200 ok Incluye la corrección de errores publicada en BOE núm. 30, de 4 de febrero de
- Ref. BOE-A-1986-
- En la disposición derogatoria de la Ley de Aguas de 2 de agosto de 1985 se establece que el Gobierno, antes de la entrada en vigor de dicha Ley, completará mediante Real Decreto la tabla de vigencias de las disposiciones afectadas por la misma Ley. Asimismo, la disposición final segunda de la propia Ley autoriza al Gobierno para dictar, a propuesta del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, las disposiciones reglamentarias que fueran precisas para el cumplimiento de aquella. Ello no obstante, el desarrollo reglamentario de la Ley no se presenta con carácter uniforme de necesidad y urgencia, dado que el propio derecho transitorio de la Ley contiene un régimen suficientemente previsor y detallado. Por ello parece aconsejable, sin perjuicio de la próxima e inmediata promulgación de las correspondientes disposiciones reglamentarias, prever su entrada en vigor de manera progresiva. En consideración a cuanto antecede resulta obligado, por tanto, que lo establecido en relación con la tabla de vigencias en la Ley, se interprete y desarrolle con la flexibilidad necesaria para que, sin perjuicio de su planteamiento integrado y completo, se acomode sin embargo en el tiempo a la sucesiva entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias que vayan promulgándose. En su virtud, oído el Consejo de Estado, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de diciembre de 1985, DISPONGO: Artículo
- El 1 de enero de 1986 quedarán derogadas las disposiciones relacionadas en el apartado primero del anexo de este Real Decreto, además de las expresamente citadas en el número 1 de la disposición derogatoria de la Ley de Aguas de 2 de agosto de
- Artículo
- A la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias que desarrollarán los títulos preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley de Aguas de 2 de agosto de 1985, se derogarán las disposiciones contenidas en el apartado segundo del anexo. Artículo
- A la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias que se dicten para el cumplimiento de los títulos II (De la administración pública del agua) y III (De la planificación hidrológica) de la Ley de Aguas, quedarán derogadas las disposiciones relacionadas en el apartado tercero del anexo de este Real Decreto. Artículo
- Quedarán subsistentes, aun después de la entrada en vigor de la Ley de Aguas y de las disposiciones reglamentarias que se dicten en aplicación de la misma, las relacionadas en el apartado cuarto del anexo. Artículo
- Hasta que se promulguen los Reales Decretos constitutivos de los Organismos de cuenca, las funciones previstas para dichos Organismos en la Ley de Aguas y en las disposiciones reglamentarias que se dicten para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma Ley serán ejercidas por las Confederaciones Hidrográficas estructuradas por Real Decreto 1821/1985, de 1 de agosto, y a las que conforme a lo establecido en dicho Real Decreto corresponde desempeñar las funciones de los Organismos administrativos a que alude la disposición transitoria novena de la Ley de Aguas. Artículo
- El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid a 27 de diciembre de
- JUAN CARLOS R. El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, JAVIER LUIS SÁENZ COSCULLUELA ANEXO
- Disposiciones que quedarán derogadas el día 1.º de enero de 1986, de acuerdo con el artículo 1.º de este Real Decreto: Fecha Objeto de la disposición R. O. 5 septiembre
- Dando reglas para el cumplimiento del artículo 36 de la Ley de Aguas vigente (servidumbre legal en riberas y márgenes). R. D. 21 marzo
- (Apl. artículo 62 L. A.) Declaración de insalubridad terrenos pantanosos y su tramitación. R. D. 16 noviembre
- Aprobando el Reglamento sobre enturbiamiento e infección de aguas públicas y sobre aterramiento y ocupación de sus cauces con los líquidos procedentes del lavado de minerales o por los residuos de las fábricas. R. D. 12 abril
- Creando en la Dirección General de Obras Públicas un Registro Central de Aprovechamientos de aguas públicas. R. O. 30 abril
- Estableciendo reglas sobre registro de aprovechamientos. R. O. 12 marzo
- Estableciendo reglas sobre registro de aprovechamientos. R. O. 10 septiembre
- Dictando reglas para la inscripción definitiva de los aprovechamientos de aguas públicas que utilizan las compañías de ferrocarriles. L. 7 julio
- Concesiones para riegos. R. D. 15 julio
- Sobre el estudio, en cada una de las cuencas, de las corrientes subterráneas que puedan ser alumbradas por pozos. R. O. 15 marzo
- Reglamento para la ejecución de la Ley de 7 de julio de
- R. O. 2 enero
- Justificación del derecho al aprovechamiento de aguas públicas y su inscripción. R. O. 16 octubre
- Referente a la tramitación y procedimiento a que deben ajustarse las peticiones para limpias de arroyos y aprovechamientos de los residuos minerales existentes en los mismos. R. D. 28 junio
