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HORMIGON Y PRODUCTOS RELACIONADOS

COMISIÓN NACIONAL ce u COMPETENCIA RESOLUCIÓN (Expte. S/0179/09 Hormigón y productos relacionados) Consejo: D. Joaquín García Bemaldo de Quirós, Presidente Da. Pilar Sánchez Núñez, Vicepresidenta D. Julio Costas Comesaña, Consejero Da. María Jesús González López, Consejera Da. Inmaculada Gutiérrez Carrizo, Consejera Da Paloma Ávila de Grado, Consejera D. Luis Diez Martín, Consejero En Madrid, a 12 de enero de 2012. El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, con la composición arriba expresada, y siendo Ponente el Consejero D. Julio Costas Comesaña, ha dictado esta Resolución en el expediente sancionador S/0179/09 Hormigón y productos relacionados, incoado por la Dirección de Investigación por supuestas prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, consistentes en acuerdos de fijación e incremento de los precios y de reparto de los mercados de producción y suministro de morteros, hormigones y áridos en la Comunidad Foral de Navarra y territorios limítrofes. ANTECEDENTES DE HECHO 1. El 26 de agosto de 2009 tuvo entrada en el Registro de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) denuncia de CTH Navarra, S.L. (CTH) contra CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS, S.A. (CPV), CANTERAS DE ECHAURI y TIEBAS, S.A. (CETYA) y HORMIGONES BERIAIN, S.A. (BERIAIN) por un posible acuerdo entre competidores que podría constituir una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) consistente en:

  1. a)Un acuerdo para la fijación de precios de suministro de hormigón, mortero y áridos en la Comunidad Foral de Navarra y provincias limítrofes;
  2. b)Un reparto de mercado a través de la adjudicación del suministro de hormigón, mortero y árido a distintas obras;
  3. c)Posibles prácticas anticompetitivas en el mercado del cemento. PC COMISIÓN NACIONAL DE 1-E. COMPETENCIA A esta denuncia se adjuntaron como anexos transcripciones de grabaciones de conversaciones telefónicas y de reuniones celebradas entre diferentes empresas, además de artículos publicados por el denunciante y cartas enviadas a alguna de las empresas implicadas en las que exponía la situación existente. La denuncia fue completada mediante distintos escritos remitidos por el denunciante con posterioridad, informando también de la adopción de medidas de represalia en contra del denunciante consistentes, entre otras, en la negación de suministro de áridos necesarios para su actividad de fabricación de hormigón, por parte de sus canteras habituales de abastecimiento con posterioridad a la presentación de la denuncia y tras tener conocimiento de ésta al incoarse este expediente sancionador. 2. A la vista del contenido de la denuncia, la Dirección de Investigación de la CNC (DI) realizó una información reservada con el objeto de determinar si, con carácter preliminar, concurrían circunstancias que justificasen la incoación de un expediente sancionador. En el marco de esta información reservada, el 22 de septiembre de 2009, la DI, llevó a cabo inspecciones simultáneas en las sedes de Madrid y Pamplona de las empresas denunciadas (CPV, CETYA, H.BERIAIN) así como en la sede de CEMEX ESPAÑA, S.A. (CEMEX) y de CEMEX TRADING EUROPE, S.A. y en HOLCIM ESPAÑA S.A. La documentación recabada en la sede de la empresa HOLCIM ESPAÑA le fue devuelta por la DI el 11 de octubre de 2010, al no encontrar ésta en dicha documentación indicios de infracción de la legislación de defensa de la competencia por parte de la mencionada empresa. 3. El 15 de diciembre de 2009, la DI acordó la incoación del presente expediente sancionador S/0179/09 Hormigón y productos relacionados, por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley 16/1989 y en el artículo 1 de la Ley 15/2007, consistentes en acuerdos para el reparto de mercado y la fijación de precios y condiciones comerciales en los mercados de producción y suministro de morteros, hormigones y áridos en el territorio nacional, contra CETYA, CANTERAS y HORMIGONES VRE S.A. (VRESA), que es una Joint Venture (JV) al [...]% de BERIAIN y CPV. VRESA adquirió en septiembre de 2008 cuatro de las cinco plantas de Cemex en Navarra), CPV, CEMEX y BERIAIN, notificando el acuerdo junto con la copia de la denuncia presentada por CTH a las entidades incoadas. 4. Mediante sentencia de 17 de mayo de 2010 el Tribunal Superior de Justicia de Navarra desestimó el recurso de apelación interpuesto por CPV el 15 de octubre de 2009 contra el Auto de 21 de septiembre de 2009 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 2 de Pamplona, autorizando la entrada en la sede de Pamplona de dicha empresa. 7 CNC \ COMISIÓN NACIONAL oe t_a COMPETENCIA Mediante sentencia de 8 de julio de 2010 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimó el recurso de apelación interpuesto por CPV contra el Auto de 21 de septiembre de 2009 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 21 de Madrid, autorizando la entrada en la sede de Madrid de dicha empresa. 5. De acuerdo con lo previsto en el artículo 50.3 de la LDC, con fecha 3 de noviembre de 2010, la DI notificó a las empresas incoadas el Pliego de Concreción de Hechos (PCH) de fecha del día anterior. Las partes formularon las alegaciones al PCH que tuvieron por conveniente y propusieron las pruebas que consideraron pertinentes. 6. Conforme a lo previsto en el artículo 33.1 del Real Decreto de 261/2008, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Defensa de la Competencia (RDC), el 30 de noviembre de 2010, la DI procedió al cierre de la fase de instrucción del expediente, lo que fue notificado a los interesados el mismo día. 7. De acuerdo con lo previsto en el artículo 50.4 de la LDC, con fecha 1 de diciembre de 2010, la DI notificó a las partes la Propuesta de Resolución (PR) dándoles plazo para que formularan las alegaciones que tuvieran por convenientes. No obstante, el 2 de diciembre de 2010 tuvo entrada en la CNC escrito de alegaciones de BERIAIN al PCH remitido por correo ordinario dentro del plazo establecido, por lo que una vez contestadas dichas alegaciones en el apartado 2.9 de la Propuesta de Resolución, la DI volvió a notificar a las partes con fecha 3 de noviembre la Propuesta de Resolución (f. 5506 a 6375, T. XXIII y XXIV. Los folios del expediente se citan por el foliado manual). Todas las empresas interesadas en este expediente presentaron alegaciones a la PR, propusieron prueba y solicitaron la celebración de vista. 8. En cumplimiento de lo previsto en los artículos 50.5 de la LDC y 34.2 del RDC, con fecha 29 de diciembre de 2010, la DI elevó al Consejo el Informe y Propuesta de Resolución, junto con el expediente y las alegaciones recibidas de las partes. 9. Con posterioridad a la remisión del expediente al Consejo, con fecha 3 de enero de 2011 tuvo entrada en el Registro de la CNC alegaciones de CTH en las que afirma apoyar la Propuesta de Resolución. El 4 de enero de 2011 se registró la entrada del escrito de alegaciones de BERIAIN remitido por correo ordinario. El 3 de febrero de 2011 entró en el Registro de la CNC escrito de CEMEX solicitando el señalamiento de fecha y hora para tener acceso al expediente. Y con fecha 7 de abril de 2011 tuvo entrada en el Registro de la CNC escrito de CPV aportando el volumen de negocios total del ejercicio 2010, en cumplimiento del Acuerdo de la DI referenciado en el Antecedente de Hecho 5 (AH 5). 3 CNC COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA 10. El 17 de mayo de 2011 el Consejo adoptó Acuerdo por el que, motivadamente, acordó la práctica de determinadas pruebas y diligencias complementarias, así como posponer la práctica de la prueba pericial solicitada por las partes y la decisión sobre la celebración de la vista al momento procesal definido en el propio Acuerdo, y asimismo acordó la suspensión del plazo máximo para resolver el expediente desde la fecha de este Acuerdo y durante el tiempo en que se sustancie la práctica de las pruebas y actuaciones complementarias acordadas y que se acuerden en este trámite de prueba y vista ante el Consejo de la CNC. En el plazo de siete días que señala el art. 51.1 de la LDC, CEMEX presentó alegaciones con fecha 15 de mayo de 2011. 11. Con fecha 7 de junio de 2011 tuvo entrada en la CNC escrito de CETYA denunciando el incumplimiento por parte de la denunciante CTH Navarra SL y de su representante [...] del deber de secreto impuesto por el artículo 43 de la LDC. Por acuerdo del Presidente del Consejo de fecha 20 de junio de 2011 se puso en conocimiento del Fiscal General del Estado los hechos denunciados por CETYA. 12. Con fecha 7 de julio de 2011, el Consejo adoptó Acuerdo por el que encomienda al Laboratorio de Acústica Forense de la Comisaría General de la Policía Científica la práctica de la prueba pericial consistente en la realización de las actuaciones pertinentes para determinar la autenticidad e integridad de los siete registros de audio (puntos 2 y 3 del anexo del Acuerdo) y su correspondencia con los originales en el dispositivo de grabación (f. 7431-7435), Acuerdo que fue notificado a las partes. En el plazo de siete días que señala el art. 51.1 de la LDC presentaron alegaciones a este Acuerdo: CETYA y CPV con fecha 19 de julio de 2011; BERIAIN y CEMEX con fecha 21 de julio de 2011. Las referidas empresas manifiestan en sus escritos que la prueba pericial acordada por el Consejo no se corresponde con la por ellas solicitada en sus escritos de alegaciones a la Propuesta de Resolución, cuya práctica reiteran, además de formular otras solicitudes de práctica de prueba y manifestaciones que tuvieron por conveniente. 13. Con fecha 18 de julio de 2011, el Consejo adoptó la actuación complementaria consistente en ordenar a la Dirección de Investigación que requiriese a Cementos Portland Valderrivas SA (CPV) y a otras sociedades relacionadas societariamente con ésta determinada información de carácter societario y sobre el volumen de negocios (f. 7467-7474). En el plazo de siete días que señala el art. 51.1 de la LDC, CPV presentó con fecha 26 de julio de 2011 escrito de alegaciones (f. 7529-7530). Mediante escrito de fecha de entrada en la CNC el 25 de agosto de 2011, CPV aportó la información requerida 4 COMISIÓN NACIONAL re LA COMPETENCIA 14. Con fecha 12 de agosto de 2011 tuvo entrada en la CNC escrito de la Sección de Acústica Forense de la Unidad Central de Criminalística de la Comisaría General de la Policía Científica en el que, en el marco de la prueba pericial encomendada, se solicita la aportación del bus de datos (cable de conexión) para poder conexionar el dispositivo grabador con el PC para proceder a su descarga y posterior análisis de las grabaciones TEST realizadas. Mediante Acuerdo de 23 de agosto de 2011, el Consejo acordó requerir a CTH Navarra SL y a Seguimiento Integral de Medios la aportación al expediente del citado cable de conexión, lo que fue comunicado a las partes. El 6 de septiembre de 2011 CTH Navarra SL remitió a esta CNC el referido cable de conexión, que fue remitido a la sección de Acústica Forense con fecha 12 de septiembre de 2011. Con fecha 8 de septiembre de 2011, CEMEX presentó escrito en relación con el referido Acuerdo del Consejo de 23 de agosto, en el que manifiesta que esta actuación supone una variación en el objeto de las actuaciones complementarias acordadas por el Consejo, realiza otras consideraciones que consideró convenientes a su derecho, y solicita acceso al expediente. Con fecha 2 de noviembre de 2011 tuvo entrada en la CNC el informe pericial realizado por la Sección de Acústica Forense de la Comisaría General de Policía Científica. 15. El 17 de noviembre de 2011, una vez concluida la práctica de las pruebas y actuaciones complementarias acordadas por el Consejo en el marco de este expediente sancionador, el Consejo adoptó Acuerdo por el que se puso de manifiesto a las partes el resultado de las mismas, concediéndoles el plazo de 10 días que señala el art. 36 del RDC para que alegasen cuanto estimasen procedente acerca de su valor, alcance o importancia. En ese mismo Acuerdo, el Consejo resolvió determinadas solicitudes de confidencialidad de las partes, y denegó la solicitud de celebración de vista formuladas por algunas de las empresas imputadas. Los días 28, 29 y 30 de noviembre de 2011 tuvieron entrada en la CNC escritos de CPV, CETYA, BERIAIN y CEMEX solicitando ampliación del plazo legal de 10 días para valoración de las pruebas y actuaciones complementarias practicadas. Por Acuerdos del Consejero Ponente de 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2011 se amplió el plazo en 5 días. Presentaron escritos de valoración de prueba CTH (2/12/2011), CETYA (13/12/2011), CPV (13/12/2011), CEMEX (14/12/2011) y BERIAIN (15/12/2011). 5 COMISIÓN NACIONAL DE 1-{1 COMPETENCIA 16. Por Acuerdo del Consejero Ponente de fecha 17 de noviembre de 2011 se requirió a BERIAIN aclaración sobre la información aportada al expediente y relativa a su volumen de negocios. El requerimiento fue contestado mediante escrito con registro de entrada en la CNC el día 28 siguiente, en el sentido de que las cifras de volumen de negocios aportadas al expediente se corresponden con el volumen de negocios correspondiente a los años 2008, 2009 y 2010 generado por todas las empresas integrantes del grupo Hormigones Beriain SA, por la fabricación y venta de hormigón, mortero y áridos en la Comunidad Foral de Navarra y territorios limítrofes. 17. El 15 de diciembre de 2011, concluido el plazo de 10 días para la valoración del resultado de la prueba y actuaciones complementarias practicadas, el Consejo acordó el levantamiento de la suspensión del plazo para para dictar resolución adoptada en el Acuerdo de 17 de mayo de 2011, con efectos desde el propio día 15 de diciembre de 2011 (f. 8217). 18. Con fecha 15 de diciembre de 2011, mediante Acuerdo del Consejero Ponente, el Consejo requirió a la Sección de Acústica Forense de la Comisaría General de Policía Científica autora del Informe pericial de fecha 2 de noviembre de 2011 (f. 7992-8028) la subsanación de un aparente error material en relación con la fecha de grabación de los archivos de audio contenidos en los dos pen drives incorporados al expediente a los folios 673 y 821 del expediente. El 20 de diciembre de 2011 tuvo entrada en la CNC escrito del perito por el que subsana el mencionado error (f. 8226-8231). Mediante Acuerdo de 22 de diciembre de 2011, el Consejo puso de manifiesto este escrito a las partes, para que en el plazo de 3 días, alegasen lo que a su derecho conviniese. CEMEX presentó escrito de alegaciones con fecha 30 de diciembre de 2011, y el 2 de diciembre de 2012 lo hicieron CETYA y CPV. 19. Mediante Acuerdo de 22 de diciembre de 2011, el Consejo se requirió a BERIAIN y a determinadas empresas subsídíarias de aquélla información sobre sus volúmenes de negocio en los mercados afectados en los años 2008 y 2009, recibiéndose de BERIAIN la información requerida el día 2 de enero de 2012. 20. El Consejo terminó de deliberar y fallar este expediente en su sesión de 9 de enero de 2012. 21. Son partes interesadas: - CTH Navarra, S.L. (CTH) - CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS, S.A. (CPV) - CANTERAS DE ECHAURI y TIEBAS, S.A. (CETYA) 6 COMISIÓN NACIONAL oe LA COMPETENCIA - HORMIGONES BERIAIN, S.A. (BERIAIN) - CEMEX ESPAÑA, S.A. (CEMEX) - CANTERAS y HORMIGONES VRE S.A. (VRESA), HECHOS PROBADOS Las conductas objeto de este expediente han sido valoradas por este Consejo partiendo de los hechos acreditados por la Dirección de Investigación durante la instrucción que se ha llevado a cabo, hechos que se relatan en el presente epígrafe, después una breve descripción de los partes imputadas en este expediente, de los mercados afectados y de las condiciones competitivas de los mismos, todo ello teniendo en cuenta el resultado de la prueba practicada en la fase de resolución ante el Consejo. I. LAS PARTES 1. CTH Navarra SL (CTH) es una sociedad mercantil cuyo objeto social es, entre otros, la fabricación, adquisición, venta, distribución y comercialización de hormigón y cualesquiera otros productos o materiales destinados a la construcción en general. CTH es la cabecera de un grupo empresarial que participa en el capital social de varias empresas, entre las que se encuentran las siguientes que están relacionadas con el mercado a que se refiere este expediente: CALERAS DE LISKAR SA, de la que posee el [...]% y HORMIGONES PAMPLONA SA (HORPASA), con el [...1%CALERAS DE LISKAR SA centra su actividad en la extracción y comercialización de áridos y fabricación y comercialización de cal, actividad que desarrolla en la cantera de la que es titular en Liédena. HORMIGONES PAMPLONA SA se centra en la fabricación y comercialización de hormigón, mortero y yeso en sus instalaciones de Olite (Navarra), Areta (Navarra), Ablitas (Navarra) y Alcoba9a (Portugal). El ámbito territorial en el que opera CTH a través de sus sociedades participadas es la Península Ibérica (España y Portugal). 2. CEMENTOS PORTLAND VALDERRIVAS SA (CPV), constituida en 1903, es el mayor grupo cementero con sede en España, con una importante posición competitiva en mercados en el exterior como Estados Unidos, Uruguay, Argentina y Túnez. CPV es el primer Grupo cementero de capital español, que dispone, directa o indirectamente, de centros de producción estratégicamente situados en Cantabria, País Vasco, Navarra, La Rioja, Castilla y León, Castilla La Mancha, Madrid, 7 COMISIÓN NACIONAL pe LA COMPETENCIA Aragón, Extremadura, Andalucía y Cataluña. Su capacidad productiva anual se resume en: (
