RESOLUCIÓN (EXPTE. S/0120/08, Transitarios) Consejo Sres.: D. Luis Berenguer Fuster, Presidente Dª. Pilar Sánchez Núñez, Vicepresidenta D. Julio Costas Comesaña, Consejero Dª María Jesús González López, Consejera Dª. Inmaculada Gutiérrez Carrizo, Consejera En Madrid, a 31 de julio de 2010 El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), con la composición arriba expresada, y siendo Ponente la Consejera Dña. Inmaculada Gutiérrez Carrizo, ha dictado la presente Resolución en el expediente sancionador S/0120/08 Transitarios, incoado por la Dirección de Investigación de la CNC (DI) por supuestas prácticas restrictivas de la competencia prohibidas por el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) contra las empresas ABX LOGISTICS ESPAÑA, S.A., BLUE WATER SHIPPING ESPAÑA, S.A., DHL EXPRESS BARCELONA SPAIN, S.L., RHENUS IHG IBÉRICA, S.A., SALVAT LOGISTICA, S.A., SPAIN-TIR TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A., TRANSNATUR, S.A. y TRANSPORTES INTERNACIONALES INTER-TIR, S.L. (Grupo RAMINTER). ANTECEDENTES DE HECHO 1 Con fecha 28 de febrero de 2008, conforme a lo dispuesto en los artículos 65 de la LDC, y apartados 2 y 3 del artículo 46 del RDC, la entonces representación legal de la mercantil ABX LOGISTICS ESPAÑA, S.A., en su propio nombre, así como, en la medida de lo necesario, de la totalidad de entidades que conforman el grupo al que pertenece, presentó verbalmente a la Comisión Nacional de la Competencia (en adelante CNC), una solicitud de exención del pago de la multa relativa a una presunta infracción del artículo 1 de la LDC, acompañada de la correspondiente información y de los elementos de prueba. La declaración hacía referencia a reuniones celebradas entre directivos de empresas logísticas desde septiembre de 2003 en las que se trataban aspectos relacionados con el negocio transitario por carretera. La empresa solicitante de exención realizó el 1 de octubre de 2008 una declaración complementaria que fue posteriormente ampliada el 14 de noviembre de 2008. 2 El 14 de noviembre de 2008, tras analizar y valorar la información y elementos de prueba presentados por ABX, previa comprobación de la existencia de actuaciones que 1 pudieran constituir prácticas restrictivas prohibidas por el artículo 1 de la LDC y por el artículo 101 del TFUE (antes art. 81 del TCE) en el mercado español de actividades transitarias por carretera, la Dirección de Investigación, en virtud del artículo 65.1.
- a)de la LDC y del artículo 47.1 del RDC, concedió a dicha empresa la exención condicional del pago de la multa, por considerar que había aportado suficientes elementos de prueba, permitiendo ordenar el desarrollo de una inspección en los términos establecidos en el artículo 40 de la LDC en relación con el cártel descrito en su solicitud de exención. Este acuerdo de concesión de la exención condicional fue notificado el 27 de noviembre de 2008. 3 El 17 de noviembre de 2008 la DI, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de la LDC, acordó la incoación del expediente sancionador S/0120/08 Transitarios, por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia y en el artículo 1 de la LDC, así como en el artículo 101 del TFUE (antes art. 81 del TCE), contra las empresas ABX LOGISTICS ESPAÑA, S.A. (ABX), BLUE WATER SHIPPING ESPAÑA, S.A. (BWS), BOFFIL ARNAN, S.A. (B&A), DHL EXPRESS BARCELONA SPAIN, S.L. (DHL), RHENUS IHG IBÉRICA, S.A. (RHENUS), SALVAT LOGISTICA, S.A. (SALVAT), SPAIN-TIR TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A. (SPAIN-TIR), TRANSNATUR, S.A. y TRANSPORTES Y NAVEGACIÓN RAMIREZ HERMANOS, S.A. y TRANSPORTES INTERNACIONALES INTER-TIR, S.L. (Grupo RAMINTER). 4 El 18 de noviembre de 2008, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 de la LDC, la Dirección de Investigación llevó a cabo inspecciones simultáneas en las sedes de SALVAT LOGISTICA, S.A., SPAIN-TIR TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A., TRANSNATUR, S.A., así como en la común de TRANSPORTES Y NAVEGACIÓN RAMIREZ HERMANOS, S.A. y TRANSPORTES INTERNACIONALES INTER-TIR, S.L., notificándose en dicho momento a tales empresas la incoación del expediente sancionador S/0120/08 Transitarios. En esa misma fecha la DI notificó el acuerdo de incoación del expediente sancionador S/0120/08 Transitarios al resto de las empresas incoadas que no fueron objeto de inspección. 5 El 28 de noviembre de 2008, DHL EXPRESS BARCELONA SPAIN, S.L., en su propio nombre, así como en el de su matriz DEUTSCHE POST AG, presentó ante la CNC una solicitud verbal de exención del pago de la multa o, subsidiariamente, de reducción del importe de la multa en el ámbito del expediente S/0120/08. DHL EXPRESS BARCELONA SPAIN, S.L. informó a la DI de su participación en las reuniones entre directivos de empresas transitarias del negocio por carretera entre 2003 y 2007. 6 El 1 de diciembre de 2008 ABX facilitó a la DI una serie de datos e informaciones, completando la solicitud presentada el 28 de febrero de 2008. 7 El 2 de diciembre de 2008, en aplicación del artículo 47.1 de la LDC, SALVAT LOGÍSTICA, S.A. (desde ahora, SALVAT) y TRANSNATUR, S.A. (desde ahora, TN) y el 3 de diciembre de 2008, TRANSPORTES Y NAVEGACIÓN RAMIREZ HERMANOS, S.A. y TRANSPORTES INTERNACIONALES INTER-TIR, S.L. 2 (desde ahora, RAMINTER), interpusieron sendos recursos ante la CNC contra el acuerdo de incoación, las Órdenes de Investigación autorizando las inspecciones en las citadas empresas y contra los actos de la DI realizados en el ámbito de dichas inspecciones en sus respectivas sedes. 8 El 4 de diciembre de 2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 47.2 del RDC y al no cumplirse las condiciones establecidas en el artículo 65.1 de la LDC, la DI acordó rechazar la solicitud de exención presentada por DHL. No obstante, teniendo en cuenta que en dicha solicitud DHL, subsidiariamente, solicitaba que ésta fuera considerada como una solicitud de reducción del importe de la multa a efectos del artículo 66 de la LDC, la DI consideró examinar la información y los elementos de prueba presentados de conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la LDC. A tales efectos, como se indica en el acuerdo de 4 de diciembre de 2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 50.2 del RDC, la solicitud de reducción del importe de la multa se entiende presentada en la CNC el 28 de noviembre de 2008. El acuerdo de 4 de diciembre de 2008 fue notificado el 10 de diciembre de 2008. 9 El 16 de diciembre de 2008 la DI notificó a SPAIN-TIR TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A. (en adelante, SPT) la incorporación al expediente S/0120/08 Transitarios de la totalidad de la documentación en formato papel recabada en la inspección realizada en dicha empresa, así como la devolución de parte de la documentación en formato electrónico, al no considerarse relevante de acuerdo con el objeto de la investigación. Mediante dicho oficio, igualmente, se otorgaba a SPT un plazo para presentar el correspondiente escrito justificando, en su caso, la confidencialidad de los citados documentos y las versiones censuradas de los mismos. SPT no solicitó de la DI la confidencialidad de documento alguno en formato papel. 10 El 18 de diciembre de 2008 DHL realizó en la sede de la CNC una declaración verbal completando su solicitud de reducción de 28 de noviembre de 2008, en la que, entre otras cuestiones, manifiesta que esta solicitud se presenta por DEUTSCHE POST en su nombre, así como en el de sus filiales españolas, DHL EXPRESS IBERIA, S.L., DHL EXPRESS BARCELONA, S.L. y DHL FREIGHT, S.L. El 19 de diciembre de 2008 DHL completó su solicitud de reducción del importe de la multa presentada el 28 de noviembre de 2008, adjuntando nuevo documentación. 11 También el 18 de diciembre de 2008, DEUTSCHE BAHN AG, en nombre propio, así como en el de todas las filiales de su grupo, entre las que se encuentra SPT, realizó en la sede de la CNC una declaración solicitando la reducción del importe de la multa, de conformidad con el artículo 66 de la LDC y el artículo 49 y siguientes del RDC, referente a reuniones entre directivos de empresas transitarias del negocio por carretera durante el periodo 1991-2008. 12 El 2 de enero de 2009 la DI notificó a RAMINTER, TRANSNATUR y SALVAT la devolución de determinada documentación en formato papel recabada en la inspección realizada en su sede, así como la incorporación al expediente del resto de la misma. Mediante dicho oficio, igualmente, se otorgaba un plazo para que presentaran el correspondiente escrito justificando, en su caso, la confidencialidad de los documentos en formato papel y las versiones censuradas de los mismos. RAMINTER y 3 TRANSNATUR no solicitaron la confidencialidad de documento alguno. SALVAT solicitó la confidencialidad de ciertos documentos, que le fue concedida parcialmente. 13 Mediante las resoluciones de 3 de febrero de 2009, el Consejo de la CNC inadmitió los recursos interpuestos en el ámbito de este expediente por SALVAT (R/0008/08 Transitarios 1), TRANSNATUR (R/0009/08 Transitarios 2) y RAMINTER (R/0010/08, Transitarios 3). 14 El 9 de febrero de 2009 DHL completó la solicitud de reducción del importe de la multa presentada el 28 de noviembre de 2008 a través de una declaración complementaria. 15 El 6 de marzo de 2009 RHENUS IHG IBÉRICA, S.A. informó a la DI de su cambio de denominación, pasando a ser RHENUS LOGISTICS, S.A. 16 El 23 de marzo de 2009 la Secretaría del Consejo de la CNC informó a la DI de la interposición por SALVAT del recurso nº 91/2009 ante la Audiencia Nacional, contra la resolución de 3 de febrero de 2009 del Consejo de la CNC relativa al recurso R/0008/08, Transitarios 1, remitiéndose el 24 de marzo de 2009 a la Audiencia Nacional el expediente administrativo R/0008/08 para su incorporación al mencionado recurso. 17 Analizada la documentación electrónica recabada en las inspecciones realizadas el 18 de noviembre de 2008, a lo largo de los meses de marzo y abril la Dirección de Investigación procedió a notificar a cada una de las empresas inspeccionadas el acuerdo por el que se disponía la incorporación al expediente de la documentación en formato electrónica seleccionada, dándoles un plazo para solicitar la confidencialidad de manera motivada, así como a devolver la copia de la CNC de los DVDs con la información recabada en formato electrónico durante la inspección. 18 El 13 de mayo de 2009 DEUTSCHE BAHN AG, en nombre propio, así como en el de todas las filiales de su grupo, entre las que se encuentra SPT, completó la solicitud de reducción del importe de la multa presentada el 18 de diciembre de 2008, de conformidad con el artículo 66 de la LDC y el artículo 49 y siguientes del RDC. 19 El 14 de mayo de 2009 la Secretaría del Consejo de la CNC informó a la DI de la interposición por RAMINTER del recurso nº 149/2009 ante la Audiencia Nacional, contra la resolución de 3 de febrero de 2009 del Consejo de la CNC relativa al recurso R/0010/08, Transitarios 3, remitiéndose el 19 de mayo de 2009 por la Secretaría del Consejo de la CNC a la Audiencia Nacional el expediente administrativo R/0010/08 para su incorporación al mencionado recurso. 20 El 20 de mayo de 2009 DEUTSCHE BAHN AG, en nombre propio, así como en el de todas las filiales de su grupo, entre las que se encuentra SPT, completó la solicitud de reducción del importe de la multa presentada el 18 de diciembre de 2008. 21 El 15 y 16 de junio de 2009 la DI puso en conocimiento de las empresas solicitantes de la exención o reducción de multa conforme a los artículos 65 y 66 LDC que consideraba necesario para salvaguardar los derechos de defensa de los interesados levantar la confidencialidad de las declaraciones presentadas en el ámbito del programa de clemencia por dicha empresa, así como demás documentación anexa a las mismas, 4 puesto que dicha información sería incorporada al expediente en la fecha de emisión del Pliego de Concreción de Hechos (en adelante, PCH). A estos efectos, conforme a lo previsto en el artículo 42 de la LDC y en el artículo 20 del RDC, la DI concedió un plazo para que solicitaran, en su caso, el carácter confidencial de aquellos datos que considerasen oportuno, aportando la correspondiente versión censurada de los mismos. El 29 de junio de 2009 DHL solicitó la confidencialidad de determinados datos e informaciones resolviendo al respecto la DI el 26 de agosto de 2009, aunque con posterioridad, el 8 de septiembre de 2009 DHL solicitara la confidencialidad de determinados datos, resolviendo la DI al efecto el 15 de septiembre de 2009. 22 El 18 de junio de 2009 la DI realizó un requerimiento de información a la totalidad de empresas incoadas, conforme con lo previsto en el artículo 50.1 de la LDC y el artículo 32.1 del RDC. Las empresas aportaron la información entre el 1 de julio de 2009 y el 14 de julio de 2009. 23 El 20 de julio de 2009, conforme con lo previsto en el artículo 50.1 de la LDC y el artículo 32.1 del RDC, a la vista de las respectivas contestaciones al requerimiento de información, la DI realizó un segundo requerimiento de información a ABX, SPT, TN, BWS y RHENUS. Entre el 27 y el 31 de julio se recibieron las respuestas a estos requerimientos. Así mismo, la DI realizó un segundo requerimiento de información a SALVAT el 4 de agosto y a B&A el 26 de agosto de 2009. Las respuestas a estos requerimientos se recibieron el 21 de agosto y el 14 de septiembre respectivamente. 24 De acuerdo con el artículo 50.3 de la LDC, el 21 de octubre de 2009 se notificó el Pliego de Concreción de Hechos (PCH) a las empresas incoadas para que, en el plazo legalmente previsto de quince días pudieran contestarlo y, en su caso, proponer las pruebas que estimaran oportunas. 25 Previa solicitud de acceso al expediente, se procedió por parte de la DI a la entrega de una copia del expediente en CD. Dichos CDs no contienen las declaraciones de los solicitantes de clemencia en virtud de lo establecido en el artículo 51.3 del RDC. Tampoco de aquellos datos que han sido declarados confidenciales en el expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42 de la LDC. No obstante, las partes han podido acceder a las declaraciones de los solicitantes de clemencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 50.3 de la LDC y 51.3 del RDC, previa solicitud de vista para ello, aunque de conformidad con la normativa mencionada no podían obtener copias. 26 Entre el 27 y el 30 de octubre las partes interesadas solicitaron prórroga del plazo para presentar alegaciones. La Dirección de Investigación, mediante Acuerdo, denegó a todas ellas la prórroga del plazo. 27 Mediante escrito presentado el 30 de octubre de 2009, ABX comunicó a la CNC que, como consecuencia del proceso de restructuración interna tras la adquisición de esta empresa por el grupo logístico danés DSV AIR & SEA HOLDINS A/S, ABX había absorbido a la sociedad DSV AIR & SEA SPAIN, S.A., cambiando su denominación social por DSV AIR & SEA, S.A. (desde ahora, DSV), así como la escisión de ésta de sus actividades de transporte terrestre y de logística de almacenamiento a favor, respectivamente, de las sociedades DSV ROAD SPAIN, S.A. y DSV SOLUTIONS SPAIN, S.A. 5 28 El 2 de noviembre de 2009 DHL interpuso recurso ante la CNC contra el acuerdo de la DI de 29 de octubre de 2009 denegando la solicitud de prórroga del plazo para presentar alegaciones al PCH. 29 El 2 de noviembre de 2009 la Secretaría del Consejo de la CNC trasladó a la DI, para su conocimiento, oficio de la Audiencia Nacional solicitando la remisión del expediente relativo al recurso interpuesto por TN contra la resolución de 3 de febrero de 2009 del Consejo de la CNC relativo al recurso R/0009/08, Transitarios 2. 30 Los escritos de alegaciones de las partes al PCH y, en su caso, solicitud de prueba, tuvieron entrada en plazo. En el caso de DHL, el 10 de noviembre de 2009 tuvo entrada en la CNC, previa remisión por fax y correo administrativo de 7 de noviembre de 2009, escrito de alegaciones al PCH en el que se indica que tanto dicho escrito como sus anexos contienen datos confidenciales y secretos comerciales, señalando su tratamiento confidencial de conformidad con el artículo 42 de la LDC. Posteriormente, el 13 de noviembre tuvo entrada en la CNC escrito del representante legal de DHL comunicando que tras haber procedido a una revisión minuciosa de la contestación al PCH, ésta no incluye información confidencial. 31 Conforme a lo previsto en el artículo 33.1 del RDC, con fecha 16 de noviembre de 2009, se procedió al cierre de la fase de instrucción de este expediente sancionador, siendo notificado a los interesados en esa misma fecha. 32 El 18 de noviembre de 2009 tuvo entrada en la CNC el recurso interpuesto por SALVAT contra el acuerdo de la DI de 16 de noviembre de 2009 procediendo al cierre de la fase de instrucción del expediente. 33 Con fecha de 19 de noviembre de 2008 tuvo entrada en la CNC escrito de DHL relativo al cierre de la fase de instrucción y la preparación de la propuesta de resolución por parte de la DI. 34 De acuerdo con lo previsto en el artículo 50.4 de la LDC, con fecha 24 de noviembre de 2009 se notificó la Propuesta de Resolución de la Dirección de Investigación de 23 de noviembre de 2009. 35 El 24 de noviembre de 2009 el Consejo de la CNC dictó Resolución desestimando el recurso interpuesto por DHL contra el acuerdo de la DI de 29 de octubre de 2009 denegando la prórroga del plazo solicitada para responder al PCH (Expediente, R/0027/09, Transitarios 4). 36 El 25 de noviembre de 2009 tuvo entrada en la CNC la solicitud de SALVAT de prórroga del plazo para formular alegaciones a la Propuesta de Resolución, notificando la DI su acuerdo de no conceder la prórroga el 26 de noviembre. 37 El 25 de noviembre de 2009 tuvo entrada en la CNC burofax de 24 de noviembre de 2009 de BCN ADUANAS Y TRANSPORTES, S.A. indicando que la notificación del cierre de la fase de instrucción de 16 de noviembre de 2009 había sido recibida en la sede de esa sociedad por el destinatario al que se dirigió, aunque se manifiesta desconocer la existencia del expediente, no ser parte del mismo ni constar que se le haya efectuado formalmente trámite alguno. 6 38 El 27 de noviembre de 2009 tuvo entrada en la CNC el recurso interpuesto por DHL contra el acuerdo de la DI de 16 de noviembre de 2009 procediendo al cierre de la fase de instrucción y contra la Propuesta de Resolución de la DI. 39 El 1 de diciembre de 2009 el Consejo de la CNC dictó Resolución inadmitiendo el recurso interpuesto en el ámbito de este expediente por SALVAT contra el acuerdo de la DI de cierre de la instrucción (Expediente, R/0031/09, Transitarios 5). 40 El 14 de diciembre de 2009, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50.5 de la LDC y del 34.2 del RDC, la Dirección de Investigación dio traslado al Consejo del Expediente y del Informe Propuesta, que anexa las alegaciones recibidas a la Propuesta de Resolución hasta esa fecha. La Dirección de Investigación propone que se declare la existencia de conducta colusoria prohibida por el artículo 1 de la LDC y 101 del TFUE y que se tipifique, a los efectos de determinación de la sanción a imponer, como infracción muy grave del artículo 62.4.