- Sobre iluminación de aguas subterráneas por el Estado y sobre los auxilios que este prestará a quienes la emprendan. R. D. 11 julio
- Por el que se dispone que los dos anteriores se interpreten en el sentido de que sus disposiciones no son aplicables a las aguas subterráneas de terrenos y cauces de dominio público. R. D. 23 julio
- Aclaratorio de lo que ha de entenderse por aguas subterráneas correspondientes a los cauces y terrenos de dominio público. R. D. 5 septiembre
- Concesiones de aguas públicas. R. D. 14 junio
- Suprimiendo concesiones a perpetuidad para fuerza motriz. R. D. 10 noviembre
- Modificando las concesiones a perpetuidad para fuerza motriz. R. D. 27 enero
- Que recuerda a los Gobernadores civiles que la tramitación de asuntos de aprovechamientos de aguas para riegos corresponde a las Jefaturas de Obras Públicas, si bien ha de facilitarse la función de los servicios agronómicos. R. D. 16 mayo
- Concesión saltos provisionales. R. D. 20 junio
- Dictando reglas para la concesión de licencias para la flotación de maderas por los ríos. R. D. 5 marzo
- Relativo a la organización de las Confederaciones Sindicales Hidrográficas. R. D. L. 28 julio
- Aprovechamientos industriales y regulación de corrientes en los planes de las Confederaciones Hidrográficas. R. D. L. 28 julio
- Regulando las cooperaciones y auxilios de los usuarios industriales en las obras de regulación y aprovechamientos de los ríos. R. D. L. 19 abril
- Aprovechamientos industriales y regularización corrientes. Planes Confederaciones. R. D. 27 marzo
- Sobre concesiones de aguas públicas. D. 19 enero
- Expediente de servidumbre de acueducto. O. 17 marzo
- Del Ministerio de Industria y Comercio resolviendo que los expedientes de alumbramiento de aguas subterráneas, tanto en terrenos particulares como los de dominio públicos, debían incoarse en el Gobierno Civil y tramitarse en la Jefatura del mismo. D. 23 agosto
- Sobre catalogación y registros de manantiales y alumbramiento de aguas. O. 15 octubre
- Por la que se dictan normas para la tramitación de los expedientes de alumbramiento de aguas para abastecimiento de pueblos de 2.000 Habitantes. D. 12 marzo
- Por el que se dan instrucciones para el cumplimiento del de 23 de agosto de 1934 sobre inscripción obligatoria de manantiales. O. 15 marzo
- Sobre intervención exclusiva de los Ingenieros de Minas afectos a los distritos correspondientes en los servicios de aguas, en las instalaciones para su elevación y en las inscripciones en los Registros Regionales de manantiales. O. 22 marzo
- Que complementa las instrucciones del Decreto de 12 de marzo de
- D. 4 mayo
- Por el que queda en suspenso el de 23 de marzo de 1934 (sobre catalogación y registro de manantiales y alumbramientos) y la Orden de 17 de marzo de 1934, solo en cuanto afecte a los Servicios de Obras Públicas y hasta tanto no se dicten disposiciones transitorias. O. 29 junio
- Por el que se dictan normas para la tramitación en la Dirección General de Minas e Instituto Geológico, de expedientes de auxilios para alumbramientos incoados por Entidades y Corporaciones. D. 22 junio
- Reglas sobre concesión de licencias de flotación fluvial. O. 14 octubre
- Sobre aprovechamientos de agua. O. 10 octubre
- Sobre canales y pantanos. Aprovechamientos; conocimiento de sus caudales. D. 23 octubre
- Alumbramiento de aguas subterráneas. O. 10 diciembre
- Obligatoriedad de constituir Comunidad de Regantes. D. 30 diciembre
- Aguas para riegos. Superficie regable sin aumento de caudal. D. 18 de junio
- Concesiones de aprovechamientos hidroeléctricos en pie de presas y canales del Estado. D. 10 enero
- Normas sobre concesiones de aprovechamientos hidroeléctricos D. 28 noviembre
- Canales y pantanos. Facultades de Ingenieros y Directores de Confederaciones Hidrográficas y Servicios Hidráulicos. D. L. 17 julio
- Aprovechamientos hidráulicos. O. 2 julio
- Que dispuso la necesidad de solicitar autorización de la Dirección General de Colonización para realizar trabajos de alumbramiento de aguas subterráneas en la Sierra de Callosa de Segura. D. 9 enero
- Patrimonio nacional del Estado. Autorización exclusiva para extraer materiales de arrastre en el río Manzanares. D. 5 febrero
- Alumbramientos de aguas subterráneas por IRYDA (INC). (Derogado solo artículo 3.) D. 12 noviembre
- Alumbramientos artesianos-instalación mecanismos de interrupción. O. 3 diciembre
- Aguas. Concesiones; aprovechamientos; observancia de plazos; caducidad; prórrogas. O. 31 julio
- De la Presidencia del Gobierno (cuenca del Segura) sobre aplicación del Reglamento de Policía de Aguas y sus cauces en esta cuenca. O. 4 septiembre
- Sobre Reglamentación de las aguas residuales. O. 23 marzo
- Sobre vertido de aguas residuales. O. 8 agosto
- Sobre alteración de las condiciones biológicas, físicas o químicas de las aguas. O. 18 febrero
- Sobre demolición de obras abusivas en cauces públicos de aguas. D. 998/1962, 26 abril. Intervención MOP y Ministerio de Industria en expedientes de aprovechamientos hidroeléctricos. O. 9 octubre
