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REPOSICION-PD-00046-2022

1/2  Procedimiento nº.: PD/00046/2022 ASUNTO: Recurso de Reposición Nº: EXP202105991 Examinado el recurso de reposición interpuesto por A.A.A. (a partir de ahora la parte reclamada/recurrente), contra la resolución dictada por la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos en el expediente PD/00046/2022, y en base a los siguientes HECHOS PRIMERO: Con fecha 12 de abril de 2022, se dictó resolución por la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos en el expediente PD/00046/2022, en la que se acordó estimar la reclamación formulada por B.B.B. (a partir de ahora la parte reclamante), contra la parte reclamada. SEGUNDO: La resolución ahora recurrida fue notificada fehacientemente a la recurrente el 31 de agosto de 2022, según consta en el justificante de la notificación. TERCERO: La recurrente ha presentado recurso de reposición en fecha 27 de septiembre de 2022, con entrada en esta Agencia el mismo día, en el que señala no ser la persona que presupone el reclamante o esta Agencia, es decir, la coincidencia de nombre y apellidos ha provocado una confusión y nos hemos dirigido a la persona equivocada. FUNDAMENTOS DE DERECHO I Es competente para resolver el presente recurso la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo LPACAP). II La resolución, objeto de recurso, se estimó por falta de respuesta. Ahora comprobada que la identidad de esta recurrente no es a la que se dirigió en su día el reclamante, estimamos este recurso y liberamos a la recurrente de cualquier responsabilidad de atención o respuesta respecto a esta reclamación. Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos RESUELVE: PRIMERO: ESTIMAR el recurso de reposición interpuesto por A.A.A. contra la Resolución de esta Agencia Española de Protección de Datos dictada con fecha 12 de abril de 2022, en el expediente PD/00046/2022. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es 2/2 SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución a A.A.A.. De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la LOPDGDD, la presente Resolución se hará pública una vez haya sido notificada a los interesados. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto según lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta del referido texto legal. 185-170919 Mar España Martí Directora de la Agencia Española de Protección de Datos C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.aepd.es sedeagpd.gob.es

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Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.