- a)de la LDC. 41 En cuanto a las alegaciones a la Propuesta de Resolución: - Con fecha 11 de diciembre de 2009 tuvo entrada por fax y posteriormente por correo administrativo de dicha fecha el escrito de alegaciones presentado por BWS, en el que además se propone prueba. - Con fecha 11 de diciembre de 2009 tuvo entrada escrito de alegaciones presentado por DHL (versión no confidencial y versión confidencial), junto al que se aporta prueba documental. - Con fecha 11 de diciembre de 2009 tuvo entrada escrito de alegaciones presentado por SPT. - Con fecha 14 de diciembre de 2009 tuvo entrada por fax versión confidencial del escrito de alegaciones presentado por ABX, recibiéndose posteriormente la versión pública y confidencial de dichas alegaciones que se habían remitido por correo administrativo con fecha 11 de diciembre de 2009. - Con fecha 14 de diciembre de 2009 tuvo entrada por fax y posteriormente por correo administrativo escrito presentado por BCN ADUANAS Y TRANSPORTES, S.A. En dicho escrito la empresa, además de alegar la nulidad de actuaciones en atención a que BCN ADUANAS Y TRANSPORTES, S.L. y BOFILL ARNÁN, S.A. son dos sociedades mercantiles con personalidad jurídica diferenciada entre las que no existe dependencia vertical, horizontal ni participación de la una respecto de la otra y la indefensión que tal circunstancia ha propiciado con referencia a dichas empresas en el desarrollo del procedimiento sancionador de referencia, presenta alegaciones así como solicita la práctica de prueba. - Con fecha 15 de diciembre de 2009 tuvieron entrada la versión pública y confidencial de las alegaciones de RHENUS presentadas por correo administrativo el 11 de diciembre. - Con fecha 16 de diciembre de 2009 tuvo entrada escrito de alegaciones de INTERTIR, presentado por correo administrativo el 11 de diciembre, en el que propone prueba. 7 - Con fecha 16 de diciembre de 2009 tuvo entrada escrito de alegaciones de SALVAT, presentado por correo administrativo el 11 de diciembre, en el que propone prueba. - Con fecha 18 de diciembre de 2009 tuvo entrada escrito de alegaciones de TRANSNATUR, presentado por correo administrativo el 12 de diciembre, en el que propone prueba. 42 Con fecha 28 de enero de 2010, el Consejo de la CNC acordó la remisión de información a la Comisión Europea conforme a lo previsto en el artículo 11.4 del Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo de 16 de diciembre de 2002, la cual tuvo lugar en fecha 19 de febrero de 2010. Asimismo se acordó la suspensión del plazo para resolver el procedimiento, que viene impuesta por el artículo 37.2.
- c)de la LDC, con efecto 19 de febrero de 2010, reanudándose el cómputo del plazo el 20 de marzo de 2010, lo que fue notificado a las partes. 43 El 2 de febrero de 2010 el Consejo de la CNC dictó Resolución inadmitiendo el recurso interpuesto en el ámbito de este expediente por DHL contra el acuerdo de la DI de cierre de la instrucción y contra la Propuesta de Resolución (Expediente, R/0032/09, Transitarios 6). 44 A la vista de las informaciones que obran en el expediente y de las alegaciones presentadas por BCN (ver AH 41), mediante Acuerdo de 19 de mayo de 2010 el Consejo consideró que habiéndose producido una irregular imputación a BCN ADUANAS Y TRANSPORTES S.A. y a la vista de que existen indicios de infracción tanto respecto de ésta mercantil como de BOFILL ARNAN S.A., a quien no se le notificó la Propuesta de Resolución para que alegara lo que estimara oportuno, se interesa a la Dirección de Investigación la incoación de procedimiento administrativo sancionador contra ambas empresas, sin perjuicio de su derecho a intervenir en el presente expediente en concepto de interesados. 45 Con fecha 20 de mayo de 2010 el Consejo de la CNC dictó Acuerdo por el que se admiten determinadas pruebas solicitadas por las partes, se deniegan otras de manera motivada (FD Quinto) y se dispone conforme al artículo 37.1.
- e)la practica de un actuaciones complementarias consistentes en requerir a las partes determinadas informaciones relativas a su volumen de facturación. Mediante este Acuerdo el Consejo insta a la Dirección de Investigación a la realización de las actuaciones complementarias y a la práctica de las pruebas acordadas y deniega la celebración de vista. También mediante el mismo se suspende el plazo máximo para resolver el expediente con efectos desde el 21 de mayo de 2010 y durante el tiempo en que se sustancias la práctica de las pruebas y actuaciones complementarias acordadas. 46 El 2 de junio de 2010 tiene entrada escrito de alegaciones de SPAIN-TIR al Acuerdo del Consejo de 20 de mayo de 2010 en el en el que se dice que a la vista de que en las actuaciones complementarias se solicita información del volumen total de negocios del grupo en 2008 y 2009, SPT reitera sus alegaciones respecto a que su matriz DB no es responsable de la infracción y que por tanto el volumen de negocios del grupo que se solicita debe referirse al grupo SPT solamente. 8 47 El 7 de junio de 2010 tiene entrada escrito de alegaciones de SALVAT al Acuerdo del Consejo de 20 de mayo de 2010 en el que se dice que la denegación por parte del Consejo de las pruebas solicitadas por SALVAT vulnera el art. 24 CE porque le impide la práctica de pruebas de descargo. 48 Mediante fax de 2 de junio de 2010 TRANSNATUR comunica el cambio de domicilio a efectos de notificaciones. 49 El 21 de junio de 2010 la Dirección de Investigación da traslado al Consejo del fax de 17 de junio de 2010 por el que DHL EXPRESS BARCELONA SPAIN S.L. da respuesta a la solicitud de la CNC en relación con la aportación de prueba, que posteriormente se recibe también por correo. 50 Con fecha 17 de junio de 2010 BWS solicita prórroga del plazo para la entrega de la prueba, que se le concede mediante Acuerdo de 18 de junio de 2010. 51 El 21 de junio de 2010 la Dirección de Investigación da traslado al Consejo del escrito de DHL con entrada el 18 de junio de 2010 dando respuesta al requerimiento de información en versión pública y confidencial. 52 El 29 de junio de 2010 la Dirección de Investigación da traslado al Consejo de los escritos remitidos por SPAIN-TIR el 25 de junio de 2010, por RHENUS y por SALVAT con entrada el 28 de junio de 2010 y por ABX con entrada el 28 de junio de 2010 dando respuesta al requerimiento de información en versión pública y confidencial. 53 El 30 de junio de 2010 la Dirección de Investigación da traslado al Consejo del escrito de 28 de junio de 2010 por el que TRANSNATUR realiza determinadas alegaciones sobre la oportunidad y contenido de las actuaciones complementarias y al que adjunta prueba pericial y la información requerida en versión confidencial y pública. 54 El 7 de julio de 2010 tiene entrada en la CNC escrito de TRANSNATUR en virtud del art. 32.2 del RDC en el que pone en conocimiento del Consejo de la CNC una reciente Sentencia del TSJ del País Vasco, nº 425/10, de 14 de junio de 2010 que a raíz de un recurso interpuesto por la Asociación Empresarial de de transportes de mercancía por carretera de Vizcaya (ASETRAVI) anula la Resolución del Tribunal Vasco de Defensa de la Competencia y aporta su interpretación de la repercusión que el enfoque del TSJ puede tener en el presente caso. 55 El 12 de julio de 2010 la Dirección de Investigación da traslado al Consejo de: - Escrito de INTER-TIR remitido por correo administrativo el 29 de junio y con entrada en la CNC el 1 de julio de 2010 dando respuesta a la solicitud de aportación de prueba así como a la información requerida. - Fax de BWS con entrada en la CNC el 8 de julio de 2010 al que se acompaña la prueba así como a la información requerida y se indica que se han remitido los originales por correo administrativo. 56 Mediante Acuerdo de 12 de julio de 2010, una vez incorporada al expediente la documentación correspondiente a la práctica las pruebas y conforme a lo dispuesto en 9 el art. 36.2 RDC, se concede a los interesados el plazo de 10 días para valoración de las mismas. 57 En contestación al trámite de valoración de prueba han tenido entrada en esta CNC con fecha 22 de julio de 2010 escrito DHL. Con fecha 23 de julio escritos de ABX, TRANSNATUR, BWS y RHENUS, éste último en versión pública y confidencial. Con fecha 26 de julio de 2010 escrito de SALVAT, remitido por correo administrativo y con fecha 28 de julio escrito de INTER-TIR remitido por fax, que había sido previamente remitido el 23 de julio de 2010 por correo administrativo. 58 Mediante Acuerdo de 26 de julio de 2010 el Consejo levantó la suspensión del plazo máximo para resolver. 59 El Consejo concluyó la deliberación y falló este expediente en su reunión de 28 julio de 2009. 60 Son interesados: -DSV AIR & SEA, S.A. (antes denominada ABX LOGISTICS ESPAÑA, S.A.) -BLUE WATER SHIPPING ESPAÑA, S.A., -DHL EXPRESS BARCELONA SPAIN, S.L., -RHENUS LOGISTICS, S.A (antes denominada RHENUS IHG IBÉRICA, S.A.), -SALVAT LOGÍSTICA, S.A., -SPAIN-TIR TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A., -TRANSNATUR, S.A., -TRANSPORTES Y NAVEGACIÓN RAMÍREZ HERMANOS, S.A. y TRANSPORTES INTERNACIONALES INTER-TIR, S.L. -BOFFIL ARNÁN, S.A. y BCN ADUANAS Y TRANSPORTES, S.A. (Grupo Bofill & Arnan Logistica Internacional) HECHOS PROBADOS PRIMERO. Las partes 1 ABX Hasta 2006 ABX Logistics España fue propiedad de la compañía de ferrocarriles belga SNCB a través de ABX LOGISTICS WORLDWIDE SA/NV. En 2006 la británica 3i GROUP PLC toma el control de ABX LOGISTICS WORLDWIDE SA/NV. En otoño de 2008 ABX LOGISTICS WORLDWIDE SA/NV fue adquirida por DSV AIR & SEA HOLDINS A/S De acuerdo con la DI, “El actual Grupo ABX/DSV (ABX) es un operador logístico que ofrece un servicio integral, cuyos principal negocio es el transporte de carga fraccionada y completa por medio terrestre, aéreo y marítimo, así como la logística de 10 almacenamiento, servicios de ferias y exhibiciones, y servicios express, encontrándose conformado en España por las siguientes compañías: DSV HOLDING SPAIN, S.L.; DSV ROAD, S.A.U.; DSV AIR & SEA S.A.U.; DSV SOLUTIONS S.A.U., y ABX LOGISTICS ESPAÑA, S.A”. ABX LOGISTICS ESPAÑA, S.A actualmente se denomina DSV AIR & SEA S.A. La DI considera responsables de la infracción a DSV AIR & SEA S.A y a su matriz DSV AIR & SEA HOLDING A/S. ABX Logistics España ha presentado una solicitud de exención en su nombre y en el de todas las entidades que componen el grupo al que pertenece. 2 BWS BLUE WATER SHIPPING ESPAÑA, S.A. (BWS) está controlada conjuntamente por cuatro socios: la española UNIVERSAL CARGO, S.L. (37%), la danesa BLUE WATER SHIPPING A/S (33%) y dos personas físicas (30%). Al frente de BLUE WATER SHIPPING ESPAÑA, S.A. hay un administrador único. BLUE WATER SHIPPING A/S tiene constituido un grupo logístico integrado que suministra soluciones de transporte de mercancías por carretera, tren, mar y aire, así como servicios complementarios, presente en varios continentes ya sea directamente, ya a través de agentes y empresas asociadas. La española BWS presta servicios transitarios principalmente en el transporte marítimo y con menor incidencia en el transporte aéreo. En cuanto al sector de las actividades transitarias por carretera, BWS ha alegado a la DI actuar de forma limitada y puntual a solicitud de clientes de marítimo, cediendo de forma onerosa en febrero de 2001 a ABX la explotación de su línea de grupaje terrestre por carretera entre España y Dinamarca, en la que tenía una relevante presencia. 3 DHL DEUTSCHE POST cuenta con tres grandes áreas de actividad: Correo, Finanzas y Transporte-Logística, siendo esta última la desarrollada a través del Grupo DHL. La compañía holding del grupo DHL es DANZAS, S.L., cuyo Administrador Único es DEUTSCHE POST INTERNATIONAL BV. El grupo DHL cuenta en España con 5 divisiones y un elevado número de filiales, que han sido objeto de numerosas reestructuraciones, en parte debido a la intensa política de compras de empresas seguida por el grupo. En la actualidad penden de DANZAS, S.L., como cabecera, las siguientes compañías: DHL EXCEL SUPPLY CHAIN (SPAIN), S.L.; DHL GLOBAL FORWARDING (SPAIN), S.L.; DHL FREIGHT (SPAIN), S.L.; DHL EXPRESS IBERIA, S.L., de la que pendería, a su vez, DHL EXPRESS BARCELONA SPAIN, S.L., junto con otras sociedades españolas de carácter provincial y UNIÓN ADUANERA ESPAÑOLA, S.A. 11 DANZAS, S.L. participa en el operador postal local UNIPOST SERVICIOS GENERALES, S.L. La DI considera responsable de la infracción a DHL EXPRESS BARCELONA SPAIN, S.L. y a la matriz en última instancia DEUTSCHE POST INTERNATIONAL BV. La solicitud de exención y subsidiariamente, de reducción del pago de la multa la ha presentado DHL EXPRESS BARCELONA SPAIN, S.L en su nombre y en el de su matriz. 