- Sobre normas complementarias para vertidos de aguas residuales. (Aplicación Orden 4 septiembre 1959.) O. 24 julio
- Sobre normas de funcionamiento de los Registros de Aprovechamiento de Aguas Públicas. O. 6 agosto
- Sobre constitución y funcionamiento de las Comunidades de Regantes y Sindicatos Centrales. O. 11 enero
- Sobre competencias para autorizar la extracción de áridos en los ríos. O. 31 octubre
- Aprovechamientos de áridos en tramos determinados. D. 2495/1966, 10 septiembre. Sobre ordenación de las zonas limítrofes a los embalses. O. 29 abril
- Revisión de las características de las inscripciones de aprovechamientos en el Registro de Aguas Públicas. O. 19 julio
- Sobre la utilización de los embalses para la navegación particular. O. 13 febrero
- Actualiza la constitución de las Comunidades de Regantes. L. 30 junio
- Sobre régimen jurídico de los alumbramientos de aguas subterráneas en la isla de Mallorca. D. 3 abril
- De la Presidencia del Gobierno por el que se dan normas de carácter técnico y administrativo para la explotación de aguas subterráneas en determinadas zonas de Andalucía. D. 3239/1971, 23 diciembre. Sobre medidas contra la contaminación de los ríos guipuzcoanos. D. 23 marzo
- Por el que se extendió a Ibiza la Ley de 30 junio
- D. 3382/1973, 21 diciembre. De la Presidencia del Gobierno dictando normas para la ejecución de nuevos alumbramientos y ampliación de los ya existentes en la provincia de Baleares. (Excepto su artículo 12.) D. 2508/1975, 18 septiembre. Previsión de daños por avenidas. R. D. 26 noviembre
- Por el que se levanta la prohibición de alumbramientos en el Bajo Andarax. O. 26 julio
- Constitución de los Comités de Coordinación de las Comisarías de Aguas-Confederaciones Hidrográficas.
- Disposiciones que quedarán derogadas a la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias a que se refiere el artículo 2.º de este Real Decreto: Fecha Objeto de la disposición R. O. 5 junio
- Por el que se aprueba la Instrucción para la tramitación de expedientes de alumbramientos de aguas subterráneas en terrenos de dominio público. R. O. 14 junio
- Aprobando la instrucción para la tramitación de los expedientes de aprovechamientos de aguas públicas. R. O. 9 junio
- Deslinde de dominio público de álveos. R. O. 16 agosto
- Intervención de Ingenieros Agrónomos en expedientes de aprovechamientos (adición a la instrucción de 1883). R. O. 13 diciembre
- Adición a la instrucción de 1883 sobre concesión de aprovechamientos. R. D. L. 7 enero
- Concesiones por interés público, aclarando e interpretando textos legales vigentes acerca de todo lo concerniente a las aguas y sus cauces, y regulando el régimen de concesiones. D. 14 noviembre
- Reglamento de Policía Fluvial. D. 133/1960, 4 febrero. Convalida tarifas de riego. D. 144/1960, 4 febrero. Convalida el canon de regulación. D. 134/1960, 4 febrero. Convalida el canon de ocupación o aprovechamiento. D. 2021/1962, 8 agosto. Sobre simplificación de trámites de aprovechamientos de aguas públicas para pequeños regadíos. D. 1375/1972, 25 mayo. Modifica el Reglamento de Policía.
- Disposiciones que quedarán derogadas a la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias que se dicten para el cumplimiento de los títulos II y III de la Ley de Aguas, de acuerdo con el artículo 3.º de este Real Decreto: Fecha Objeto de la disposición D. 24 junio
- Por el que se crea una Comisión Especial de los Ministerios de Obras Públicas, Industria y Agricultura para el aprovechamiento total de las cuencas de los ríos o unidades geográficas determinadas. O. 8 mayo
- Sobre constitución y funcionamiento de las Juntas de Obras en las Confederaciones Hidrográficas. O. 26 septiembre
- Por la que se regula la actuación de las Comisiones de Desembalses. O. 19 junio
- Sobre estructura y funciones de los Servicios Técnicos de las Confederaciones Hidrográficas. O. 19 junio
- Sobre estructura y funciones de las Comisarías de Aguas y Servicios Hidráulicos. O. 27 abril
- Facultades delegadas en las Confederaciones Hidrográficas. O. 12 marzo
- Modifica la estructura de los Servicios Técnicos de las Confederaciones Hidrográficas. R.D. 2513/1978, 29 septiembre. Composición de la Comisión Central de Desembalses. R.D. 2419/1979, 14 septiembre. Composición y funciones de los órganos de gobierno de las Confederaciones Hidrográficas (salvo artículos 6 y 7 ya derogados). O. 30 noviembre
- Constitución y funcionamiento de los órganos de gobierno de las Confederaciones Hidrográficas. R.D. 3029/1979, 7 diciembre. Planificación Hidrológica. L. 3 marzo
- Actuaciones urgentes de aguas en la provincia de Almería. (Se derogan el artículo 3.º y la disposición transitoria.) O. 7 octubre
- Elección de Vocales de las Juntas de Gobierno en las Confederaciones Hidrográficas R.D. 2383/1981, 20 agosto. Modifica la composición de la Comisión Interministerial de Planificación Hidrológica. R.D. 1220/1983, 27 abril. Crea la Comisión para Planificación Hidrológica de Baleares.
