1/16 Procedimiento Nº: TD/01312/2014 RESOLUCIÓN Nº : R/02891/2014 Vistas las reclamaciones formuladas por D. C.C.C. que se relacionan en el Anexo de esta resolución, frente a las entidades que se citan en el mismo, y en base a los siguientes HECHOS PRIMERO.- Entre el 30 de julio y 1 de diciembre de 2014, se han recibido en esta Agencia 16 reclamaciones del interesado en su propio nombre, cuyo detalle de las fechas concretas, así como el fichero al que se solicita, quedan relacionados en el Anexo de esta Resolución. En concreto y en síntesis, los ficheros corresponden a las siguientes instancias: • AYUNTAMIENTO DE COSLADA - • COMISARIA GENERAL DE EXTRANJERIA Y FRONTERAS. - • FICHERO USUARIOS INMIGRACIÓN FICHERO GESTIÓN DE ACTIVIDADES POLICIALES FICHERO SERVICIO ACOGIDA FICHERO RECLAMACIONES CONSUMO FICHERO HISTORIAS SOCIALES. GESTIÓN INTEGRAL DE SERVICIOS SOCIALES FICHERO GESTIÓN DE INGRESOS Y RECAUDACIÓN FICHERO USUARIOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN LABORAL FICHERO ANALITICA CAID FICHERO PADRÇON DE HABITANTES FICHERO POLICIA TUTOR MENORES FICHERO REGISTRO DE ENTRADA Y SALIDA DE DOCUMENTOS FICHERO BOLSA DE EMPLEO-EMPRESAS FICHERO DISCIPLINA URBANISTICA FICHERO MALTRATO MENORES FICHERO ADEXTTRA COMISARIA GENERAL DE POLICIA JUDICIAL. - C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid FICHERO SIGESDOC. P.J. www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/16 SEGUNDO: En el presente caso hay que tener en cuenta los antecedentes obrantes en esta Agencia en relación con el reclamante que, brevemente, son los siguientes: Con fecha 23 de julio de 2008 se presentó ante esta Agencia la primera reclamación frente a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, fichero Adexttra, entre otras cuestiones, por no haber sido debidamente atendido su derecho de cancelación de una parte de sus datos, en concreto, la prohibición de entrada. Dicha reclamación motivó la apertura del correspondiente expediente de tutela de derechos (TD/01412/2008) que finalizó con la resolución de fecha 13 de febrero de 2009, por la que se desestima la pretensión del reclamante al quedar acreditado, con la documentación aportada por ambas partes, que en el fichero Adexttra citado en el párrafo anterior no figuraban los datos que el reclamante solicitaba que fuesen cancelados (éstos no eran más que la denominación de los campos del formulario). Por ello, en la resolución se cita expresamente que A.A.A.. Es de resaltar que, frente la citada resolución, fue presentado recurso de reposición en donde el recurrente manifiesta literalmente que “…he solicitado la cancelación de la prohibición de entrada. B.B.B..” Posteriormente se presentaron entre diciembre de 2008 y junio de 2009 8 reclamaciones, que motivaron la apertura de los expedientes de tutela de derechos que posteriormente se relacionan, resueltos en su día por esta Agencia así como los recursos de reposición que se interpusieron, y que fueron dirigidos frente a los ficheros de: o la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (fichero ADEXTTRA), por ejercicio en diferentes fechas de los diferentes derechos de acceso, rectificación y cancelación: TD/97/2009; TD/306/2009; TD/874/2009 y TD/1111/
- o la Delegación del Gobierno en Madrid, por el ejercicio en diferentes fechas de los derechos de rectificación y acceso: TD/872/2009; TD/1110/
- o al Ministerio de Trabajo e Inmigración, S.E. Inmigración, DG Inmigración, por el ejercicio del derecho de acceso: TD/873/
- o a la Dirección Provincial de Empleo Estatal, por el ejercicio del derecho de acceso: TD/1075/
