc. con Ias que Vodafone Ono tenga acuerdos de colaboración. Vodafone Ono le garantiza que en ningún caso facilitará a estas terceras empresas sus datos personales. CESIÓN DE DATOS C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 10/19 □ 8. No deseo la cesión de mis datos personales al resto de empresas del Grupo Vodafone Ono (www.ono.
- es)con el fin de realizar acciones comerciales conjuntas o de cada una de ellas.” QUINTO: En fecha 23/11/2015 el instructor del procedimiento accedió a la web www.ono.es constatando que en su página de inicio se incluye un enlace (link) denominado “Empresas del Grupo Vodafone”, enlace que al proceder a su apertura contiene un mensaje de error que indica que la información no está disponible (folios 5761) FUNDAMENTOS DE DERECHO I Es competente para resolver este procedimiento la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.
- g)en relación con el artículo 36 de la LOPD. II Se imputa a VODAFONE ONO una infracción del art. 5 de la LOPD. Los apartados 1, 2 y 3 del citado artículo 5 de la LOPD, establecen en cuanto el “Derecho de información en la recogida de datos”, lo siguiente: “1. Los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco:
- a)De la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.
- b)Del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas.
- c)De las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos
- d)De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
- e)De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante. Cuando el responsable del tratamiento no esté establecido en el territorio de la Unión Europea y utilice en el tratamiento de datos medios situados en territorio español, deberá designar, salvo que tales medios se utilicen con fines de tránsito, un representante en España, sin perjuicio de las acciones que pudieran emprenderse contra el propio responsable del tratamiento. 2. Cuando se utilicen cuestionarios u otros impresos para la recogida, figurarán en los mismos, en forma claramente legible, las advertencias a que se refiere el apartado anterior. 3. No será necesaria la información a que se refieren las letras b),
- c)y
- d)del apartado 1 si el contenido de ella se deduce claramente de la naturaleza de los datos personales que se solicitan o de las circunstancias en que se recaban”. Dicho precepto fija el momento en que se ha de informar al interesado al que se recaben datos personales y el contenido de dicha información. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 11/19 La obligación que impone el artículo 5 es, por tanto, la de informar al afectado en el momento de la recogida de datos, pues solo así queda garantizado el derecho del mismo a tener una apropiada información y a consentir o no el tratamiento, en función de aquella. Así, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 transcrito, VODAFONE ONO debe dar a sus clientes la información prevista en el mismo, con carácter previo a la solicitud de sus datos personales, y deberá ser expresa, precisa e inequívoca. La ley ha querido imponer una formalidad específica en la recogida de datos a través de cuestionarios u otros impresos que garantice el derecho a la información de los afectados. A tal efecto, impone la obligación de que la información figure en los propios cuestionarios e impresos y la refuerza exigiendo que conste de forma claramente legible. La Sentencia del Tribunal Constitucional 292/2000, de 30 de noviembre, que delimita el contenido esencial del derecho fundamental a la protección de los datos personales, se ha pronunciado sobre la vinculación entre el consentimiento y la finalidad para el tratamiento de los datos personales, en los siguientes términos: “el derecho a consentir la recogida y el tratamiento de los datos personales ( art. 6 LOPD) no implica en modo alguno consentir la cesión de tales datos a terceros, pues constituye una facultad específica que también forma parte del contenido del derecho fundamental a la protección de datos. Y, por tanto, la cesión de los mismos a un tercero para proceder a un tratamiento con fines distintos de los que originaron su recogida, aun cuando puedan ser compatibles con éstos (art. 4.2 LOPD), supone una nueva posesión y uso que requiere el consentimiento del interesado. Una facultad que solo cabe limitar en atención a derechos y bienes de relevancia constitucional y, por tanto, esté justificada, sea proporcionada y, además, se establezca por ley, pues el derecho fundamental a la protección de datos personales no admite otros límites. De otro lado, es evidente que el interesado debe ser informado tanto de la posibilidad de cesión de sus datos personales y sus circunstancias como del destino de éstos, pues sólo así será eficaz su derecho a consentir, en cuanto facultad esencial de su derecho a controlar y disponer de sus datos concreta. Pues en otro caso sería fácil al responsable del fichero soslayar el consentimiento del interesado mediante la genérica información de que sus datos pueden ser cedidos. De suerte que, sin la garantía que supone el derecho a una información