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Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en su artículo 14, dispone que las metodologías de retribución de las actividades de transporte

200 ok La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en su artículo 14, dispone que las metodologías de retribución de las actividades de transporte y distribución se establecerán reglamentariamente atendiendo a los costes necesarios para construir, operar y mantener las instalaciones de acuerdo al principio de realización de la actividad al menor coste para el sistema eléctrico según lo dispuesto en el artículo 1.1. La metodología de retribución ha sido aprobada por el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica. Esta norma recoge todos los principios retributivos introducidos en la actividad de transporte de energía eléctrica en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre y establece una formulación para retribuir los activos de transporte clara, estable y predecible, que contribuye a aportar estabilidad regulatoria y con ello a reducir los costes de financiación de la actividad de transporte y los del sistema eléctrico. En la formulación contenida en dicho real decreto, se realiza:

  1. a)El cálculo de la retribución de la operación y mantenimiento por aplicación de unos valores unitarios de referencia sobre las instalaciones en servicio.
  2. b)Una valoración de los activos puestos en servicio desde el año 1998 hasta el año a coste de reposición. Para el cálculo de este valor se emplearán los valores unitarios de referencia de inversión aprobados en la presente orden ministerial.
  3. c)Para la valoración del inmovilizado con derecho de retribución a cargo del sistema de los activos puestos en servicio con posterioridad al 31 de diciembre de dos años antes del inicio del primer periodo regulatorio, se ha recogido una formulación que pondera el valor de inversión en que ha incurrido la empresa y el valor del activo empleando valores unitarios estándar. Para lograr este fin, el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, recoge en el capítulo V el procedimiento para establecer estos valores unitarios. Así, en el artículo 15 se dispone que por orden del Ministro de Industria, Energía y Turismo, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos y a propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, se establecerán los valores unitarios de referencia para las instalaciones de transporte peninsulares de acuerdo con los valores medios representativos del coste de las infraestructuras cuyo diseño técnico y condiciones operativas se adapten a los estándares utilizados en el sistema eléctrico peninsular. Establece también este artículo que los valores unitarios de referencia serán únicos para todo el territorio español. No obstante lo anterior, el Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, prevé el establecimiento de unos valores unitarios de referencia para aquellas instalaciones que tengan consideración de red de transporte en los sistemas no peninsulares, que podrán ser diferentes para cada uno de los subsistemas que se determinen a estos efectos por las especificidades derivadas de su ubicación territorial. De este modo, las particularidades de estos valores unitarios de referencia respecto a los peninsulares sólo atenderán a las especificidades derivadas de su ubicación territorial y de su carácter aislado. Asimismo, este real decreto dispone en su artículo 15.3 que en ningún caso dichos valores unitarios de referencia incorporarán costes financieros, ni otros no vinculados directamente a la actividad de transporte de energía eléctrica. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia remitió al Ministerio de Industria, Energía y Turismo una «Propuesta de valores unitarios de referencia para los costes de inversión y de operación y mantenimiento para las instalaciones de transporte de energía eléctrica», aprobada por la sala de supervisión regulatoria en su sesión de fecha 12 de junio de 2014. Una vez analizada la misma, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo solicitó información adicional a la Comisión Nacional de los Mercados y Competencia. Como consecuencia de dicha petición, la referida comisión remitió el «Informe sobre la solicitud de información de la DGPEM en relación con los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento de las instalaciones de transporte y distribución de energía eléctrica», aprobado por la sala de supervisión regulatoria en su sesión de fecha 13 de noviembre de 2014. La propuesta de valores unitarios de referencia realizada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia consistía básicamente en una revisión de los que se aplican en virtud de la Orden ITC/368/2011, de 21 de febrero, por la que se aprueban los valores unitarios de referencia para los costes de inversión y de operación y mantenimiento para las instalaciones de transporte, por elemento de inmovilizado, que serán aplicables a las instalaciones puestas en servicio a partir del 1 de enero de 2008 y de la Orden IET/2442/2013, de 26 de diciembre, por la que se establecen las retribuciones del segundo periodo de 2013 para las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica y se establecen otras medidas en relación con la retribución de las actividades de transporte y distribución de años anteriores. Una vez analizados en detalle los mismos, se remitió a trámite de audiencia y a informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia una propuesta de orden que recogía la propuesta de revisión de valores de inversión para aquellas instalaciones tipo respecto a las que se dispone de una muestra significativa por haberse realizado actuaciones en número suficiente en los últimos años. En dicha propuesta de orden, con el fin de incentivar el uso intensivo de los pasillos eléctricos se incrementaron los valores unitarios de inversión y de operación y mantenimiento de las líneas de múltiples circuitos. De ese modo se logra un mayor aprovechamiento de los pasillos eléctricos y se retribuyen las posibles compactaciones que pudieran producirse en los tramos en que existan circuitos múltiples. En los que respecta a los valores unitarios de operación y mantenimiento, se realizó una revisión de los mismos en línea con la propuesta realizada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, si bien se introdujeron ciertas matizaciones. Tras la realización del trámite de audiencia y la recepción del «Informe sobre la propuesta de orden por la que se aprueban las instalaciones tipo y los valores unitarios de inversión y de operación y mantenimiento por elementos de inmovilizado que se emplearán en el cálculo de la retribución de las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica», aprobado por la sala de supervisión regulatoria de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en su sesión de fecha 1 de octubre de 2015, se realizaron una serie de ajustes en la propuesta inicial de orden que condujeron a los valores finalmente aprobados en la presente orden ministerial. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2
  4. a)de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, lo dispuesto en la presente orden ha sido informado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia con fecha 1 de octubre de 2015. Asimismo se ha realizado trámite de audiencia mediante la publicación del correspondiente anuncio en el «Boletín Oficial del Estado». Mediante acuerdo de 25 de noviembre de 2015, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha autorizado al Ministro de Industria, Energía y Turismo a dictar la presente orden. En su virtud, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, dispongo: Artículo 1. Objeto. 1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 15 del Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de transporte de energía eléctrica, constituye el objeto de la presente orden el establecimiento de los valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento por elemento de inmovilizado de las instalaciones de transporte de energía eléctrica que serán de aplicación durante el primer periodo regulatorio y la vida útil regulatoria de dichas instalaciones. 