  4. i)18,8 millones de toneladas de cemento; (iD 16.5 millones de toneladas de áridos; (iii) 8,6 millones de metros cúbicos de hormigón; (
  5. iv)3 millones de toneladas de mortero. El grupo empresarial tiene empresas que se dedican al conjunto de productos analizados en el expediente, distinguiéndose dentro de la empresa 3 divisiones para la fabricación y venta de cemento, hormigón y áridos o morteros: - División de Cemento: tiene una importante presencia en España, distribuyendo comercialmente en 12 Comunidades Autónomas (Andalucía, Aragón, Cantabria, Cataluña, Castilla La Mancha, Castilla León, Extremadura, La Rioja, Madrid, Navarra y País Vasco y Valencia) y cuenta con 8 fábricas en distribuías en zona norte: Hontoria (Palencia), Lemona (Vizcaya), Mataporquera (Cantabria) y Olazagutía (Navarra); zona este: Monios y Vallcarca (Barcelona); zona centro, en El Alto (Madrid) y zona sur, en Alcalá de Guadaira (Sevilla). - División de Hormigón: está compuesta por un conjunto de 26 sociedades con un total de 130 centrales de fabricación, repartidas en 12 Comunidades Autónomas (Andalucía, Extremadura, Castilla La Mancha, Madrid, Castilla y León, Navarra, La Rioja, País Vasco, Aragón, Cataluña, Cantabria, C. Valenciana). Su área de influencia abarca 25 provincias y está asistida por más de 900 camiones hormigoneras. La División dispone también de 14 centrales móviles para atender proyectos concretos que requieren de la versatilidad y utilidad de este tipo de equipos. - División de Morteros: está compuesta por seis sociedades mercantiles. Posee centros productivos en Castilla y León, Cantabria, País Vasco, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Madrid, Andalucía y Navarra. Las áreas de influencia abarcan tanto las provincias donde se ubican cada una de las fábricas como las provincias limítrofes, ofreciendo a estos mercados un total de más de 1.200 silos de obra, que se complementan con tres plantas donde además de fabricar mortero seco a granel producen una amplia gama de mortero seco envasado. La producción total de esta División alcanza los 850.000 T/año con una capacidad de producción de 1.600.000 T/año, siendo capaz de fabricar un catálogo de más de 100 morteros diferentes. - División de Áridos: está especializada en la explotación de graveras y canteras con una importante presencia en España distribuyendo áridos en numerosas Comunidades Autónomas (Andalucía, Aragón, Castilla León, Castilla la Mancha, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco y Cantabria). 8 CNC COMISIÓN NACIONAL o« u COMPETENCIA Según lo indicado por la propia CPV, a 31 de diciembre de 2009, FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SA (FCC) disponía del [...] % de las acciones de CPV. Por otra parte CPV posee el [...]% de la empresa también imputada VRE, SA (VRESA) perteneciendo el otro [...]% al Grupo CETYA de manera indirecta. CPV participa en el capital social y está presente en el órgano de administración de empresas con sede y o activas en Navarra en los mercados afectados por las conductas imputadas y en los arios de duración del cártel: Hormigones y Morteros Preparados SAU (HYMPSA). CPV ostenta el [...1% del capital social. - Canteras de Aláiz SA. CPV ostenta el [...1% del capital social. El capital restante pertenece a [...], [...] (a razón de [...]% cada uno), de [...] y [...] (el [...1% cada uno). Estas personas físicas son también accionistas de Hormigones de Beriain SA (empresa imputada). Hormigones Calahorra SA. CPV ostenta el [...]% del capital social. El [...1% restante pertenece a [...]. [...] (hasta el 4/02/2008) y [...] durante 2008 y 2009 eran administradores de la sociedad en representación del Grupo CPV. - Hormigones en Masa de Valtierra SA. CPV ostenta el [...1% del capital social. El capital restante pertenece a varias personas físicas. CPV está representada en el órgano de administración, en 2009 era vocal por el grupo CPV [...]. Hormigones Delfín SA. CPV ostenta el [...1% del capital social, y el restante pertenece a dos personas físicas. En los arios 2008 y 2009 era vocal del órgano de administración en representación del grupo CPV [...]. Hormigones Reinares SA. CPV ostenta el [...]% del capital social y el restante pertenece a varias personas físicas. En los arios 2008 y 2009 era vocal del órgano de administración en representación del grupo CPV [...]. Hormigones del Batzan SL. CPV ostenta el [...]% del capital social y el restante pertenece a Hormigones Yanci SA. En los arios 2008 y 2009 era vocal del órgano de administración en representación del grupo CPV [...]. - Lázaro Echeverría SA. CPV ostenta el [...]% del capital social a través de la filial Canteras de Aláiz SA y el restante pertenece a varias personas físicas. En los arios 2008 y 2009 era vocal del órgano de administración en representación del grupo CPV [...]. 9 COMISIÚN NACIONAL De LA COMPETENCIA Silos y Morteros SL. CPV ostenta el [...]% del capital social (a través de HYMPSA), y el resto pertenece a Hormigones Logroño. [...] (hasta el 4/02/2008) y [...] (durante 2008 y 2009) eran administradores de la sociedad en representación del Grupo CPV. Áridos de Navarra SA. CPV ostenta el [...]% del capital social, pero declara que carece de actividad alguna desde su constitución en 1990. Además el grupo CPV es suministrador estable (único en el caso de Lazaro Echeverría SA) de cemento de todas estas empresas, si bien todas ellas declaran que no existe acuerdo formal de exclusividad en el suministro o de compra de cantidades mínimas. 3. CANTERAS ECHAURI Y TIEBAS SA cambió su denominación a GRUPO CETYA SA en el año 2007, por lo que las actuaciones en este expediente deben entenderse realizadas contra GRUPO CETYA SA. Según su página Web (http://www.cetya.es/), Grupo CETYA es un Holding de empresas con presencia y participación relevantes en el mercado de la construcción en España. En Navarra, CETYA cuenta con siete canteras repartidas por toda la comunidad foral, de las que extrae mineral calizo, ofilítico y silíceo. En la actualidad cuenta con una capacidad de producción de nueve millones de toneladas de áridos al año. Asimismo, CETYA cuenta con siete plantas de hormigón y una de mortero. En estas plantas, CETYA fabrica 8.000 metros cúbicos al día de hormigón y 1.000 metros cúbicos diarios de mortero. En la actualidad las acciones de GRUPO CETYA S.A. están en manos de personas físicas exceptuando un pequeño porcentaje de autocartera. El objeto social de esta empresa consiste en la extracción, manipulación, transporte y transformación de toda clase de materiales o productos utilizados en la construcción, la industria y la agricultura, la explotación de canteras y graveras para la extracción de áridos, dolomías, yesos, arenas silíceas, carbonatos y la fabricación de hormigones de todo tipo, grava-cemento, hormigones y morteros secos, prefabricados de hormigón, la fabricación de óxidos e hidróxidos de cal, cal hidráulica y cemento. El Grupo CETYA posee de manera indirecta el [...]% de VRESA a través de la empresa Carbonatos de Navarra, S.A., de la que posee el [...]%. Asimismo posee el [...]% de Áridos Gámen, S.L., dedicada a la explotación de canteras y extracción de áridos en la provincia de Navarra. 10 CNC COMISIÓN NACIONAL pe Le. COMPETENCIA 4. CEMEX ESPAÑA SA es una compañía global de soluciones para la industria de la construcción, que ofrece productos en más de 50 países en el mundo. Cuenta con una capacidad de producción de 97 millones de toneladas de cemento al año, y es la primera empresa productora de hormigón, con una capacidad de producción de aproximadamente 77 millones de metros cúbicos al año (http://www.cemex.es ). CEMEX está presente en España desde 1992, cuando adquirió las empresas Valenciana de Cementos y La Auxiliar de la Construcción (Sanson), por aquel entonces las dos compañías cementeras más grandes del país. Actualmente, CEMEX es uno de los principales productores de cemento en nuestro país, con una producción anual de 13,8 millones de toneladas métricas. Según la empresa, CEMEX pertenece en un [...]% a la empresa NEW SUNWARD HOLDING, B.V. CEMEX cuenta en España con 8 fábricas de cemento y 4 moliendas, 114 plantas de hormigón, 12 fábricas de mortero, 27 canteras y 18 terminales marítimas. En el año 2008, CEMEX poseía directa o indirectamente 5 plantas de hormigón en Navarra a través de su filial, HORMICEMEX.A. De acuerdo con la información aportada por CEMEX, HORMICEMEX SA se desprendió en septiembre de 2008 de 4 de estas plantas de hormigón, conservando la planta de hormigón en Tudela, por lo que esta empresa sigue suministrando hormigón en la Comunidad Foral de Navarra (f. 1427, T VIII). Según CEMEX, de los mercados de producto investigados, esta empresa sólo participa en el mercado del hormigón a través de su filial HORMICEMEX, S.A. (folio 1428). CEMEX no fabrica ni suministra áridos en la Comunidad Foral de Navarra y tampoco suministra mortero en esta Comunidad Autónoma, salvo de forma muy ocasional, desde plantas situadas en otras Comunidades Autónomas limítrofes. 5. HORMIGONES BERIAIN SA (BERIAIN) es una empresa cuyo objeto social es la fabricación y transporte de hormigón, áridos y mortero. Esta empresa forma parte de un grupo empresarial en el que se encuentran representadas tanto canteras como empresas de hormigón y mortero. El capital social de Hormigones Beriain SA pertenece en un [...]% a Canteras y Hormigones del Norte SA, y el restante a varias personas físicas: [...]; [...]; [...]; [...]; [...]; [...]; [...]; Y [..-1Según información del Registro Mercantil, estas personas físicas son o han sido miembros del órgano de administración de Canteras y Hormigones del Norte SA. En particular, [...] (Director General-Gerente de H. Beriain) es o ha sido Secretario del Consejo de administración y/o consejero delegado de la sociedad. Además, en 11 COMISIÓN NACIONAL DE u COMPETENCIA la Base de Datos www.informa.es consta que, uno de ellos, [...], es accionista mayoritario. BERIAN manifiesta (f. 1612, T IX) que es la sociedad matriz de las siguientes sociedades: UNCONA SA, en la que BERIAIN ostenta el [...]% del capital social. Consta en el expediente que CPV tiene una participación minoritaria en esta sociedad. Canteras de Oskia, en la que BERIAIN ostenta el [...]% del capital social, otro [...]% UNCONA SA y el [...]% restante Asfaltos de Biurrun, SA Asfaltos de Biurrun SA, en la que BERIAIN ostenta el [...]% de su capital social, y el [...]% restante UNCONA SA. Hormigones de Leizarran SL, en la que BERIAIN ostenta el [...]% del capital social. Hormigones Lizarra SA, en la que el [...]% del capital pertenece a BERIAIN. Hormigones Lodosa SA, en la que el [...]% del capital social pertenece a BERIAIN. Además en el expediente consta que BERIAIN tiene, directamente o indirectamente, participación en el capital social de las sociedades siguientes: - Hormigones Oskia SA, en la que Canteras y Hormigones del Norte SA (accionista mayoritario de HBeriain) posee el [...]% del capital social, estando el resto repartido entre

(9)personas físicas, entre las cuales están la práctica totalidad
(7)de las que son accionistas de BERIAIN. El accionista [...] es además Secretario del Consejo de administración y uno de los dos consejeros delegados de la sociedad en los años 2008-2010 (f. 2792, T III conf.). Falces Morteros y Hormigones SA, en la que BERIAIN ostenta el [...]% del capital social, otro [...]% lo ostenta Hormigones Oskia SA y el restante [...]% su accionista mayoritaria: Canteras y Hormigones del Norte SA. [...], accionista de BERIAIN y de Canteras y Hormigones del Norte SA es Secretario del Consejo de administración y uno de los dos consejeros delegados de Falces en los años 2008-2010 (f. 2797, T III conf.). Hormigones Arga SA tiene como accionistas a las 8 personas físicas que son accionistas de BERIAN. [...] es uno de esos accionistas ([...]%) es desde 2008 el secretario del Consejo y el consejero delegado (f. 2825, T III conf.). 12 COMIS/ON NACIONAL De u COMPETENCIA Hormigones Pirámide SA tiene como accionista único a Hormigones Arga SA. [...] desempeñó el cargo de administrador único entre los años 2008 a 2010 (f. 2833, T III conf.). - Hormigones Puente SA tiene en el año 2008 tres accionistas: BERIAIN ([...]%), Canteras y Hormigones del Norte SA ([...]%) y [...] ([...]%), siendo [...] administrador solidario (f. 2838, T III conf.). - Hormigones Azagra SA tiene desde el año 2008 dos accionistas: Canteras y Hormigones SA ([...]%) y Falces Morteros y Hormigones SA. [...] es administrador solidario en los años 2008-2010 (f. 2842, T III conf.). 6. CANTERAS Y HORMIGONES VRE SA (VRESA), de acuerdo con sus Estatutos sociales (f. 2183), tiene por objeto social, entre otros, la explotación de canteras, graveras y plantas hormigoneras, la comercialización de hormigones y toda clase de materiales de construcción, así como la creación y explotación de cuantas industrias se relacionen con los mencionados productos y la realización de obras públicas y privadas. La estructura accionarial de VRESA en la actualidad es la siguiente: [...1% de su capital social pertenece a CPV y el otro [...]% a Carbonatos de Navarra, S.A., controlada al [...]