- Disposiciones que quedan vigentes, de acuerdo con el artículo 4.º de este Real Decreto: Fecha Objeto de la disposición R. D. L. 23 agosto
- Ordenación de saltos del Duero. L. 21/1971, 19 junio. Sobre aprovechamiento conjunto Tajo-Segura. L. 52/1980, 16 octubre. Régimen económico de la explotación del acueducto Tajo-Segura. L. 18/1981, 1 julio. Actuaciones en Tarragona en materia de aguas. R.D. 916/1985, 25 mayo. Aprovechamientos hidroeléctricos. Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 30, de 4 de febrero de
- Ref. BOE-A-1986-
- ANEXO
- Disposiciones que quedarán derogadas el día 1.º de enero de 1986, de acuerdo con el artículo 1.º de este Real Decreto: Fecha Objeto de la disposición R. O. 5 septiembre
- Dando reglas para el cumplimiento del artículo 36 de la Ley de Aguas vigente (servidumbre legal en riberas y márgenes). R. D. 21 marzo
- (Apl. artículo 62 L. A.) Declaración de insalubridad terrenos pantanosos y su tramitación. R. D. 16 noviembre
- Aprobando el Reglamento sobre enturbiamiento e infección de aguas públicas y sobre aterramiento y ocupación de sus cauces con los líquidos procedentes del lavado de minerales o por los residuos de las fábricas. R. D. 12 abril
- Creando en la Dirección General de Obras Públicas un Registro Central de Aprovechamientos de aguas públicas. R. O. 30 abril
- Estableciendo reglas sobre registro de aprovechamientos. R. O. 12 marzo
- Estableciendo reglas sobre registro de aprovechamientos. R. O. 10 septiembre
- Dictando reglas para la inscripción definitiva de los aprovechamientos de aguas públicas que utilizan las compañías de ferrocarriles. L. 7 julio
- Concesiones para riegos. R. D. 15 julio
- Sobre el estudio, en cada una de las cuencas, de las corrientes subterráneas que puedan ser alumbradas por pozos. R. O. 15 marzo
- Reglamento para la ejecución de la Ley de 7 de julio de
- R. O. 2 enero
- Justificación del derecho al aprovechamiento de aguas públicas y su inscripción. R. O. 16 octubre
- Referente a la tramitación y procedimiento a que deben ajustarse las peticiones para limpias de arroyos y aprovechamientos de los residuos minerales existentes en los mismos. R. D. 28 junio
- Sobre iluminación de aguas subterráneas por el Estado y sobre los auxilios que este prestará a quienes la emprendan. R. D. 11 julio
- Por el que se dispone que los dos anteriores se interpreten en el sentido de que sus disposiciones no son aplicables a las aguas subterráneas de terrenos y cauces de dominio público. R. D. 23 julio
- Aclaratorio de lo que ha de entenderse por aguas subterráneas correspondientes a los cauces y terrenos de dominio público. R. D. 5 septiembre
- Concesiones de aguas públicas. R. D. 14 junio
- Suprimiendo concesiones a perpetuidad para fuerza motriz. R. D. 10 noviembre
- Modificando las concesiones a perpetuidad para fuerza motriz. R. D. 27 enero
- Que recuerda a los Gobernadores civiles que la tramitación de asuntos de aprovechamientos de aguas para riegos corresponde a las Jefaturas de Obras Públicas, si bien ha de facilitarse la función de los servicios agronómicos. R. D. 16 mayo
- Concesión saltos provisionales. R. D. 20 junio
- Dictando reglas para la concesión de licencias para la flotación de maderas por los ríos. R. D. 5 marzo
- Relativo a la organización de las Confederaciones Sindicales Hidrográficas. R. D. L. 28 julio
- Aprovechamientos industriales y regulación de corrientes en los planes de las Confederaciones Hidrográficas. R. D. L. 28 julio
- Regulando las cooperaciones y auxilios de los usuarios industriales en las obras de regulación y aprovechamientos de los ríos. R. D. L. 19 abril
- Aprovechamientos industriales y regularización corrientes. Planes Confederaciones. R. D. 27 marzo
- Sobre concesiones de aguas públicas. D. 19 enero
- Expediente de servidumbre de acueducto. O. 17 marzo
- Del Ministerio de Industria y Comercio resolviendo que los expedientes de alumbramiento de aguas subterráneas, tanto en terrenos particulares como los de dominio públicos, debían incoarse en el Gobierno Civil y tramitarse en la Jefatura del mismo. D. 23 agosto
- Sobre catalogación y registros de manantiales y alumbramiento de aguas. O. 15 octubre
- Por la que se dictan normas para la tramitación de los expedientes de alumbramiento de aguas para abastecimiento de pueblos de 2.000 Habitantes. D. 12 marzo
- Por el que se dan instrucciones para el cumplimiento del de 23 de agosto de 1934 sobre inscripción obligatoria de manantiales. O. 15 marzo