2. El primer período regulatorio comprenderá desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2019, de conformidad con la disposición transitoria primera del Real Decreto 1047/2013, de 27 de diciembre. Artículo 2. Ámbito de aplicación. La presente orden será de aplicación a todas las instalaciones de transporte de energía eléctrica ubicadas en el territorio español. Artículo 3. Valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento por elemento de inmovilizado aplicables a las instalaciones de transporte de energía eléctrica. 1. Las instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de inversión por elemento de inmovilizado, que serán aplicables a las instalaciones de transporte de energía eléctrica durante el primer periodo regulatorio, serán los que detalladamente figuran en los anexos I, II, III y IV, según el territorio en que estén ubicadas. 2. Los valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento por elemento de inmovilizado, que serán aplicables a las instalaciones de transporte de energía eléctrica durante el primer periodo regulatorio, serán los que detalladamente figuran en los anexos V, VI, VII y VIII, según el territorio en que estén ubicadas. Artículo 4. Vida útil regulatoria. La vida útil regulatoria de las instalaciones de transporte de energía eléctrica recogidas en los anexos de la presente orden será de 40 años. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden. Disposición final única. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 11 de diciembre de 2015.–El Ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria López. ANEXO I Instalaciones tipo y valores unitarios de referencia de inversión por elemento de inmovilizado para instalaciones de transporte de energía eléctrica ubicadas en el territorio peninsular Valores unitarios de referencia de inversión para líneas aéreas Líneas aéreas de longitud mayor o igual a 10 km Término variable €/km Término fijo € 400 kV (dúplex) Simple circuito 298.437 – 400 kV (dúplex) Doble circuito 505.047 – 400 kV (duplex) Cuádruple circuito 1.010.096 – 400 kV (triplex) Simple circuito 373.047 – 400 kV (triplex) Doble circuito 569.843 – 400 kV (triplex) Cuádruple circuito 1.262.619 – 220 kV (simplex) Simple circuito 266.617 – 220 kV (simplex) Doble circuito 451.197 – 220 kV (duplex) Simple circuito 286.684 – 220 kV (duplex) Doble circuito 485.158 – 220 kV (duplex) Cuádruple circuito 970.317 – Líneas aéreas de longitud menor a 10 km Término variable €/km Término fijo € 400 kV (duplex) Simple circuito 268.331 301.065 400 kV (duplex) Doble circuito 454.098 509.495 400 kV (duplex) Cuadruple circuito 826.850 1.832.454 400 kV (triplex) Simple circuito 305.371 676.759 400 kV (triplex) Doble circuito 455.315 1.145.284 400 kV (triplex) Cuadruple circuito 1.033.563 2.290.567 220 kV (simplex) Simple circuito 221.525 450.923 220 kV (simplex) Doble circuito 389.913 612.848 220 kV (duplex) Simple circuito 238.198 484.863 220 kV (duplex) Doble circuito 419.261 658.976 220 kV (duplex) Cuadruple circuito 806.209 1.641.076 Tendido de circuitos en fases Porcentaje sobre unitario correspondiente Tendido 1.er circuito con apoyos para dos 80% Tendido 2.º circuito con apoyos para dos 30% Aumentos de capacidad Término variable €/MVA y km 400 kV (€/MVA y km línea) 36 220 kV (€/MVA y km línea) 194 Valores unitarios de referencia de inversión para líneas subterráneas Líneas subterráneas de longitud mayor o igual a 2,2 km Término variable €/km Término fijo € Simple circuito de Cu de 1,100 mm² de sección 1.713.810 – Doble circuito de Cu de 1,100 mm² de sección 3.332.377 – Simple circuito de Cu de 2.000 mm² de sección 2.271.313 – Doble circuito de Cu de 2.000 mm² de sección 4.218.198 – Simple circuito de Cu de 2.500 mm² de sección 2.594.117 – Doble circuito de Cu de 2.500 mm² de sección 5.110.149 – Simple circuito de Al de 630 mm² de sección 889.446 – Doble circuito de Al de 630 mm² de sección 1.729.461 – Simple circuito de Al de 1,200 mm² de sección 1.041.301 – Doble circuito de Al de 1,200 mm² de sección 