% por el Grupo CETYA, S.A. Como ya se ha indicado anteriormente, en septiembre de 2008 VRESA adquirió 4 de las 5 plantas controladas hasta ese momento por la empresa CEMEX. II. DESCRIPCION DE LOS MERCADOS 7. Marco Normativo. En el ámbito europeo, el hormigón, el mortero y el árido están regulados por la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados Miembros sobre los productos de construcción, cuyo objetivo es la supresión de las barreras técnicas en el sector de los productos de construcción, a fin de impulsar su libre circulación en el mercado interior. Esta Directiva fue traspuesta por el Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para la libre circulación de productos de construcción. La citada Directiva fue modificada por la Directiva 93/68/CEE del Consejo. Esta normativa recoge los requisitos esenciales aplicables a las obras que pueden influir en las características técnicas de un producto, estando establecidos en términos de objetivos, en cuanto a resistencia mecánica y estabilidad, seguridad en 13 COMISIÓN NACIONAL CA LA COMPETENCIA caso de incendio, higiene, salud y medio ambiente, seguridad en cuanto a su utilización, etc., así como la identificación de los productos que cumplen estos requisitos con la marca CE. La directiva establece la necesidad de concretar los medios para la consecución de estos objetivos establecidos como requisitos esenciales a través de documentos interpretativos, mandatos de normalización, guías del documento de idoneidad técnica europeo o el reconocimiento de otras especificaciones técnicas. Así, en el ámbito europeo, el Comité Europeo de Normalización en respuesta a estos mandatos de normalización ha desarrollado gran cantidad de normativa al respecto. Además, se debe tener en cuenta el marco jurídico horizontal para la comercialización de productos en el mercado interior establecido por el Reglamento (CE) n° 765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, por el que se establecen los requisitos de acreditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos, y la Decisión n° 768/2008/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, sobre un marco común para la comercialización de los productos. En el ámbito nacional, en el caso del hormigón y de sus productos constituyentes, con el objeto de crear un marco de unicidad técnica coherente con el establecido en la normativa técnica europea y armonizado con las disposiciones relativas a la libre circulación de productos de construcción dentro del mercado único europeo, en particular con la Directiva 89/106/CEE, se aprobó mediante Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio, la instrucción de hormigón estructural (EHE-08). A través de dicha norma se incorporan en el ámbito nacional las cuestiones que, con carácter general, han sido citadas anteriormente y que suponen la adaptación de la reglamentación a los criterios imperantes en el ámbito europeo en relación con los requisitos exigibles a los hormigones, tanto de uso estructural como no estructural, así como los requerimientos de los áridos en cuanto a componentes de estos productos. Con respecto a los áridos y a los morteros, están normalizados a través de una gran cantidad de normas europeas, entre las que podemos destacar las series EN-998, modificada en el año 2004, y EN-1015 para los morteros y las series EN-932, EN93,3 EN-1097, etc., para los áridos. 8. Mercados de producto. El sector económico afectado en el presente expediente es el que se refiere al suministro de hormigón, morteros y áridos. Tanto la Comisión Europea [M.3572 Cemex/RMC, M.231 7 Lafarge/Blue Circle, M.1779 Anglo American/Tarmac, M.1460 Lafarge/Titan y M.1030 Lafarge/ Redland] como la CNC [N- 14 COMISIÓN NACIONAL OE LA COMPETENCIA 296 Noroeste/Lafarge-Asland (Activos), N-252 Steetley Iberia/Grupo Empresas de f.], N03013 Holderfn/Cementos Hispania, N-04048 ReadyMix Asland/Hormigones Ciudad Real, C-0052/08 LAFARGE/GRUPO GLA y C-0024/08 LAFARGE/OBMH] han identificado los siguientes mercados de producto: 8.1. Hormigón: es un material de construcción, generalmente de uso estructural, derivado del cemento. Se obtiene por la mezcla de dicho producto con áridos, agua, aditivos y adiciones. En función del uso que se le vaya a dar es necesario que presente una serie de características en cuanto a resistencia física y química, consistencia, durabilidad, etc. Estas características vienen determinadas por la composición de los hormigones en cuanto al tipo de cemento, de árido, los distintos aditivos y adiciones que pueden añadirse y la proporción entre todos estos componentes, así como la cantidad de agua añadida, por lo que es necesario calcular su composición. Atendiendo a su elaboración, la Comisión Europea y la CNC han distinguido entre hormigón de obra o in situ y hormigón industrial. Dentro de este último, se ha distinguido entre hormigón preparado y hormigón seco. El hormigón in situ (también llamado de obra o tradicional) requiere de mucha mano de obra y no presenta una calidad homogénea. Este tipo de hormigón se elabora directamente en obra a partir de sus componentes y debido a sus condiciones de calidad, que no permiten su utilización en todos los elementos constructivos y su coste, su uso es muy limitado, de ahí que este tipo de mezclas sólo se utilice cuando la rapidez y calidad no son factores determinantes o cuando los volúmenes requeridos son relativamente pequeños. El hormigón de mayor venta es el hormigón industrial, en concreto, el "preparado", producto de elaboración industrial que se mezcla en las instalaciones de producción y después se traslada en hormigoneras hasta donde vaya a emplearse. Este tipo de hormigón se comercializa semi-húmedo y se compone de cemento y áridos, además del agua, los aditivos y las adiciones, que se mezclan en la central de producción de hormigón de manera muy precisa. Es un producto muy perecedero, ya que el fraguado se produce en un corto espacio de tiempo (menos de 2 horas), en ausencia determinados tipos de aditivos, por lo que la ubicación geográfica de la central donde se prepara este tipo de hormigón en relación con las obras a las que suministran tiene gran importancia. En cuanto al "hormigón seco", consiste en la mezcla de cemento, áridos y aditivos, que se prepara en planta y al que tan sólo hay que añadir agua, elaborándose conforme a composiciones específicas y calidades homogéneas. Ofrece al usuario un mayor grado de flexibilidad, puesto que reduce la necesidad de prever con antelación el momento en el que se necesitará el hormigón y las cantidades exactas necesarias, pero es un producto más costoso que los anteriores. Los suministradores de hormigón preparan el tipo de producto requerido y con la composición adecuada conforme a los requerimientos establecidos por las empresas encargadas de las obras con las que tienen contratado el suministro. En la mayor 15 COMISIÓN NACIONAL oe u COMPETENCIA parte de las ocasiones las empresas constructoras contratan el suministro de hormigón preparado y cuando así se le requiere, hormigón seco. Por otra parte, las empresas suministradoras de hormigón son muy dependientes de los proveedores de materias primas, por lo que existe en estos mercados una intensa integración vertical. Así, muchos de los proveedores de hormigón poseen canteras de extracción de áridos o empresas que suministran este producto y/o pertenecen a empresas que suministran cemento. 8.2. Morteros: es un material de construcción obtenido de la mezcla de un aglomerante (cemento y/o cal), árido y agua. Sirve, entre otros fines, para unir las piedras o ladrillos que integran las obras, así como su enlucido o revoco. Dentro de los morteros, existe la posibilidad de distinguir entre morteros en obra y morteros industriales, y dentro de estos entre mortero húmedo y mortero seco. Los morteros hechos en obra se amasan en hormigoneras de obra a partir de arena, aglomerante (cemento y/o cal) y agua, aunque en función de las propiedades que se pretendan conseguir, se pueden añadir otros aditivos específicos. Los morteros industriales son dosificados, mezclados y, en su caso, amasados en fábrica siguiendo un proceso industrial. Dentro de los morteros industriales, cabe distinguir entre los morteros húmedos, fabricados en plantas de hormigón y los morteros secos, que se dosifican y mezclan en seco en fábrica. El mortero húmedo listo para su uso en obra se obtiene tras su amasado con agua, operación que se lleva a cabo en la propia amasadora del silo. No obstante esta distinción, en los precedentes anteriores citados, tanto la Comisión Europea como la CNC han considerado que el mortero es un producto relativamente homogéneo para el que no existen claros sustitutos. 8.3. Áridos: son materiales granulares (roca machacada, grava y arena) que sirven, entre otros usos, como base en muchas aplicaciones de la construcción, ya sea para la preparación de los cimientos de edificios y obras o la producción de hormigón, mortero y asfalto. Los precedentes nacionales y comunitarios antes mencionados han considerado que todos los tipos de áridos conforman un único mercado de producto. 8.4. Los acuerdos investigados abarcarían los mercados de suministro de hormigón industrial, morteros y áridos. Dado que el hormigón "in situ" es elaborado de manera habitual por la propia empresa constructora a partir de las materias primas áridos y cemento principalmente-, suministrado por proveedores, este producto no estaría englobado en los acuerdos objeto de investigación en este expediente. No obstante, el árido utilizado en su elaboración quedaría encuadrado dentro del suministro de áridos y, por tanto, incluido en los acuerdos investigados en el presente expediente. 9. Mercados geográficos 16 COMISIÓN NACIONAL DE ,o COMPETENCIA 9.1. Hormigón: Tanto la Comisión Europea como las autoridades nacionales de competencia han considerado que la distancia máxima para el suministro de hormigón preparado desde la planta de elaboración al punto de utilización (obra pública o edificación) es limitada. Por ello, el mercado del hormigón preparado se ha definido como básicamente local, si bien en algunos casos se han señalado ámbitos superiores, entre otras consideraciones, en atención al solapamiento o superposición que podría producirse entre mercados locales con condiciones de competencia homogéneas. La autoridad española de competencia ha considerado tradicionalmente la provincia como el ámbito geográfico relevante, si bien en algunos casos ha tenido en cuenta zonas más pequeñas (radio de 20-30 Kms.) o zonas más extensas. En todo caso, la localización de las canteras donde se extrae el árido en relación con la central donde se produce el hormigón tiene gran importancia de cara al coste del producto, ya que el transporte del árido influye en gran medida en el precio del hormigón. Esta circunstancia hace que exista una cierta dependencia entre una central de hormigón y las canteras más cercanas. En el mercado que se está analizando, esta relación con los proveedores de esta materia prima, unido a que las canteras cercanas pueden pertenecer a su vez, directa o indirectamente, a empresas competidoras en el mercado del hormigón, crea una cierta interdependencia entre algunos operadores en este mercado. 9.2. Morteros: Los precedentes nacionales señalan que el mercado del mortero industrial tiene un ámbito geográfico de características similares al del hormigón, puesto que ambos son derivados del cemento, tienen una vida limitada y elevados costes de transporte. Por su parte, los precedentes comunitarios consideran que la distancia máxima para el suministro de tales productos desde la fábrica al punto de utilización (obra pública o edificación) es de aproximadamente 120 kilómetros, lo que implica que los mercados relevantes sean de carácter local o, como máximo, regional. 9.3. Áridos: Respecto de los áridos, las empresas que solicitan estos productos suelen recurrir a los suministradores más cercanos, dado que se trata de un producto que aunque barato, es muy pesado y en cuyo precio el coste de transporte es muy importante y, por lo tanto, los mercados son locales. 9.4. El mercado geográfico en el que se han desarrollado los acuerdos investigados en este expediente sancionador es el correspondiente a la Comunidad Foral de Navarra y zonas limítrofes, habiéndose advertido, de acuerdo con la información obrante en este expediente sancionador, que este mercado queda dividido a su vez en distintos submercados, que vienen determinados por el área de influencia de las canteras y las empresas de hormigón pertenecientes a las empresas participantes en el cártel. 17 COMISIÓN NACIONAL PELA COMPETENCIA Con el Pliego de Concreción de Hechos (PCH), la DI adjuntó como Anexo 1 un mapa con las centrales suministradoras de hormigón en la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con la información contenida en la Web de ANEFHOP. 10. Oferta. En la Comunidad Foral de Navarra el [...]% de cemento para la fabricación del hormigón y mortero es suministrado por CPV, según estimaciones de dicha empresa (f. 2460), siendo este producto la materia prima de mayor coste en la fabricación de hormigón y mortero. Asimismo, las empresas incoadas en este expediente son importantes operadores en el mercado del hormigón en la Comunidad Foral de Navarra que en ocasiones distribuyen su producto a través empresas controladas o participadas por éstas. Así, por ejemplo, CPV a pesar de no comercializar de manera directa dichos productos en la comunidad foral, posee participaciones en varias empresas que sí lo hacen (vid., supra HP XXX). De igual forma BERIAIN distribuye hormigón y posee participaciones en otras empresas (vid., supra HP XXX) que también distribuyen este producto. Por su parte CEMEX hasta septiembre de 2008, poseía 5 plantas de hormigón en Navarra, si bien enajenó 4 de ellas a favor de VRESA en esta fecha, quedando únicamente una planta en Tudela controlada por CEMEX. VRESA es propiedad de CPV y CETYA al [...]%. CPV, BERIAIN, VRESA, CTH y CETYA poseen directamente o a través de filiales, canteras en la zona con el objetivo, entre otros, de abastecer su propia demanda de producto para la fabricación del hormigón, así como el suministro de este producto a obras de ingeniería civil y de edificación. No obstante, en ocasiones la mayor cercanía de canteras de la competencia hace que las centrales de hormigón se suministren de canteras que pertenecen a terceros competidores. Así, hay centrales concretas como las 4 plantas pertenecientes a la empresa CEMEX antes de su venta a VRESA en septiembre de 2008, que dependen del suministro externo de áridos, y determinadas plantas de hormigón pertenecientes al denunciante se han suministrado de canteras de la competencia de manera habitual para evitar el alto coste del transporte de los áridos desde sus centros de producción. De igual forma, CTH, CPV, CETYA y BERIAIN comercializan áridos y mortero en la Comunidad Foral de Navarra, bien de manera directa o a través de empresas controladas por estas empresas. Debido a la dependencia de los productos analizados -áridos, hormigón y mortero-, del sector de la construcción, en los últimos años ha habido un retroceso en su producción a nivel nacional. 18 CNC C \ COMISIÓN NACIONAL DE u CX)MPETENCIA En el campo de la edificación en 2009, el número de viviendas nuevas visadas cayó un 52,6%, lo que supuso un decrecimiento en los dos últimos arios del 72,7% (f. 2526 a 2529). Según los datos publicados por la Asociación Nacional Española Fabricantes de Hormigón Preparado (ANEFHOP) recogidos por diversos medios de comunicación (f. 2530 a 2532), la producción nacional de hormigón del ario 2009 fue de 48 millones de metros cúbicos, con una facturación global de 2.800 millones de euros. Esto supuso una reducción global de casi un 29% respecto del año anterior, si bien Navarra estuvo entre las comunidades en las que se produjo una menor reducción. La producción en esta comunidad Autónoma fue de 0,92 millones de metros cúbicos. 