apropiada mediante el cumplimiento de determinados requisitos legales (art. 5 LOPD) quedaría sin duda frustrado el derecho del interesado a controlar y disponer de sus datos personales, pues es claro que le impedirían ejercer otras facultades que se integran en el contenido del derecho fundamental al que estamos haciendo referencia”. En este sentido, la LOPD recoge las garantías precisas para el tratamiento de los datos personales en lo relativo a los requisitos del consentimiento, de la información previa a este, y de las finalidades para las que los datos pueden ser recabados y tratados. La citada Sentencia del Tribunal Constitucional 292/2000, al delimitar el contenido esencial del derecho fundamental a la protección de los datos personales, ha considerado el derecho de información como un elemento indispensable del derecho fundamental a la protección de datos al declarar que “…el contenido del derecho C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 12/19 fundamental a la protección de datos consiste en un poder de disposición y de control sobre los datos personales que faculta a la persona para decidir cuáles de esos datos proporcionar a un tercero, sea el Estado o un particular, o cuáles puede este tercero recabar, y que también permite al individuo saber quién posee esos datos personales y para qué, pudiendo oponerse a esa posesión o uso. Estos poderes de disposición y control sobre los datos personales, que constituyen parte del contenido del derecho fundamental a la protección de datos se concretan jurídicamente en la facultad de consentir la recogida, la obtención y el acceso a los datos personales, su posterior almacenamiento y tratamiento, así como su uso o usos posibles, por un tercero, sea el Estado o un particular. Y ese derecho a consentir el conocimiento y el tratamiento, informático o no, de los datos personales, requiere como complementos indispensables, por un lado, la facultad de saber en todo momento quién dispone de esos datos personales y a qué uso los está sometiendo, y, por otro lado, el poder oponerse a esa posesión y usos. En fin, son elementos característicos de la definición constitucional del derecho fundamental a la protección de datos personales los derechos del afectado a consentir sobre la recogida y uso de sus datos personales y a saber de los mismos. Y resultan indispensables para hacer efectivo ese contenido el reconocimiento del derecho a ser informado de quién posee sus datos personales y con qué fin, y, el derecho a poder oponerse a esa posesión y uso requiriendo a quien corresponda que ponga fin a la posesión y empleo de los datos. Es decir, exigiendo del titular del fichero que le informe de qué datos posee sobre su persona, accediendo a sus oportunos registros y asientos, y qué destino han tenido, lo que alcanza también a posibles cesionarios; y, en su caso, requerirle para que rectifique o los cancele”. La manera en la que debe recabarse el consentimiento viene recogida en el art. 15 del RD 1720/2007, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, que establece lo siguiente: “Artículo 15. Solicitud del consentimiento en el marco de una relación contractual para fines no relacionados directamente con la misma. Si el responsable del tratamiento solicitase el consentimiento del afectado durante el proceso de formación de un contrato para finalidades que no guarden relación directa con el mantenimiento, desarrollo o control de la relación contractual, deberá permitir al afectado que manifieste expresamente su negativa al tratamiento o comunicación de datos. En particular, se entenderá cumplido tal deber cuando se permita al afectado la marcación de una casilla claramente visible y que no se encuentre ya marcada en el documento que se le entregue para la celebración del contrato o se establezca un procedimiento equivalente que le permita manifestar su negativa al tratamiento. Para el caso concreto de que se pretenda la realización de tratamientos con fines publicitarios y de prospección comercial, el artículo 45 del citado Reglamento establece lo siguiente: “Artículo 45. Datos susceptibles de tratamiento e información al interesado. 1. Quienes se dediquen a la recopilación de direcciones, reparto de documentos, publicidad, venta a distancia, prospección comercial y otras actividades análogas, así como quienes realicen estas actividades con el fin de comercializar sus propios productos o servicios o los de terceros, sólo podrán utilizar nombres y direcciones u C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 13/19 otros datos de carácter personal cuando los mismos se encuentren en uno de los siguientes casos: (…)