4 RHENUS LOGISTICS S.A La DI en un principio incoa contra IHG LOGISTICS IBERIA, S.A., actualmente denominada RHENUS LOGISTICS, S.A. El grupo INTERSPE HAMANN GROUP (IHG) se había establecido en España en 1964, adquiriendo en 2004 el Grupo TETRANS. En 2006 el grupo IHG es adquirido a escala mundial por RHENUS AG&Co. RHENUS LOGISTICS, S.A. es propiedad de RHENUS SOUTH EUROPE, S.L.U (75,1%) y QUINTUS AG (24,9%). La actividad del Grupo RHENUS en España abarca la prestación de una gran variedad de servicios logísticos y de transporte de mercancías. Otras compañías de RHENUS SOUTH EUROPE, S.L.U. domiciliadas en España son RHENUS TETRANS, S.L.U. (L’Hospitalet de Llobregat-Barcelona) y su filial RHENUS TETRANS CANARIAS S.L.U. (Las Palmas de Gran Canaria). La DI considera responsable de la infracción a RHENUS LOGISTICS, S.A. y su matriz RHENUS SOUTH EUROPE, S.L.U. 5 SALVAT SALVAT LOGISTICA, S.A., denominada JOSÉ SALVAT, S.A. hasta el 1 de enero de 2008, es propiedad de SAINTRA, S.L., con la que comparte sede social y cuyo capital social se encuentra repartido entre personas físicas. Son filiales de SALVAT las compañías AVITRANS Y SALVAT, S.A. (Zaragoza), TARRACO IMPORT EXPORT SERVICES, S.L. (Tarragona), GESTIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS, S.L. (Barcelona) y es copropietaria de KERRY SALVAT LOGÍSTICA, S.A. (Madrid). Por su parte, son filiales de SAINTRA, S.L. las empresas SALVAT BILBAO TRANSITARIOS, S.L. (Vizcaya) y ALCA TRANSITARIOS, S.A. (Asturias). 6 SPT SPAIN-TIR TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A. (SPT) forma parte desde mediados de 2007 del grupo alemán DEUTSCHE BAHN. En ese año se notificó su adquisición por SCHENKER IBÉRICA, S.L., filial de SCHENKER AG. DB sólo está activo en España a través de Schenker AG, que forma parte de su División de Transporte y Logística. El actual Grupo SPT/SCHENKER en España está constituido por: 12 - TRÁFICOS COMERCIALES E INMOBILIARIOS, S.L. (TRACOIN), de la cual depende SPAIN-TIR TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A. (de la que dependen, a su vez, SPAIN TIR NORTE, S.A., GENERAL TRANSPORTES ZONA CENTRAL, S.A. y GENERAL DE MANIPULACIÓN Y ALMACENAJES, S.A.). - SPAIN TIR CENTRO, S.A., - GEMALSA, - BOSCH & BASSOLS, S.A. (que posee una flota de camiones que se empelan para los servicios transitarios del grupo), - B&B DA, S.L., LOGIDOCKS, S.L. y - TRAMEX, S.A. A las anteriores hay que sumar BAX GLOBAL HOLDING, S.L.U., SCHENKER ESPAÑA, S.A., SCHENKER HIGH TECH LOGISTICS, S.L. y SCHENKER LOGISTICS SPAIN, S.L., propiedad de SCHENKER con carácter previo a la adquisición del grupo SPT. La DI considera responsable de la infracción a SPAIN-TIR TRANSPORTES INTERNACIONALES, S.A. y a su matriz última, DEUTSCHE BAHN AG. DEUTSCHE BAHN AG, ha presentado solicitud de reducción del importe de la multa en nombre propio y en el de todas las filiales de su grupo. 7 TRANSNATUR TRANSNATUR, S.A. es propiedad de personas físicas, una de las cuales ostenta un 51%. La DI afirma que junto con TRANSNATUR NORTE, S.A. y TRANSNATUR TARRAGONA, S.L., conforman el Grupo T. 8 RAMINTER TRANSPORTES Y NAVEGACIÓN RAMÍREZ HERMANOS, S.A. y TRANSPORTES INTERNACIONALES INTER-TIR, S.L. son dos sociedades cuyo accionariado se compone de las mismas personas físicas, detentando su Administrador Único el 51% de su capital social. −TRANSPORTES Y NAVEGACIÓN RAMIREZ HERMANOS, S.A. es una empresa transitaria en expediciones marítimas y aéreas para todo el mundo que presta servicios de despacho de aduanas. −TRANSPORTES INTERNACIONALES INTER-TIR, S.L. es una empresa transitaria en expediciones terrestres para la mayoría de países europeos. SEGUNDO. El sector Dentro del sector del transporte de mercancías, la Dirección de Investigación considera relevante para este expediente el mercado español de la prestación de servicios de 13 actividades transitarias por carretera, es decir de servicios de organización y planificación del transporte de mercancías de terceros, o de expedición de carga y, en particular, de aquellos que tienen que ver con el tránsito aduanero o, al menos, con el internacional. En España, quién se encarga de la organización o planificación de los transportes internacionales y, en todo caso, de aquellos que se efectúen en régimen de tránsito aduanero, son los transitarios, que también pueden realizar dichas funciones en relación con transportes internos, pero sólo en el caso que el transporte suponga la continuación de un transporte internacional cuya gestión se le haya encomendado. Un transitario o empresa transitaria coordina y organiza la totalidad de operaciones de expedición de mercancías con arreglo a las necesidades de su cliente -desde el punto de recogida que éste haya fijado, hasta el punto de destino en el país donde éste se encuentre-, contratando directamente con su cliente todo el transporte, extendiéndose su control sobre las mercancías a todas las fases de su transporte ya sea terrestre, marítimo o aéreo, hasta hacerlas llegar a su destino final. La demanda de la prestación de servicios transitarios viene constituida por tanto por la totalidad del tejido empresarial e industrial que necesite realizar un servicio regular o puntual de entrega de mercancías en el exterior. Para facilitar la agrupación o desagrupación de mercancías, el transitario suele contar con almacenes, propios o subcontratados, los cuales utiliza para recibir las mercancías, agruparlas por destinos y remitirlas a sus destinatarios, asesorando a su cliente sobre aspectos tales como embalaje, trámites y documentación. Tan sólo grandes grupos integrados globales cuentan con medios propios de transporte, dado el coste que ello representa. Por lo que al transporte por carretera se refiere, los servicios de transporte se contratan a terceros, ya sean empresas de transporte, ya transportistas autónomos, siendo habitual que un mismo transportista preste sus servicios a varios transitarios. Dos son los canales a través de los cuales un transitario obtiene la petición del servicio u “orden de carga”: - Por parte de un exportador español que venda en condiciones DDU (Delivery Duty Unpaid) o CIF (Cost, Insurance and Freight) que paga el flete, estableciéndose una relación directa entre cliente y transitario mediante un contrato privado de transporte de mercancías, facturando el transitario todo el servicio al cliente que envía la mercancía. - Por parte del agente o corresponsal extranjero del transitario, para el caso de que el exportador/proveedor español venda en condiciones ex fábrica. En este caso, el precio del transporte se paga en destino en el país europeo donde tenga su residencia el destinatario de la mercancía. El transitario recibe la orden de carga de su agente o corresponsal extranjero, que a su vez ha confeccionado el contrato de transporte con su cliente en su país, facturando el transitario a dicho agente la parte del servicio que efectúa. Dentro de la prestación de actividades transitarias por carretera pueden diferenciarse tres segmentos: - Grupaje (envíos consolidados): transporte de cargas de hasta 3.000 kilos, con cierta estandarización en su organización, con salidas semanales a puntos concretos pero sin 14 necesidad de una recogida diaria. Las tarifas para este servicio se fijan en función de su destino y peso. - Carga parcial (carga fraccionada, “Part Truck Loads” o PTL): transporte de cargas de más de 3.000 kilos pero sin llegar a completar el camión. No son servicios estandarizados y se negocian en términos de servicio y precio con los clientes. - Carga completa (“Full Truck Loads” o FTL): camiones contratados específicamente para una carga y un destino concreto. Sus precios se negocian individualmente con cada cliente y el servicio es, generalmente, puerta a puerta sin pasar por las instalaciones del transportista. El grupaje se diferencia de las cargas completas y parciales por razón del precio, así como por estar orientando a las necesidades de un tipo específico de clientes, en su mayor parte pequeñas y medianas empresas (¶124 del PCH). Se trata de un servicio que por sus características específicas no es sustituible desde el punto de vista de la demanda por el transporte de cargas parciales o cargas completas, que se rige con precios “todo incluido”. Dentro del grupaje se diferencian las actividades europeas de las denominadas domésticas, que puede realizar también el transitario en el caso que dicho transporte interno suponga la continuación del transporte internacional que tiene encomendado. En esta actividad pueden darse vínculos comerciales entre operadores, pues puede suceder que un transitario tenga carga para una determinada ruta o línea de transporte, pero que dicha carga no sea suficiente para llenar un camión, por lo que puede solicitar que otro transitario le transporte su carga o que ofrezca dicho espacio libre a otros transitarios. (ver también ¶132 del PCH). Los transitarios en España se agrupan desde los años sesenta en asociaciones sectoriales de ámbito provincial denominadas ATEIA (Asociación de Transitarios Expedidores Internacionales y Asimilados). En la actualidad existen las siguientes ATEIAs de ámbito provincial: Alicante, Aragón, Barcelona, Cádiz, Girona, Guipúzcoa, Las Palmas, Madrid, Málaga, Melilla, Murcia, Pontevedra, Sevilla, Tarragona, Tenerife, Valencia y Vizcaya. A escala nacional, la Federación Española de Transitarios y Expedidores Internacionales y Asimilados-Organización para la Logística y el Transporte (FETEIA-OLT), creada en 1977, agrupa a las mencionada ATEIA provinciales, así como empresas de otras localidades en las que no existen asociaciones provinciales. La totalidad de empresas incoadas en este expediente sancionador pertenecen a ATEIABarcelona, la cual agrupa a más de 140 empresas de muy diferentes tamaños presentes en la expedición de mercancías y logística en todos los segmentos (aéreo, marítimo y terrestre). Respecto a la definición geográfica del mercado, las autoridades comunitarias y nacionales de competencia han considerado el mercado del transporte internacional terrestre, así como el de sus actividades auxiliares (entre ellas, las actividades transitarias), de ámbito nacional puesto que la elección de los proveedores de servicios de transporte y auxiliares todavía difiere en gran medida de un país a otro, con lo que la presencia e importancia de los proveedores nacionales es un factor relevante. 15 TERCERO. El Consejo considera acreditados los hechos que la DI expone en su PCH y que a continuación se transcriben 4.1. DESARROLLO DEL FUNCIONAMIENTO CÁRTEL: PERIODO TEMPORAL Y
(142)En cuanto al origen de este cártel, de acuerdo con la información disponible por esta DI, en el periodo comprendido entre mediados de los años ochenta hasta 1991, empresas transitarias con sede en Barcelona comenzaron a reunirse en dicha capital con el fin de mostrar un frente común ante la Administración aduanera, en principio, al objeto de ser reconocidas por la misma como Expedidores Autorizados (EA), posteriormente, como Receptores Autorizados (RA).
(143)En los años 1992 y 1993, una vez reconocidos como RA, y ante los cambios que se avecinaban con la desaparición tras la entrada en vigor del Acta Única Europea de la totalidad de derechos aduaneros entre Estados Miembros de la CEE, los transitarios mantuvieron reuniones en el Hotel Alfa, ubicado en la Zona Franca del Puerto de Barcelona, con el objetivo de presentar un frente común ante la Administración aduanera con el fin de conseguir igualar la situación de los transitarios en España a la de otros países de la Comunidad Europea, así como les fuesen aplicados los mismos beneficios y ayudas que la Administración había otorgado a los Agentes de Aduanas con ocasión de la supresión de las aduanas el 1 de enero de 1993 (fecha de la entrada en vigor de la mencionada Acta Única). También, con ocasión de dicha supresión, en el seno de dichas reuniones los transitarios se plantearon la sustitución de antiguos conceptos de facturación por otros nuevos, a fin de seguir cobrando a sus clientes las mismas cantidades, así como el establecimiento de unas condiciones generales de contratación a aplicar a la actividad transitaria.
(144)De acuerdo con la información disponible por la DI 1, a principios del año 1991 un grupo reducido de RA (o “RA Vips”), formado por SPT, SALVAT, INTER-TIR (RAMINTER) y HANIEL (la actual ABX), junto con otras dos empresas ya desaparecidas, comenzó a reunirse en paralelo en la sede de SPT, adoptando una posición común que luego era trasladaba al resto de los RA en las reuniones del Hotel Alfa. Este grupo reducido de empresas siguió reuniéndose en la sede de SPT, tratando temas relacionados con las condiciones generales de contratación, responsabilidad de los transitarios (seguros) y programas de formación. No obstante, a partir de abril de 1997 el número, así como los asistentes a estas reuniones, salvo alguna excepción, se van reduciendo.