11. La demanda de hormigón, mortero y áridos proviene fundamentalmente de las obras de edificación o de obra civil. Este tipo de empresas tienen dos tipos de clientes. Clientes ocasionales que van a comprar pequeñas cantidades a la fábrica. Grandes clientes, que suelen participar en licitaciones públicas o privadas y contratan el suministro de estos productos con las empresas de los sectores mencionados a través de subcontratos. Los clientes ocasionales suelen tener necesidades concretas de producto que normalmente suelen surgirles en una determinada ocasión y para pequeñas cantidades. Suelen acudir a la empresa más cercana. Este tipo de clientes suponen un porcentaje muy pequeño de las ventas de las empresas de este sector. Los grandes clientes suelen ser empresas constructoras que, bien porque participan en licitaciones para la realización de obras que las propias Administraciones Públicas suelen sacar a concurso o debido a la ejecución de obras propias, contratan el suministro del hormigón, el árido y el mortero a estas empresas. En cuanto a la demanda de áridos, además de la generada de manera directa por las empresas constructoras, proviene en gran medida de los propios fabricantes de hormigón y mortero, además de los fabricantes de asfaltos y mezclas bituminosas. También los áridos se emplean para fabricar otros productos no relacionados directamente con la construcción, como vidrios, filtros, industria química, siderurgia y metalurgia, etc. Ha de indicarse no obstante que según datos de la Asociación Nacional de Empresarios Fabricantes de Áridos (ANEFA), en 2009, aproximadamente el 84% del árido se destinó a construcción (folio 2258). Según el mismo estudio, el consumo total de áridos a nivel nacional, en el ario 2009, ha sido de unos 279 millones de toneladas, desglosado en 235 millones de toneladas de áridos para la construcción y 44 millones de toneladas de áridos para aplicaciones industriales, tales como cementos, vidrios, cargas, filtros, industria química, siderurgia y 19 ( CNC COMISIÓN NACIONAL pe u COMPETENCIA metalurgia, etc. El consumo de áridos para la construcción en 2009 en Navarra fue de 6 millones de toneladas de árido, siendo una de las comunidades autónomas con menor retracción del consumo. III. HECHOS PROBADOS Conforme al contenido de la Propuesta de Resolución de la Dirección de Investigación, y al resultado de la prueba practicada en fase de resolución, el Consejo considera probados y relevantes para la resolución del presente expediente sancionador los hechos siguientes: ORIGEN DE LA DOCUMENTACIÓN INFRACCIÓN IMPUTADA: ACREDITATIVA DE LA 12. Junto con la denuncia presentada en la CNC el 26 de agosto de 2009, la empresa denunciante (CTH) adjuntó como anexos la transcripción de seis grabaciones de audio de conversaciones telefónicas y de reuniones en las que participan las empresas denunciante y denunciadas, identificadas con los números: 12.1. La grabación n° S0051 contiene la conversación telefónica mantenida el día 5 de junio de 2008 entre un directivo de CPV ([...], Director de la División de Hormigón para la Zona Norte de CPV) y otro de CTH ([...], Director General de CTH). Folios 25-32, T I. 12.2. La grabación n° S0057 contiene la reunión celebrada el 6 de junio de 2008 en la sede de CPV, a la que asistieron representantes de esta empresa ([...]), CEMEX ([...], Gerente de Hormigón de la Zona Norte de Hormicemex SA), BERIAIN ([...], Director General —Gerente- de Beriain), CETYA ([...], Director General de Cetya) y CTH ([...]), así como un abogado ([...]) contratado como coordinador del cártel (f. 33-74, T I). 12.3. La grabación n° A0002 recoge la conversación telefónica mantenida el 12 de junio de 2008 entre un representante de CEMEX ([...], Director General de Hormigón y Materiales de Cemex) y otro de CTH ([...], Presidente de CTH). Folios 75-84, T I. 12.4. La grabación n° A0003 contiene la reunión celebrada el 12 de junio de 2008 en las oficinas de la planta de Hormigones Arga (subsidiaria de BERIAIN) a la que asisten representantes de BERIAIN ([...]), CPV ([...]), CETYA ([...]), CTH ([...]) y el abogado ([...]) coordinador (f. 85-154, T I). 20 COMISIÓN NACIONAL oe La COMPETENCIA 12.5. La grabación n° A0005 contiene la conversación telefónica mantenida el día 13 de junio de 2008 entre un representante de CPV ([...1) y otro de CTH ([...]). Folios 155-167, T I. 12.6. La grabación n° A0009 contiene conversación telefónica mantenida el 13 de junio de 2008 entre representante de BERIAIN ([...]) y CTH ([...]). Folios 168181, T I. 13. En la denuncia (f. 14) se afirma ponerse a disposición de la CNC el soporte informático de dichas grabaciones, y en el folio 21 se dice que se adjuntan las grabaciones cuyas trascripciones se anexan a la denuncia. Además, en el anexo 10 de la denuncia (f. 231, T I) figura escrito de fecha 5 de agosto de 2009 firmado por un representante de la empresa "Seguimiento Integral de Medios SL", en el que se dice certificar que "las transcripciones de los documentos con los nombre "S0051", "00057", "A0002", "A0003", "A0005" y "A0009" transcriben literalmente las conversaciones recogidas en las grabaciones del mismo nombre". 14. En la denuncia (f. 10, T I) se hace referencía a una reunión celebrada el 1 de julio de 2008 en la sede de CPV, a la que habrían asistido representantes de CPV ([...]), BERIAIN ([...]), CETYA ([...]), CEMEX ([...]) y CTH ([...]). La transcripción de la grabación de esta reunión fue entregada por el denunciante como anexo a su escrito con fecha de entrada en la CNC el 24 de septiembre de 2009 (f. 644 y ss., T III), y figura incorporada al expediente en los folios 653 a 672 (T III). La grabación de esta reunión de 1 de julio de 2008 fue entregada por CTH adjunta a su escrito de entrada en la CNC con fecha 8 de octubre de 2009 (f. 812 a 815, T IV). 15. El 22 de septiembre de 2009, la CNC llevó a cabo inspecciones simultáneas en las sedes de CPV (en Madrid y Pamplona), CETYA, BERIAIN, CEMEX ESPAÑA, S.A. (en adelante, CEMEX), CEMEX TRADING EUROPE, S.A. y de HOLCIM ESPAÑA S.A. 16. El 15 de diciembre de 2009, la DI acordó la incoación de este expediente sancionador con el núm. S/0179/09, contra CETYA, CPV, BERIAIN, HORMIGONES VRE SA (VRESA) y CEMEX. 17. Mediante dos Diligencias del Secretario de Instrucción de igual fecha (15/12/2009) que el acuerdo de instrucción (15 de diciembre de 2009), se hace constar que el folio 673 (T III) se corresponde con una unidad de memoria, que contiene las grabaciones señaladas en el (HP 13), y que el folio 821 (T IV) se corresponde con otra unidad de memoria, que contiene la grabación referenciada en el HP 14. 21 COMISION NACIONAL De LA COMPETENCIA 18. En el folio 673 Bis (T III) figura "Nota del Instructor" con el contenido que sigue: "Las transcripciones de las grabaciones DW S0051.wav, DW S0057.wav, DW A0002.wav, DW A0003.wav, DW A0005.wav, DW AOU09.w av y DW A0011.wma, han sido analizadas y comparadas con los archivos de audio correspondientes, habiéndose comprobado la coincidencia entre ambas. Asimismo se ha comprobado que la marca "(XX" de las transcripciones corresponde a partes de las grabaciones donde se hace difícil o imposible el entendimiento de la conversación debido a ruido de fondo u otros factores." INICIO DE LA INFRACCIÓN IMPUTADA, EMPRESAS PARTICIPANTES Y FUNCIONAMIENTO: 19. Según la información aportada por el denunciante y la recabada en las inspecciones realizadas en las sedes de CPV, CETYA, BERIAIN y CEMEX, el inicio de la infracción que se imputa en este expediente se produce en un momento en el que los precios del árido, el mortero, pero en particular del hormigón, registran una tendencia descendente en los mercados en general, y en particular, en relación con este mercado geográfico, con precios de 40 €/m 3 en el mercado del hormigón (Versión censurada del correo electrónico interno de CPV de 7 de mayo de 2008, con asunto "RE: PRECIOS RIBERA DE NAVARRA", recabado en la inspección de CPV, f. 2486). 20. Ante dicha situación, en junio de 2008, las empresas imputadas adoptan varios acuerdos de fijación de precios y reparto de mercados, sucediéndose a partir de dicho momento contactos entre las empresas responsables. 21. El papel (y la responsabilidad) de las distintas empresas no fue uniforme en cuanto a la adopción de los acuerdos acreditados, ya que éstos, en principio, se adoptaron en las reuniones de 2 y 3 de junio de 2008 por directivos de máximo nivel de CPV, CETYA y BERIAIN (Ver infra HP 31). 22. En cuanto a CEMEX, que no participó en dichas reuniones, en junio de 2008 tenía planeado la desinversión de 4 de sus 5 plantas de hormigón en la Comunidad Foral de Navarra, quedándose únicamente con la planta ubicada en Tudela y, por otra parte, esta empresa no comercializa mortero ni árido en dicho territorio. 22.1. No obstante, CEMEX ha participado en los acuerdos adoptados, una vez se le "invitó" por las tres empresas originarias del cártel a unirse, participando en las reuniones operativas que se celebraron posteriormente, así como en los diferentes contactos que hubo entre las empresas imputadas, quedado constancia en este expediente de las obras asignadas a esta empresa de acuerdo con el reparto fijado por ellas (Ver infra HP 35). 22 L r.""''' CNC COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCLA 22.2. CEMEX estuvo representado en las reuniones operativas a través del gerente de HORMICEMEX SA (HORMICEMEX), filial de CEMEX, constando en el expediente contactos con el Director General de Hormigón y Materiales de CEMEX, que acreditan el control de la presencia de dicho directivo de HORMICEMEX en las citadas reuniones y su conocimiento y aceptación de los acuerdos por parte de CEMEX. (HP 36) 23. Igualmente ha quedado acreditada la asignación posterior de obras de acuerdo con lo establecido por las empresas imputadas a VRESA, la empresa en participación de CPV y CETYA que adquirió el control de las centrales de hormigón de CEMEX en septiembre de 2008, y aunque no se tiene constancia de su participación en las reuniones acreditadas en este expediente, sí que ha quedado acreditado que una vez tomó el control de las centrales enajenadas por CEMEX en septiembre de 2008, adquirió el cupo de obras asignado a esta empresa, y asimismo se tiene constancia de su participación en el reparto de otras zonas u obras. (HP infra xxx) 24. En cuanto a CTH (el denunciante), está acreditada su presencia en las reuniones de 6 de junio (en la sede de CPV) y la de 12 de junio de 2008 (en la sede de Hortnigones Arga, subsidiaria de BERIAIN), a las que también asistieron CEMEX, BERIAIN, CETYA y el abogado coordinador. 24.1. En la transcripción de la grabación de la reunión celebrada en la sede de Hormigones Arga el 12 de junio de 2008, se afirma lo siguiente (f. 90, 92 y 93): "CETYA.- [en relación con la necesidad de buscar un lugar discreto para las reuniones]..., yo me pliego a todas con tal de que sean discretas. No tengo... La tercera que nos queda, vosotros, Horpasa, ¿estáis dentro o fuera?. CTH.- Horpasa quiere, [Presidente de CTH] quiere más información, a ver hasta dónde llegamos ... CETYA.- La información está toda. CTH.- Y que en la siguiente reunión quiere venir él. [-..] CETYA.- Ya, pero vamos. Hay una cosa en la que yo también lo transmito directamente, es decir, no hablamos de obras sin saber si se está dentro o fuera" [...] CETYA.- La tercera pata que yo le preguntaba a [Director General de CTH] si Horpasa estaba dentro o fiera dice que él quiere escuchar y que en la siguiente reunión, creo que has dicho... CTH.- Sí, sí. CETYA.- No sé si has dicho en la siguiente o en la próxima CTH.- En otra reunión que quiere venir [Presidente de CTH]. CETYA.- Yo le he dicho que lógicamente hasta las obras, es decir lo que es el acuerdo, perfecto pero cuando estemos en obras, si llegamos a ese punto, que no 23 C:C COMISIÓN NACIONAL off u COMPETENCIA sé si vamos a ser capaces, me parece que precisamente hay que definir que se está dentro". Como se analizará con más detalle en apartados siguientes (HP 87 y ss.), en las tablas utilizadas para el control de las obras adjudicadas por las empresas imputadas se diferencian los m 3 realizados por la filial de CTH, que no aparecen sumados en el "total adjudicado". 24.2. El denunciante igualmente mantuvo contactos bilaterales con la mayoría de las empresas imputadas: El día 5 de junio de 2008 el Director General de CTH conversó telefónicamente con el Director de la División de Hormigón para la Zona Norte de CPV sobre el contenido de lo acordado en las reuniones previas del 2 y 3 de junio en el Hotel Tres Reyes de Pamplona, manifestando al respecto el representante de CTH: "No, yo todo esto, como comprenderás, lo tengo que transmitir al presidente (...), pero yo le diré: nos han dado esto, y esto es lo que han decidido ellos y esto es lo que hay. A ver lo que me dice" (f. 30); "A mi me parece un atropello total. Pero bueno, yo lo voy a transmitir (...) y con lo que sea yo te diré algo..."; "Que sí, yo a la hora de transmitirlo me quito toda la sangre que quieras (....), es un tema también de sentido común (...) y de dignidad... Deciden otros señores, no te dicen nada y de repente te dicen tú vas a hacer tanto (...) es que no lo entiendo..." (f. 32). El día 12 de junio el Presidente de CTH conversó telefónicamente con el Director General de Hormigón y Materiales de CEMEX sobre las reuniones anteriores (de 2, 3 y 6 de junio) y sobre la que se iba a celebrar ese día en la sede de Hormigones Arga (BERIAIN), planteando el representante de CTH a su interlocutor la necesidad de hacer "alguna estrategia común" (f. 77 y 83), pues entiende que las demás empresas participantes en los acuerdos han robado a CEMEX "la mitad del mercado y a mí [CTH] también, pero encima no cuentan con nosotros para repartirse el pastel..." (f. 78), pese a lo cual manifiesta su voluntad de asistir a la citada reunión "(...)para que alguien nos dé una explicación" (f. 81). El día 13 de junio el Presidente de CTH mantuvo una conversación telefónica con el Director de la División de Hormigón para la Zona Norte de CPV sobre el contenido de lo acordado y lo que se ofrecía a CTH, manifestando su representante que los acuerdos se tendrían que haber hecho de otra forma"(...) llamando a todos, ¿comprendes? Y decir oye, queremos hacer esto, esto, y luego unos aceptaremos o no aceptaremos (...) Pero no, esto es lo que tomas porque, claro, yo el problema que veo, o sea, aquí estos porcentajes no son negociables, por lo que se ve...." (f. 163). El mismo día 13 de junio el Presidente de CTH mantiene otra conversación telefónica con el Director General —Gerente de BERIAIN sobre el contenido de los 24 C NACIONAL oe LA COMPETENCIA COMISION acuerdos y la forma de controlar su aplicación, y en la que CTH manifiesta su desacuerdo con los porcentajes que se le adjudican: "Es que... Y con el [..1% del hormigón (..) porque quiénes son los de Cetya para tener más que yo..." (f. 176). 24.3. Además, el denunciante, con anterioridad a la presentación de la denuncia en la CNC en agosto de 2009, realizó diversas actuaciones públicas en las que afirma existir una anómala situación competitiva en los mercados objeto de este expediente:
  1. a)Publicación en prensa de diversos artículos en septiembre de 2008. noviembre de 2008 y enero de 2009 (folios 184 a 188).
  2. b)Envío de cartas al Consejero de Innovación, Empresa y Empleo de la Comunidad Foral de Navarra en octubre y noviembre de 2008 (folios 189 a 191).
  3. c)Envío de cartas al Presidente de la Confederación de Empresarios de Navarra (CEN) en octubre, noviembre y diciembre de 2008 y en enero y febrero de 2009 (folios 192 a 197).
  4. d)Envío de cartas al Presidente de la Cámara de Navarra en octubre y noviembre de 2008 (folios 200 a 203).
  5. e)Envío de cartas al Presidente y Vicepresidenta de CPV en septiembre y octubre de 2008 y marzo de 2009 (folios 204 a 215).