- Sobre intervención exclusiva de los Ingenieros de Minas afectos a los distritos correspondientes en los servicios de aguas, en las instalaciones para su elevación y en las inscripciones en los Registros Regionales de manantiales. O. 22 marzo
- Que complementa las instrucciones del Decreto de 12 de marzo de
- D. 4 mayo
- Por el que queda en suspenso el de 23 de marzo de 1934 (sobre catalogación y registro de manantiales y alumbramientos) y la Orden de 17 de marzo de 1934, solo en cuanto afecte a los Servicios de Obras Públicas y hasta tanto no se dicten disposiciones transitorias. O. 29 junio
- Por el que se dictan normas para la tramitación en la Dirección General de Minas e Instituto Geológico, de expedientes de auxilios para alumbramientos incoados por Entidades y Corporaciones. D. 22 junio
- Reglas sobre concesión de licencias de flotación fluvial. O. 14 octubre
- Sobre aprovechamientos de agua. O. 10 octubre
- Sobre canales y pantanos. Aprovechamientos; conocimiento de sus caudales. D. 23 octubre
- Alumbramiento de aguas subterráneas. O. 10 diciembre
- Obligatoriedad de constituir Comunidad de Regantes. D. 30 diciembre
- Aguas para riegos. Superficie regable sin aumento de caudal. D. 18 de junio
- Concesiones de aprovechamientos hidroeléctricos en pie de presas y canales del Estado. D. 10 enero
- Normas sobre concesiones de aprovechamientos hidroeléctricos D. 28 noviembre
- Canales y pantanos. Facultades de Ingenieros y Directores de Confederaciones Hidrográficas y Servicios Hidráulicos. D. L. 17 julio
- Aprovechamientos hidráulicos. O. 2 julio
- Que dispuso la necesidad de solicitar autorización de la Dirección General de Colonización para realizar trabajos de alumbramiento de aguas subterráneas en la Sierra de Callosa de Segura. D. 9 enero
- Patrimonio nacional del Estado. Autorización exclusiva para extraer materiales de arrastre en el río Manzanares. D. 5 febrero
- Alumbramientos de aguas subterráneas por IRYDA (INC). (Derogado solo artículo 3.) D. 12 noviembre
- Alumbramientos artesianos-instalación mecanismos de interrupción. O. 3 diciembre
- Aguas. Concesiones; aprovechamientos; observancia de plazos; caducidad; prórrogas. O. 31 julio
- De la Presidencia del Gobierno (cuenca del Segura) sobre aplicación del Reglamento de Policía de Aguas y sus cauces en esta cuenca. O. 4 septiembre
- Sobre Reglamentación de las aguas residuales. O. 23 marzo
- Sobre vertido de aguas residuales. O. 8 agosto
- Sobre alteración de las condiciones biológicas, físicas o químicas de las aguas. O. 18 febrero
- Sobre demolición de obras abusivas en cauces públicos de aguas. D. 998/1962, 26 abril. Intervención MOP y Ministerio de Industria en expedientes de aprovechamientos hidroeléctricos. O. 9 octubre
- Sobre normas complementarias para vertidos de aguas residuales. (Aplicación Orden 4 septiembre 1959.) O. 24 julio
- Sobre normas de funcionamiento de los Registros de Aprovechamiento de Aguas Públicas. O. 6 agosto
- Sobre constitución y funcionamiento de las Comunidades de Regantes y Sindicatos Centrales. O. 11 enero
- Sobre competencias para autorizar la extracción de áridos en los ríos. O. 31 octubre
- Aprovechamientos de áridos en tramos determinados. D. 2495/1966, 10 septiembre. Sobre ordenación de las zonas limítrofes a los embalses. O. 29 abril
- Revisión de las características de las inscripciones de aprovechamientos en el Registro de Aguas Públicas. O. 19 julio
- Sobre la utilización de los embalses para la navegación particular. O. 13 febrero
- Actualiza la constitución de las Comunidades de Regantes. L. 30 junio
- Sobre régimen jurídico de los alumbramientos de aguas subterráneas en la isla de Mallorca. D. 3 abril
- De la Presidencia del Gobierno por el que se dan normas de carácter técnico y administrativo para la explotación de aguas subterráneas en determinadas zonas de Andalucía. D. 3239/1971, 23 diciembre. Sobre medidas contra la contaminación de los ríos guipuzcoanos. D. 23 marzo
- Por el que se extendió a Ibiza la Ley de 30 junio
- D. 3382/1973, 21 diciembre. De la Presidencia del Gobierno dictando normas para la ejecución de nuevos alumbramientos y ampliación de los ya existentes en la provincia de Baleares. (Excepto su artículo 12.) D. 2508/1975, 18 septiembre. Previsión de daños por avenidas. R. D. 26 noviembre
- Por el que se levanta la prohibición de alumbramientos en el Bajo Andarax. O. 26 julio
- Constitución de los Comités de Coordinación de las Comisarías de Aguas-Confederaciones Hidrográficas.