- b)Hayan sido facilitados por los propios interesados u obtenidos con su consentimiento para finalidades determinadas, explícitas y legítimas relacionadas con la actividad de publicidad o prospección comercial, habiéndose informado a los interesados sobre los sectores específicos y concretos de actividad respecto de los que podrá recibir información o publicidad”. Sobre esta misma cuestión, con carácter general, el artículo 12.2 del mismo Reglamento establece: “2. Cuando se solicite el consentimiento del afectado para la cesión de sus datos, éste deberá ser informado de forma que conozca inequívocamente la finalidad a la que se destinarán los datos respecto de cuya comunicación se solicita el consentimiento y el tipo de actividad desarrollada por el cesionario. En caso contrario, el consentimiento será nulo”. Y el artículo 11.3 de la LOPD señala al respecto: “3. Será nulo el consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal a un tercero cuando la información que se facilite al interesado no le permita conocer la finalidad a que destinarán los datos cuya comunicación se autoriza o el tipo de actividad de aquél a quien se pretenden comunicar”. En el caso que nos y en lo concerniente al cumplimiento de lo dispuesto en el l artículo 5 en relación con el 15 RD 1720/2007 se ha podido comprobar que en el proceso de contratación telefónica o a través de la página web (www.ono.es), y según se establece en la cláusula 9 de las condiciones generales de contratación, el interesado, quién debe facilitar obligatoriamente sus datos personales, consiente a que VODAFONE ONO trate sus datos para las siguientes finalidades que no están relacionadas directamente con la relación contractual para la cual se facilitan los datos (art. 15 LOPD): - - promoción comercial de los productos y servicios de VODAFONE ONO. promoción comercial de los productos y servicios de empresas de su mismo grupo empresarial (www.ono.es). promoción comercial a través de medios no electrónicos, de los productos y servicios de terceras empresas pertenecientes a distintos sectores de actividad tales como financiero, ocio, gran consumo, automoción, seguros, educación, energía, sanitario, ONG’s y telecomunicaciones, con las que VODAFONE ONO tenga acuerdos de colaboración. En este caso VODAFONE ONO le garantiza que en ningún caso facilitará a estas terceras empresas sus datos personales cesión de sus datos personales a empresas del grupo empresarial Vodafone (www.ono.
- es)para la realización de acciones comerciales adaptadas a su perfil provenientes de cada una de ellas La citada clausula establece asimismo que los citados consentimientos otorgados por el interesado al contratar los servicios y productos der VODAFONE ONO C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 14/19 pueden ser revocados por los siguientes medios: - envío de comunicación dirigida en tal sentido a una dirección postal (Servicio de Atención al Cliente, Apartado de Correos ***** Valencia) o a una dirección electrónica (proteccióndatos@ono.
- es)envío de Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal disponible en la página web www.ono.es debidamente cumplimentado y cuyo contenido se recoge en el antecedente quinto, hechos probados 2º y 4º de la presente propuesta de resolución. Así pues queda acreditado que en el momento de la contratación de los productos o servicios de VODAFONE ONO a través de la página web www.ono.es, VODAFONE ONO ha establecido un procedimiento equivalente al de “…la marcación de una casilla claramente visible y que no se encuentre ya marcada en el documento que se le entregue para la celebración del contrato…” para que el interesado pueda mostrar su negativa al tratamiento de sus datos con finalidades que no guarden relación directa con el mantenimiento, desarrollo o control de la relación contractual (en este caso finalidades comerciales), procedimiento que puede ser utilizado en el mismo momento de la contratación al realizarse ésta en un entorno online, y por el contrario no es posible en caso de contratación telefónica o presencial. Por tanto el procedimiento habilitado por VODAFONE ONO (envío de comunicación electrónica o cumplimentación del formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal disponible en la página web www.ono.es, debe considerarse acorde con las exigencias en el deber de información en la recogida de datos contenidos en el mencionado artículo 5 de la LOPD en relación con el 15 del RLOPD. Por otra parte el artículo 30 de la LOPD, de los “Tratamientos con fines de publicidad y prospección comercial”, dispone: “1. Quienes se dediquen a la recopilación de direcciones, reparto de documentos, publicidad, venta a distancia, prospección comercial y otras actividades análogas, utilizarán nombres y direcciones u otros datos de carácter personal cuando los mismos figuren en fuentes accesibles al público o cuando hayan sido facilitados por los propios interesados u obtenidos con su consentimiento”. (El subrayado es de la AEPD) A su vez, recordemos el ya citado artículo 45.1 del RLOPD que establece: “Quienes se dediquen a la recopilación de direcciones, reparto de documentos, publicidad, venta a distancia, prospección comercial y otras actividades análogas, así como quienes realicen estas actividades con el fin de comercializar sus propios productos o servicios o los de terceros, solo podrán utilizar nombres y direcciones u otros datos de carácter personal cuando los mismos se encuentren en uno de los siguientes casos: (..)