  6. f)Mantenimiento de una reunión con el presidente de CPV el 4 de marzo de 2009 según consta en la carta dirigida a éste, remitida por el denunciante el 7 de marzo de 2009 (folios 211 y 212). Envío de cartas al Presidente de la Asociación Nacional Española de Fabricantes de Hormigón Preparado (ANEFHOP) en marzo de 2009 (folio 227). 25. Como ya se ha señalado, al menos a dos de las reuniones operativas del cártel, también asistió un abogado externo que actuaría en estas reuniones como coordinador y con el objetivo de controlar el cumplimiento de los acuerdos, aunque su presencia fue discutida en varias ocasiones por CEMEX. Así queda acreditado, por ejemplo, por la conversación telefónica entre el presidente de CTH y el Director General de Hormigón y Materiales de CEMEX el 12 de junio de 2008, en la que esta última empresa se negaba a la existencia a las reuniones de una persona ajena a los acuerdos para controlar su aplicación (f. 77 y 78): 25 COMISIÓN NACIONAL De LA COMPETENCIA "CEMEX- porque en estas situaciones tú te tienes que fiar del proveedor que sea equitativo y que diga las cosas como son. Pues aquí, como nadie se fia de nadie, ni siquiera del proveedor, pues entre [Presidente de CETYA] y [Dir. General de H.BERIAIN] han decidido que la única forma de que esto funcione es meter un tercero en el juego. Nosotros a eso, yo se lo dije a [Dir. General de CPV para España], nos negamos en rotundo. CTH.- Ya. CEMEX- En rotundo... CTH.- Ya, pero ellos parece... Si, sí, dime... Que parece ser que han nombrado a un tal [nombre del abogado]. CEMEX- Pues no me dijo ni nombre ni nada. Dijo que ésa era una idea que había surgido de los otros dos señores, que ellos pensaban que la única forma de solucionar, de que esto funcionase es con un árbitro. CTH. - Claro, han nombrado a éste de árbitro. Pero éste ya te habrá dicho [Gerente de Hormigón de la Zona Norte de HORMICÉMEX] que ése ha estado en la reunión. CEMEX- Ah, no, no me dijo nada [Gerente de Hormigón de la Zona Norte de HORMICÉMEXJ. Ni me dijo nada [Dir. General de CPV para España]. ¿Estuvo en la reunión? [• .] CEMEX:- Vale, tengo que hablar con [Gerente de Hormigón de la Zona Norte de HORMICEMEX] urgentemente para que no vaya a esa reunión si es que está invitado". Por tanto queda acreditado que CEMEX no estaba dispuesto a participar en las reuniones en las que estuviese el abogado, y así el Director General de Hormigón y Materiales de CEMEX ordenó al Gerente de Hormigón de la Zona Norte de HORMICÉMEX que no asistiera a la reunión prevista para ese mismo día, tal y como de hecho, sucede, constando en el expediente que por parte de CEMEX no asiste directivo alguno a la reunión que finalmente se celebró el 12 de junio de 2008, siendo ésta también la última reunión a la que asiste el abogado externo. De hecho, al margen de estas dos reuniones operativas del cártel en las que consta su asistencia, no existe constancia en la información obrante en este expediente sancionador de que finalmente este abogado externo tuviese algún papel en el funcionamiento del cártel con posterioridad a su asistencia a las reuniones de 6 y 12 de junio de 2008. 26. A las reuniones acreditadas en este expediente sancionador asistían los máximos representantes de las empresas participantes en los acuerdos, a nivel de Director General o Presidente de dichas empresas, o bien, en aquellas calificadas por las propias empresas como "operativas", directivos de menor nivel de algunas de estas empresas —como es el caso de las empresas CPV y CETYA-, como se deduce del siguiente fragmento de la conversación telefónica mantenida el 12 de junio de 2008 26 (41j:C COMISIÓN NACIONAL rae 1, COMPETENCIA entre el Director General de Hormigón y Materiales de CEMEX y el Presidente de CTH (f. 77): "CEMEX. Yo desde luego no porque estoy en Madrid y mañana estoy en Barcelona. [Directivo de CEMEX] no creo porque no me ha dicho nada. Lo que no sé si han invitado a Clemente o no. Eso ya no lo sé, no sé a qué nivel es esta reunión, si es a nivel [Dir. General CPV para España] y [Presidente de CETYA] o si es más una reunión operativa, no tengo ni idea. CTH.- No, no. Yo creo que es una reunión operativa porque seguro que [Gerente de Hormigón de la Zona Norte de HORMICEMEXJ, vuestro jefe de ventas, va a ir, ¿no?". 27. El lugar de celebración de las reuniones operativas del cártel fue discutido por las empresas participantes, con objeto de que las citadas reuniones no llamasen la atención, así como no dejar ningún tipo de prueba o evidencia de dichas reuniones, de acuerdo con la información obrante en este expediente : "CETYA.- y yo ante eso quería exponeros algo que es plenamente procedente, que no voy a tener razón, este sitio es absolutamente indiscreto. H. BERIAIN - Indiscreto. CTH.- ¿Este sitio qué? ¿Arga? CETYA.- Arga y cualquier planta porque pasa muchísima gente. CETYA.- y que proponía que buscásemos una sala desierta o en el contrario de los menos indiscretos de las plantas o de las oficinas, hablo de plantas por... y si no buscar un lugar que podría ser el de [abogado presente], si continúa, el despacho. ¿Tienes sitio, no? Abogado.- Sí... CTH.- ¿En el despacho de...? CETYA.- Sí, un sitio vamos. CTH.- ¿De [abogado externol? CETYA.- Tan bueno o tan malo. H.BERIAIN- Mejor que este, sí, estoy de acuerdo con [Dir. General de CETYA], que es mejor, al menos mejor que este. CETYA.- O sea, es menos indiscreto. H.BERIAI1V.- Pero hay cosas que no puedes dejar huella porque si no lo bueno sería que, terminada la reunión, y te mandásemos un correo electrónico. CETYA.- Eso no, eso ni hablar. H.BERIAIN- Eso no vamos a hacer". 28. En términos generales, son evidente las precaucibnes tomadas por las empresas imputadas para evitar cualquier posible investigación por parte de las autoridades de competencia y de ahí, la preocupación manifestada de forma reiterada por 27 COMISION NACIONAL off LA COMPETENCIA alguna de estas empresas en relación con el lugar de la reunión y que las reuniones no despertaran sospechas: Así resulta de la transcripción de la conversación telefónica mantenida entre CPV y CTH el 13 de junio de 2008 (f. 174). "CTH.- Incluso hablabais de que las reuniones, porque la reunión que tuvo [directivo de CTH], parece que estabais preocupados un poco porque los sitios de reunión, para que fuese más discreto. H.BERIAIN- Eso es, si hablaban un poco del tema de hacerlas incluso todas en Cementos... CTH.- Claro. H.BERIAIN.- por ser un poco el suministrador de todos y que tampoco pudiesen decir nada por el tema del Tribunal de la Competencia y todo ese tipo de cosas. CTH. - Sí, claro. Ya, ya, ya. H.BERIAIN.- No sé, eso, se pueden reunir aquí o en otro sitio, no lo sé. CTH.- En Cementos [por CPV] es más disimulado, sí". Y de la transcripción de grabación de la reunión celebrada el 12 de junio (f. 88 y 89): "CPV.- Ponen [CEMEX] la línea ahí... [en la presencia del abogado en las reuniones] Y además la experiencia. Eso viene de una experiencia CTH. - ¿Y eso por qué es? ¿ en qué zona? ¿Por tema de competencia..? BERIAIN. - Por tema de la competencia, por miedo, por lo que sea. CETYA.- Y que no se le pueda acusar de compartir una mesa de... Por parte de un tercero, es decir, de lo cual es una estupidez porque dada la nueva [la Ley 15/2007]..., la anterior legislación española [la Ley 16/1989] era una, la actual es otra, y basta con que un señor vaya a esto, queda exonerado y todos los demás culpables de todo. BERIAIN.- Cualquiera de los que estamos aquí si denunciamos el que denuncia está (XXX) Así que... CETYA.- Eso ha cambiado... CPV.- Lo que pasa es que Cemex tiene una experiencia en Cantabria, que es la más reciente, donde también ha salido desorbitado ese tema, claro. [Resolución de 22 de julio de 2009, expediente 648/08, Hormigones Cántabros] CPV.- Pero en Vitoria también la experiencia fue mala, es decir, que estuvimos quietos durante una temporada. BERIAIN- Nos libramos de causalidad, en Vitoria, pero bueno que... CETYA.- Ya, por eso yo creo que es mejor... [...] CETYA.- Y yo ante eso quería exponeros algo que es plenamente procedente, que no voy a tener razón, este sitio es absolutamente indiscreto [instalaciones de Arga] .". 28 COMISIÓN NACIONAL IDE COMPETENCIA 29. Así, al menos durante los meses de junio a octubre de 2008, directivos de alto nivel de CPV, CETYA, CEMEX y BERIAIN mantuvieron reuniones y conversaciones bilaterales en relación con los acuerdos adoptados relativos a los mercados de hormigón, morteros y áridos en la Comunidad Foral de Navarra y zonas limítrofes. Estas reuniones se llevaron a cabo en distintas ubicaciones, las primeras de ellas, de alto nivel, en el hotel Tres Reyes, si bien las siguientes se celebraron en la sede de las propias empresas imputadas —generalmente, en CPV- o en empresas en las que los directivos participantes en el cártel también ostentaban cargos directivos -como Hormigones Arga SA-. 30. La existencia de reuniones posteriores a las que asistió el denunciante consta acreditada con la información recabada en las inspecciones, si bien ésta no es tan explícita como la aportada por las transcripciones de las reuniones anteriores por las cautelas ya señaladas adoptadas por las empresas del cártel (f. 107 y s., transcripción de la grabación de la reunión celebrada en la sede de Hormigones Arga el 12 de junio de 2008: "BERIAIN.- Es lo mismo. La idea sería reuniones todos en Portland, por ejemplo, o si compramos una oficina o lo que sea, no se sabe dónde, ¿eh?. Y luego salir de la reunión quien sea y tú y yo e ir a contarle a [abogado] ". [...] BERIAIN- Pero hay cosas que no puedes dejar huella porque si no lo bueno sería que, terminada la reunión, y te mandásemos un correo electrónico.. CETYA.- Eso no, eso ni hablar. BERIAIN.- Eso no vamos a hacer CETYA.- Ni hablar, ni hablar. Y el telefono lo menos posible, No digo que esto... pero si lo podemos evitar evitémoslo." 31. El origen de la infracción imputada se sitúa en la reunión celebrada el 2 de junio de 2008, a la que asisten el Director General para España de CPV y el Presidente de CETYA, en el hotel Tres Reyes de Pamplona y en la celebrada el día siguiente, a la que se incorpora el Director General y Gerente de BERIAIN. Durante estas reuniones, las citadas empresas adoptan los principales términos de los acuerdos objeto de investigación en este expediente, tales como la fijación de los precios del hormigón, el árido y el mortero y el reparto del mercado en zonas en función de las "cuotas" asignadas a cada empresa participante. Así se confirmó posteriormente por el propio Director General de BERIAIN en la conversación telefónica mantenida con el Presidente de CTH, en la que le comenta la llamada recibida de CPV para unirse a la reunión que tenía con el Presidente de CETYA y su participación en dicha reunión al día siguiente en el citado hotel (f. 169, 170, 176) : 29 C NACIONAL ce u COMPETENCIA COMISION "CTH.- Sí, y entonces ¿cuáles son las razones? Porque, claro, a mí lo que me han dicho es que os habéis reunido en Cementos [por CPV] tú, [el Presidente de CETYA]... y... H.BERIAIN- Si, la última vez, la última vez, los que estuvimos, los únicos que estuvimos es [Dir. General de H.BERIAIN]... CTH.- Sí. H.BERIAIN.- [Presidente de CETYA] y yo. CTH.- ¿Habéis estado en Cementos [por CPV]? H.BERIAIN- Si, bueno. A ver, yo creo que habían estado en víspera los dos... CTH.- Los dos, sí. H.BERIAI1V.- Porque me llamó, tal que un día a las seis de la tarde, a las siete de la tarde oye, dónde estás porque estoy por [Presidente de CETYA] aquí, no sé qué, a ver si arreglamos y taL CTH.- Ya. H.BERIAIN.- Y oye, pues ahora imposible, pero mañana a las nueve estoy si quieres. Bueno, pues vente aquí a los Tres Reyes. CTH.- Ya. H.BERIAIN.- Y estaba él allí y, bueno, me imagino que era continuar la conversación que, en principio, habían tenido los dos solos, pienso yo". 32. También el Director General de Hormigón y Materiales de CEMEX era conocedor de estas reuniones, como evidencia la conversación que tuvo éste con el Presidente de CTH el 12 de junio de 2008 (folio 76) : "CTH.- O sea, que la realidad es que se reunieron en Cementos [por CPV] con [Presidente de CETYA] de Cetya y con [Dir. General de CPV España], digo, y con [Dir. General de H.BERIAIN] CEMEX- Sí, con [Presidente de CETYA] y con [Dir. General de H.BERIAIN] ". 33. El contenido de estas reuniones de 2 y 3 de junio de 2008 queda reflejado en la conversación telefónica mantenida el 12 de junio de 2008 entre el Director General de Hormigón y Materiales de CEMEX y el Presidente de CTH, informando el primero de la conversación que tuvo con el Director General de CPV para España, en el que éste le confirmó la reunión celebrada con CETYA y BERIAIN, así como el contenido del acuerdo alcanzado por estas tres empresas —CPV, CETYA y BERIAIN- y la postura de CEMEX al respecto, reclamando su participación en el cártel (f. 76): "CEMEX- Te tenía que llamar. Siento no habértelo hecho ayer porque yo hablé... A ver, hoy, ¿a qué día estamos? A jueves. Yo hablé el martes, me parece, por la tarde con [Dir. General de CPV para España]. Estaba él en Italia, estaba de viaje, con lo cual, tampoco hablé mucho... CTH.- Sí. CEMEX- Pero me confirmó lo que me habías dicho tú, que él había aprovechado un viaje que había hecho a Navarra, o al País Vasco, y había 30 C, ( CNC COMISIÓN NACIONAL oe LA COMPETENCIA pasado por Pamplonay había llamado pues a los dos ínclitos para sentarlos y ver si se podía llegar a alguna solución ... CTH.- A [Presidente de CETYA]. CEMEX.- y entre ellos llegaron a esos números que tú me comentaste el otro día. Pero, oye, no has contado con el resto de nosotros. No, ya lo sé, es verdad, pero yo ya no veía otra solución para salir de este escollo... Yo me he quitado un punto, te he quitado un punto a ti y le quito un punto a [Presidente de CTH] ". 34. Posteriormente a estas reuniones del 2 y 3 de junio de 2008, se celebraron reuniones operativas entre directivos de las empresas imputadas —de menor nivel en el supuesto de CETYA y CPV- en las que se planteaban determinados aspectos relacionados con la ejecución de lo acordado como el reparto de las obras concretas dentro de las zonas señaladas en función de las cuotas establecidas anteriormente entre las empresas del cártel. 