- Por otra parte, al margen de las reclamaciones antes citadas el reclamante presentó ante esta Agencia, entre junio de 2008 y julio de 2009, 17 instancias solicitando diversa información sobre sus reclamaciones. Estas peticiones motivaron 3 escritos del Director de esta Agencia en el año 2009 en los que se explicaba pormenorizadamente las actuaciones realizadas respecto a las diversas cuestiones planteadas por el interesado. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 3/16 Al margen de todos los escritos reseñados en los apartados anteriores, el interesado presentó ante esta Agencia otro escrito con registro de entrada nº 167854/2009, de fecha 20 de mayo de 2009, en el que, ante su disconformidad con la incorporación y, en su caso, acumulación de las diferentes entradas de documentos en los expedientes correspondientes, manifiesta literalmente: « Pero, no se preocupe que vendrán otros procedimientos a mi nombre.» Por otra parte, al margen de otras 17 reclamaciones presentadas por el interesado en nombre y representación de su hija menor, que fueron objeto de análisis en la TD/978/2009, entre mayo y agosto de 2009 se recibieron en esta Agencia 23 reclamaciones del propio interesado, alegando la denegación de los derechos ejercidos ante las siguientes entidades: - Delegación del Gobierno en Madrid (Área de Trabajo e Inmigración) Dirección General de la Policía Comisaría General de Extranjería (Fichero Adexttra) Ministerio de Trabajo e Inmigración. Subsecretaría de Estado de Trabajo e Inmigración Ministerio de Trabajo e Inmigración. Secretaría de Estado de Inmigración Ministerio del Interior. Secretaría de Estado de Seguridad Ministerio de Trabajo e Inmigración. Inspección Provincial de Trabajo Ministerio de Política Territorial. Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Base de Datos. Ministerio de Economía y Hacienda. Secretaría de Estado de Hacienda. Delegación Especial de Madrid. Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Registro Central de Extranjeros) Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (Fichero Perpol) Secretaría de Estado de Inmigración. Dirección General de Inmigración. Ministerio de Justicia Comisaría General de Extranjería y Fronteras (Fichero Control) Comisaría General de Extranjería.- Jefatura de Coordinación y Apoyo Técnico.- Archivo Central (Fichero Archivo) Unidad Central de Fronteras, Atención y Documentación de Extranjeros (Fichero Archivo U.F.A.D.E.) Oficina Policial Central de Asilo, Fronteras e Inmigración. Jefatura de Coordinación y Apoyo Técnico (fichero Archivo) Dirección General de la Policía. Cuerpo Nacional Policía (Archivo Documental) Dirección General de la Policía (Fichero R.C.E.) Delegación del Gobierno en Madrid (Fichero Automatizado de Extranjeros) Como consecuencia de dichas reclamaciones se dictó resolución de esta Agencia de fecha 20 de octubre de 2009 en el expediente TD/979/2009, en la que se inadmitían las reclamaciones, en síntesis, al quedar cuestionada la finalidad seria, legítima y objetiva y de exceso en el ejercicio del derecho, y en consecuencia, el legítimo interés en su pretensión. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 4/16 Posteriormente, entre el 10 de marzo y el 20 de junio de 2011, se recibieron otras 54 reclamaciones del interesado en su propio nombre, contra diversos ficheros y organismos que, en concreto y en síntesis, corresponden a las siguientes instancias: Presidencia del Gobierno: - Ministerio de la Presidencia: - - Fichero ASILO. Fichero REGISTRO DE CORRESPONDENCIA. D.G. Policía y G.C. Fichero ARCHIVO DOCUMENTAL D G Policía y G C Fichero Perpol S. E. de Seguridad. Fichero QUEJAS Y SUGERENCIAS. S.G. de Asilo. Fichero DESPLAZADOS. Fichero de EXTRADICIONES IP Fichero CONSULTAS, QUEJAS, RECLAMACIONES. Fichero GATI Comisaría General de Extranjería Fichero Adexttra Unidad Central de Fronteras, Atención y Documentación de Extranjeros Fichero Archivo U.F.A.D.E. Fichero CADAPIP CARPETA DOSSIER Fichero REGISTRO de las siguientes oficinas: o Avd. Poblados s/n o C/ Julian González Segador s/n o C/ Miguel Angel, 5 o C/ General Pardiñas, 90 o C/ Guadalquivir, 16, Coslada Ministerio de Trabajo e Inmigración: - C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid Fichero SEGUR. ARCHIVO