- Disposiciones que quedarán derogadas a la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias a que se refiere el artículo 2.º de este Real Decreto: (Derogadas)
- Disposiciones que quedarán derogadas a la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias que se dicten para el cumplimiento de los títulos II y III de la Ley de Aguas, de acuerdo con el artículo 3.º de este Real Decreto: Fecha Objeto de la disposición D. 24 junio
- Por el que se crea una Comisión Especial de los Ministerios de Obras Públicas, Industria y Agricultura para el aprovechamiento total de las cuencas de los ríos o unidades geográficas determinadas. O. 8 mayo
- Sobre constitución y funcionamiento de las Juntas de Obras en las Confederaciones Hidrográficas. O. 26 septiembre
- Por la que se regula la actuación de las Comisiones de Desembalses. O. 19 junio
- Sobre estructura y funciones de los Servicios Técnicos de las Confederaciones Hidrográficas. O. 19 junio
- Sobre estructura y funciones de las Comisarías de Aguas y Servicios Hidráulicos. O. 27 abril
- Facultades delegadas en las Confederaciones Hidrográficas. O. 12 marzo
- Modifica la estructura de los Servicios Técnicos de las Confederaciones Hidrográficas. R.D. 2513/1978, 29 septiembre. Composición de la Comisión Central de Desembalses. R.D. 2419/1979, 14 septiembre. Composición y funciones de los órganos de gobierno de las Confederaciones Hidrográficas (salvo artículos 6 y 7 ya derogados). O. 30 noviembre
- Constitución y funcionamiento de los órganos de gobierno de las Confederaciones Hidrográficas. R.D. 3029/1979, 7 diciembre. Planificación Hidrológica. L. 3 marzo
- Actuaciones urgentes de aguas en la provincia de Almería. (Se derogan el artículo 3.º y la disposición transitoria.) O. 7 octubre
- Elección de Vocales de las Juntas de Gobierno en las Confederaciones Hidrográficas R.D. 2383/1981, 20 agosto. Modifica la composición de la Comisión Interministerial de Planificación Hidrológica. R.D. 1220/1983, 27 abril. Crea la Comisión para Planificación Hidrológica de Baleares.
- Disposiciones que quedan vigentes, de acuerdo con el artículo 4.º de este Real Decreto: Fecha Objeto de la disposición R. D. L. 23 agosto
- Ordenación de saltos del Duero. L. 21/1971, 19 junio. Sobre aprovechamiento conjunto Tajo-Segura. L. 52/1980, 16 octubre. Régimen económico de la explotación del acueducto Tajo-Segura. L. 18/1981, 1 julio. Actuaciones en Tarragona en materia de aguas. R.D. 916/1985, 25 mayo. Aprovechamientos hidroeléctricos. Se derogan las disposiciones contenidas en el apartado 2 por el art. 2 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. Ref. BOE-A-1986-10638#a
- Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 30, de 4 de febrero de
- Ref. BOE-A-1986-
- ANEXO
- Disposiciones que quedarán derogadas el día 1.º de enero de 1986, de acuerdo con el artículo 1.º de este Real Decreto: Fecha Objeto de la disposición R. O. 5 septiembre
- Dando reglas para el cumplimiento del artículo 36 de la Ley de Aguas vigente (servidumbre legal en riberas y márgenes). R. D. 21 marzo
- (Apl. artículo 62 L. A.) Declaración de insalubridad terrenos pantanosos y su tramitación. R. D. 16 noviembre
- Aprobando el Reglamento sobre enturbiamiento e infección de aguas públicas y sobre aterramiento y ocupación de sus cauces con los líquidos procedentes del lavado de minerales o por los residuos de las fábricas. R. D. 12 abril
- Creando en la Dirección General de Obras Públicas un Registro Central de Aprovechamientos de aguas públicas. R. O. 30 abril
- Estableciendo reglas sobre registro de aprovechamientos. R. O. 12 marzo
- Estableciendo reglas sobre registro de aprovechamientos. R. O. 10 septiembre
- Dictando reglas para la inscripción definitiva de los aprovechamientos de aguas públicas que utilizan las compañías de ferrocarriles. L. 7 julio
- Concesiones para riegos. R. D. 15 julio
- Sobre el estudio, en cada una de las cuencas, de las corrientes subterráneas que puedan ser alumbradas por pozos. R. O. 15 marzo
- Reglamento para la ejecución de la Ley de 7 de julio de
- R. O. 2 enero
- Justificación del derecho al aprovechamiento de aguas públicas y su inscripción. R. O. 16 octubre
- Referente a la tramitación y procedimiento a que deben ajustarse las peticiones para limpias de arroyos y aprovechamientos de los residuos minerales existentes en los mismos. R. D. 28 junio