35. Así, han quedado también acreditadas: 35.1. Una reunión o contacto el 4 de junio de 2008 entre, al menos, CTH y CPV y entre CPV y CEMEX (Trascripción de la conversación telefónica del día 5 de junio de 2008 entre el Director de la División de Hormigón para la Zona Norte de CPV y el Director General de CTH, f. 27): "CPV.- Oye [refiriéndose al Dir. Gral. de CTH]... y lo hablé ayer contigo..." [.. CPV.- vamos a ver, en el hormigón te digo. Se quiere presupuestar a 70 para bajar, para bajar 10 euros, para todo lo que entra nuevo. Y luego te comento para las obras que están en estos momentos..." [...] CPV.- ..., en la reunión que tuvimos a las 12... CTH.- Y en esa reunión estaba Cemex CPV.- Estaba Cemmex, sí, sí...." 35.2. Y una reunión el 6 de junio de 2008 en la sede de CPV a la que asistieron directivos de CETYA, CPV, CEMEX, BERIAIN y CTH, así como un abogado que fue inicialmente contratado como coordinador. En representación de CEMEX asistió a estas reuniones el Gerente Zona Norte HORMICEMEX si bien queda acreditado por la conversación mantenida el 12 de junio de 2008 entre el presidente de CTH y el Director General de Hormigón y Materiales de CEMEX, que este directivo de HORMICEMEX estaba a las órdenes directas de CEMEX, que tenía potestad para enviarle o no a la reunión (HP 25). En esta reunión de 6 de junio de 2008 se trataron, entre otros temas, los términos de los acuerdos de precios de hormigón, mortero y áridos, así como determinados aspectos del reparto de mercado (transcripción de la grabación aportada por el denunciante, f. 34 y 55): "CTH.- Vamos a ver. Por centrar un poco de lo que estamos hablando. A mí me comenta [Dir. Div. Hormigón Zona Norte de CPV] que como Cementos 31 COMISIÓN NACIONAL OE Id COMPETENCIA Pórtland se ha provocado una reunión, o que se ha hecho una reunión entre Cetya; Hormigones Beriáin, con [Dir. General de H.BERIAIN] y con [Presidente de CETYA] ... Que han llegado a un acuerdo para el mercado del, tanto del árido, como del hormigón, como del mortero, en unas proporciones, que si son las que él me ha dicho, que serán ésas, que son. "CETYA.- Repítelas por favor y así nos enteramos todos vamos.... [...] H.BERIAIN.- Cada uno salimos con una interpretación distinta. Se quedó que esas obras no iban a contar. CETYA.- [Dir. General de H.BERIAIN], yo creo, yo te voy a decir una cosa, yo creo que tenéis que volver a hacer una reunión los que tuvisteis la reunión, y lo digo de verdad. CTH.- ¿Quién dices? CETYA.- Los tres primeros para que se pongan de acuerdo en lo que dijeron. HORMICEMEX [CEMEX].- O venir y contarnos los tres la versión". 36. Ha quedado acreditado que a la reunión celebrada el 12 de junio de 2008 en las oficinas de la planta de HORMIGONES ARGA SA asistieron directivos de BERIAIN, CPV, CETYA y CTH. CEMEX decidió no asistir a esta reunión, como se indica expresamente en la conversación mantenida ese mismo día por el Director General de Hormigón y Materiales de CEMEX y el Presidente de CTH, a causa de la presencia en la misma de un abogado con funciones de coordinador de los acuerdos anticompetitivo. Trascripción de la grabación de la conversación telefónica celebrada el día 12 de junio de 2008 entre el Director General de Hormigón y Materiales de CEMEX y el Presidente de CTH, f. 78): "Dir. General de Hormigón y Materiales de CEMEX y Administrador único de HOMCEMEX SA.- Vale, tengo que hablar con [Gerente Zona Norte HORMICEMEX] urgentemente para que no vaya a esa reunión si es que está invitado". Trascripción de la grabación de la reunión celebrada el 12 de junio de 2008 (f. 86 a 88): "BERIAI1V.- Nos ha llamado hoy mismo [Gerente de Hormigón de la Zona Norte de Horrnicemex SA] ya sabes que estos están (XXX) que Cemex (XXX) y nos pone un problema para continuar con estas reuniones. (...), nos ha dicho concretamente que si hay una persona ajena... " [...] BERIAIN- O sea, sí, por [el] árbitro, sí. O sea, que no quiere coordinadores ni árbitros ... A mi si lo pone como condición sine qua non y me dan a elegir, desde luego prefiero que venga él a que tú [el abogado externo] ... 32 COMISIÓN NACIONAL De Id COMPETENCIA [...] CETYA.- (...) Él me ha dicho que él está en el acuerdo, lo único que en su casa le impiden sentarse. CETYA. - Él está dispuesto a ser controlado" 37. En esta reunión de 12 de junio de 2008 se trataron, entre otros temas, los límites de los acuerdos y los sistemas de control y se concretó el reparto de obras tal y como consta en la transcripción de la mencionada reunión aportada por el denunciante. 38. También se ha acreditado la existencia de otras reuniones posteriores a las celebradas entre junio y julio de 2008, con la participación de directivos de BERIAIN, CPV y CETYA, de acuerdo con la información recabada en las inspecciones realizadas por la CNC: Reunión celebrada entre el Director General de CPV para España, el Presidente de CETYA y el Director General de BERIAIN, en la que se trataron temas relacionados con el mercado de Tafalla, cuotas en el mercado de Pamplona, posibles acuerdos de áridos en Liédena, el control de los acuerdos y el reparto de 4 obras singulares Así resulta de las anotaciones manuscritas realizadas en un cuaderno del Director General para España de CPV, recabado en la inspección realizada en la sede de CPV; f 335 y 336; versión censurada del folio 336 en el f. 1511. Reunión celebrada el 3 de septiembre de 2008 en la que participaron, al menos, el Director General de CPV para España y el Presidente de CETYA Así resulta de las anotaciones en las agendas en formato electrónico del Director General de CPV para España y del Presidente de CETYA, recabadas en las inspecciones de CPV y CETYA (f. 1928 a 1929 y 1909 a 1910, respectivamente). Reunión celebrada el 8 de octubre de 2008, a la que, al menos, participaron directivos de CPV y BERIAIN, en la que se trataron temas relacionados con el precio del hormigón, el reparto de obras singulares y las condiciones particulares solicitadas por BERIAIN en relación con el reparto del cupo de CEMEX. Así resulta de las anotaciones manuscritas realizadas en un cuaderno del Director General para España de CPV, recabado en la inspección de esta empresa (versión censurada en los folios 1513 y 1514). 33 COMISION NACIONAL DE LA COMPETENCIA Reunión celebrada el 3 de septiembre de 2009 entre el Director General de CPV para España, el Presidente de CETYA y el Director General de BERIAIN. Así resulta de la cita anotada en el calendario de Outlook perteneciente a mencionado directivo de CPV recabada en la inspección de esta empresa, con asunto "[...]" (los citados directivos de CETYA y BERIAIN), con inicio el jueves 3 de septiembre de 2009 a las 9:30 y finalización el mismo día a las 11:00 (f. 1907 y 1908). ACUERDOS ALCANZADOS La documentación obrante en el expediente acredita que las empresas imputadas mantuvieron contactos, negociaron y llegaron a un acuerdo global en el suministro de hormigón, mortero y áridos en la Comunidad Foral de Navarra y zonas limítrofes, consistente en: Acuerdo entre CPV, CETYA, BERIAIN y CEMEX para la fijación del precio del hormigón y los incrementos posteriores del mismo. Acuerdo entre CPV, CETYA y H.BERIAIN para la fijación del precio del mortero y los áridos, así como los incrementos posteriores de los mismos. Acuerdo para el reparto de los mercados de hormigón, mortero y áridos en la Comunidad Foral de Navarra y zonas limítrofes, dividiendo este territorio en áreas, entre las empresas CPV, CETYA, H.BERIAIN, CEMEX y VRESA, así como el reparto de las obras demandantes de hormigón, mortero y áridos en cada una de estas zonas entre dichas empresas. Acuerdos de fijación de incrementos de precios del hormigón, morteros y áridos Los hechos que se recogen a continuación, y que constan en la documentación obrante en el expedientes, permiten afirmar que las empresas imputadas acordaron, tanto fijar el precio del hormigón, el mortero y los áridos, como los incrementos escalonados de dichos precios en las reuniones en las que participaron directivos de CPV, CETYA y BERIAIN, presentes en estos mercados, así como CEMEX, respecto del hormigón, pues aunque dichos acuerdos se adoptaron por todas estas empresas, CEMEX no suministra ni mortero ni áridos en la Comunidad Foral de Navarra. Acuerdo de precios en el mercado de hormigón: 39. Respecto del hormigón, el acuerdo entre CPV, CEMEX, CETYA y BERIAIN consistió en fijar los precios del hormigón de manera que éstos se incrementaran de manera escalonada. 34 COMISIÓN NACIONAL De Id COMPETENCIA 40. Según se deduce de las transcripciones aportadas por el denunciante y de las agendas del Presidente de CETYA y del Director General para España de CPV recabadas en las inspecciones realizadas por la CNC, los primeros contactos entre competidores se produjeron el 2 y 3 de junio de 2008 entre CPV, CETYA y BERIAIN. En estos contactos se llegó a fijar un precio de oferta inicial para estudios de los proyectos de 70€ el m3 entre estas empresas, que posteriormente se haría extensivo a CEMEX. Asimismo se fijó el descuento que podía hacerse posteriormente en 10€/m 3, fijando el precio final para las obras que se ofertaban nuevas en 60 €/m 3, tal y como se deduce de la transcripción de la grabación de la conversación telefónica entre directivos de CPV y CTH el 5 de junio de 2008 aportada por el denunciante, en la que se alude a una reunión o contacto el día anterior entre, al menos, CPV y CEMEX (f. 27 y 29): "CTH.- El hormigón, el hormigón también, ¿la idea de subida cómo es o qué habéis pensado? CPV.- Vamos a ver, en el hormigón te digo. Se quiere presupuestar a 70 para bajar, para bajar 10 euros, para todo lo que entra nuevo. Y luego te comento, para las obras que están en estos momentos... CTH.- Sí. CPV.- Que vamos a nombrar a la que puede afectar, que es la de Arian en estos momentos, en la reunión que tuvimos a las 12 se llega a la conclusión, que esa obra es dar los precios y que poco se puede hacer. CTH.- ¿Yen esa reunión estaba Cemex? CPV.- Estaba Cemex, sí, sí. Estuvo [Gerente Zona Norte HORMICEMEX]. [. CPV.- Exactamente. Con todo eso. Y a partir de ahí, quiero decir..., y hablamos. Estamos hablando de una primera fase hasta septiembre, porque ahora vamos a parar... Y esto está todavía por hablar. Hablamos ayer de esto, hablamos en el hormigón de presupuestar hasta el 31 del 12 a 70 para después empezar a vender a 60, a partir del verano o en las obras nuevas". ..] 41. El 6 de junio de 2008 tuvo lugar una reunión entre representantes de CPV, CEMEX, BERIAIN, CETYA, CTH y un abogado externo al que se tenía intención de contratar como coordinador, en la que se hace referencia a los precios acordados en una fase anterior, que evidencia la posible existencia de un acuerdo previo en relación con determinadas obras que estaban en ese momento en licitación, tal como se deduce del siguiente fragmento de la conversación mantenida durante la citada reunión en la que finalmente se fijaron los precios de la forma ya indicada: 60e para las que se vayan a ofertar para estudio y 70€ para obra nueva, frente a los 40-45 € que en ese momento se estaba pagado y los que ya se habían fijado entre 55-60e en ese acuerdo anterior para estudio; en suma, se pasaba de los 40-45€ a los 35 COMISON NACIONAL DE COMPETENCIA 'me (Transcripción de la grabación de la reunión aportada por el denunciante, folio 37) : "CETYA.- No... Imagínate las de los 40 euros, por decir, entre 40 y 45... (XXX) Son una serie de ellas. Luego hay unas obras que están en este momento en licitación, y que por lo tanto se han dado precios para estudio, cuyos precios para estudio, rondarán entre los 55 y los 60 euros, que es como se acordaba en la fase anterior y, por tanto, que habrá que adjudicarlas en ese entorno, entre los 50 y los 55, porque algo habrá que bajar, lo que fuere... Que serán aquí adjudicadas. CTH.- A un primer paso, de 55 a 60 por asL.. CETYA.- No, las que estén. Y ahora las que se vayan a ofertar para estudio subirle 10 euros... H.BERIAIN- A los 60. CETYA.- a los 60, lineaL CTH.- Si ahora entrase una obra nueva. CETYA.- Mañana te piden para, por ejemplo, yo que sé. Para estudiar la variante de "carracucu". Esa iría a 70. CTH.- O sea, lo nuevo ya queréis subirlo a 70 para estudio de entrada". Asimismo, en esta misma reunión celebrada el 6 de junio celebrada en la sede de CPV, los directivos presentes de esta empresa y de CEMEX, BERIAIN y CETYA acordaron continuar con este incremento de los precios del hormigón en septiembre y en diciembre de 2008, superando la cantidad fijada inicialmente de 70 e, con un incremento de 2 y 5 €, respectivamente (Transcripción de la grabación aportada por el denunciante, folio 38): "CETYA.- y el objetivo es colocarlo, es decir, pegarle una subida en septiembre, ya con tarifa oficial, otra. CTH.- En septiembre de este añ'o subir... HORMICÉMEX [CEMEXJ.- Mandar un comunicado diciendo que se sube. CETYA.- y en diciembre otra. CTH.- ¿Y hacia qué precio llegamos? CETYA.- No llegamos. CTH.- Pero por encima de 70. CETYA.- Hombre, claro, hay que seguir subiendo hasta donde podamos. Habrá que ver... H.BERIAIN.- Las referencias siempre es las provincias limítrofes, a cómo se está vendiendo... CETYA.- Ese era el objetivo marcado. CTH.- Por encima de 70 y en diciembre otra subida CETYA.- 2 euros y 5 euros, eso no lo hemos previsto". 42. Este aumento del precio hasta los 70 € también fue comentado en la conversación telefónica mantenida entre el Presidente de CTH y Director de la División de 36 COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA Hormigón en la Zona Norte de CPV el 13 de junio de 2008, así como el incremento posterior en 2 € para septiembre y en 5 € para principios de 2009 (Trascripción de la grabación aportada por el denunciante, f. 160) : "CTH.- Si. ¿Y quién lo tiene...? ¿Y el precio del hormigón se va a subir ahora o se espera a septiembre y luego...? CPV.- No, no, no. Vamos a ver, el precio, el precio del hormigón, es decir, lo que se adjudique ahora... CTH.- Sí. CPV.- O sea, lo que no esté tocado, para hacerlo a 60. Luego ya sabes en lo que se ha quedado. CTH.- ¿A 70? CPV.- Hacerlo a 60. CTH.- A 60. CPV.- para ofertarlo y a partir de ahí descontar. CTH.- Ya. CPV.- descontar pero no descontar más de 10 euros de estas cantidades. CTH.- O sea ofertar a 70 para dejarlo en 60. ¿Y en septiembre? CPV.