1/2 Procedimiento Nº: TD/02057/2016 RESOLUCIÓN Nº.: R/00140/2017 Con fecha 17 de agosto de 2016, ha tenido entrada en esta Agencia escrito de D. B.B.B. (en representación de D. A.A.A.), solicitando que sea atendido su ejercicio del derecho de oposición al tratamiento de sus datos personales por parte de la entidad COMES PASTISSERIA Y FORN, S.L. Examinada la solicitud y documentación presentada, y en base a lo dispuesto en los artículos 6.4 de la Ley 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en los artículos 34, 35, 117 y siguientes del Reglamento de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, así como en la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de esta Agencia, relativa al tratamiento de los datos con fines de videovigilancia, se comunica que: El titular de los datos puede ejercitar su derecho de oposición al tratamiento de sus datos personales mediante escrito dirigido al responsable del fichero de la entidad de que se trate. El ejercicio del derecho de oposición es personalísimo, lo que significa que el titular de los datos personalmente deberá dirigirse a dicha entidad, salvo poder expreso y por escrito del titular de los datos y fotocopia de los dos DNI (del titular de los datos y su representante) utilizando cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción de su solicitud, para el ejercicio de sus derechos, acompañando copia de su D.N.I. Por tanto, el escrito de solicitud del ejercicio del derecho que se pretende realizar no debe dirigirse a esta Agencia. Consecuentemente con lo anterior, se observa que al no aportase los documentos que acrediten haber solicitado la oposición, ni indicar en su escrito que dicha solicitud se haya realizado, no puede interpretarse el escrito recibido como una reclamación de Tutela de Derechos. En este sentido, deberá dirigirse a la empresa u Organismo responsable, solicitándole el derecho de oposición al tratamiento de sus datos personales. Posteriormente, en el supuesto de que en el plazo de 10 días hábiles no recibiese contestación o esta fuese insatisfactoria, puede presentar reclamación de Tutela de Derechos ante esta Agencia, acompañando la documentación que acredite la solicitud y recepción del referido ejercicio del derecho por la entidad correspondiente. A la vista de lo expuesto, la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos RESUELVE: C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es 2/2 PRIMERO: INADMITIR la reclamación formulada por D. B.B.B. (en representación de D. A.A.A.) contra la entidad COMES PASTISSERIA Y FORN, S.L. SEGUNDO: NOTIFICAR la presente resolución a D. B.B.B. (en representación de D. A.A.A.). De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la LOPD, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 116 del reglamento de desarrollo de la LOPD aprobado por el Real Decreto 1720/2007, de 21 diciembre. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 18.4 de la LOPD), y de conformidad con lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa (en lo sucesivo LJCA), en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal. Mar España Martí Directora de la Agencia Española de Protección de Datos C/ Jorge Juan, 6 28001 – Madrid www.agpd.es sedeagpd.gob.es
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.