- Sobre iluminación de aguas subterráneas por el Estado y sobre los auxilios que este prestará a quienes la emprendan. R. D. 11 julio
- Por el que se dispone que los dos anteriores se interpreten en el sentido de que sus disposiciones no son aplicables a las aguas subterráneas de terrenos y cauces de dominio público. R. D. 23 julio
- Aclaratorio de lo que ha de entenderse por aguas subterráneas correspondientes a los cauces y terrenos de dominio público. R. D. 5 septiembre
- Concesiones de aguas públicas. R. D. 14 junio
- Suprimiendo concesiones a perpetuidad para fuerza motriz. R. D. 10 noviembre
- Modificando las concesiones a perpetuidad para fuerza motriz. R. D. 27 enero
- Que recuerda a los Gobernadores civiles que la tramitación de asuntos de aprovechamientos de aguas para riegos corresponde a las Jefaturas de Obras Públicas, si bien ha de facilitarse la función de los servicios agronómicos. R. D. 16 mayo
- Concesión saltos provisionales. R. D. 20 junio
- Dictando reglas para la concesión de licencias para la flotación de maderas por los ríos. R. D. 5 marzo
- Relativo a la organización de las Confederaciones Sindicales Hidrográficas. R. D. L. 28 julio
- Aprovechamientos industriales y regulación de corrientes en los planes de las Confederaciones Hidrográficas. R. D. L. 28 julio
- Regulando las cooperaciones y auxilios de los usuarios industriales en las obras de regulación y aprovechamientos de los ríos. R. D. L. 19 abril
- Aprovechamientos industriales y regularización corrientes. Planes Confederaciones. R. D. 27 marzo
- Sobre concesiones de aguas públicas. D. 19 enero
- Expediente de servidumbre de acueducto. O. 17 marzo
- Del Ministerio de Industria y Comercio resolviendo que los expedientes de alumbramiento de aguas subterráneas, tanto en terrenos particulares como los de dominio públicos, debían incoarse en el Gobierno Civil y tramitarse en la Jefatura del mismo. D. 23 agosto
- Sobre catalogación y registros de manantiales y alumbramiento de aguas. O. 15 octubre
- Por la que se dictan normas para la tramitación de los expedientes de alumbramiento de aguas para abastecimiento de pueblos de 2.000 Habitantes. D. 12 marzo
- Por el que se dan instrucciones para el cumplimiento del de 23 de agosto de 1934 sobre inscripción obligatoria de manantiales. O. 15 marzo
- Sobre intervención exclusiva de los Ingenieros de Minas afectos a los distritos correspondientes en los servicios de aguas, en las instalaciones para su elevación y en las inscripciones en los Registros Regionales de manantiales. O. 22 marzo
- Que complementa las instrucciones del Decreto de 12 de marzo de
- D. 4 mayo
- Por el que queda en suspenso el de 23 de marzo de 1934 (sobre catalogación y registro de manantiales y alumbramientos) y la Orden de 17 de marzo de 1934, solo en cuanto afecte a los Servicios de Obras Públicas y hasta tanto no se dicten disposiciones transitorias. O. 29 junio
- Por el que se dictan normas para la tramitación en la Dirección General de Minas e Instituto Geológico, de expedientes de auxilios para alumbramientos incoados por Entidades y Corporaciones. D. 22 junio
- Reglas sobre concesión de licencias de flotación fluvial. O. 14 octubre
- Sobre aprovechamientos de agua. O. 10 octubre
- Sobre canales y pantanos. Aprovechamientos; conocimiento de sus caudales. D. 23 octubre
- Alumbramiento de aguas subterráneas. O. 10 diciembre
- Obligatoriedad de constituir Comunidad de Regantes. D. 30 diciembre
- Aguas para riegos. Superficie regable sin aumento de caudal. D. 18 de junio
- Concesiones de aprovechamientos hidroeléctricos en pie de presas y canales del Estado. D. 10 enero
- Normas sobre concesiones de aprovechamientos hidroeléctricos D. 28 noviembre
- Canales y pantanos. Facultades de Ingenieros y Directores de Confederaciones Hidrográficas y Servicios Hidráulicos. D. L. 17 julio
- Aprovechamientos hidráulicos. O. 2 julio
- Que dispuso la necesidad de solicitar autorización de la Dirección General de Colonización para realizar trabajos de alumbramiento de aguas subterráneas en la Sierra de Callosa de Segura. D. 9 enero
- Patrimonio nacional del Estado. Autorización exclusiva para extraer materiales de arrastre en el río Manzanares. D. 5 febrero
- Alumbramientos de aguas subterráneas por IRYDA (INC). (Derogado solo artículo 3.) D. 12 noviembre