- b)Hayan sido facilitados por los propios interesados u obtenidos con su consentimiento para finalidades determinadas, explícitas y legítimas relacionadas con la actividad de publicidad o prospección comercial, habiéndose informado a los interesados sobre los sectores específicos y concretos de actividad de los que podrá recibir información o publicidad.” (El subrayado es de la AEPD) C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 15/19 Conforme a este precepto el tratamiento de los datos personales con fines publicitarios - salvo que los datos tratados procedan de fuentes de acceso público- exige que el interesado los haya proporcionado o bien que se hayan obtenido con su consentimiento debiendo en todo caso haber sido informado de cuáles serán los sectores de actividad de los que va a recibir publicidad. El alcance de esta obligación de informar ha de matizarse a la luz de la SAN de 16/01/2013, que consideró suficiente la remisión a una página web que informe de cuáles son las empresas que pertenecen al grupo empresarial, sin que se exija para entender cumplida la obligación del artículo 45.1. b. del RLOPD que se haga una relación de los diferentes sectores o actividades de los que se podría recibir información o publicidad. Muy esclarecedora resulta en este punto la citada SAN en cuyo Fundamento de Derecho Sexto se indica: “Por otra parte, la resolución impugnada considera que no se especifican las finalidades determinadas, explícitas y legítimas relacionadas con la actividad de publicidad o prospección comercial y no se informa sobre los sectores específicos y concretos sobre los que podrá recibir información o publicidad comercial, vulnerando el artículo 45 del Reglamento de desarrollo de la LOPD.(…) En el catálogo de la Tienda en Casa, se alude a las ofertas comerciales de empresa del grupo El Corte Inglés, haciéndose referencia también a las empresas del grupo El Corte Inglés, en la página web (…) y en el talón de venta, sin que, efectivamente como reseña la resolución recurrida se informe sobre los sectores específicos y concretos sobre los que podrá recibir información. Ahora bien, considera la Sala, que para cumplir el citado deber de información no es necesario que se reseñen en los citados documentos los variados sectores o actividades a que se dedican las empresas del grupo El Corte Inglés, sino que bastará con una remisión a una página web que informe de las empresas del grupo….”. (El subrayado es de la AEPD) Advertir también, a propósito de la cesión, con fines publicitarios, de los datos del clientes por VODAFONE ONO a las empresas de su grupo, que el artículo 11 de la LOPD sobre la comunicación de datos, precisa en su apartado 3: “Será nulo el consentimiento para la comunicación de los datos de carácter personal a un tercero, cuando la información que se facilite al interesado no le permita conocer la finalidad a que se destinarán los datos cuya comunicación se autoriza o el tipo de actividad de aquel a quien se pretenden comunicar”. (El subrayado es de la AEPD) Recordemos que la cláusula 9 de las condiciones generales de contratación (telefónica o a través de la web www.ono.