CENTRAL. Fichero Automatizado de Datos VISITANTES. Fichero EXPEDIENTES DE TRAMITE DE EXTRANJERIA. Fichero RECURSOS Y DERECHO DE PETICIÓN Fichero REGISTRO DEL COMPLEJO DE LA MONCLOA Ministerio del Interior: - Fichero MACOCONTROL Fichero PEMISOS DE TRABAJO A EXTRANJEROS. Fichero GESTIÓN DE RECURSOS Fichero INFORMES JURIDICOS INSS Fichero INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Fichero REGISTRO DE DOCUMENTOS SPEE Fichero BASES DE COTIZACIÓN Fichero CONTRATACIÓN Fichero SOPORTE USUARIOS SEGURIDAD SOCIAL www.agpd.es sedeagpd.gob.es 5/16 Ministerio de Medio Ambiente, Rural y Marino: - - - Fichero Automatizado de Extranjeros Fichero QUEJAS Y SUGERENCIAS. Fichero CONCESIONES DE PERMISOS Y AUTORIZACIONES A EXTRANJEROS Banco de España: - C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid Fiscalía General del Estado. Fichero SISTEMA CENTRALIZADO DE INFORMACIÓN PROCESAL. Fiscalía del Tribunal Supremo. Fichero SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL. Juzgado de 1ª Instancia e Ins. nº 3 de Coslada. Fichero REG. DE ASUNTOS. Juzgado de 1ª Instancia e Ins. nº 2 de Coslada. Fichero REG. DE ASUNTOS. Juzgado de 1ª Instancia e Ins. nº 5 de Coslada. Fichero REG. DE ASUNTOS Delegación del Gobierno de Madrid: - Fichero GG DP JUS GRABACION DE DATOS E IDENTIFICACIÓN ESCRITA DE LAS PERSONAS. S.G.T. Fichero 84 CONSULTA DOCUMENTACIÓN ARCHIVO GENERAL Fichero PROTOCOLO Y DOCUMENTACIÓN NOTARIAL Fichero EXPEDIENTES TRAMITADOS EN LOS REGISTROS CIVILES Fichero 88 QUEJAS Y SUGERENCIAS. Tribunales, Juzgados y Fiscalía: - Fichero de la AEAT. DELEGACIÓN DE MADRID. Fichero Nº 71 PROCESOS CIVILES Ministerio de Justicia: - Fichero PRÉSTAMOS. Ministerio de Economía y Hacienda: - Fichero REGISTRO. Ministerio de Fomento: - Fichero GENERAL DE AFILIACIÓN Fichero PERMISOS Y AUTORIZACIONES A EXTRAJEROS Fichero Registro Entrada Salida de Documentos. www.agpd.es sedeagpd.gob.es 6/16 Como consecuencia de dichas reclamaciones se dictó resolución de esta Agencia de fecha 05 de septiembre de 2011 en el expediente TD/01270/2011, en la que se inadmitían las reclamaciones, en síntesis, al quedar cuestionada la finalidad seria, legítima y objetiva y de exceso en el ejercicio del derecho, y en consecuencia, el legítimo interés en su pretensión. Posteriormente, el reclamante interpuso ante esta Agencia recurso de reposición contra la citada Resolución del Director. Entre el 26 de septiembre de 2011 y el 10 de febrero de 2012, se recibieron otras 139 reclamaciones del interesado en su propio nombre, contra diversos ficheros y organismos que, en concreto y en síntesis, corresponden a las siguientes instancias: Presidencia del Gobierno: - Ministerio de la Presidencia: - Fichero EXPEDIENTES DE TRÁMITES DE EXTRANJERÍA Fichero USUARIOS Fichero CONCESIÓN DE PERMISOS Y AUTORIZACIONES DE EXTRANJEROS Ministerio de Política Territorial y Administración Pública: - Fichero COMUNICACIÓN CON LOS CIUDADANOS Fichero EXPEDIENTES DE TRAMITE DE EXTRANJERÍA (24, 47 Y 127) Complejo Moncloa: Fichero EXPEDIENTES DE TRAMITE DE EXTRANJERÍA Fichero USUARIOS DEL MAP Fichero REGISTRO ELECTRÓNICO COMÚN (67 Y 98) Fichero RECURSOS ADMINISTRATIVOS Fichero REGISTRO GENERAL Fichero CONTROL DE ACCESO Fichero FICHERO DE ARCHIVO CENTRAL Ministerio del Interior: - C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid S. E. de Seguridad: Fichero REGISTRO DE CORRESPONDENCIA Fichero SIDENPOL Jefatura Provincial de Tráfico: Fichero BD PERSONAS Fichero de EXTRADICIONES IP Fichero ADEXTTRA Fichero ACCESDOC Fichero: BDSM Fichero OBJETOS Fichero REGISTRO DE CIUDADANO DE LA UNIÓN Fichero SIGESDOC-PC www.agpd.es sedeagpd.gob.es 7/16 Fichero SIGESDOC-PJ Fichero COMIROGA – IP Cuerpo Nacional de Policía: Fichero SIDENPOL Fichero ASILO Fichero REGISTRO CENTRAL DE EXTRANJERÍA Fichero RECURSOS, INDEMNIZACIONES, TRIBUNALES (59 Y 99) Fichero N SIS/SIRENE Dirección General de Tráfico: Fichero B.D. PERSONAS Fichero LOCUPOL Fichero QUEJAS