- Alumbramientos artesianos-instalación mecanismos de interrupción. O. 3 diciembre
- Aguas. Concesiones; aprovechamientos; observancia de plazos; caducidad; prórrogas. O. 31 julio
- De la Presidencia del Gobierno (cuenca del Segura) sobre aplicación del Reglamento de Policía de Aguas y sus cauces en esta cuenca. O. 4 septiembre
- Sobre Reglamentación de las aguas residuales. O. 23 marzo
- Sobre vertido de aguas residuales. O. 8 agosto
- Sobre alteración de las condiciones biológicas, físicas o químicas de las aguas. O. 18 febrero
- Sobre demolición de obras abusivas en cauces públicos de aguas. D. 998/1962, 26 abril. Intervención MOP y Ministerio de Industria en expedientes de aprovechamientos hidroeléctricos. O. 9 octubre
- Sobre normas complementarias para vertidos de aguas residuales. (Aplicación Orden 4 septiembre 1959.) O. 24 julio
- Sobre normas de funcionamiento de los Registros de Aprovechamiento de Aguas Públicas. O. 6 agosto
- Sobre constitución y funcionamiento de las Comunidades de Regantes y Sindicatos Centrales. O. 11 enero
- Sobre competencias para autorizar la extracción de áridos en los ríos. O. 31 octubre
- Aprovechamientos de áridos en tramos determinados. D. 2495/1966, 10 septiembre. Sobre ordenación de las zonas limítrofes a los embalses. O. 29 abril
- Revisión de las características de las inscripciones de aprovechamientos en el Registro de Aguas Públicas. O. 19 julio
- Sobre la utilización de los embalses para la navegación particular. O. 13 febrero
- Actualiza la constitución de las Comunidades de Regantes. L. 30 junio
- Sobre régimen jurídico de los alumbramientos de aguas subterráneas en la isla de Mallorca. D. 3 abril
- De la Presidencia del Gobierno por el que se dan normas de carácter técnico y administrativo para la explotación de aguas subterráneas en determinadas zonas de Andalucía. D. 3239/1971, 23 diciembre. Sobre medidas contra la contaminación de los ríos guipuzcoanos. D. 23 marzo
- Por el que se extendió a Ibiza la Ley de 30 junio
- D. 3382/1973, 21 diciembre. De la Presidencia del Gobierno dictando normas para la ejecución de nuevos alumbramientos y ampliación de los ya existentes en la provincia de Baleares. (Excepto su artículo 12.) D. 2508/1975, 18 septiembre. Previsión de daños por avenidas. R. D. 26 noviembre
- Por el que se levanta la prohibición de alumbramientos en el Bajo Andarax. O. 26 julio
- Constitución de los Comités de Coordinación de las Comisarías de Aguas-Confederaciones Hidrográficas.
- Disposiciones que quedarán derogadas a la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias a que se refiere el artículo 2.º de este Real Decreto: (Derogadas)
- Disposiciones que quedarán derogadas a la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias que se dicten para el cumplimiento de los títulos II y III de la Ley de Aguas, de acuerdo con el artículo 3.º de este Real Decreto: (Derogadas)
- Disposiciones que quedan vigentes, de acuerdo con el artículo 4.º de este Real Decreto: Fecha Objeto de la disposición R. D. L. 23 agosto
- Ordenación de saltos del Duero. L. 21/1971, 19 junio. Sobre aprovechamiento conjunto Tajo-Segura. L. 52/1980, 16 octubre. Régimen económico de la explotación del acueducto Tajo-Segura. L. 18/1981, 1 julio. Actuaciones en Tarragona en materia de aguas. R.D. 916/1985, 25 mayo. Aprovechamientos hidroeléctricos. Se derogan las disposiciones contenidas en el apartado 3 por la disposición derogatoria del Real Decreto 927/1988, de 29 de julio. Ref. BOE-A-1988-20883#dd. Se derogan las disposiciones contenidas en el apartado 2 por el art. 2 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril. Ref. BOE-A-1986-10638#a
- Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 30, de 4 de febrero de
- Ref. BOE-A-1986-
- Información relacionada Téngase en cuenta la Orden de 13 de marzo de 1990, que dispone el cumplimiento de la Sentencia del TS de 20 de enero de 1989, y del Auto aclaratorio de 27 de abril de 1989, que declara que es conforme a derecho, excepto en el particular, que no incluye la Ley de 7 de enero de 1915, entre las disposiciones que quedan vigentes, vigencia circunscrita a la reserva y asignación de caudales para el sistema de riegos del Alto Aragón, anulándolo en dicho particular. Ref. BOE-A-1990-9907.
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