(145)No obstante, a partir del año 2000 se inician de nuevo reuniones multilaterales que desembocan en la reunión de 3 de octubre de 2000, fecha a partir de la cual esta DI considera acreditado el inicio del cártel entre ABX, BWS, B&A, DHL, RAMINTER, RHENUS, SALVAT, SPT y TN. A partir de esa fecha, se institucionalizan reuniones periódicas entre directivos de las citadas empresas, en 1 Información aportada en [….] 16 las que se adoptan acuerdos prohibidos por el artículo 1 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, así como por el artículo 1 de la vigente LDC y por el artículo 81 del TCE en el ámbito del sector del transporte por carretera de mercancías en y desde territorio español a otros países europeos, como se constata de la información disponible en este expediente 2.
(146)Las reuniones siguieron celebrándose, al menos, hasta finales de 2008, destacándose que en el momento de la inspección realizada por la CNC el 18 de noviembre de 2008 se constató la convocatoria de una reunión del Grupo prevista para el 3 de diciembre de 2008. Por otra parte, como ya se detallará en este PCH, algunas de las empresas incoadas -en concreto, RHENUS y DHL- dejaron de asistir a partir del año 2007 a estas reuniones, dando por finalizada su participación en el cártel.
(147)A lo largo de dichas reuniones -reconocidas por sus asistentes como reuniones de “Colegas”, “Lobby” o “G-7”- las empresas integrantes del cártel trataron materias comercialmente sensibles y adoptaron acuerdos relativos al incremento anual de tarifas en función del IPC, al establecimiento de recargos repercutiendo el incremento del precio del carburante y la repercusión en sus clientes de la introducción de un peaje en Alemania al paso por sus autopistas de vehículos pesados.
(148)Todos estos acuerdos se adoptaron en el ámbito del grupaje, aplicándose a sus clientes con menor poder de negociación (pequeñas y medianas empresas) en la expedición de mercancías en y desde España a otro país europeo. Los acuerdos no afectaban a las cargas parciales y/o completas, que se rigen con precios todo incluido, y tampoco a los grandes clientes, pues con éstos se negocia de forma individualizada, dado su poder de negociación, siendo habitual que anualmente, por lo general a finales o principios de año, los grandes clientes soliciten ofertas de varias empresas transitarias. También se adoptaron otros acuerdos, como el relativo a la no contratación de trabajadores de otras empresas participantes en el cártel sin su previo consentimiento y, respecto de las empresas integrantes del cártel presentes en actividades nacionales, se fijaron también el incremento de sus tarifas por dichas empresas.
(149)A continuación se indican de forma somera, analizándose con todo detalle en el apartado correspondiente de este Pliego, los acuerdos alcanzados por las empresas participantes en el cártel: a)Incremento anual de tarifas en función del IPC: Con carácter anual, en las reuniones mantenidas por el Grupo, por lo general, en el último trimestre del año, las empresas del cártel acordaban el incremento general de sus tarifas para el año siguiente. El punto de referencia era el IPC anual oficial a fecha de la reunión y/o la previsión del mismo correspondiente para el ejercicio en cuestión, debatiéndose en el seno del Grupo si el incremento de precios o tarifas para el año siguiente 2 Información facilitada por […], información obtenida en las inspecciones realizadas por la CNC en RAMINTER, SALVAT, SPT y TN el 18 de noviembre de 2008, información aportada por […] e información facilitada por […]2009. 17 debía de ajustarse al mismo nivel, al alza o a la baja de dicho IPC. Estableciendo el Grupo la escala u horquilla porcentual de subida de precios o incremento general de tarifas (en adelante, IGT) a aplicar el año siguiente. A la vista de tal escala u horquilla, cada empresa establecía sus precios, evaluándose el resultado de su aplicación dentro del primer trimestre del año para el que se había establecido la subida. Igualmente, se acordaba la fecha de entrada en vigor del IGT pactado, por lo general a principios del año siguiente, así como la fecha de su comunicación por escrito a los clientes a través de cartas que, a su vez, se hacían circular entre las empresas participantes en el cártel. b)Recargo por incremento del coste del carburante: El Grupo acordó la conveniencia de trasladar el incremento del coste del carburante soportado a sus clientes, estableciendo una escala de incrementos u horquilla basada en una proporción del porcentaje total de incremento en el coste del combustible en un periodo de tiempo determinado, acordándose, igualmente, que este concepto figurara por separado en la factura. Una vez acordada la escala para el nivel del recargo (el denominado “bunker surcharge”), cada empresa determinaba el incremento a imponer a su clientela. Además de acordarse la fecha de aplicación del recargo por incremento del coste del combustible, las empresas participantes del cártel pactaron su comunicación por escrito a la clientela, haciéndose circular las cartas emitidas al efecto entre ellas. c)Repercusión pago peajes: Las empresas del cártel acordaron repercutir a sus clientes, desde su misma entrada en vigor, la tasa o peaje prevista por el Gobierno alemán al paso de camiones pesados por sus autopistas (el denominado MAUT), acordando un incremento en las tarifas a tal efecto, diseñando una horquilla porcentual. También acordaron informar por escrito a sus clientes de este nuevo coste y circularse dichas comunicaciones. d)Incremento de las tarifas de las actividades transitarias domésticas: En un determinado ejercicio, las empresas integrantes del cártel presentes en actividades nacionales, acordaron incrementar sus tarifas en dicho ámbito siguiendo las comunicadas por DHL. e)Pacto no de agresión en relación con los empleados de las otras empresas del cártel: Las empresas del cártel acordaron no captar a empleados de otras empresas miembros del Grupo sin el previo consentimiento de la empresa en la que dicho trabajador prestara sus servicios.
(150)En cuanto a las reuniones celebradas, de acuerdo con la información disponible por esta DI, queda acreditada la celebración de, al menos, 42 reuniones mantenidas por el Grupo desde el año 2000 hasta el año 2008 3: Ejercicio 2000: 3 de octubre y 15 de diciembre de
- Ejercicio 2001: 21 de febrero, 2 de marzo, 31 de mayo y 13 de noviembre de
- 3 Se hace constar que, a excepción del orden del día de la reunión celebrada en el año 2002, recabada en la inspección de SALVAT (folio 509), la información disponible en este expediente de las reuniones celebradas entre los ejercicios 2000 a 2002 […]. 18 Ejercicio 2002: 14 de noviembre de
- Ejercicio 2003 4: 26 de marzo, 26 de mayo, 11 y 26 de junio, 16 de julio, 30 de septiembre y 11 de noviembre de
- Ejercicio 2004: 4 de febrero, 7 de abril, 3 de junio, 13 de septiembre y 13 de diciembre de
- Ejercicio 2005: 3 de marzo, 28 de abril, 13 de julio, 14 de septiembre y 16 de noviembre de
- Ejercicio 2006: 25 de enero, 1 de marzo, 27 de abril, 15 de mayo, 13 y 29 de junio, 4 de septiembre, 28 de noviembre y 7 de diciembre de
- Ejercicio 2007: 15 de febrero, 18 de abril, 3 de julio, 4 de septiembre, 3 de octubre 5 y 18 de diciembre de
- Ejercicio 2008: 23 de enero, 15 de febrero y 27 de mayo de 2008.
(151)Ha quedado igualmente acreditada la desconvocatoria de una reunión prevista para el 3 de diciembre de 2008, convocada por RAMINTER y que debía haber tenido lugar en el Hotel Alfa. Así, en su solicitud de exención, ABX ha indicado que el Presidente de RAMINTER contactó telefónicamente el 14 y el 17 de noviembre de 2008 con un directivo de ABX, con el fin de convocarle a dicha reunión. Esta información coincide con la recabada en las inspecciones realizadas el 18 de noviembre de 2008, habiéndose detectado en la agenda de uno de los directivos de SPT la siguiente anotación en el día 3 de diciembre de 20086: “Reunió Hotel Alfa. xxx [RAMINTER], xxx [SALVAT], IGM, +resta”.
(152)Con posterioridad a las citadas inspecciones, […] ha declarado haber recibido una nueva llamada de RAMINTER informándole de que la reunión prevista para el 3 de diciembre de 2008 se desconvocaba. A este respecto, […] también ha declarado […] que a principios de noviembre de 2008 RAMINTER se puso en contacto telefónico con el representante de […] para invitarle a participar en la próxima reunión en el Hotel Alfa, no aceptando dicha invitación.
(153)Respecto del funcionamiento de las reuniones, en una primera instancia, el medio de convocatoria empleado fue el fax, mediante invitación individual dirigida por la Presidencia de SPT al resto de directivos de las empresas participantes en el cártel. A partir de marzo de 2003, debido a los avances tecnológicos, el medio empleado será el correo electrónico, enviando un e-mail dicha Presidencia de SPT a la totalidad de los integrantes del Grupo, quienes por lo general empleaban dicho medio confirmando o no su asistencia. También será el correo electrónico el medio habitualmente empleado para comunicarse o trasladarse documentación entre los miembros del Grupo, lo cual no implica que este medio de comunicación 4 [….], ha mencionado la reunión de 8 de marzo de 2003 como la primera a la que asistió, si bien esta DI no ha podido constatar que la mencionada reunión se celebrara. 5 DHL, en su solicitud de reducción, ha declarado que ésta fue la última reunión a la que asistió siendo en ella donde manifestó ser dada de baja en el Grupo. 6 Documento recabado en la inspección de SPT (folio 839). 19 fuera el único entre empresas, dando por hecho que se mantuvieron contactos informales (teléfono, contactos personales, etc.).
(154)En cuanto al orden del día de cada una de las reuniones, hasta el año 2004, dicho orden era explícitamente mencionado en la convocatoria o era remitido como documento adjunto a la misma, realizándose dicha convocatoria por SPT, desde el año 2000, salvo alguna excepción puntual.
(155)Con posterioridad al 2004, el se entregaba mecanografiado en el momento de la celebración de cada reunión. Dicho orden podía ser pactado en la reunión anterior, o confeccionado por SPT, si bien podía cualquier integrante del Grupo solicitar la inclusión de temas de su interés o de interés para el Grupo.
(156)A este respecto, se incide en como con ocasión de la reunión convocada para el 15 de febrero de 2007, TN se dirigió a SPT, su convocante, solicitando se le facilitara el orden del día. A esta petición contestaría SPT indicando 7: “Los temas a tratar son de actualidad y por una cuestión de confidencialidad, no se difunden previamente porque con ello creo interpretar el deseo de todos. No obstante, me tienes a tu disposición para incorporar todo aquello que estimes conveniente a nuestros intereses”.
(157)En el orden del día se hacía constar la fecha de la reunión y bajo el título “Temas de debate”, se relacionaban los temas a tratar con un espacio suficiente entre los diferentes enunciados para permitir que los asistentes a las reuniones pudieran tomar notas.
(158)El lugar habitual de celebración de las reuniones era la sede de SPT, conformándose éstas como desayunos de trabajo, salvo en aquellas ocasiones en que éstas fueran convocadas por otras empresas del Grupo, en cuyo caso tuvieron lugar en sus respectivas sedes. Tal es el caso de las reuniones de 2003 en la sede de RHENUS y de una reunión en 2004 en la sede de ABX).
(159)No consta que se estableciera un procedimiento específico para informar a las empresas del cártel que no pudieran asistir a las reuniones convocadas de las cuestiones tratadas o, en su caso, de los acuerdos alcanzados ni que se redactaran actas de las reuniones celebradas. En la práctica, dependía de cada empresa participante en el cártel contactar con otra para que le informase del resultado de la reunión a la que no había podido asistir. No obstante, consta en el expediente como TN, ante la imposibilidad de asistir su representante a la reunión programada para el 18 de abril de 2007, dicha compañía se dirigió a la Presidencia de SPT, como convocante, informando sobre tal extremo, así como manifestando lo siguiente8: “Agradeceremos se sirvan enviarle resumen de la misma, como siempre”. 7 Intercambio de correos electrónicos entre TN y SPT, de 31 de enero y 5 de febrero de 2007, respectivamente,[…]. 8 Correo electrónico de 16 de abril de 2007 remitido por TN a SPT, recabado en la inspección de TN (folio 5568). 20
(160)Sin embargo, aunque de la afirmación anterior parece deducirse que se hacían resúmenes de las reuniones, no consta en el expediente resúmenes de las reuniones celebradas ni éstos se han recabado en las inspecciones realizadas, teniendo constancia esta DI de las decisiones adoptadas en virtud de la información recabada en las inspección, entre ellas, órdenes del día con anotaciones realizadas por los asistentes a dichas reuniones, y por la información facilitada por los solicitantes de clemencia.
(161)Respecto a las reuniones, además de aquéllas que se celebraron para adoptar los acuerdos indicados (o preparatorias o de seguimiento de dichos acuerdos), también se celebraron otras, de carácter técnico y/o divulgativo, a las que se invitaba a personas ajenas al Grupo y en las que se trataban temas de interés general para el sector transitario terrestre, aunque […], en presencia de dichos invitados no se alcanzaban acuerdos constitutivos de ilícitos desde el punto de vista de defensa de la competencia.
(162)Consta como anexo II al PCH una tabla elaborada por la DI en la que cronológicamente se indica la fecha de las reuniones, convocante, orden del día, lugar y hora de celebración, fecha de la convocatoria, medio empleado y texto de la misma. Igualmente, se hace constar en la citada tabla las empresas convocadas y aquéllas de las que se tiene constancia documental de que confirmaron su asistencia e indicación somera de los acuerdos alcanzados.
(163)A continuación se detallan las reuniones acreditadas por esta DI, por orden cronológico, aunque no se relacionándose todas ellas, sino sólo aquéllas en las que se adoptaron acuerdos y en las que se acredita la implicación de las empresas participantes en el cártel. 4.2DESCRIPCIÓN DE LAS REUNIONES 1. Reunión de 3 de octubre de 2000
(164)De acuerdo con la información disponible por esta DI 9, el 3 de octubre de 2000 se celebró una reunión en la sede de SPT a la que asistieron representantes de SPT (Presidente y Director Ejecutivo), TN, ABX, B&A, SALVAT, RAMINTER (INTERTIR), RHENUS (entonces, HAMANN), DHL (entonces, DANZAS) y BWS, es decir, la totalidad de los miembros del Grupo, siendo ésta la primera reunión del cártel que esta DI considera acreditada. Los temas tratados, de acuerdo con lo indicado en el orden del día de la reunión, fueron los siguientes: 1) Carburantes-IPC-etc. 2) Sensibilización opinión pública. Prensa. TV difusión, etc. 9 Notas manuscritas de […] en las que constan lugar, fecha y hora de celebración, identidad de los asistentes y acuerdos alcanzados […]. 21 3) Acción concertada año 2001 (tarifas e incrementos) 4) Estadísticas y trayectoria justificativa del empobrecimiento.
(165)En esta reunión, con ocasión del desarrollo de los puntos 1) y 3) del mencionado orden del día, se acordó repercutir de forma automática y trimestralmente el incremento por la subida del coste del carburante a los clientes con menor poder de negociación en el ámbito de sus actividades de grupaje, fijándose un recargo por incremento del coste de combustible, de entre un 5% y 8%, que se reflejaría en las facturas como un concepto independiente.
(166)El Grupo también acordó informar a sus clientes sobre la imposición de este recargo o “bunker surcharge” por escrito, adjuntando una nota informativa justificativa. En esta reunión se decidió que en la siguiente se valoraría la aplicación de los acuerdos adoptados. 2. Reunión de 15 de diciembre de 2000
(167)Esta reunión fue convocada vía fax el 27 de noviembre de 2000 por el Presidente de SPT, confirmando su asistencia RHENUS, SALVAT y ABX y la propia SPT e indicando DHL que probablemente no podría asistir 10. No obstante, al coincidir la fecha prevista de dicha reunión con otra convocada por ATEIA-Barcelona, SPT trasladó la reunión prevista al 15 de diciembre de 2000 11, la cual se celebró en la sede de SPT y en la que se trataron los siguientes temas 12: 1) Análisis resultados aumento noviembre 2000 2) Proyecto tarifas año 2001 3) Tránsitos Aduana 4) Turno abierto de palabra. Objetivos internos: Comercial, Contabilidad y Tráfico.