- 60-62, sí, ¿eh?, y en septiembre ir tirando hacia arriba, o sea, porque hay que ponerlo. Se decía bueno, es que en un mercado como éste tenemos que estar entre 70 y 75 vendiendo el ári... , el hormigón, lo que pasa es que igual el salto es demasiado fuerte, pero para ponernos el año que viene a 70-75 euros. CTH.- 70-75, sí. ¿Eso a primero de año o...? CPV.- Eso es... No, no, no. La idea es esa, la idea es, si se consolida esto, a principios de año a 75. CTH.- A 75". 43. Este nuevo aumento de precios acordado también fue comentado en la conversación telefónica mantenida ese mismo día 13 de junio de 2008 entre el Presidente de CTH y el Director General de BERIAIN (Trascripción de la grabación realizada por el denunciante, E 174 y 175): "CTH.- Oye, a mí desde luego lo que me habían dicho es que en septiembre, por ejemplo, el hormigón se iba a subir a 70 euros. H.BERIAIN- Bueno, la idea es que de todas las obras que salen ahora o que están en estudio, ofertar todo el mundo a 70 euros para intentar, todas esas nuevas intentar cogerlas a 65, o lo que sea, de esa orden. CTH.- ¿Y a primeros de año? H.BERIAIN.- Y a primeros de año, ya a 70 para arriba ... O sea que. CTH.- Se había hablado de 80. A mí me dijo [Dir. Div. Hormigón Zona Norte de CPV] a 75, ¿no? H.BERIAIN.- Si, sí, el primer año serán otros 5 euros más, claro, lógicamente. CTH.- Claro, claro. H.BERIAIN.- Eso es. Entonces... Y las que están ahora, lo que pasa es que ahora hay muchas tocadas a malos precios, y bueno, pues intentar a ver, 37 COMISION NACIONAL oe u COMPETENCIA conseguir ahora las que están ya para empezar a 55, de ese orden, lo que hablamos antes, entre 55 y 60, porque dependemos de las ofertas que hayamos pasado cada uno de nosotros para esas obras que están ahora en estudio". Estos acuerdos de fijación e incremento escalonado de los precios del hormigón se llevaron efectivamente a la práctica: 44. De correo electrónico interno de CPV de fecha 29 de agosto de 2008, en el que se hace referencia a Canteras Aláiz, perteneciente a CPV (f. 2478-2479), resulta que a finales de agosto ya se habían contratado obras a 50-55E/m3, frente a los 40-42E/m3 de meses anteriores, y que otras obras se estaban ofertando precios a 73-75 €/m3 para realizar el suministro a 65-68E/m3 tal como se había pactado por las empresas participantes en el cártel: "Precios de venta: Los últimos (..) metros que se han contratado en el mercado de Pamplona rondan los 50/55 é' m3frente a los 40/42 e/m3 de meses anteriores. La tendencia es al alza. Canteras Aláiz está ofertando las nuevas obras a 73/75e/m3para contratarlas a 65/68em3' . 45. Este hecho (incremento de los precios a los que se ofertan obras) queda acreditado igualmente por lo tratado en una reunión celebrada entre el Presídente de CETYA, el Director General de BERIAIN y el Director General de CPV para España, cuya existencia resulta de las anotaciones del cuaderno de éste último, recabado durante la inspección de esta empresa, bajo el epígrafe de REUNIÓN CON JAL [Dir. General de BERIAIN] // [Presidente de CETYA], que a continuación se reproducen (folio 1512, versión censurada): "OFERTAS: 73 A 75e CERRAR A 68e/M3". Asimismo en anotaciones posteriores del mismo 'cuaderno, bajo el epígrafe "Reunión Hormigón Pamplona 8/10/2008", aparecen, entre diversas anotaciones relacionadas con los acuerdos investigados en el presente expediente sancionador, referencias al objetivo del incremento de precios, en las que se prueba que en octubre de 2008 la intención de las empresas participantes en el cártel era continuar elevando los precios del hormigón (f. 1513): "PRECIOS: No podemos parar a menos de 78e/m 3' . Acuerdo de precios en el mercado de los morteros: CPV, CETYA y BERIAIN acordaron también en el mes de junio de 2008 los precios de venta del mortero en sus distintas categorías, en función de los tipos de morteros de acuerdo con su resistencia según lo establecido por la norma UNE-EN 998-2, así como los incrementos de los mismos a llevar a cabo en septiembre y diciembre de 2008. 38 CNC COMISION NACIONAL ce a COMPETENCIA 46. Este hecho se deduce de la trascripción de la conversación telefónica mantenida el 5 de junio de 2008 entre un directivo de CTH y el Director de la División de Hormigón para la zona Norte de CPV, en el que éste último traslada el contenido de dicho acuerdo de fijación de precios del mortero y su posterior incremento (folio 28): "CTH.- Yen precios ahí lo que me decías. CPV.- En precios ahí a ponernos 34, 38, 42, 4 de hidrófugo, 1,65 de conversión... CTH. - Sí, a metro cúbico. CPV.- de volumen. CTH - Sí, de metro cúbico a toneladas". 47. De la trascripción de la grabación de la reunión de 6 de junio de 2008, se deduce que las empresas participantes hablaron de realizar y planificar un incremento lineal de 4€ sobre una tarifa que ya estaba establecida en ese momento de 30 € el M 5, 34 € el M 7,5 y 38 € el M 10, que pasarían a 34 € el M 5, 38 € el M 7,5 y 42 e el M 10, conforme a lo establecido en una tabla (f. 49) : "CTH. - Mortero. Abogado.- El mortero se habló de subir 4 euros. De subir 4 euros lineales. CETYA.- Te recuerdo que la última tarifa eran 30, 34 y 38. CTH.- Entonces se pondría 34. CPV.- El M5 CETYA.- 38 el M 7,5 y 42 el M 10. Luego hidrófugos... Había toda una tabla que ya la reharemos... Pero esto se habló y tampoco se precisó mayor. No está ni acordó ni nada. Simplemente se habló. Quiere decir que se puede cambiar, que no ha hecho nadie una oferta ayer a la tarde". CTH.- ¿Teníais previsto escalonadamente subir esto? Dentro del año, llevando lo mismo (XXX) CTH.- O sea pensabais en septiembre subir y en diciembre. CETYA.- Las mismas fechas. Quizás se haga antes una. En septiembre en esto sea más dificil. Eso ya lo hablaremos. HORMICÉMEX ICEMEX I.- Pero todo lo que puedes ofertar, ya lo has podido ofertando. CETYA.- Ya lo veremos. Al final hay que ser prácticos. Lo que nos dé aquí. CTH.- Bien". 48. Estos acuerdos de precios de los morteros fueron comentados por el Presidente de CTH y el Director de la División de Hormigón de la Zona Norte de CPV en la conversación telefónica que mantuvieron el 13 de junio de 2008, en la que CPV alude al acuerdo relativo al establecimiento del precio de los morteros (Trascripción de la grabación aportada por el denunciante, folio 161): "CPV.- Luego se estuvo hablando de que había que vender el mortero a 42. CTH.- El mortero a 42, sí ". 39 r'-'-' CNCNAcK._compEr. Acuerdo de precios en el mercado de los áridos: Ha quedado acreditado que CPV, CETYA y BERIAIN acordaron los precios del suministro de áridos, fijando los precios de manera inicial en 3 € para el tipo de árido Todo Uno de segunda, 4 € para el tipo de árido Todo Uno de primera, 4 E para las gravas y arena, 8 E para la arena fina y 8,5 E para la escollera, todo ello en TM, con objeto de incrementar los precios de estos productos escalonadamente. 49. La información disponible en el expediente acredita la existencia de este acuerdo, en particular en la conversación mantenida el 5 de junio de 2008 entre un directivo de CPV y un directivo de CTH se afirma (Trascripción de la conversación telefónica aportada por el denunciante, folio 31) : "CPV.- y lo que se le está dando es el..., ahí tiene 240 millones de obra que van a pasar por Lískar a cogerlos, a un precio a establecer porque todavía no se están ofertando. Estamos hablando 3, 4, 5, o sea, Todo Uno de primera, Todo Uno de segunda, gravas, pero se está hablando de que esto para mañana. CTH.- ¿Qué precio habéis marcado ahí, decías? ¿3? CPV- Vamos a ver, de salida se ha dicho ya vamos a fijarlo, pero 3, 4 y 5, hay que poner a partir de ahora 3, 4 y 5. O sea, Todo Uno de segunda, Todo Uno de primera y gravas.... CTH.- Sí. CPV- Pero, por ejemplo, la escollera a ocho y medio desde ya. Y luego lo que vamos a hacer es subir los precios de los áridos. Los precios de los áridos tienen que subir más, y hay que subir más. Entonces ¿yo qué entiendo de todo esto?, dices. Oye a un plazo de 5 años o de 4 años, después puede ser lo que sea, pero ahora mismo a 4 años lo que se le está dando a Lískar es de Loiti para allí paz, y volumen... Y lo tienen por las circunstancias. Dentro de cinco años, cuando se acaben todas esas obras, se dirá oye, esto no, vamos a notario". 50. A ese acuerdo también se hizo referencia en la reunión celebrada el día siguiente, el 6 de junio de 2008, en la que participaron directivos de CPV, CEMEX, BERIAIN y CETYA —con la asistencia de CTH y un abogado externo-, en la que se acuerda el precio de los distintos tipos de áridos que distribuyen las canteras que controlan las empresas incoadas y se acuerda, además, los precios a los que habría que realizar las ofertas para estudio (1 € más). Asimismo, se acuerdan nuevas subidas para el mes de septiembre de 2008 (Trascripción de grabación de la reunión aportada por el denunciante, folios 47 y 48): "CTH.- Ya hemos acabado. Árido. ¿Subíais precio, no subíais precio? CETYA.- En principio se quedaban las mismas tarifas, ¿no? Abogado.- Únicamente se dijo que la escollera desde ya a ocho euros y medio se ponía. CTH.- O sea, subíais la escollera... 40 COMISIÓN NACIONAL ce u. COMPETENCIA Abogado.- A ocho euros y medio. Y en septiembre se acometía una subida de precios seria ya. CTH.- En septiembre... CETYA.- En septiembre había que meter al árido un... CTH.- Al árido. En septiembre subida. ¿Pero habíais reflejado en algo? CETYA. - No, no se habló, no llegamos a eso. CTH.- Porque ahora, de partida, ¿qué precios tenéis? CPV.- 3, 4, 5 y ocho y medio. H.BERIAIN.- Para oferta teníamos un euro más. CTH.- Tres euros Todo Uno... H.BERIAIN- Todo Uno segunda. CPV.- Todo Uno segunda, tres euros. H.BERIAIN.- 4 de primera... CPV.- Y gravas y arenas, 5. Con idea de en septiembre, incluso se pagaban las arenas más caro y sumaba... Gravas y arenas más caro. CETYA.- y luego la escollera que tenía... La arena fina estaba a 8, creo recordar. .. Espera, que lo tengo. Arena fina 8. CTH.- ¿Arena fina la poníais a 8? HORMICÉMEX ICEMEX J.- Sí, 0,2. CETYA.- Que estaba, no me he inventado nada. Y escollera, que estaba a 7, se subía a ocho y medio. Y ahora en septiembre actualizar y no pusimos cuándo. De aquí a septiembre ya decidiremos cuándo. Y tendremos el mismo problema de siempre, habrá ofertas, obras ofertadas, estudiadas, etcétera, etcétera, que habrá que mover, mover, dejar, o dejar y mover. CTH.- Y [..1% cada uno. CPV.- En esto las ofertas es más 1 todo. CTH.- Ya, ofertas más 1. CETYA. - Estudio. CTH.- O sea, ofertas, aquí vais a pasar para ofertas de estudio. H.BERIAIN.- Ya, pero yo creo que con vosotros si en principio limitáis terrenos, (XXX) es igual que lo que vendáis a Sangüesa. HORMICÉMEX [CEMEX].- El precio podría ser más". 51. En la conversación telefónica mantenida el 13 de junio de 2008 por el Director de la División de Hormigón en la Zona Norte de CPV con el Presidente de CTH, CPV confirma el acuerdo de precios, así como la intención por parte de las empresas imputadas de realizar incrementos posteriores (Trascripción de la grabación aportada por el denunciante, folio 159) : "CTH.- Sí, claro, porque... ¿Y qué plan tenéis, por ejemplo, los áridos, cuándo vais a subir los áridos? CPV.- Vamos a ver, ahora mismo, ahora mismo, la idea es 3, 4 y 5. O sea, 3 del Todo Uno de segunda; 4 el Todo Uno primera, 5 las gravas y las arenas; ocho y medio la escollera. 41 COMMON CNACIONAL ce u. COMPETENCIA CTH.- Sí. CPV.- Eh, ya la vuelta del verano, en septiembre... CTH.- Sí. CPV.- yo vaya forzar que sea antes si puedo, ¿eh?, si vemos que se consolida, forzar esa situación, subir más, subir más. ". 52. Igualmente en la conversación mantenida ese mismo día entre el Presidente de CTH y el Director General de BERIAIN, éste último confirma los precios acordados en relación con los áridos, así como la intención de realizar futuros incrementos (Trascripción de la grabación aportada por el denunciante, folio 172) : "CTH.- Oye, ¿y el precio que habéis decidido subir los áridos? H.BERIAIN.- En principio los áridos teníamos la idea de poner, me parece que era 3 euros a Todo Uno segunda, 4 el de primera y 5 las gravas y me parece que 6 pueden ser las arenas y 8 o así la escollera. Pero eso era para ahora, para luego en septiembre darle a todo otra subida para empezar el año que viene ya con otros precios. Intentar llegar a los precios que están en las provincias limítrofes, tanto de hormigón, de áridos y de todo, ¿no? CTH.