Y SUGERENCIAS Dirección General de la Guardia Civil: Fichero GCVOX Fichero GESACESS Fichero REGISTRO Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil Fichero PERPOL Fichero EUROCARGADOR Fichero CONTROL DE ENTRADA Y SALIDA Fichero SISTEMA DE ESTADÍSTICA DE CRIMINALIDAD Ministerio de Trabajo e Inmigración: - C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid Fichero SIRIA Fichero PERMISOS DE TRABAJO A EXTRANJEROS FICHERO ESTADÍSTICO DE ALTAS Y BAJAS AL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Fichero CONTRATOS SPEE (16 Y 118) Fichero QUEJAS Y SUGERENCIAS Fichero REGISTRO GENERAL T.G.S.S. Fichero GESTIÓN LOPD Fichero CUENTAS DE COTIZACIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL (29 Y 100) Fichero SUBVENCIONES INEM Fichero: SEGUIMIENTO PROGRAMAS FSE (43 Y 53) Fichero INFORMES DESEMPLEO MADRID Fichero DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN Dirección General de Trabajo: Fichero REGISTRO DE E/S DGT Fichero SERVICIOS SMAC Fichero INTEGRA Fichero ARCHIVO CENTRAL Fichero ALTO RECLAMACIONES PREVIAS Fichero LIBRO DE RECLAMACIONES SPEE Fichero REGISTRO MAIL Fichero AFILIACIÓN Y QUEJAS Y SUGERENCIAS Fichero FICHA4 MADRID Fichero ARCO SGPCI Fichero BASE DE DATOS PROTECCIÓN FAMILIAR Fichero EMPLEO Fichero TRIBXTLIBSX Fichero SEGUIMIENTO REINTEGRO SUBV SPEE Fichero SILSSP BD PRESTACIONES www.agpd.es sedeagpd.gob.es 8/16 Ministerio de Fomento: - - Fichero SIGECA Fichero BASE DE DATOS NACIONAL DE CATASTRO FICHERO AUTOMATIZADO HISTÓRICO DE MULTAS FICHERO AUTOMATIZADO DE INFRACCIONES ESTADÍSTICAS Fichero REGISTRO GENERAL Y AUXILIAR Fichero AEAT DELEGACIÓN ESPECIAL DE MADRID Fichero PADRÓN DE HABITANTES Fichero Nº 67 DEUDORES TESORERÍA GENERAL SEGURIDAD SOCIAL Fichero Nº 137 PROCESOS PENALES Ministerio de Justicia: - Fichero AMORTIZACIÓN DE CRÉDITOS HIPOTECARIOS Ministerio de Economía y Hacienda: - Fichero PROGES PRESS CARPA ALTA IRIS Fichero REGISTRO DE REBELDES CIVILES Fichero EXPEDIENTES TRAMITADOS EN REGISTROS CIVILES Fichero REGISTRO CENTRAL DE MEDIDAS CAUTELARES, REQUISITORIAS Y SENTENCIAS NO FIRMES Fichero CUSTODIA INFORMACIÓN ACREDITATIVA Fichero REGES Fichero REGISTRO CENTRAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA Fichero NACIONALIDAD Fichero COMISIÓN CENTRAL DE ASISTENCIA JURÍDICA Tribunales, Juzgados y Fiscalía: - C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid Tribunal Constitucional: Fichero ASUNTOS JURISDICCIONALES (5 Y 78) Tribunal Constitucional: Fichero CONTROL DE ACCESO Audiencia Nacional: Fichero REGISTRO DE ASUNTOS Y ASUNTOS JURISDICCIONALES Tribunal Superior de Justicia de Madrid Audiencia Provincial de Madrid: Fichero ASUNTOS JURISDICCIONALES (33 Y 40) Audiencia Provincial de Madrid: Fichero REGISTRO DE ASUNTOS Fiscalía General del Estado. Fichero SISTEMA CENTRALIZADO DE INFORMACIÓN PROCESAL. Fiscalía de la Comunidad de Madrid: Fichero SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL Fiscalía Provincial de Madrid: Fichero SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL “FORTUNY” www.agpd.es sedeagpd.gob.es 9/16 Delegación del Gobierno de Madrid: - - Fichero GESTIÓN DE QUEJAS(1 Y 62) Fichero REGISTRO GENERAL Consejo General del Poder Judicial: - Fichero CONSULTAS, RECLAMACIONES Y ARBITRAJE DE CONSUMO Fichero REGISTRO DE E/S Fichero GESTIÓN DE LA PRESTACIÓN FARMACÉUTICA Fichero HISTORIA CLÍNICA DIGITAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Fichero SISTEMA INFORMACIÓN POBLACIÓN PROTEGIDA Fichero REGISTRO GENERAL DE ENTRADA DOCUMENTAL Fichero CONJUNTO MÍNIMO BÁSICO DE DATOS (CMBD) Defensor del Pueblo: - Fichero EXTRANJEROS (79 Y 87) Fichero INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID Fichero ÁREA FUNCIONAL DE TRABAJO E INMIGRACIÓN Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad: - Fiscalía del Área de Alcalá de Henares: Fichero SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL Juzgado de Instrucción nº 3 Madrid: Fichero ASUNTOS JURISDICCIONALES Juzgado de Instrucción nº 49 Madrid: Fichero ASUNTOS JURISDICCIONALES Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Coslada. Fichero REGISTRO DE ASUNTOS. Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 de Coslada. Fichero REGISTRO DE ASUNTOS Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 4 de Coslada. Fichero REGISTRO DE ASUNTOS Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 4 de Coslada. Fichero ASUNTOS JURISDICCIONALES Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 6 de Coslada. Fichero REGISTRO DE ASUNTOS Juzgado Decano de Coslada: Fichero REGISTRO DE ASUNTOS Fichero DENUNCIAS QUEJAS SOBRE ADMINISTRACIÓN JUSTICIA Fichero CONTROL DE ACCESO A LAS SEDES DEL C.G.P.J. Agencia Española de Protección de Datos: - C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid Fichero ENTRADA Y SALIDA DE DOCUMENTOS (4 Y 64) Fichero GESTIÓN DE CONSULTAS DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (35 www.agpd.es sedeagpd.gob.es 10/16 Comisión Española de Ayuda al Refugiado en Madrid: - Y 96) Fichero GESTIÓN DE INFORMES JURÍDICOS Fichero EXPEDIENTES DE INSPECCIÓN DE DATOS Fichero QUEJAS Y RECLAMACIONES Fichero CEAC Consejo General de la Abogacía Española: - Fichero REGISTRO Y ARCHIVO Como consecuencia de dichas reclamaciones se dictó resolución de esta Agencia de fecha 07 de marzo de 2012 en el expediente TD/00431/2012, en la que se inadmitían las reclamaciones, en síntesis, al quedar nuevamente cuestionada la finalidad seria, legítima y objetiva y de exceso en el ejercicio del derecho, y en consecuencia, el legítimo interés en su pretensión. Posteriormente, el reclamante interpuso ante esta Agencia recurso de reposición contra la citada Resolución del Director. • En el expediente TD/01317/2012, en la que se inadmitían 41 reclamaciones planteadas, en síntesis, al quedar nuevamente cuestionada la finalidad seria, legítima y objetiva y de exceso en el ejercicio del derecho, y en consecuencia, el legítimo interés en su pretensión. FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO: La competencia para resolver la presente reclamación corresponde al Director de la Agencia Española de Protección de Datos, de acuerdo con el artículo 37.d), en relación con el artículo 36, ambos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en lo sucesivo, LOPD). SEGUNDO: El artículo 89.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo, LRJPAC) establece que: “En ningún caso podrá la Administración abstenerse de resolver (……), aunque podrá resolver la inadmisión de las solicitudes de reconocimiento de derechos no previstos en el Ordenamiento Jurídico o manifiestamente carentes de fundamento, sin perjuicio del derecho de petición previsto por el artículo 29 de la Constitución.”. Por tanto, la obligación que tiene la Administración de resolver no es incompatible con la inadmisión de las solicitudes de los interesados en los términos fijados en el artículo y apartado citado. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 11/16 A este respecto, incluso en el ámbito judicial la doctrina del Tribunal Constitucional contenida, entre otras, en la sentencia de 21 de marzo de 1988, determina que el derecho a la tutela judicial efectiva reconocido constitucionalmente en el artículo 24 comprende el derecho a obtener resolución fundada, sea o no favorable a las pretensiones de las partes, resolución que podrá ser de inadmisión siempre que concurra causa legal para ello. TERCERO: El artículo 31.1.a) de la LRJPAC, señala que se consideran interesados en el procedimiento administrativo quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales o colectivos. El interés legítimo que habilita para personarse en el procedimiento administrativo, y que por tanto resulta título legitimador según la jurisprudencia, se perfila con unos rasgos determinados que, por lo que a éste supuesto concreto interesa, se señalan los siguientes: - El interés legítimo