(168)El objetivo de esta reunión era evaluar el impacto del acuerdo adoptado en la reunión anterior en materia del recargo por el incremento del coste del carburante (desde ahora, ICC).
(169)Además, se valoró por el Grupo el incremento de tarifas en función del IPC, llegándose a un acuerdo en cuanto al método de cálculo y cuantía de dicho incremento general de tarifas (desde ahora, IGT) que se aplicaría desde principios de
- En concreto, se acordó una horquilla de subidas de precio en función del IPC comprendida entre un 2,5% y un 3%, valorándose el impacto de dicho IGT10 Faxes remitidos el 27 de noviembre de 2000 por SPT al Grupo, adjuntado la convocatoria de la reunión[…]. 11 Faxes remitidos el 3 de noviembre de 2000 por SPT al Grupo, adjuntando la convocatoria de la reunión […]. 12 Documento mecanografiado y con notas manuscritas relativas al desarrollo de esta reunión […], 22 2001 en la tercera reunión del Grupo celebrada el 21 de febrero de 2001, cuya convocatoria se decidió en esta reunión de 15 de diciembre de 2000
- Reunión de 13 de noviembre de 2001
(170)Convocada por fax de 24 de octubre de 2001 por SPT, tuvo lugar en sus instalaciones, tratándose los siguientes temas “de interés común orientados al próximo año” 14: 1) Análisis Sector 2) Perspectivas Tarifarias 2002; 3) ¿Supresión concepto “Bunker Surcharge”?; 4) ¿Creación de “Club o Foro transitario Internacional Terrestre?; 4.1.) ATEIA-COACAB; 5) Varios.
(171)En esta reunión el Grupo se planteó si mantener el ICC como un concepto independiente en la facturación o integrarlo en el IGT, resolviéndose mantener dicha separación. 4. Reunión de 14 de noviembre de 2002
(172)Convocada y celebrada en la sede de SPT, asistieron a la misma representantes de SPT, RHENUS, TN, ABX, SALVAT, B&A y RAMINTER
- Con carácter previo a su celebración, hubo intercambio de faxes entre algunas de las empresas participantes en el cártel para cerrar el orden del día de esta reunión, centrándose en el incremento de tarifas para el ejercicio siguiente y el establecimiento de un recargo por el peaje en Alemania
- Finalmente, el orden del día de la reunión fue el siguiente 17: 1) Proyecto Tarifario año 2003 13 Notas manuscritas […] relativas al desarrollo de la reunión de 15 de diciembre de 2000 […] y anotación en agenda efectuada el 2 de enero de 2001 indicando: “* 21 febrero 2001: Reunió Co.legues a SPT”[…] 14 Faxes de convocatoria y orden del día […] 15 Documento denominado “Llista assitens reunió col.legues 14.11.2002” […] 16 Fax remitido por RHENUS a SPT el 6 de noviembre de 2002 […] en el que se indicaba lo siguiente: “[…] a continuación, te quisiera relacionar los temas que encuentro de interés para que se traten entre nosotros:
- Incrementos de tarifas
- Peaje en Alemania. Para ello, llevaré documentación para todos los asistentes.
- Seguros en general – situación del mercado y costes. Te agradecería que me hicieras llegar la relación de los asistentes a la reunión a fin de que pueda hacer las copias suficientes”. 17 Orden del día encontrado en la inspección de SALVAT (folios 509 y 510) y […] 23 2) Actuaciones conjuntas; 2.1.) Marítimo; 2.2.) Aéreo 3) Aduana 4) Peaje Alemania 18 5) Seguros en general 6) Situación del mercado 7) Costes 8) Turno abierto de palabra.
(173)En esta reunión se acordó el IGT para el año 2003, tomando como referencia el IPC, pactándose que el incremento acordado sería revisado trimestralmente. 5. Reunión de 26 de marzo de 2003
(174)Se celebró en la sede de SPT, previa convocatoria de dicha empresa a través de correo electrónico 19, asistiendo la totalidad de las empresas participantes en el cártel, a excepción de SALVAT. A partir de esta reunión, el correo electrónico será el medio habitual de contacto entre las empresas participantes en el cártel.
(175)El orden del día de esta reunión fue el siguiente: 1) Tarifas: 1.1) Actualización; 1.2.) Incremento Carburantes 2) Compañías de Seguros; 2.1) Primas 3) Condiciones Generales Operativas en el Registro 4) Turno abierto de palabra.
(176)En esta reunión, las empresas participantes en el cártel valoraron el grado de aceptación del IGT-2003 acordado en la reunión de 14 de noviembre de
- En cuanto al ICC, se decidió esperar a observar la evolución del precio del 18 El mismo día 14 de noviembre SPT se dirigió a SALVAT, TN, BWS y DHL, indicando expresamente: “Adjunt incloc full amb els temes de debat que hem comentat en la reunió d’avui sobre els que, per seu interès i confidencialitat, t’agrairé em truquis per tal d’infomar-te’n amb detall”[…] Se ha recabado en la inspección a SALVAT el envío remitido por SPT a dicha compañía (folios 511 a 524). 19 Mediante correos electrónicos de 3 y 4 de marzo de 2003 remitidos por SPT a TN, SALVAT, RAMINTER y BWS, por un lado, y a RHENUS, ABX y B&A (folio 2538). El correo remito a RAMINTER se ha recabado en la inspección llevada a cabo en su sede (folios 4936 y 4937) 24 carburante, aplazándose la adopción de un acuerdo sobre este tema para la siguiente reunión.
- Reunión de 26 de mayo de 2003
(177)Será RHENUS quien convoque esta reunión del Grupo en su sede, mediante el envío de correos electrónicos a cada una de las empresas del cártel
- Comienzan a partir de esta fecha una serie de reuniones del Grupo en la sede de RHENUS y convocadas por dicha empresa, en las que se trató el tema del establecimiento de una tasa por el Gobierno alemán por el paso de vehículos pesados por sus autopistas (desde ahora, MAUT) y el posible incremento de la tarifa a aplicar por las empresas del cártel para repercutir dicha tasa.
- Reunión de 26 de junio de 2003
(178)Convocada por RHENUS 21 y confirmada posteriormente, indicando “reunión prevista el jueves, día 26 de junio de 2003 en las instalaciones de Hamann International, S.A., sustituye la reunión regular del último miércoles del mes en SPT” 22, en esta reunión se acordó repercutir a los clientes el pago del MAUT en el caso de fletes con destino a Alemania o en tránsito por territorio alemán.
(179)El acuerdo consistió en establecer un nuevo concepto independiente, en concreto, un incremento cuya implantación se quedó en informar por escrito a los clientes, acordando seguir analizando el tema a través de las distintas asociaciones sectoriales nacionales y europeas, al objeto de sensibilizar a los clientes sobre esta nueva situación. 8. Reunión de 30 de septiembre de 2003
(180)Fue convocada por RHENUS en sus instalaciones 23, invitándose también a dicha reunión al entonces Presidente de FETEIA, a su Secretario General y al Presidente de ASTIC. 20 Correo electrónico de 21 de mayo de 2003 remitido por RHENUS a SPT con la convocatoria y remisión por SPT a RHENUS de las direcciones de correo electrónico de los miembros del Grupo […]. 21 Correo electrónico de 11 de junio de 2003 remitido por RHENUS, encontrado en la inspección de RAMINTER (folios 4943 a 4944) y […] 22 Correo electrónico de 23 de junio de 2003 remitido por RHENUS y[…]. 23 Correos electrónicos de 16 de julio y 22 de septiembre de 2004 remitidos por RHENUS al Grupo con la convocatoria, así como confirmación de asistencia […] encontrados en la inspección de RAMINTER (folios 4959 a 4962) […] 25
(181)Posteriormente, mediante correo electrónico de 26 de septiembre de 2003, RHENUS se dirigió al Grupo con el fin de que se le hiciera llegar “cualquier tema de interés” para tratar en la misma, adjuntado el siguiente orden del día 24: 1) Información peaje alemán 2) Información peaje austriaco 3) Coste carburante 4) Incrementos salariales 5) Incrementos precios transporte 2004.
(182)En el transcurso de esta reunión se intercambiaron puntos de vista respecto de los temas mencionados por parte de las empresas participantes en el cártel, pero no se llegaron a acuerdos. 9. Reunión de 11 de noviembre de 2003
(183)Esta reunión del Grupo se celebró en la sede de SPT, a convocatoria de su Presidente, adjuntando el orden del día 25 y no asistieron los representantes de SALVAT y BWS. El orden del día contemplaba los siguientes puntos: 1) Repercusión IPC Próximo 2004 2) Tasas Peajes 3) Incrementos Salariales, política a seguir: 3.1) Según resultados de la empresa; 3.2) Fijo más incentivos; 3.3) Homogenización del sector 4) Convenio Colectivo 5) Ruegos y preguntas
(184)En esta reunión celebrada en el último trimestre del año, el Grupo acordó el IGT a aplicar a sus clientes en el año 2004 o IGT-2004 (entre un 2,5% y un 2,9%), la fecha en la que dicho incremento se iba a comunicar a los clientes de las empresas participantes en el cártel y la fecha efectiva de su aplicación, acordando los 24 Correo electrónico de 26 de septiembre de 2003 remitido por RHENUS al Grupo […] así como un gráfico sobre la evolución del precio diesel en el periodo 05/08/2002 a 15/09/2003 (folio 27)[…] 25 Correo electrónico de 5 de noviembre de 2003 remitido por SPT al Grupo,[…], encontrado en la inspección de RAMINTER (folios 4963 a 4964) y[…] así como los correos electrónicos de respuesta de miembros del Grupo confirmando su asistencia (folios 2709 a 2716 y 2727). 26 miembros del Grupo intercambiarse los escritos informando a sus clientes del IGT2004 pactado.
(185)En cuanto al MAUT, el Grupo acordó dejar en suspenso el tema, puesto que la entrada en vigor de dicha tasa se estaba dilatando en el tiempo, señalándose como fecha prevista para la siguiente reunión de los miembros del Grupo el 4 de febrero de 2004. 10. Reunión de 4 de febrero de 2004
(186)Convocada por SPT en su sede, asistieron todos los miembros del Grupo a excepción de TN y DHL 26. El orden del día fue el siguiente: 1) Repercusión IPC 2004 2) ATEIA Convenio Colectivo 3) Política Salarial 4) Peajes 5) Ruegos y preguntas
(187)En esta reunión, además de valorarse el IGT-2004, en materia de MAUT se acordó entre los miembros del Grupo enviarse los escritos que en su momento se remitieran al efecto a su clientela. 11. Reunión de 3 de junio de 2004
(188)Convocada por SPT en su sede, confirmaron su asistencia B&A, TN, SALVAT y ABX, además de SPT, así como el Presidente en funciones de ATEIA-Barcelona, que fue invitado a esta reunión, por fax de 13 de mayo de 2004 27. El orden del día fue el siguiente: 1) Convenio colectivo 2) Evolución incremento coste carburante 3) Tráfico aéreo. Programa nacional de seguridad para la aviación civil 26 Correo electrónico remitido por SPT al resto del Grupo el 27 de enero de 2004, con la convocatoria y orden del día […], así como confirmación de su asistencia a la reunión […], junto la confirmación de asistencia de SALVAT, B&A, BWS, RHENUS y ABX […]. 27 Correo electrónico remitido por SPT al Grupo el 12 de mayo de 2004, con la convocatoria y el orden del día […], encontrado en la inspección de RAMINTER (folios 5019 a 5025)[…], así como los correos electrónicos confirmando la asistencia de BWS –posteriormente comunicaría que no podía asistir-, ABX TN, B&A y SALVAT, el fax invitando al Presidente de ATEIA-Barcelona y la plantilla diseñada por SPT para llevar el seguimiento de las asistencia a las reuniones (“COL.LEGUES”)[…]. 27 4) Peajes 5) Integración de minusválidos 6) Ruegos y preguntas
(189)Por lo que se refiere al recargo por incremento del coste carburante, el Grupo quedó en esperar la evolución de su precio. 12. Reunión de 13 de septiembre de 2004
(190)Tuvo lugar en SPT, convocándose por ésta y a la que confirmaron su asistencia TN, SALVAT, B&A, ABX, el Presidente de ASTIC y el Secretario General de FETEIA, además de SPT 28. El orden del día de esta reunión fue el siguiente: 1) Evolución incremento coste carburante 2) Recogida y distribución 3) Convenio Colectivo 4) FETEIA 5) Ruegos y preguntas
(191)En esta reunión se valoró la evolución de los costes del combustible a nivel nacional e internacional 29 y se llegó al acuerdo de introducir un ICC de entre un 2,5% a un 3,5% a partir del 1 de octubre de 2004, así como intercambiar las cartas que se remitirían a los clientes informando sobre dicho incremento. 13. Reunión de 13 de diciembre de 2004
(192)Convocada por SPT en su sede, confirmaron su asistencia ABX, TN y BWS, además de SPT 30 y con carácter previo 31, hubo contactos entre SPT y RHENUS en 28 Correo electrónico remitido el 6 de septiembre de 2004 por SPT al Grupo y al Presidente de ATEIA, al Secretario General de FETEIA y al Presidente de ASTIC, con la convocatoria y el orden del día,[…]; la convocatoria y el correo electrónico enviado por BWS comunicando no poder asistir se han encontrado en la inspección de RAMINTER (folios 5031 a 5035) y en la inspección de SALVAT se ha recabado copia de la agenda de su Presidente en la que consta en la fecha de la reunión: “Spaintir” (folio 525).[…] la convocatoria y orden del día […] y […] la convocatoria y confirmación de asistencia de TN, SALVAT, B&A, ABX, ASTIC, FETEIA y excusando su asistencia de BWS y RHENUS y plantilla de asistencia[,,,]. 29 […] dos gráficos que se distribuyeron en el ámbito de esta reunión mostrando la evolución del precio del combustible en el periodo 2000-2004 [….]. 30 Correo electrónico de 18 de noviembre de 2004 remitido por SPT al Grupo con la convocatoria,[…] junto con el orden del día […]); anotación en la agenda del Presidente de SALVAT indicando “SpTIR en el día 13 de diciembre de 2004, 3.30” (folio 526), encontrada en la inspección de SALVAT; el citado correo electrónico [….] así como anotación en la agenda “reunió collegues (n 12 pax)” y confirmación de asistencia […]. 28 relación con el aumento de tarifas y el recargo por combustible a clientes para el año 2005.
(193)A partir de esta reunión, la relación de temas de debate u órdenes del día dejaron de ser remitidos junto con el correo electrónico con la convocatoria. El orden del día de esta reunión fue el siguiente: 1) Coste carburante 2) IPC 2004 3) ATEIA; 3.1) Convenio FETEIA/ALACAT 4) Peajes 5) Ruegos y preguntas
(194)Por lo que respecta al ICC, se acordó no incrementar las tarifas hasta enero de 2005 y en cuanto al IGT-2005, en función del IPC previsto de entre el 3% y el 3,5%, se adoptó una horquilla para la subida de tarifas de entre un 3,4% y un 3,6%, aplicable a partir del 1 de febrero o del 1 de marzo de
- Por lo que se refiere al MAUT, las empresas participantes en el cártel acordaron remitir a sus clientes una carta requiriéndoles su pago desde el 1 de enero de 2005, fecha de su entrada en vigor, remitiéndose las citadas cartas entre ellas. Precisamente, por la subida acordada en función del MAUT, las empresas participantes en el cártel decidieron posponer el incremento de tarifas para el ejercicio 2005 a febrero o marzo de 2005 y no hacerlo efectivo en enero, como era usual, para no hacer coincidir dicha subida con el recargo por combustible y el pago del MAUT.