2.055.048 – Simple circuito de Al de 2,000 mm² de sección 1.496.871 – Doble circuito de Al de 2,000 mm² de sección 2.910.557 – Líneas subterráneas de longitud menor a 2,2 km Término variable €/km Término fijo € Simple circuito de Cu de 1,100 mm² de sección 1.236.015 1.051.148 Doble circuito de Cu de 1,100 mm² de sección 2.517.002 1.793.825 Simple circuito de Cu de 2.000 mm² de sección 1.905.324 805.175 Doble circuito de Cu de 2.000 mm² de sección 3.593.624 1.374.063 Simple circuito de Cu de 2.500 mm² de sección 1.983.895 1.342.487 Doble circuito de Cu de 2.500 mm² de sección 4.066.650 2.295.697 Simple circuito de Al de 630 mm² de sección 641.476 545.532 Doble circuito de Al de 630 mm² de sección 1.306.291 930.973 Simple circuito de Al de 1,200 mm² de sección 750.996 638.671 Doble circuito de Al de 1,200 mm² de sección 1.559.631 1.089.919 Simple circuito de Al de 2,000 mm² de sección 1.079.557 918.091 Doble circuito de Al de 2,000 mm² de sección 2.198.394 1.566.759 Valores unitarios de referencia de inversión para posiciones Posiciones convencionales Término €/posición Convencional 400 kV, 50 kA, todas las configuraciones 1.043.909 Convencional 220 kV, 40 kA, Interruptor y medio 650.768 Convencional 220 kV, 40 kA, resto de configuraciones 692.402 Posiciones blindadas Término €/posición Blindada 400 kV, 63 kA, todas las configuraciones 2.512.565 Blindada 400 kV, 63 kA, con fluoductos 3.140.706 Blindada 220 kV, 40 kA, en edificio, todas las configuraciones 578.750 Blindada 220 kV, 40 kA, en edificio, todas las configuraciones, con fluoductos 641.946 Blindada 220 kV, 50 kA, en edificio, todas las configuraciones 1.023.124 Blindada 220 kV, 50 kA, en edificio, todas las configuraciones, con fluoductos 1.134.842 Blindada 220 kV, 63 kA, en edificio, todas las configuraciones 1.555.815 Blindada 220 kV, 63 kA, en edificio, todas las configuraciones, con fluoductos 1.944.769 Blindada 220 kV, 50 kA, en intemperie, todas las configuraciones 1.217.594 Blindada 220 kV, 50 kA, en intemperie, todas las configuraciones, con fluoductos 1.521.993 Blindada 220 kV, 63 kA, en intemperie, todas las configuraciones 1.400.234 Blindada 220 kV, 63 kA, en intemperie, todas las configuraciones, con fluoductos 1.750.292 Posiciones móviles Término €/posición Móvil 400 kV, todas las configuraciones 2.512.565 Móvil 220 kV, todas las configuraciones 1.023.124 Posiciones de reserva convencionales Porcentaje sobre unitario correspondiente Posición de reserva sin equipar (Convencional) 400 kV 41,40% Posición de reserva sin equipar (Convencional) 220 kV 33,50% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 400 kV 58,60% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 220 kV 66,50% Posiciones de reserva blindadas Porcentaje sobre unitario correspondiente Posición de reserva sin equipar (Blindada) 400 kV 21,60% Posición de reserva sin equipar (Blindada) 220 kV 48,50% Equipamiento de posición de reserva (Blindada) 400 kV 78,40% Equipamiento de posición de reserva (Blindada) 220 kV 51,50% Valores unitarios de referencia de inversión para máquinas Máquinas de potencia Término variable €/MVA Transformadores monofásicos (400/220 kV) 9.835 Transformadores trifásicos (400/220/132 kV) 9.796 Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Reactancias (400 ó 220 kV) 15.499 Condensadores (400 ó 220 kV) 19.613 ANEXO II Instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de inversión por elemento de inmovilizado para instalaciones de transporte de energia eléctrica ubicadas en las Islas Baleares Valores unitarios de referencia de inversión para líneas aéreas Líneas aéreas de longitud mayor o igual a 10 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV (dúplex) Simple Circuito 372.690 – 220 kV (dúplex) Doble Circuito 630.706 – 220 kV (simplex) Simple Circuito 346.601 – 220 kV (simplex) Doble Circuito 586.556 – 132 kV (simplex) Simple Circuito 314.642 – 132 kV (simplex) Doble Circuito 461.474 – 66 kV (simplex) Simple Circuito 249.094 – 66 kV (simplex) Doble Circuito 365.339 – Líneas aéreas de longitud menor a 10 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV (dúplex) Simple Circuito 309.658 630.323 220 kV (dúplex) Doble Circuito 547.192 835.139 220 kV (simplex) Simple Circuito 287.981 586.200 220 kV (simplex) Doble Circuito 508.888 776.680 132 kV (simplex) Simple Circuito 263.234 514.084 132 kV (simplex) Doble Circuito 386.076 753.989 66 kV (simplex) Simple Circuito 209.492 396.026 66 kV (simplex) Doble Circuito 307.255 580.838 Tendido de circuitos en fases Porcentaje sobre su unitarios correspondiente Tendido 1.er circuito con apoyo para dos 85,00% Tendido 2º circuito con apoyo para dos 25,00% Aumentos de capacidad Término variable €/MVA y km 220 kV (€/MVA y km de línea) 197 132 kV (€/MVA y km de línea) 1.176 66 kV (€/MVA y km de línea) 2.957 Valores unitarios de referencia de inversión para líneas subterráneas Líneas subterráneas de longitud mayor o igual a 2,2 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV Simple circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 2.465.695 – 220 kV Doble circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 4.808.746 – 220 kV Simple circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 1.868.052 – 220 kV Doble circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 3.798.910 – 220 kV Simple circuito de Al 630 mm2 de sección 969.496 – 220 kV Doble circuito de Al 630 mm2 de sección 1.971.586 – 220 kV Simple circuito de Al 1.200 mm2 de sección 1.135.020 – 220 kV Doble circuito de Al 1.200 mm2 de sección 2.308.199 – 220 kV Simple circuito de Al 2.000 mm2 de sección 1.631.590 – 220 kV Doble circuito de Al 2.000 mm2 de sección 3.318.036 – 132 kV Simple circuito de Al 1.200 m2 de sección 1.127.475 – 132 kV Doble circuito de Al 1.200 m2 de sección 2.209.065 – 66 kV Simple circuito de Al 1.000 m2 de sección 865.454 – 66 kV Doble circuito de Al 1.000 m2 de sección 1.628.464 – Líneas subterráneas de longitud menor a 2,2 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV Simple circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 2.068.113 874.681 220 kV Doble circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 4.099.133 1.561.149 220 kV Simple circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 1.347.256 1.145.752 220 kV Doble circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 2.869.382 2.044.961 220 kV Simple circuito de Al 630 m2 de sección 699.209 594.631 220 kV Doble circuito de Al 630 m2 de sección 1.489.173 1.061.309 220 kV Simple circuito de Al 1,200 m2 de sección 818.587 696.152 220 kV Doble circuito de Al 1200 m2 de sección 1.743.422 1.242.508 220 kV Simple circuito de Al 2.000 m2 de sección 1.176.717 1.000.720 220 kV Doble circuito de Al 2.000 m2 de sección 2.506.170 1.786.105 132 kV Simple circuito de Al 630 mm2 de sección 893.829 514.021 132 kV Doble circuito de Al 1.200 m2 de sección 1.866.819 752.941 66 kV Simple circuito de Al 1.000 m2 de sección 676.637 415.395 66 kV Doble circuito de Al 1.000 m2 de sección 1.366.829 575.597 Valores unitarios de referencia de inversión para posiciones Posiciones convencionales Término €/posición Convencional 220 kV, 40 kA, Interruptor y medio 976.778 Convencional 220 kV, 40 kA, resto configuraciones 803.241 Convencional 132 kV, 31,5 kA 603.308 Convencional 66 kV, 31,5 kA 501.053 Posiciones blindadas Término variable €/posición Blindada 220 kV en edificio, 40 kA 1.338.525 Blindada 220 kV en edificio, 40 kA, con fluoductos 1.484.424 Blindada 132 kV, 31,5 kA 758.258 Blindada 66 kV, 31,5 kA 711.575 Posiciones móviles Término €/posición Móvil 220 kV, todas las configuraciones 1.338.525 Móvil 132 kV, todas las configuraciones 758.258 Móvil 66 kV, todas las configuraciones 711.575 Posiciones de reserva convencionales Porcentaje sobre su unitario correspondiente Posición de reserva sin equipar (Convencional) 220 kV 36,30% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 220 kV 63,70% Posición de reserva sin equipar (Convencional) 132 kV 52,90% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 132 kV 47,10% Posición de reserva sin equipar (Convencional) 66 kV 48,80% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 66 kV 51,20% Posiciones de