- es)informa a los interesados en los siguientes términos: C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 16/19 “El Cliente consiente a que Vodafone Ono trate sus datos personales para las siguientes finalidades: (
- i)promoción comercial de los productos y servicios de Vodafone Ono y, en su caso, de empresas de su mismo grupo empresarial (www.ono.
- es)adaptadas a su perfil, a través de su dirección postal, correo electrónico, SMS o llamadas a teléfono fijo o móvil; (
- ii)promoción comercial a través de medios no electrónicos, de los productos y servicios de terceras empresas pertenecientes a distintos sectores de actividad tales como financiero, ocio, gran consumo, automoción, seguros, educación, energía, sanitario, ONG’s y telecomunicaciones, con las que Vodafone Ono tenga acuerdos de colaboración. Vodafone Ono le garantiza que en ningún caso facilitará a estas terceras empresas sus datos personales; (iii) realización de encuestas: (
- iv)tratamiento de sus datos personales, incluyendo datos de equipamiento, tráfico, navegación, consumo, facturación que obren en poder de Vodafone Ono como consecuencia de la contratación de sus servicios, para la elaboración de estudios de prospección de mercado, estadísticas, scoring, elaboración de perfiles y categorías de clientes; (
- v)cesión de sus datos personales a empresas del grupo empresarial Vodafone (www.ono.
- es)para la realización de acciones comerciales adaptadas a su perfil provenientes de cada una de ellas. “ Además la citada clausula informa que: “A través de la página web www.ono.es, el Cliente podrá encontrar el Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal. Rellenando los apartados correspondientes de dicho formulario y enviándolo a cualquiera de las direcciones determinadas en el párrafo anterior, el Cliente podrá actualizar los consentimientos que nos otorga para el tratamiento de sus datos. El Cliente también podrá prestar su consentimiento entrando en el Área de Cliente existente en la citada página web.”. Y que el citado Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal remite a la página web www.ono.es para conocer las empresas del Grupo VODAFONE ONO a las cuales el interesado consiente (en el momento de la contratación) el tratamiento de sus datos con fines comerciales. En este punto debe señalarse que en la instrucción del procedimiento se ha accedido a la web www.ono.es constatándose que en la página principal se encuentra el enlace denominado “Empresas del Grupo Vodafone”, enlace que al proceder a su apertura contiene un mensaje de error que indica que la información no está disponible. En este punto la operadora reconoce este extremo al tiempo que afirma no facilitar los sectores de actividad de las empresas del grupo por ser todas ellas del sector de las telecomunicaciones, información ésta que si bien la operadora no considera necesaria, por el contrario debe considerarse como tal por cuanto de otro modo la información facilitada conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la LOPD y 45.1.
- b)del RLOPD carecería de contenido. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 17/19 Así pues la exigencia de informar sobre el tipo de actividad que viene impuesta por el artículo 45.1b) del RLOPD y el artículo 11.3 de la LOPD, a la luz de criterio seguido por la Audiencia Nacional en su Sentencia 16/01/2013 no se cumple por cuanto VODAFONE ONO no ofrece al cliente la posibilidad de informarse de cuáles son las empresas del grupo a las cuales sus datos van a ser cedidos y tampoco los concretos sectores de actividad de las citadas empresas de las cuales va a recibir publicidad conforme al consentimiento que se solicita en el momento de contratar telefónica o a través de la web www.ono.es productos o servicios de VODAFONE ONO. Por tanto en el caso que nos ocupa se ha podido comprobar que VODAFONE ONO incumple lo dispuesto en el artículo 5 en relación con el artículo 11.3 de la LOPD, y en relación con el artículo 15 y 45.1.
- b)del RD 1720/2007, en la medida en que se ha podido comprobar, en el momento de la contratación, VODAFONE ONO no se ajusta a las previsiones normativas reseñadas anteriormente en la medida en que no informa a los interesados, en el Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal disponible en la página web www.ono.es y al que se remite la cláusula 9 (Protección de datos de carácter personal) de las condiciones generales de contratación de las empresas del Grupo Vodafone a las cuales sus datos son cedidos (ni la posibilidad de obtener tal información en la web corporativa del imputado por cuanto la información referida al Grupo de Empresas contenida en la citada web no está disponible), ni los sectores concretos de actividad sobre los cuales autoriza el envío de publicidad. III El artículo 44.2.