- Reunión de 3 de marzo de 2005
(195)Esta reunión se celebró en la sede de SPT, confirmando su asistencia todas las empresas participantes en el cártel 32. El orden del día fue el siguiente: 1) MAUT 2) IPC y Carburante 3) Convenio 4) Seguro 5) ATEIA/FETEIA 6) Ruegos y preguntas 31 Nota manuscrita […] 32 Correo electrónico de 23 de febrero de 2005 remitido por SPT al Grupo con la convocatoria,[…] así como el orden del día con anotaciones […] el citado correo electrónico fue encontrado en las inspecciones realizadas en las sedes de RAMINTER (folios 5061 a 5064) y […], así como la plantilla de asistencias de dicha reunión, orden del día y un documento interno relativo al MAUT […]. 29
(196)Se comentó un documento aportado por SPT relativo al MAUT y se valoró si se mantenía el incremento a repercutir sobre sus clientes por esta tasa o si éste se debía incluir en la tarifa global. Fue objeto de seguimiento el IGT-2005 y el ICC adoptados, decidiéndose que el ICC se mantendría al mismo nivel y que el IGT fuera aumentando.
(197)Fuera del orden del día se comentaron unos temas “éticos”, utilizando la terminología que consta en las notas manuscritas del representante de SPT sobre el texto del orden del día de dicha reunión, valorando la conveniencia de mantener un pacto de no captación de personal entre las empresas del Grupo 33. 15. Reunión de 28 de abril de 2005
(198)A esta reunión en la sede de SPT asistieron todos los miembros del Grupo, tras cambiar la fecha inicialmente prevista del 21 de abril al 28 de abril, para que pudiera asistir el representante de TN 34. El orden del día fue el siguiente: 1) Ética 2) Contratación de colaboradores 3) Seguro 4) Carburante 5) FETEIA 6) Ruegos y preguntas
(199)El Grupo acordó pedirse referencias mutuamente antes de contratar a un empleado, decidiéndose no tantear y/o contratar empleados de otras empresas del Grupo sin el previo consentimiento de la empresa en la que estuviera empleado el trabajador en cuestión. Sobre el ICC, se valoró que no parecía conveniente aumentar el mismo, decidiéndose esperar a la siguiente reunión de 13 de julio de 2005 para tomar una decisión. 33 Orden del día con anotaciones,[…] 34 Correos electrónicos de 4 y 21 de abril de 2005 remitidos por SPT al Grupo con la convocatoria y el orden del día,[…] y encontrados en las inspecciones de SALVAT, junto con anotación en el día 28 de abril de 2005 de la agenda de su Presidente de “S.TIR, 3.30” (folio 528, 4753 y 4754) y en la inspección de RAMINTER, junto con los correos electrónicos de confirmación de asistencia (folios 5067 a 5088), y […] así como la plantilla confirmando la asistencia del Grupo y el orden del día […]. 30 16. Reunión de 13 de julio de 2005
(200)A esta reunión celebrada en la sede de SPT confirmaron su asistencia RHENUS, RAMINTER, SALVAT, B&A, SPT y el Presidente de FETEIA, al que se había invitado a esta reunión 35.
(201)El orden del día fue el siguiente: 1) FETEIA 2) Transporte Puerto (Proyecto PROATRANS) 3) Carburante 4) Ética (Contratación colaboradores) 5) Seguro 6) Ruegos y preguntas
(202)En cuanto al ICC, se comentó la evolución del precio del gasoil, acordando valorar el tema con más detalle en la siguiente reunión del Grupo fijada para el 14 de septiembre de
- También se incidió, de nuevo, en que debía respetarse el acuerdo de no quitarse trabajadores entre las empresas participantes en el cártel.
- Reunión de 14 de septiembre de 2005
(203)Reunión celebrada en las instalaciones de SPT y a la que confirmaron su asistencia los representantes de TN, BWS, RHENUS, ABX, SALVAT, RAMINTER, DHL, además de SPT y el Presidente de FETEIA, excusándose B&A 36. Los temas debatidos fueron los siguientes: 1) Carburante 2) FETEIA 3) IPC 35 Correo electrónico de 11 de julio de 2005 de SALVAT al Grupo, confirmando su asistencia a la convocatoria de SPT, encontrado en la inspección de SALVAT (folios 4755 y 4756); correo electrónico de 8 de julio de 2005 de SPT al Grupo con la convocatoria y correos electrónicos de respuesta, encontrados en la inspección de RAMINTER (folios 5100 a 5107) […], junto con la plantilla de asistencias, orden del día y anotación en la agenda “8,30 H Reunión colegas + xxx”[….]. 36 Orden del día con anotaciones […] junto con información referente a la evolución del coste del carburante […] correo electrónico de 5 de septiembre de 2005 remitido por SALVAT al Grupo confirmando su asistencia y anotación en el día 14 de septiembre de 2005 de la agenda del Presidente de SALVAT “S.TIR” (folios 529, 4757 y 4758), encontrados en la inspección de SALVAT; correo electrónico de 5 de septiembre de 2005 remitido por SPT al Grupo con la convocatoria y correos electrónicos confirmando asistencia y orden del día con anotaciones, obtenidos en la inspección realizada el 18 de noviembre de 2008 en la sede de RAMINTER (folios 703, 704 y 5108 a 5121); los citados correos electrónicos,[…], junto con la plantilla de asistencias en la que consta un sustituto por parte de TN y el orden del día con anotaciones […]. 31 4) Seguro 5) Ruegos y preguntas
(204)Las empresas participantes en el cártel decidieron incrementar sus tarifas en un porcentaje con ocasión del ICC a partir del 1 de octubre de 2005, acordándose también que se circularían las cartas que al efecto se remitirían a sus clientes. En materia de IGT, se acordó por las empresas del cártel aplicar un incremento en los precios igual al del IPC. 18. Reunión de 16 de noviembre de 2005
(205)Se celebró en la sede de SPT 37, confirmando su asistencia RHENUS, ABX, SALVAT, B&A, DHL y RAMINTER y el Presidente de FETEIA, además de SPT.
(206)El orden del día fue el siguiente: 1) Carburante 2) IPC 3) Seguro 5) Ruegos y preguntas.
(207)Se acordó que el ICC seguiría identificándose como una cuota separada no incluida en la tarifa general y se acordó el IGT-2006 (con un incremento entre un 3,2% y 3,5%) se aplicaría a partir del 15 de enero de 2006, así como que el intercambio de cartas o circulares-tipo a remitir a los clientes se haría entre el 10 y el 15 de diciembre de 2005. 19. Reunión de 1 de marzo de 2006
(208)Se celebró en la sede de SPT y confirmaron su asistencia RHENUS, DHL, SALVAT, B&A y BWS, además de SPT y se excusó ABX 38, tratándose los siguientes temas: 1) Aplicación IPC 2005 37 Correo electrónico de 14 de noviembre de 2005 remitido por SPT al Grupo con la convocatoria […] así como el orden del día [….], encontrado en las inspecciones de RAMINTER (folios 5147 a 5149) y SALVAT (folios 4767 a 4768) […], así como los correos electrónicos de confirmación de asistencia de RHENUS, ABX, DHL, SALVAT, B&A y el presidente de FETEIA y la imposibilidad de asistir de TN y BWS, la plantilla de asistencias y el orden del día[…]. 38 Correo electrónico de 3 de febrero de 2006 remitido por SPT al Grupo con la convocatoria […], encontrado en las inspecciones realizadas el 18 de noviembre de 2008 en las sedes de SALVAT (folios 4771 a 4772) y RAMINTER (folios 5177 a 5180) […], así como los correos electrónicos de confirmación de asistencia de RHENUS, DHL, SALVAT, B&A y BWS y de ABX manifestando no poder asistir, la plantilla de asistencias y el orden del día […]. 32 2) Comentarios encuentro APB/PROATRANS 3) ATEIA-COACAB 5) Autónomos 6) Ruegos y preguntas
(209)Se acordó que las subidas por IPC se repercutirían como cada año, contemplándose añadir el incremento del coste del carburante, cuando procediera, para hacer un solo recargo. 20. Reunión de 13 de junio de 2006
(210)En la convocatoria realizada por SPT se indica que el objetivo de esta reunión es “llegar a acuerdos en lo que respecta a: Convenio, Carburante y FETEIA”, siendo invitado a esta reunión el Presidente de FETEIA, que confirmó su asistencia, así como RHENUS, DHL, B&A y BWS, además de SPT 39. En esta reunión se incidió en no contratar empleados de empresas del Grupo sin autorización de dicha empresa. 21. Reunión de 29 de junio de 2006
(211)La reunión se celebró en las instalaciones de SPT, convocándose por dicha empresa, confirmándose la asistencia por parte de RHENUS, DHL, B&A y BWS, además de SPT 40. Sus temas a debatir fueron los siguientes: 1) Convenio 2) Ética: contratación colaboradores 3) PROATRANS 4) FETEIA 5) Nuestro grupo: ámbito de actuación 6) Otros
(212)El Grupo se planteó la posibilidad de invitar a sus reuniones a sus delegados con representación significativa establecidos en otras plazas, aunque se desestimó esta 39 Correo electrónico de 2 de junio de 2006 remitido por SPT al Grupo […] encontrado también en las inspecciones realizadas en las sedes de SALVAT (folios 4556 a 4558), RAMINTER (folios 5197 a 5202) y TN, junto con el orden del día (folios 405 a 407)[…], junto con la plantilla de asistencias y el orden del día […]. 40 Correo electrónico de 26 de junio de 2006 remitido por SPT al Grupo […], encontrado en las inspecciones de SALVAT (folio 4559 a 4563), RAMINTER (folios 5203 a 5206) y TN (folios 410 y 5549) […], junto con correos electrónicos de confirmación de asistencia, la plantilla de asistencias y orden del día […]. 33 posibilidad. No obstante, los miembros del Grupo se comprometieron a transmitir los acuerdos adoptados a sus delegados más relevantes, quedando la aplicación de tales acuerdos sujeto al criterio del delegado correspondiente. Se desestimó también la posibilidad de ampliar el grupo a otras empresas competidores tras la baja de RHENUS para evitar la pérdida de eficiencia en la toma de decisiones. 22. Reunión de 4 de septiembre de 2006
(213)A esta reunión convocada por SPT y celebrada en su sede, confirmaron su asistencia SALVAT, TN, ABX, B&A, DHL y BWS, así como el Presidente de FETEIA, además de SPT 41. Su orden del día fue: 1) Convenio 2) PROATRANS 3) Carburante 4) ATEIA-FETEIA 5) Otros
(214)En esta reunión, en cuanto al ICC, se llegó al acuerdo de no incrementar el mismo, pactándose por lo que respecta al IGT que todos aplicarían un incremento conforme al IPC de noviembre. Igualmente, se acordó circular las cartas a enviar a sus clientes informándoles de este último aumento de precios. 23. Reunión de 28 de noviembre de 2006
(215)A esta reunión celebrada en SPT asistieron RHENUS, ABX, RAMINTER, B&A, así como el Presidente de ASTIC, además de SPT 42. El orden del día 43 contempló los siguientes temas: 1) Convenio 41 Correo electrónico de 30 de agosto de 2006 remitido por SPT al Grupo,[…], junto con el orden del día […], encontrado también en las inspecciones de SALVAT (folios 4564 a 4575), RAMINTER (folios 5207 a 5216), TN (folio 5550) y SPT (folios 5859 a 5861)[…] junto con correos electrónicos de confirmación de asistencia, la plantilla de asistencias y el orden del día con anotaciones […]. 42 Correo electrónico de 22 de noviembre de 2006 remitido por SPT al Grupo, así como a los presidentes de ASTIC y FETEIA […], junto con el orden del día [….] y recabado en las inspecciones de SALVAT (folios 472 y 4579), RAMINTER (folio 5222), TN (folio 5551) y SPT (folios 5709 y 586) […], junto con correos electrónicos de confirmación de asistencia, la plantilla de asistencias y el orden del día con anotaciones […]. 43 Orden del día encontrado en la inspección a SALVAT (folios 472 y 473) 34 2) PROATRANS 3) Carburante 4) ATEIA-FETEIA – Lingot de Plata-GT 6) xxx 7) Ratios 8) Otros
(216)En cuanto al IGT, se acordó incrementar las tarifas en función del IPC a noviembre de 2006 a partir del 1 de enero de 2007, tal y como ya se había avanzado en la reunión de 4 de septiembre. En ICC, por su parte, se acordó que todo seguiría igual si las circunstancias se mantenían. 24. Reunión de 15 de febrero de 2007
(217)Convocada por SPT en su sede, a esta reunión también se invitó al Presidente de ATEIA-Barcelona y asistirían ABX, TN, SALVAT, RAMINTER, RHENUS, B&A, dicho Presidente y una persona de la Cámara de Comercio de Barcelona, además de SPT
- En cuanto a los temas tratados, como se hace constar por SPT previo requerimiento de TN, solicitando que se le facilitara un orden del día: “son de actualidad y por una cuestión de confidencialidad, no se difunden previamente porque con ello creo interpretar el deseo de todos. No obstante, me tienes a tu disposición para incorporar todo aquello que estimes conveniente a nuestros intereses”
- Dichos temas fueron los siguientes: 1) Composición del Grupo 2) Morosidad. Proyecto 3) CPortlc - Cambra 4) Estatuto Autónomos novedades? 5) SIL 2007 6) Otros 44 Correos electrónicos de 29 y 30 de enero de 2007 de SPT al Grupo con la convocatoria,[…], junto con el orden del día […], documentación también encontrada en las inspecciones de SALVAT (folios 4646 a 4647 y 4651 a 4654), RAMINTER (folios 5288 a 5294), TN (folios 5564 a 5566) y SPT (folios 5939 a 5945) y […], junto con la invitación al Presidente de ATEIA-Barcelona mediante correo electrónico de 6 de febrero de 2007 y correos electrónicos de confirmación de asistencia[…] 45 Correo electrónico de 31 de enero de 2007 remitido por TN, al que SPT contestó el 5 de febrero de 2007,[…]. 35
(218)Respecto de la composición del Grupo, por parte de RHENUS asistió un nuevo representante, siendo ésta la última reunión en la que participó dicha empresa 46. Por su parte, el representante de DHL planteó al Grupo si seguir o no formando parte del mismo, puesto que había cambiado sus responsabilidades dentro del grupo empresarial al que pertenece.
(219)Además, se valoró por las empresas participantes en el cártel la posibilidad de dar de alta a nuevas empresas en el Grupo, si bien no se tomó una decisión al respecto. 25. Reunión de 18 de abril de 2007
(220)Reunión convocada por SPT en sus instalaciones, confirmando expresamente su asistencia ABX, DHL, B&A y SALVAT, además de SPT 47.
(221)Los temas debatidos fueron los siguientes: 1) Morosidad. Proyecto 2) CPortlc - Cambra 3) Estatuto Autónomos 4) Composición del G-7 5) SIL 2007 6) Otros
(222)Por los asistentes se intercambiaron puntos de vista pero sin llegarse a acuerdos en esta reunión, aunque se planteó de nuevo, respecto de la composición del Grupo, si era conveniente invitar a nuevas empresas a formar parte del cártel.