es identificable con cualquier ventaja o utilidad jurídica derivada de la reparación pretendida. (STC 60/1982, 62/1983, 257/1988, 97/1991 o 195/1992). - El interés legítimo no es un mero interés en el respeto de la legalidad. (STS de 22 de noviembre de 1996) - se concreta en un interés directo, como interés en sentido propio, cualificado o específico, no siendo posible confundirlo con un interés genérico en la preservación de derechos abstractos - Conlleva la titularidad de un interés directo, personal y legítimo que pueda resultar afectado por la resolución que se dicte, interés que existe siempre que pueda suponerse que la declaración jurídica preconizada colocaría a los recurrentes en condiciones naturales y legales de conseguir un determinado beneficio material o jurídico…. (STS de 24 de mayo de 1985). - El interés legítimo ha de derivar de una repercusión de la actuación administrativa en el ámbito vital o de interés de la persona real, efectivo y actual, sin comprender lo intereses futuros, eventuales o hipotéticos (STC 93/1990). CUARTO: Conforme a la legislación vigente (artículo 7 del Código Civil, en lo sucesivo, C.C.): - Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe. - La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. - Todo acto u omisión que : por la intención de su autor, por su objeto o C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 12/16 por las circunstancias en que se realice sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar . …….. a la adopción de las medidas… . administrativas que impidan la persistencia en el abuso. Según abundantes sentencias (SS 14/2/86, 29/11/85, 7/5/93, 8/6/94, 21/9/87, 30/5/98,11/5/91, entre otras), el abuso de derecho: - presupone carencia de buena fe. La buena o mala fe es un concepto jurídico que se apoya en la valoración de conductas deducidas de unos hechos. Para la apreciación de la buena fe (ésta, según doctrina se presume) o mala fe (que debe acreditarse) hay que tener en cuenta hechos y circunstancias que aparezcan probados. - impone la exigencia de una conducta ética en el ejercicio de los derechos. El abuso de derecho procede cuando el derecho se ejercita con intención decidida de causar daño a otro o utilizándolo de modo anormal y contradictor de la armónica convivencia social. Su apreciación exige que la base fáctica ponga de manifiesto las circunstancias objetivas (anormalidad en el ejercicio) y las subjetivas (ausencia de interés legítimo o voluntad de perjudicar). - El abuso viene determinado por la circunstancia subjetiva de ausencia de finalidad seria y legítima y la objetiva de exceso en el ejercicio del derecho. QUINTO: En el presente caso, al margen ocasiones en las que el interesado se dirigió a esta Agencia según lo expuesto la resolución de la TD/979/2009, las 54 resueltas en el procedimiento TD/1270/2011, las 134 del procedimiento TD/431/2012 y con independencia también de las reclamaciones presentadas por él mismo en nombre y representación de su hija menor de edad, entre el 30 de julio y 1 de diciembre de 2014, el reclamante ha presentado 16 escritos de reclamación en su propio nombre ante esta Agencia conforme al listado que figura en el Anexo de esta resolución. Como ya se ha señalado al reclamante en ocasiones anterior, si bien la LOPD define y regula los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (derechos ARCO) a los datos de carácter personal, lo hace como un exponente y concreción de su objetivo y finalidad última que es, según se expone en su artículo 1, el “garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar.”. Ahora bien el ejercicio de dichos derechos debe realizarse de conformidad con el resto del ordenamiento jurídico. Por lo que al caso concreto respecta a las disposiciones referidas en los apartados anteriores. Una interpretación maximalista de la LOPD que implique un exceso en el ejercicio de los derechos de modo anormal e indiscriminado de los mismos, desvirtuaría en sí mismo el objeto y finalidad de la propia Ley. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 13/16 Dos elementos, subjetivo y objetivo, cabe evaluar para determinar la finalidad y pretensión misma que motiva la interposición por el interesado de las reclamaciones objeto de esta resolución: Como ha quedado reflejado en los “hechos” de esta resolución, el interesado a pesar de reconocer su falta de fundamento en su pretensión sigue insistiendo, como ya anunció mediante la frase “vendrán otras”, en reiterar todos los derechos ARCO de forma indiscriminada frente a múltiples ficheros y organismos públicos. Lo que cuestiona la finalidad seria y legítima de las pretensiones efectuadas. Del desbordado número de pretensiones que sobre dichos derechos ARCO se han materializado por el interesado según figura en los Anexos a esta resolución, al margen de los también presentados en nombre y representación de su hija menor de edad examinados en otros expedientes, cabe deducir que se da el requisito objetivo que sobre abuso de derecho se han reproducido en el apartado anterior. Por tanto, queda cuestionada la finalidad seria y legítima y la objetiva de exceso en el ejercicio del derecho, y en consecuencia el legítimo interés en su pretensión, lo que determina la inadmisión de las reclamaciones relacionadas en el Anexo de esta resolución por carencia manifiesta de fundamento. Vistos los preceptos citados y demás de general aplicación, El Director de la Agencia Española de Protección de Datos RESUELVE: PRIMERO: INADMITIR las reclamaciones formuladas por D. C.C.C. que figuran en el Anexo de esta resolución presentadas contra los organismos que asimismo se relacionan en él. SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución a C.C.C.. De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la LOPD. C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 14/16 Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 18.4 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. José Luis Rodríguez Álvarez Director de la Agencia Española de Protección de Datos C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 15/16 ANEXO C.C.C. 1 317198/2014 TD/01312/2014 30/07/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. USUARIOS INMIGRACIÓN. 2 317309/2014 30/07/2014 3 317313/2014 30/07/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. GESTIÓN DE ACTIVIDADES POLICIALES AYUNTAMIENTO DE COSLADA. SERVICIO ACOGIDA 4 317351/2014 30/07/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. RECLAMACIONES CONSUMO. 5 317357/2014 30/07/2014 COMISARIA GENERAL DE EXTRANJERIA Y FRONTERAS. ADEXTTRA. 6 317379/2014 30/07/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. HISTORIAS SOCIALES. GESTIÓN INTEGRAL DE SERVICIOS SOCIALES. 7 317383/2014 30/07/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. GESTIÓN DE INGRESOS Y RECAUDACIÓN. 8 317390/2014 30/07/2014 COMISARIA GENERAL DE POLICIA JUDICIAL. SIGESDOC. P.J. 9 323599/2014 05/08/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA . USUARIOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN LABORAL 10 323656/2014 05/08/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. ANALITICA CAID C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 16/16 11 323664/2014 05/08/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. PADRON DE HABITANTES. 12 340575/2014 25/08/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. POLICIA TUTOR MENORES 13 340583/2014 25/08/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. REGISTRO DE ENTRADA Y SALIDA DE DOCUMENTOS 14 340585/2014 25/08/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. BOLSA DE EMPLEOEMPRESAS 15 340590/2014 25/08/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. DISCIPLINA URBANISTICA 16 342450/2014 27/08/2014 AYUNTAMIENTO DE COSLADA. MALTRATO MENORES C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es