- Ya, ya. ". Estos acuerdos de fijación y subida escalonada del precio de los áridos se llevaron a la práctica: 53. La documentación aportada por CETYA en contestación al requerimiento de información realizado por la DI, en el que se solicitaron precios ofertados a una serie de obras contemporáneas a los acuerdos, confirtna que los precios ofertados en relación con los áridos coinciden con lo acordado en las reuniones mantenidas por las empresas imputadas. Se reproduce a continuación la tabla aportada por CETYA en la contestación al requerimiento mencionado, en relación con una obra a la que esta empresa ofertó áridos y en la que el inicio del suministro se produce el 1 de septiembre de 2008, en la que se puede observar los precios de Todo Uno primera, Todo Uno segunda, distintos tipos de arena y gravas, así como la escollera, a 4 E/Tm., 3 E/Tm., 5E/Tm. y 7€/Tm., respectivamente (f. 2181, T XI): 42 COMISIÓN NACIONAL oe u COMPETENCIA Arida AF-T-0-2-C Arido AF-T-0-2-C Grava carretera Grava media Arido AG-T-15-32-0 Arido AG-T-1 0-20-C Ando AG-T-6-12-C Balasto Piedra en rama Arena 2 Todo Uno Todo Uno 2 Piedra escollera Voladura margas Rechazo voladura Grava 25-40 Azysa - Soto Lezkalru lit 8,00 E/Tm 5,00 eirm 5,00 E/Tm 5,00 EfTm 5,00 E/Trn 5,00 E/Tm 5,00 E1Tm 5,00 E/Tm 8,50 E/Tm 2,50 E/Tm 4,00 Eirm 3,00 E/Tm 7,00 Erfm 1,35 ErTm 2,50 E/Tm 5,00 E/Tm Contrato: 20101 /2009 Ulla Suministro: 01/09/2008 Fin. Suministro: En suministro 1 54. También en la contestación de la empresa CPV al requerimiento de información realizado por la DI, en el que se solicitaron precios ofertados a una serie de obras contemporáneas a los acuerdos, se pueden observar los incrementos de precios de las ofertas realizadas en agosto de 2008 con respecto a la realizada en una obra cuyo contrato fue firmado en 2007, así como precios superiores ofertados en otra obra que no fue finalmente adjudicada. Se reproduce a continuación una tabla aportada por CPV en contestación al requerimiento mencionado, en la que pueden observarse dichos precios (f. 2284, T XII): ÁRIDOS: O RTAS REALIZADAS TIPO DE ARIDO (CM) ENIPRESA OBRA ARENA GRAvAN TODO UNO I' TODO UNO 2' PIED. RAMA ESCOLLERA FECHA INICIO DE FINALIZACIÓN DE CONTRATO SUMINISTRO SUMINISTRO IRUÑA SECTOR S.IESQUIROZ 5,05 5,00 4,00 3,00 7,00 7,10 Obra no ejecutada a día de hoy S.C.P ENTREMUTILVAS 84 VIV 7,50 6,50 5,00 4,00 12,00 12,00 Oferta no adjudicada 4 1RUNA E131F. OFICINAS OLLOKILANDIA 2,40 1,55 - --- 3,30 AZYSA SOTO LEZKA1RU III FASE 5,00 5,00 4,00 2,50 444 19.11.2007 7,00 05.08.2008 Oferta adjudicada; todalna no ha comenzado el suministro En curso 18.08/009 55. Asimismo se ha constatado el incremento de los precios a 7 de septiembre de 2009, tal y como consta en el documento aportado por el denunciante, relativo a la oferta realizada a éste por Canteras de Aláiz SA, filial de CPV, en la que se observa en la 43 COMISIÓN NACIONAL OE LA COMPETENCIA tabla que literalmente se transcribe el incremento de dichos productos (f. 650, T III): ARENA FINA 0-1.5 mm 10.30 euros/tm. ARENA DE HORMIGON 0-5 mm 8.00 euros/tm. PIEDRA EN RAMA 150/400 12,00 euros/tm. PIEDRA ESCOLLERA 12.00 euros/tm. GRAVAS y GRAVILLAS 7.00 euros/tm. TODO UNO de PRIMERA 2A40 6.00 euros/tm. TODO UNO de SEGUNDA 2A-50 5.00 euros/tm. 56. Es decir, en septiembre de 2008 se había ejecutado el incremento de precios acordado en junio de 2008, y que efectivamente se llevaron también a la práctica los incrementos posteriores acordados y así, en el año 2009, un año después de iniciado el cártel, los precios se habrían incrementado por encima de los precios inicialmente acordados en 2 € para el tipo Todo Uno de segunda —que tendría ya un precio de 5 también en 2 para el tipo Todo Uno de primera —que tendría ya un precio de 6 €-, en 3 las gravas y arena —que tendría ya un precio de 7€—, en 2,3 € la arena fina —con un precio de 10,3 €- y finalmente un incremento de 3,5 € para la escollera, con un pecio de 12 €. Acuerdo de reparto del mercado del hormigón, árido y mortero Conforme a la información obrante en el expediente, queda acreditado la existencia de un reparto de los mercados de los morteros y de los áridos entre CPV, BERIAIN, CETYA y VRESA y del mercado del hormigón entre las citadas empresas y CEMEX, en la Comunidad Foral de Navarra y territorios limítrofes, adjudicándose a cada una de estas empresas una o varias zonas de actividad, relacionadas con las zonas de influencia de las canteras o plantas de hormigón o mortero pertenecientes a dichas empresas. Dentro de cada una de estas zonas, las empresas participantes con presencia en las mismas procedieron al reparto de las obras en función de porcentajes de actividad fijados para los mercados de hormigón, morteros y áridos. 57. En la documentación acreditativa de la reunión celebrada en las instalaciones de CPV el 6 de junio de 2008, y a la que asistieron directivos de CPV, CEMEX, BERIAIN, CETYA y CTH, así como un abogado externo, consta acreditado el acuerdo de reparto del mercado. En el transcurso de esta reunión se evidencia el objetivo del acuerdo, es decir, el reparto del mercado por zonas geográficas y que las empresas participantes que no tuvieran presencia importante en una determinada zona para un determinado producto, debían retirarse y no ofertar a ninguna obra en 44 CNC C ' COMISIÓN NACIONAL De Ls COMPETENCIA dicha zona. Así, a CETYA no se le asigna ninguna cuota en la zona de Lumbier (Liédena) y a CTH se le ofrece cuota de hormigón en la zona de Pamplona, pero no de áridos, como queda acreditado en la trascripción de la agravación de la citada reunión aportada por el denunciante (f. 47) : "CETYA.- El objetivo es que todo el mundo se tiene que retirar de los mercados en los que no le deba corresponder estar y con esas obras, con esas y con otras más, que hay más, pero bueno, lo significamos en que todos los mercados no hay más (..) Todo el mundo se tiene que retirar de esos mercados donde no estamos. Yo me tengo que retirar de ir a Lumbier, por poner un ejemplo. CTH.- Y yo no puedo venir a Pamplona. CETYA. - Con el árido, claro. Varios. - Claro. CETYA.- Entonces, una vez hecho eso, se trata de que las presencias foráneas disminuyan o desaparezcan lo más rápidamente posible (...)" 58. Las empresas imputadas adoptaron acuerdos de reparto de mercado, al menos, para las zonas de PAMPLONA, TAFALLA, LIÉDENA (incluyendo en esta zona territorios pertenecientes a la provincia de Zaragoza), RIBERA ALTA, CORELLA y TUDELA, como se deduce de las anotaciones manuscritas realizadas en el cuaderno del el Director General para España de CPV (recabado en la inspección de CPV), en las que se evalúa la ejecución de reparto de las obras en las citadas zonas, tal como se reproduce textualmente a continuación (f. 342, T II): "2° Los 3 mercados funcionan, Pamplona, Tafalla y Liédena. o Funcionamos en Ribera Alta y Corella. o Tudela no funciona. CEMEX, CETYA, BERIAIN y .NOS. Cemento al f..] %". 59. No obstante, como excepción a este sistema de reparto, las empresas participantes determinan la existencia de 3 obras singulares (que finalmente serán 4), de gran importancia y contemporáneas a las reuniones anticompetitivas, en las que todas las empresas participantes en los acuerdos pueden participar si bien el adjudicatario final de las mismas, en el caso de que no se le hubiese asignado cuota de actividad en la zona a la que pertenecen las citadas obras singulares, debía compartir el suministro contratado con las empresas del cártel a las que sí se les ha asignado porcentaje de actividad en dicha zona (Trascripción de la grabación de la reunión celebrada el 6 de junio en las instalaciones de CPV aportada por el denunciante, f. 39 y 40): "CETYA.- Hay tres obras singulares CTH.- Sí. CETYA.- Que están... Que se van cayendo, a punto concretamente la autovía de Jaca... de caer, que son 45 C CNC COMISIÓN NACIONAL De us. COMPETENCIA CTH.- Esta es obra de Arian. CETYA.- La R2 y el 1 9b. CTH.- La R2 CETYA.- Que son de Tafalla CTH.- Tafalla... CETYA.- y la 19b, que también es Tafalla-Olite, bueno, es igual". 60. En cuanto a la forma de compensar las obras singulares, inicialmente se contempló que cuando la obra a realizar no estuviera en el territorio del adjudicatario final, éste realizaría el [...]%, dejando el [...]% restante para las empresas que sí estuvieran en dicho territorio, como se constata en la conversación de 5 de junio de 2008 entre el Director de la División de Hormigón para la Zona Norte de CPV y un directivo de CTH (Trascripción de la grabación de la conversación telefónica mantenida el 5 de junio de 2008 entre el Dir. De la División de Hormigón para la Zona Norte de CPV y un directivo de CTH aportada por el denunciante, f. 27 y 28) "CPV.- ...0 sea, que lo que se dice es que el precio al que se obtenga que no se van a tocar más los precios donde están las obras, que son ya una puta mierda, pero se dice el que tiene la oferta hace el [...I% y el otro [...1% a criterio, si lo quiere o no lo quiere, el de la zona afectada. Y hablamos de tres obras. CTH.- Pero [Dir. División Hormigón Zona Norte CPV], vosotros, como Canteras de Aláiz, tenéis muchas obras cogidas, ¿no? De hormigón CPV- Tenemos muchas cogidas. [-.] CPV.- Vamos a ver, yo te cuento. Yo te cuento, hay tres obras, la R2 de Tafalla, que es una urbanización grande. CTH.- Sí. CPV- La de Arian. CTH.- Sí. del canal, 19b me CPV- Del alto Loiti. Y la de Dragados, que es el tramo parece que es, ¿vale? CTH.- Sí. CPV- Tres obras cogidas. Ayer se llega a la opción que no se tocan los precios que ya son una mierda, pero el que la contrata hace el [...1% y el otro [4% se le da derecho a hacerlo, si quiere, al que está en el territorio. CTH.- Ya. CPV.- O sea, a los precios que son una puta mierda, tanto en hormigón y en árido, quiero decir la obra de Arian, si Cemex quiere hacer el [..1% de esa obra lo hace. [.. CPV- [...]. Entonces lo que le dije es hagamos la foto, estas tres obras, dice, y estoy hablando... Hablo del hormigón porque es más fácil hablar de terceros 46 COMISIÓN NACIONAL oe u COMPETENCIA que hablar del árido..., Hasta aquí se puede decir. El árido dice Liskar, voy a ese precio, no quiero ir, pues entonces ese 70 se coge y lo hace quien sea. O sea, se habla otra vez y se dice oye este 70 cómo hacemos...". 61. En relación con la negociación para el reparto de estas obras, las anotaciones del cuaderno del Director General para España de CPV acreditan que finalmente las obras singulares fueron 4, así como que finalmente los porcentajes de reparto de estas obras se fijaron en el [...I% para el adjudicatario y el [...]% para el resto de los competidores de las zonas donde estaban ubicadas estas obras singulares, en el caso de que el adjudicatario no tuviese porcentaje asignado en dichas zonas (Anotaciones del cuaderno del Dr. Gral. de CPV para España, recabado en la inspección de CPV, E 335, T II): "PROBLEMAS: Hay 4 obras: INSTALACIÓN ACCIONA en [...] -> 15000M AUTOVÍA JACA "ARIAN"-> 50000 m3 R2TO. [...] IRUÑA-> 23000 m 3 [...] N Tra. 19B DRAGADOS-> 22000 m 3 [ -7% ZONA [...] % ADJUDICATARIO HAY TENSIÓN". 62. Estas cifras se mencionan en la reunión celebrada el 12 de junio en la sede de la filial de BERIAN Hormigones Arga SA (Trascripción de la grabación aportada por el denunciante, f. 111): "CETYA.- Yo creo que (XX/19 Sí, sí. Vale, de acuerdo. Ehhh, no, le he dicho a Wir. Gral. de Beriain], Dragados se lo ha quedado él. ¿Estás al tanto? (XX/19 CPV- Dime si queréis hacer el 60 vosotros. [...] CTH.- ¿El tramo es el de Tafalla? CETYA.- Esas son las que hablamos el otro día, la R2 (M9 CTH.- Las tres que hablamos antes. CETYA.- Como el resto no sé lo que vamos a hacer, de momento hasta el martes [fecha para la que se había fijado otra reunión], pero hay un tema que quedó sin resolver.". 63. Estas cifras finales también aparecen en las anotaciones en el mismo cuaderno del Director General para España de CPV referentes a la posterior "REUNIÓN HORMIGÓN PAMPLONA 8/10/08", en la que se hace referencia a estas obras singulares, que finalmente se adjudicaron a una de las empresas imputadas a la que no se le había asignado participación en las zonas de TAFALLA y LIÉDENA. 47 COMISIÓN NACIONAL ce LA COMPETENCIA Este mismo documento acredita también que se establece un sistema de compensación a las empresas a las que se les ha asignado participación en las zonas en las que se encuentran ubicadas las obras singulares, en lugar de un sistema de suministro conjunto, estableciéndose en este caso que la adjudicataria tenía finalmente que compensar a VRESA y a CETYA, que sí tenían participación en dichas zonas (f. 343 T II y f. 1514 T VIII): "Hay 2 obras en LIEDENA y 2 en TAFALLA que acordamos que si se las quedaba el del territorio bien y si es el de fuera debe compensar el [...]%. Se las ha quedado él por 110.000m 3 Nos debe 53.000m 3 a VRESA. 13 . 500m 3 a CETYA". En cuanto a la delimitación de las zonas objeto del acuerdo del reparto de mercado, se realiza en función de un mapa que se menciona en las reuniones operativas del cártel. 64. En concreto, en la reunión de 6 de junio de 2008 se fijaron los límites de la zona de TUDELA, así como el reparto de zonas con respecto al mencionado mapa (Transcripción de la grabación aportada por el denunciante, folio 49): "Abogado.- Como última cosa de lo que se habló el otro día. Hay dos. Se acordó traer a esta reunión las obras llamadas viejas, que cada cual tuviera y el mercado de Tudela, quedó en el aire para hablar de ello y luego repartir el mapa con... CETYA.- Voy a hablar una cosa previa, que es que este señor no estaba... Abogado.- Aquí tengo yo: Mapa, acuerdo con Horpasa, límites de Tudela y traer obras viejas". 65. El citado mapa databa del año 1996 o 1997 y hacía referencia a un posible acuerdo anterior de reparto de mercado entre algunas de las empresas imputadas, como se evidencia de la trascripción de la reunión celebrada el 12 de junio de 2008, en relación con la delimitación de la zona de PAMPLONA (Trascripción de la grabación aportada por el denunciante, f. 111, 118 y 119): "CETYA.- Yo lo tengo aquí. Vamos a ver. Los límites de la zona izquierda y sur del antiguo acuerdo, [...], no creo que me deje en vano porque tiene el mapa, eran empezando por arriba y a la izquierda. CPV.- ¿por arriba y al oeste? BERIAN.- Pero el otro día puedes leer... CETYA.- No, no pero el otro día no había encontrado el mapa, pero es que tengo el mapa. El acuerdo, vamos a ver [...] [...] CETYA.- Te estoy hablando del acuerdo de Pamplona. H.BERIAIN.- Correcto, vale. Es que Lumbier era acuerdo de Pamplona según [Presidente de CETYA]. Cuando hablamos de esa planta... 48 CNC COMISIÓN NACIONAL De ux COMPETENCIA CETYA.- Él no sabe los acuerdos de Pamplona. H.BERIAIN.- Cuando hablamos de esa planta... CETYA.- [...] hasta la carretera de Zuasti cuatro kilómetros más allá, y el acuerdo se enmarca aquí pero Zuasti está ahí que no puedes entrar. Yo no tenía el mapa el día que estuvimos. Pero tú lo tienes, [Dir. Div. Hormigón Zona Norte de CPV], y sabes que no estoy diciendo (XXX). Las cosas son como son, que tú lo tienes, él lo tiene, y yo lo tengo, este señor no lo tiene y no tiene ni puñetera idea y [Gerente Zona Norte HORMICEMEX S.A.] no lo tiene (XXX). CTH.- [...] CPV.- ¿Lo has encontrado? ¿El año? 96. CETYA.- Yo lo tenía en las carpetas del 97. [...] Yo lo tenía en carpetas del 97, ahora ya no me preguntes." En relación con las zonas delimitadas por las empresas imputadas en cuanto al reparto del mercado, consta en la información obrante en el expediente numerosas referencias a dichas zonas, así como referencias a los límites de las mismas. 66. Así, por ejemplo, se encuentran referencias en el expediente en relación con los límites de la zona de LIÉDANA, que iría desde el puerto de Loíti hacia el este, incluyendo el municipio de Liédena, como queda acreditado en la reunión de 6 de junio de 2008 en la sede de CPV, a la que asistieron directivos de CPV, CEMEX, BERIAIN, CETYA, CTH y un abogado externo (Trascripción de la grabación aportada por el denunciante, f. 69): "Abogado. - Pero [Directivo de CTH], igual, previo a todo, lo mejor es saber si sí o si no. CTH. - Yo quiero transmitir arriba cuando esté todo hecho. No quiero catorce, no, no... Yo quiero, oye,

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