(223)Con referencia al representante de DHL en el Grupo, que comunicó en dicha reunión el cambio de sus funciones dentro de la empresa, pasando a ser responsable de las actividades nacionales o domésticas y dejando, por tanto, la actividad internacional, consta en el orden del día con anotaciones del representante de SPT lo siguiente: 46 Orden del día con anotaciones manuscritas […] y correo electrónico de 23 de enero de 2007 remitido por RHENUS a SPT […]. En dicho correo electrónico, RHENUS manifiesta la intención de continuar su participación en las reuniones, aunque de acuerdo con la información disponible en este expediente, queda acreditado que la última reunión del Grupo en la que participó RHENUS fue ésta de 15 de febrero de
- 47 Correo electrónico de 16 de abril de 2007 remitido por SPT al Grupo con la convocatoria1[…], junto con el orden del día […] obtenido en las inspecciones realizadas el 18 de noviembre de 2008 en las sedes de SALVAT (folios 4655 a 4663), RAMINTER (folios 5301 a 5309) y SPT (folios 5948 a 5956) […] junto con correos electrónicos de confirmación de asistencia de B&A, SALVAT, DHL, ABX y de no asistencia de TN, BWS y RHENUS, la plantilla de asistencias (en la que bajo el encabezamiento G-7 consta tachado el nombre de RHENUS) y el orden del día de la citada reunión […]. 36 “[…] continuará con nosotros por petición propia. OK lo explica está destinado a DOMÉSTICO/N. Ha pasado propuesta de fechas para próxima reunión. Mirar la posibilidad de realizarla en octubre y en la misma tratar el tema de las Tarifas de Transporte Nacional en 2008). […] no se incorpora”.
- Reunión de 3 de julio de 2007
(224)A esta reunión convocada por SPT en su sede, confirmaron su asistencia ABX, BWS, SALVAT y DHL, además de SPT 48, con el siguiente orden del día: 1) Morosidad 2) PortlC - Cambra 3) Convenio 4) Autónomos 5) SIL 6) Otros 7) Tarifas 2008
(225)El último punto del orden del día fue incorporado durante el desarrollo de la reunión, de acuerdo con las anotaciones sobre la orden del día efectuadas por el representante de ABX (folio 114) y de SPT (folio 3394). En desarrollo de dicho punto del orden del día, las empresas participantes en el cártel acordaron un determinado IGT en el ámbito de sus actividades internacionales, aunque se consideró un poco pronto dadas las fechas del año y que normalmente dicha decisión se adoptaba en el último trimestre de cada año. Esta decisión se adoptó porque respecto de las actividades nacionales, SPT y SALVAT, presentes en el ámbito doméstico, acordaron incrementar en un determinado porcentaje las tarifas de dichas actividades para el ejercicio 2008, siguiendo a DHL, que comunicó que tenía prevista para septiembre de 2007 dicha subida para las citadas actividades, en las que está también presente esta empresa. 27. Reunión de 3 de octubre de 2007 48 Correo electrónico de 27 de junio de 2007 remitido por SPT al Grupo (a partir de ahora, ya no se incluye a RHENUS) con la convocatoria,[…], junto con el orden del día […] y recabado en las inspecciones de SALVAT (folios 4668 a 4669), TN (folios 5572 a 5574) y SPT (folios 5962 a 5967)[…] junto con los correos electrónicos de confirmación de asistencia de ABX, BWS, SALVAT y DHL y de TN y B&A excusando su asistencia, así como la plantilla de asistencias y el orden del día[…]. 37
(226)Convocada por SPT en su sede, también fueron invitados los Presidentes de FETEIA y ASTIC, confirmando su asistencia los representantes de TN, BWS, SALVAT, B&A, así como los mencionados presidentes, además de SPT y asistiendo también DHL 49.
(227)DHL, con ocasión de la reunión prevista para el 4 de septiembre de 2007 y posteriormente desconvocada, había anunciado que no asistiría a más reuniones “a consecuencia de la política interna de su empresa”. No obstante, en su solicitud de reducción ha declarado que su participación en el Grupo finalizó tras esta reunión de 3 de octubre de 2007, en la que anunció públicamente que no iba a asistir a más reuniones. Los temas tratados en esta reunión, según su orden del día fueron los siguientes, los dos últimos incorporados durante la reunión: 1) Próxima Presidencia ATEIA 2) Tarifas 2008 3) Convenio 4) Autónomos 5) Aeropuerto 6) Otros 7) Captación empleados 8) Aumentar presencia de otras regiones en el G-7
(228)En esta reunión se decidió no subir sus tarifas por ICC, si bien se acordó incrementar las mismas en función del IPC. En este contexto, entre los miembros del Grupo se discutió un aumento de tarifas a partir de noviembre de 2007 tanto en actividades nacionales como internacionales. En cuanto a captación de empleados, se acordó no emplear personas pertenecientes a empresas del Grupo y en el caso de que alguna empresa del Grupo tuviese interés en contratar a algún empleado de otra empresa del Grupo, se consultaría a los directivos de dicha empresa la conveniencia o no de dicha contratación. 28. Reunión de 18 de diciembre de 2007
(229)Reunión convocada por SPT en su sede, también se invitó a los Presidentes de ASTIC y FETEIA, confirmando su asistencia B&A, SALVAT, BWS, ABX y el 49 Coreo electrónico de 21 de septiembre de 2007 remitido por SPT al Grupo (a excepción de RHENUS) con la convocatoria (folio 144), obtenido en las inspecciones de SALVAT (folios 532 y 4685 a 4692, RAMINTER (folios 659 y 5330 a 5338), TN (folios 5579 a 5580) y SPT (folios 5969 a 5977)[…] junto con los correos electrónicos de confirmación de asistencia de TN, ASTIC, B&A, SALVAT, FETEIA y BWS y de ABX excusando su asistencia, la plantilla de asistencias y el orden del día […] 38 Presidente de ASTIC, además de SPT 50. En cuanto a DHL, su representante se había dirigido previamente a SPT, indicando “por motivos ya comentados con anterioridad, ruego no estar incluido en estas listas de distribución”.
(230)El orden del día fue el siguiente: 1) Tarifas 2008 2) Captación de empleados (Sr. […]) 3) Aeropuerto. Gestión Cambra. Seguridad Aérea 4) Autónomos 5) Convenios. Novedades 6) Otros
(231)Por lo que se refiere a las tarifas para 2008, se acordó un incremento del 4,1% para el transporte de carga fraccionada, y del 2,05% para el transporte de carga completa, insistiéndose en el tema del acuerdo alcanzado en materia de captación de empleados. 29. Reunión de 15 de febrero de 2008
(232)Convocada por SPT, se trataba de una reunión de carácter técnico sobre el nuevo régimen de Autónomos a la que asistieron invitados, además del Presidente de ASTIC, un jurista experto en transporte y los representantes de ABX, RAMINTER, TN, SALVAT, B&A, BWS, SPT y el Presidente de ASTIC
- En las notas manuscritas tomadas por SPT se indica lo siguiente respecto de esta reunión, que pone en evidencia las desavenencias en el seno del Grupo: “Reunión penosa. Hago encargo al abogado y siguen aparentemente todos pero fiándome de xxx (…). El G-7 a la mi… yo no asistiré en adelante en otro asunto que no sea el comentado. Es preferible retirarse con dignidad que ponerse a la altura de (…) y el resto”. 50 Correo electrónico de 26 de noviembre de 2007 remitido por SPT al Grupo (a excepción de RHENUS) con la convocatoria […] orden del día recabado en las inspecciones de RAMINTER, junto con otra documentación al respecto (folios 658 y 5339 a 5346) y de SALVAT (folios 533 y 4695 a 4699)[…], así como su correo electrónico de 29 de noviembre de 2007 enviado a SPT, solicitando ser eliminado de la “lista de distribución” (folio 878) y correos electrónicos de confirmación de asistencia de B&A, SALVAT, BWS y ABX y excusándose su asistencia por parte de FETEIA (folios 880 a 886).[…] correo electrónico de convocatoria y el de DHL de no constar en la lista de distribución, la plantilla de asistencias y el orden del día […]. 51 Correo electrónico de 11 de febrero de 2008 de SPT al Grupo y al Presidente de ASTIC con la convocatoria,[…] y recabado en la inspección de SALVAT (folios 4719 a 4721)[…], junto con los correos electrónicos confirmando la asistencia de TN, BWS, SALVAT, ASTIC y de ABX indicando que no puede asistir su representante habitual, aunque anunciando la presencia de dos técnicos de dicha empresa a la reunión, plantilla de asistencias y acta de la citada reunión […]. 39 4.
- ACUERDOS ALCANZADOS 4.3.
- Incremento anual de tarifas (IGT) en función del IPC
(233)Del análisis de la documentación del expediente queda acreditado que el cártel compuesto por las empresas transitarias incoadas, en reuniones mantenidas al efecto en el último trimestre de cada año para los ejercicios siguientes, desde 2001 a 2008, acordaban el incremento general de tarifas o IGT para el siguiente año a aplicar a sus clientes con menor poder de negociación en el ámbito de sus actividades de tránsito de mercancías (grupajes).
(234)En las citadas reuniones, celebradas normalmente en octubre o noviembre, los miembros del Grupo expresaban sus puntos de vista con el fin de señalar el aumento del precio, partiendo del IPC anual oficial a fecha de la reunión correspondiente al ejercicio en cuestión, centrándose la discusión sobre si el IGT debía ir en línea con el crecimiento de dicho IPC, por encima o por debajo de éste. Una vez que se acordaba la cifra de incremento, fijaban una escala de subida de precio mediante una horquilla porcentual, estableciéndose la subida en concreto de forma individual por cada empresa dentro de la horquilla acordada. En la misma reunión, generalmente, la última del año, se decidía la fecha de aplicación del IGT, normalmente a principios del año siguiente, y la fecha de comunicación por escrito a la clientela mediante cartas o circulares, que eran intercambiadas entre las empresas del cártel, evaluándose en la reunión que normalmente se celebraba en el primer trimestre del año siguiente, el resultado de la aplicación del acuerdo.
(235)Así, en la primera reunión celebrada por las empresas del cártel el 3 de octubre de 2000, el Grupo llegó al acuerdo de establecer un IGT para el año 2001, tal y como se indica en la anotación realizada por SPT al efecto, remitiéndose a una siguiente reunión en diciembre de 2000: “Reunión Dic. Para evaluar resultados aplicación acuerdos 3.10.0000 y nueva estrategia año 2001” 52.
(236)En esta segunda reunión de 15 de diciembre de 2000, tras consultar los integrantes del cártel un documento elaborado por SPT realizando un muestreo entre las empresas del sector en relación a sus porcentajes de incremento de tarifas y las fechas de entrada en vigor, se acordó el incremento de tarifas para el ejercicio 2001 igual al IPC menos entre un 1% y un 1,5 %, lo que suponía una subida media del 2,5%, fijándose una horquilla de subidas de precio en concepto de IPC (o IGT, en la terminología empleada) de entre un 2,5% y un 3%, tal como se indica en las anotaciones realizadas por SPT sobre el orden del día de la citada reunión: “+ IPC media 2,5%-3%” 53. Respectó a la forma de llevar a cabo el acuerdo, durante esta reunión SPT facilitó al Grupo los borradores de carta a enviar a su clientela 52 Anotación manuscrita […] 53 Orden del día con anotaciones de la reunión de 15 de diciembre de 2000 y documento denominado “Empresas del sector de las que tenemos conocimiento de haber subido tarifas”,[…] 40 en carga fraccionada, fechadas el 1 y 12 de diciembre de 2000, en las que se indicaba textualmente lo siguiente 54: “A estas alturas del año corresponde revisar las tarifas para que puedan proveer, contablemente, las partidas de transporte del próximo ejercicio. Las nuevas tarifas entrarán en vigor el primero de enero del año 2001 y contendrán el aumento del 4%, porcentaje acorde con el IPC publicado hasta octubre del presente año, lo que nos permitirá mínimamente equilibrar el incremento de nuestros costes”.
(237)Respecto al IGT-2002, aunque esta DI considera acreditada la reunión de 13 de noviembre de 2001 en la que, entre otros temas, de acuerdo con lo previsto en el punto 2 del orden del día, se valoraron las perspectivas tarifarias para el ejercicio 2002 (folios 2486 a 2502), no hay constancia del acuerdo alcanzado al respecto.
(238)El acuerdo en relación con el IGT para el año 2003 se adoptó en la reunión de 14 de noviembre de 2002, estableciéndose una subida aproximada del 3,5% para el 2003 según el IPC, la cual se haría efectiva el 1 de enero de 2003.
(239)Además, se acordó la revisión del resultado de la aplicación de esta subida en función del IPC cada último miércoles de los meses de marzo, junio, septiembre y primer miércoles del mes de diciembre para no hacer coincidir la reunión con las fiestas de Navidad, de acuerdo con la información disponible en este expediente 55.
(240)Así se indica expresamente en las anotaciones manuscritas realizadas por SPT sobre el orden del día de la citada reunión de 14 de noviembre de 2002: “Se aprueba la propuesta. Feb/Marzo 2003 ver resultado aplicación. Último miércoles de cada trimestre” y, al margen, “Marzo 03", celebrándose la reunión para tratar el resultado de la aplicación de los acuerdos el 26 de marzo de 2003, según se deduce de las anotaciones al orden del día de dicha reunión de SPT: “1. Tarifas.”, subapartado, “1.1. Actualización”56.
(241)En cuanto al acuerdo sobre el IGT correspondiente al año 2004, conforme al orden del día de la reunión celebrada el 11 de noviembre de 2003 57, se adoptó en dicha reunión, en la que el Grupo valoró la repercusión del IPC sobre las tarifas en el año 2004, la fecha en la que dicho IGT se iba a comunicar a los clientes y su fecha de entrada en vigor.
(242)En esta reunión de 11 de noviembre de 2003 se acordó por el Grupo que el IGT2004 se comunicaría a sus clientes entre el 1 y el 10 de diciembre de 2003, fijándose un IGT de entre un 2,50%, como mínimo, y un 2,90%, como máximo, el 54 Borradores de cartas de 1 y 12 de diciembre de 2000,[…] 55 Orden del día con anotaciones de la reunión de 14 de noviembre de 2002 y fax remitido el 6 de noviembre de 2002 por RHENUS a SPT […] 56 Correo electrónico de 3 de marzo de 2003 remitido por SPT a TN, SALVAT, RAMINTER y BWS (folios 4936 y 4937) encontrado en la inspección realizada el 18 de noviembre de 2008 en la sede de RAMINTER y […] así como el correo electrónico de 4 de marzo de 2003 remitido por SPT a RHENUS, ABX y B&A […] adjuntando el orden del día. 57 Orden del día de la reunión de 11 de noviembre de 2003[…], con anotaciones,[…] 41 cual entraría en vigor el 1 de enero de 2004, como consta en las anotaciones de SPT al orden del día de la citada reunión: “+2,90 IPC/-2,50 IPC. 1/10 – Dic. Aplicación 1 Enero 2004”.
(243)Para verificar que el acuerdo se llevaría a la práctica del modo convenido, las empresas participantes en el cártel intercambiaron información al respecto, consistente en las cartas tipo que también habían pactado enviar a sus clientes a partir de la fecha acordada, como se indica en el correo electrónico enviado por SPT al resto de los componentes del cártel 58: “Distinguido amigo, Como convenido en nuestro reciente encuentro, en anexo incluyo modelo del escrito que divulgaremos a partir de diciembre y que contempla el incremento modificado a la baja del 2,6%, ya que en la misma tendencia se sitúa el IPC en el mes de noviembre. No obstante, seguimos dentro de la horquilla marcada. Aguardo con interés copia de la comunicación correspondiente que tengas previsto enviar y, entretanto, aprovecho la oportunidad para saludarte. (…)”.
