200 ok Resolución derogada por el apartado noveno de la Resolución de 11 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Función Pública.Ref. BOE-A-2021-21334 El Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado («Boletín Oficial del Estado» de 3 de septiembre) regula los aspectos básicos de los programas que integran dicho marco y prevé en los correspondientes artículos que el Ministerio de Administraciones Públicas dictará las oportunas instrucciones operativas para el desarrollo de cada uno de ellos. Por otra parte, la propia naturaleza de los programas de calidad aconseja que tales instrucciones operativas sean más bien de carácter orientativo que prescriptivo, por lo que se ha estimado más eficaz y adecuado que revistan la forma de guías prácticas con los correspondientes criterios metodológicos y de gestión, que faciliten a los distintos órganos y organismos involucrados el ejercicio de las competencias que les atribuye el Real Decreto 951/2005, especialmente en su artículo 29. No obstante, estas guías incorporan obviamente aspectos de índole normativa para la aplicación y desarrollo del Real Decreto, de modo que, en las materias tratadas en las guías, no será necesario utilizar nuevas resoluciones de esta Secretaría General para modificar, en su caso, tales aspectos, sino que bastará con actualizar las guías en la parte correspondiente. En su virtud, y en uso de las competencias que se le atribuyen en el artículo 8 del Real Decreto 1320/2004, de 28 de mayo, y en el artículo 30 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, esta Secretaría General para la Administración Pública ha resuelto: Primero. Aprobación de las Guías para el desarrollo y aplicación de los programas del marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado. Se aprueban las guías para el desarrollo y aplicación de los programas del marco general para la mejora de la calidad, que se señalan en los siguientes apartados y que estarán disponibles en la sección «Evaluación y Calidad» de la dirección de Internet: http://www.map.es Segundo. Programa de análisis de la demanda y evaluación de la satisfacción de los usuarios. El marco metodológico para la realización de los trabajos de investigación a que se refiere el artículo 6.2 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, estará constituido por la Guía de orientación para la realización de estudios de análisis de la demanda y de encuestas de satisfacción. Tercero. Programa de Cartas de Servicios. El procedimiento para la elaboración, tramitación y certificación de Cartas de Servicios, a las que se refiere el capítulo III del citado Real Decreto, está recogido en la Guía para el desarrollo de Cartas de Servicios. Cuarto. Programa de quejas y sugerencias. El contenido mínimo de los formularios de presentación de quejas y sugerencias y la estructura básica de códigos para su clasificación, previstos en el artículo 15 del mencionado Real Decreto, así como otros criterios orientativos para la gestión de las mismas, se encuentran en la Guía para la gestión de quejas y sugerencias. Quinto. Programa de evaluación de la calidad de las organizaciones. 1. Los modelos de gestión de calidad reconocidos, a los que se refiere el artículo 20.1 del repetido Real Decreto, serán:
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.