- c)de la LOPD considera infracción leve: “el incumplimiento del deber de información al afectado acerca del tratamiento de sus datos de carácter personal cuando los datos sean recabados del propio interesado.” En este caso, VODAFONE ONO ha recabado datos personales sin facilitar a su titular la información que señala el artículo 5 de la LOPD, por cuanto la información facilitada a los interesados en las condiciones generales de contratación y el el Formulario de Autorización para el Tratamiento de Datos de Carácter Personal accesibles en la web www.ono.es no permite conocer al usuario que facilita sus datos la empresas a las cuales está consintiendo su tratamiento, ni los sectores concretos de actividad, al margen de no ofrecerle la posibilidad de manifestar, en el momento de la contratación, su negativa al tratamiento con fines no relacionados (distintos) con la relación contractual que se formaliza, por lo que debe considerarse que ha incurrido en la infracción leve descrita. IV El artículo 45.1 y 4 de la LOPD establecen lo siguiente: “1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 900 a 40.000 euros”. “4. La cuantía de las sanciones se graduará atendiendo a los siguientes criterios:
- a)El carácter continuado de la infracción.
- b)El volumen de los tratamientos efectuados.
- c)La vinculación de la actividad del infractor con la realización de tratamientos de datos de carácter personal. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 18/19
- d)El volumen de negocio o actividad del infractor.
- e)Los beneficios obtenidos como consecuencia de la comisión de la infracción.
- f)El grado de intencionalidad.
- g)La reincidencia por comisión de infracciones de la misma naturaleza.
- h)La naturaleza de los perjuicios causados a las personas interesadas o a terceras personas.
- i)La acreditación de que con anterioridad a los hechos constitutivos de infracción la entidad imputada tenía implantados procedimientos adecuados de actuación en la recogida y tratamiento de los datos de carácter personal, siendo la infracción consecuencia de una anomalía en el funcionamiento de dichos procedimientos no debida a una falta de diligencia exigible al infractor.
- j)Cualquier otra circunstancia que sea relevante para determinar el grado de antijuridicidad y de culpabilidad presentes en la concreta actuación infractora. Teniendo en cuenta los criterios de graduación de las sanciones previstos en el artículo 45.4 de la LOPD, y, en especial, considerando, por un lado, la especial diligencia que ha de exigirse a las empresas que, en el desarrollo de su actividad, realizan un alto número de tratamientos de datos, el volumen de negocio o actividad de la entidad imputada y que no ha justificado haber llevado a cabo las regularizaciones oportunas para el cumplimiento de las exigencias establecidas en la normativa reseñada, procede la imposición de una multa por importe de 20.000 euros. Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos RESUELVE: PRIMERO: IMPONER a la entidad VODAFONE ONO, S.A.U., por una infracción del artículo 5 en relación con el 11.3 de la LOPD, y en relación con el artículo 45.1.
- b)del RLOPD, tipificada como leve en el artículo 44.2.
- c)de la LOPD, una multa de 20.000 € (veinte mil euros), de conformidad con lo establecido en el artículo 45.2 y 4 de la citada LOPD. SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución a VODAFONE ONO, S.A.U., y al INSTITUTO MUNICIPAL DE CONSUMO. TERCERO: Advertir al sancionado que la sanción impuesta deberá hacerla efectiva en el plazo de pago voluntario que señala el artículo 68 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en relación con el art. 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, mediante su ingreso en la cuenta restringida nº ES00 0000 0000 0000 0000 0000 abierta a nombre de la Agencia Española de Protección de Datos en el Banco CAIXABANK, S.A. o en caso contrario, se procederá a su recaudación en período ejecutivo. Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, el plazo para efectuar el pago voluntario será hasta el día 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior, y si recibe la notificación entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive, el plazo del pago será hasta el 5 del segundo mes siguiente o inmediato hábil posterior. De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 19/19 pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. Mar España Martí Directora de la Agencia Española de Protección de Datos C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es