(244)Al citado correo electrónico se adjuntaba el documento “Circular Aumentos 2004 todos CES de ORG”, de fecha 1 de diciembre de 2003 59, en el que bajo el “Asunto: Tarifas de transporte Nacional e Internacional”, se indicaba: “[…] Ese paralelismo entre el sector en que nos movemos y el mercado en general nos hace inclinarnos por una opción de repercusión directa sobre los clientes al plantearnos el ajuste de precios para el próximo año. Estimamos que la tasa del IPC quedará definida alrededor de un 2,6%, cifra ésta que imputaremos a nuestras tarifas, a partir de enero de 2004”.
(245)RHENUS envió a SPT su modelo de carta a sus clientes en la que se indicaba 60: “[…] Esta situación que converge en un sector tan competitivo como el nuestro, nos obliga a tener que repercutir sobre nuestros clientes un incremento en los fletes que actualmente tenemos pactados con ustedes, dicha actualización del IPC., sobre nuestras tarifas será del 2,7%. Dicho incremento, tendrá validez y será de aplicación a partir del próximo día 1 de Enero del 2004”
(246)SALVAT puso en conocimiento de SPT “Como acordado”, el “borrador del escrito que enviaremos a nuestros clientes sobre el asunto de referencia”, en el que se indicaba, textualmente, lo siguiente 61: 58 Correo electrónico de 28 de noviembre de 2003 remitido por SPT al Grupo y encontrado en la inspección de RAMINTER (folios 4965 a 4966) y […] 59 Circular […] 60 Correo electrónico de 27 de noviembre de 2003 y documento adjunto, enviado por RHENUS a SPT y […] 61 Fax de 27 de noviembre de 2003 y documento adjunto, remitido por SALVAT a SPT[…] 42 “A pesar de nuestros esfuerzos por compensar mediante […]. Por ello, nos permitimos anunciarles que, a partir de Enero de 2004 nos veremos, a pesar nuestro, obligados a modificar al alza en un 2,5%, los precios en vigor durante el año en curso”.
(247)TN también envió a SPT su carta tipo a enviar a sus clientes indicando lo siguiente 62: “(…) De acuerdo con los últimos estudios económicos, se estima que la tasa del IPC quedará cifrada en el 2,5% aproximada. Por este motivo, ponemos en su conocimiento que este será el tipo de incremento que aplicaremos sobre sus vigentes tarifas a partir del día 1 de Enero de 2004”.
(248)ABX se dirigiría también a SPT “conforme a lo tratado”, adjuntando en el correo electrónico remitido el “modelo de carta de aumento”, en la que se indicaba, textualmente, lo siguiente 63: “[…] Teniendo en cuenta estos factores, hemos situado la actualización de nuestras tarifas de transporte terrestre internacionales, en un 2,8%, con entrada en vigor a 1 Enero 2004. Esta actualización afectará únicamente a las tarifas en su poder con fecha hasta 31 Agosto 2003. Las posteriores a dicha fecha, no sufrirán modificación.(…)”.
(249)RAMINTER dirigió igualmente su carta circular para clientes a SPT 64, indicando: “ASUNTO: TRANSPORTE TERRESTRE INTERNACIONAL. TARIFAS. 2004 (…) Nosotros somos los primeros interesados en […], y por eso, incrementaremos nuestras tarifas solamente un 2,6%, que aplicaremos de una manera general a partir del próximo 01.01.2004.”
(250)DHL aplicó la subida de precios a clientes el 1 de enero de 2004 como el resto de las empresas del cártel, aunque había recibido instrucciones al respecto de su casa matriz el 12 de noviembre de 2003 65, en relación con los “precios de venta 2004” en el sentido siguiente: “[…] a partir de la primera semana de Diciembre debéis acometer en cada sucursal las acciones necesarias encaminadas a la subida de precios con efecto 1 Enero de 2004. El porcentaje de aumento de precios RECOMENDADO se sitúa en el 4%. En consecuencia las tarifas generales de venta (para clientes sin oferta y base de ofertas futuras) deben ajustarse en ese porcentaje. Asimismo las 62 Correo electrónico de 4 de diciembre de 2003 y documento adjunto, remitido por TN a SPT […] 63 Correo electrónico de 4 de diciembre de 2003 y documento adjunto, remitido por ABX a SPT [……] 64 Carta de 9 de diciembre de 2003 de RAMINTER a SPT[…] 65 Correo electrónico interno de DHL,[…] 43 ofertas en vigor con clientes deben ser ajustadas con este porcentaje como referencia principal. […] A título informativo, conocer que: En España, a mes de Septiembre 2003, los datos interanuales de IPC son: -IPC general: 2,9% -IPC armonizado: 3,0% -Índice costes laborales: 4,6% En Iberia DHL Express aplicará unas subidas de tarifa general de: -Expediciones hasta 10 Kgs: 6,0% -Expediciones de más de 10 Kgs: 4,0% (Aumento ponderado aprox. 4,6% […]”.
(251)La aceptación del IGT se debatió posteriormente, en la reunión de 4 de febrero de 2004, como consta en las anotaciones manuscritas de SPT sobre el orden del día de dicha reunión 66: “Ha tenido una aceptación alta, salvo excepciones”.
(252)El IGT para el 2005 se acordó en la reunión de 13 de diciembre de 2004, fijando un incremento entre un 3,4% y un 3,6%, basándose en la previsión del IPC para el 2004 de entre el 3% y el 3,5%, con efectos desde el 1 de febrero o el 1 de marzo de 2005, debido a la puesta en marcha en enero de otro de los acuerdos adoptados por las empresas integrantes del cártel, el referido al MAUT o tasa al paso de vehículos pesados por las autopistas alemanas que se analizará mas adelante, según consta en las anotaciones realizadas por ABX: “abanico. 3,4 – 3,6%, qué porcentaje significa el [ilegible]?. IPC Noviembre ¿ (se publica día 15)” 67.
(253)Ello no obsta a que algunas empresas, como SPT, considerara demasiado alta la horquilla establecida, decidiendo limitar la repercusión en la tarifa entre un 3% y un 3,10%, como consta en las anotaciones manuscritas de SPT: “3,4% sobre noviembre, pero nosotros (3,00-3,10%)” 68.
(254)Así se indicará también en las circulares enviadas a sus clientes sobre aumento de tarifas 2005 y que al ser remitidas a las demás empresas participantes en el cártel fueron tenidas en cuenta por otras empresas del Grupo 69: “(…) Como convenido en nuestra reciente reunión de trabajo, en anexo os facilito escrito que estamos enviando a todos nuestros clientes agradeciendo, para nuestro conocimiento, me remitáis copia del que estiméis oportuno enviar”.
(255)En la citada Circular se indicaba textualmente lo siguiente: 66 Orden del día de la reunión de 4 de febrero de 2004 [….] 67 Orden del día con anotaciones de la reunión de 13 de diciembre de 2004[…] 68 Orden del día con anotaciones de la reunión de 13 de diciembre de 2004,[…] 69 Correo electrónico de 17 de diciembre de 2004 enviado por SPT al Grupo, adjuntando la Circular, recabado en las inspecciones de SPT (folios 823 a 824) y RAMINTER (folios 563 y 566 y 5050 a 5060)[…] 44 “Recientemente, el Instituto Nacional de Estadística –datos correspondientes a noviembre- señala que el IPC acumulado es el 3,50% y como en años anteriores, muy a pesar nuestro, nos vemos obligados a la actualización de nuestras tarifas a partir del próximo 17 de Enero. No obstante a lo anteriormente indicado, repercutiremos a partir de la fecha señalada el 3,10% en todas nuestras facturas […]”.
(256)TN se dirigió a SPT mediante correo electrónico adjuntando la circular enviada a sus clientes “Según acordado” y aunque no menciona porcentaje alguno, indica que “[…] en la finalización de este año 2004, el cambio de tarifas se verá afectado asimismo por el aumento del IPC […]”70.
(257)SALVAT remitió su modelo de circular tanto a SPT como a RHENUS el 16 de diciembre de 2004 a través de dos escritos de similar contenido, que SALVAT pretendía circular en los próximos días, indicando lo siguiente 71: “[…] Les comunicamos que estudiada la actualización de tarifas para el próximo año 2005, y siendo la tasa de variación interanual del índice de precios al consumo (IPC) de los últimos 12 meses del 3,50%, hemos concluido aplicarles un aumento del 3% para todas nuestras tarifas en vigor. Este aumento tarifario anual será de aplicación a partir del próximo 15 de Enero de 2005 […]”.
(258)B&A mediante correo electrónico remitido al Grupo trasladó el “texto del escrito que a partir de mañana recibirán nuestros clientes de transporte nacional e internacional”, indicando lo siguiente 72: “Les comunicamos que estudiada la actuación de tarifas para el próximo año 2005, y siendo la tasa de variación interanual del índice de precios al consumo (IPC) de los últimos 12 meses del 3,5%, hemos concluido aplicarles un aumento del 3% para todas nuestras tarifas en vigor. Este aumento tarifario anual será de aplicación a partir del próximo 15 de Enero de 2005 […]”
(259)BWS remitió al Grupo un correo electrónico en el que se adjuntaba la “circular que hemos mandado a nuestros clientes”, en la que se indicaba 73: “[…] Considerando la repercusión de dicho aumento en nuestros costes, nos vemos obligados a la actualización de nuestras tarifas a partir del próximo 17 de Enero en el 3,15%.” 70 Correo electrónico de 22 de diciembre de 2004 y documento adjunto remitido por TN a SPT […] 71 Documentos “-Incremento IPC y Peajes Alemania- Escandinavia y países del Este 2005” y “xxxf […] 72 Correo electrónico de diciembre de 2004 remitido por B&A al Grupo y documento adjunto, recabado en la inspección de RAMINTER (folios 5050 a 5060)[…[]. 73 Correo electrónico de 22 de diciembre de 2004 remitido por BWS a las demás empresas participantes en el cártel y documento adjunto, recabado en la inspección realizada el 18 de noviembre de 2008 en la sede de RAMINTER (folios 5050 a 5060)[…] 45
(260)RHENUS facilitó a SPT carta de 16 de diciembre de 2004 en la que consta 74: “[…] Teniendo en consideración estos factores, y basándonos en una estimación del IPC entre un 3,5% y un 4%, hemos situado la actualización de nuestras tarifas de transporte terrestre internacionales, en un 3,15%, con entrada en vigor 1 de febrero 2005”.
(261)RAMINTER facilitó a SPT su circula de 20 de diciembre de 2004, indicando 75: “[…] Por ello, a partir del próximo 15.1.05 incrementaremos nuestras tarifas un 3,20% que estamos seguros será de su conformidad y permite a nuestras respectivas firmas seguir compitiendo en sus mercados y mantener las buenas relaciones de calidad y confianza mutua […]”.
(262)Tal y como se acordó en la reunión de 13 de diciembre de 2004, la siguiente reunión de las empresas participantes en el cártel se celebró el 3 de marzo de 2005, siendo objeto de análisis en esta reunión el seguimiento del IGT para dicho ejercicio 2005 76.
(263)El IGT para 2006 se acordó en la reunión de 14 de septiembre de 2005 en base a la previsión del IPC para ese año. En esta reunión se acordó que el Grupo enviaría cartas a sus clientes anunciando un incremento del 3,5% y que dicha notificación se realizaría a partir de noviembre, con vistas a implementar la subida en diciembre de 2005 o enero de 2006.
(264)De ahí la anotación de ABX sobre el punto “
- IPC” del orden del día: “carta en nov.? 3,5%” 77, de SPT 78 “2,9 a 3,2 a revisar en reunión Noviembre” y de RAMINTER: “Aumentar de 3,5% a 5% a partir 1º de Octubre gasóleo e IPC+Bunker”, e “IPC, de 2,5 a 3,5, Reunión Noviembre”
- Esta última anotación realizada por el representante de RAMINTER refleja la discusión por parte del cártel de si mantener el recargo por ICC (o “bunker surcharge”) como un concepto diferenciado en la facturación o formando parte de un mismo concepto junto al IGT, toda vez que DHL comentó en esta reunión que había unido ambos conceptos, incrementado sus tarifas en un 5,45% y manteniendo abierta la posibilidad de posteriores subidas en concepto de carburante en función de la evolución al alza de su precio.
(265)En la reunión de 16 de noviembre de 2005 se decidió aplicar como IGT-2006 una subida comprendida en una horquilla de entre un 3,2% y un 3,5%, que se aplicaría a partir del 15 de enero de 2006, acordándose que la notificación de dicha subida de tarifas se realizaría entre el 10 y 15 de diciembre de 2005. 74 Carta[…] 75 Documento[…] 76 Orden del día con anotaciones de la reunión de 3 de marzo de 2005 […] 77 Orden del día con anotaciones de la reunión de 14 de septiembre de 2005[…] 78 Orden del día con anotaciones de la reunión de 14 de septiembre de 2005 […] 79 Orden del día con anotaciones de la reunión de 14 de septiembre de 2005 recabado en la inspección realizada en la sede de RAMINTER (folios 703 a 704). 46
(266)Así, “de conformidad a lo convenido en reciente encuentro”, SPT se dirigió al Grupo adjuntando el “escrito que estamos remitiendo a todos nuestros clientes”, es decir, la carta-circular fechada el 15 de diciembre de 2005, en la que se indica textualmente lo siguiente 80: “(…) A dicho efecto y a partir del día 2 de enero de 2006, todas nuestras tarifas actuales se incrementarán el 3,15 % importe éste sensiblemente inferior al IPC real que, como viene siendo habitual, ajustamos al máximo, tratando de beneficiarles directamente a Uds., gracias al crecimiento operativo que nos confían y a la disminución voluntaria de nuestro margen, con el fin de seguir siendo competitivos, además de útiles”.
(267)ABX enviaría a SPT copia del documento “comunicado aumento IPC 2006.doc”, en el que se indicaba lo siguiente 81: “La actual situación y evolución del mercado nos fuerza a actualizar nuestras tarifas de precios para el transporte terrestre en un 2,5% en los tráficos de exportación y un 4,5% en los tráficos de importación, con entrada en vigor el próximo 1 de Enero del 2006. Esta actualización afectará única y exclusivamente a las tarifas ofertadas anteriormente al 1 de Octubre del 2005 […]”
(268)SALVAT remitió a todos los integrantes del cártel su “CIRCULAR INCREMENTO TARIFAS IPC 2006” en la que se indica 82: “A pesar de ello nos vemos obligados a comunicarles que a partir del próximo 16 de Enero de 2006 nuestras tarifas sufrirán un aumento medio del 3,5% con el fin de compensar, aunque sea parcialmente, los aumentos soportados.”
(269)B&A remitió al Grupo un “archivo con el modelo de carta que durante esta semana se está remitiendo a los clientes” en el que se indica 83: “Les comunicamos que estudiada la actualización de tarifas para el próximo año 2006, y siendo la tasa de variación interanual del índice de precios al consumo (IPC) de los últimos 12 meses próxima al 4%, hemos concluido aplicarles un aumento del 3% para todas nuestras tarifas en vigor. Este aumento tarifario anual será de aplicación a partir del próximo 1 de Febrero de 2006.” 80 Correo electrónico de 19 de diciembre de 2005 remitido por SPT al Grupo, recabado en la ins