reserva blindadas Porcentaje sobre su unitario correspondiente Posición de reserva sin equipar (blindada) 220 kV 48,50% Equipamiento de posición de reserva (blindada) 220 kV 51,50% Posición de reserva sin equipar (blindada) 132 kV 46,20% Equipamiento de posición de reserva (blindada) 132 kV 53,80% Posición de reserva sin equipar (blindada) 66 kV 46,60% Equipamiento de posición de reserva (blindada) 66 kV 53,40% Valores unitarios de referencia de inversión para máquinas Máquinas de potencia Término variable €/MVA Transformador (220/132 kV) 8.976 Transformador (220/66 kV) 13.190 Transformador (132/66 kV) 12.671 Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Reactancias (220 kV) 38.889 Reactancias (132 kV) 44.169 Reactancias (66 kV) 21.355 Condensadores (66 kV) 2.422 ANEXO III Instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de inversión por elemento de inmovilizado para instalaciones de transporte de energia eléctrica ubicadas en las islas de Tenerife y Gran Canaria Valores unitarios de referencia de inversión para líneas aéreas Líneas aéreas de longitud mayor o igual a 10 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV (dúplex) Simple Circuito 487.364 – 220 kV (dúplex) Doble Circuito 824.770 – 220 kV (simplex) Simple Circuito 453.248 – 220 kV (simplex) Doble Circuito 767.035 – 132 kV (simplex) Simple Circuito 408.443 – 132 kV (simplex) Doble Circuito 599.050 – 66 kV (simplex) Simple Circuito 330.571 – 66 kV (simplex) Doble Circuito 484.838 – Líneas aéreas de longitud menor a 10 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV (dúplex) Simple Circuito 404.937 824.267 220 kV (dúplex) Doble Circuito 715.559 1.092.105 220 kV (simplex) Simple Circuito 376.591 766.569 220 kV (simplex) Doble Circuito 665.469 1.015.658 132 kV (simplex) Simple Circuito 355.088 533.555 132 kV (simplex) Doble Circuito 520.795 782.548 66 kV (simplex) Simple Circuito 289.793 407.782 66 kV (simplex) Doble Circuito 425.030 598.080 Tendido de circuitos en fases Porcentaje sobre su unitarios correspondiente Tendido 1.er circuito con apoyo para dos 85,00% Tendido 2.º circuito con apoyo para dos 25,00% Aumentos de capacidad Término variable €/MVA y km 220 kV (€/MVA y km de línea) 199 132 kV (€/MVA y km de línea) 1.193 66 kV (€/MVA y km de línea) 3.000 Valores unitarios de referencia de inversión para líneas subterráneas Líneas subterráneas de longitud mayor o igual a 2,2 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV Simple circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 2.556.180 – 220 kV Doble circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 5.019.656 – 220 kV Simple circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 1.936.604 – 220 kV Doble circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 3.965.528 – 220 kV Simple circuito de Al 630 mm2 de sección 1.005.074 – 220 kV Doble circuito de Al 630 mm2 de sección 2.058.059 – 220 kV Simple circuito de Al 1.200 mm2 de sección 1.176.671 – 220 kV Doble circuito de Al 1.200 mm2 de sección 2.409.435 – 220 kV Simple circuito de Al 2.000 mm2 de sección 1.691.465 – 220 kV Doble circuito de Al 2.000 mm2 de sección 3.019.179 – 132 kV Simple circuito de Al 1.200 m2 de sección 1.191.373 – 132 kV Doble circuito de Al 1.200 m2 de sección 2.341.493 – 66 kV Simple circuito de Al 1.000 m2 de sección 916.418 – 66 kV Doble circuito de Al 1.000 m2 de sección 1.733.536 – Líneas subterráneas de longitud menor a 2,2 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV Simple circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 2.144.007 906.779 220 kV Doble circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 4.278.920 1.629.620 220 kV Simple circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 1.396.696 1.187.797 220 kV Doble circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 2.995.232 2.134.652 220 kV Simple circuito de Al 630 m2 de sección 724.868 616.452 220 kV Doble circuito de Al 630 m2 de sección 1.554.488 1.107.857 220 kV Simple circuito de Al 1,200 m2 de sección 848.626 721.700 220 kV Doble circuito de Al 1200 m2 de sección 1.819.888 1.297.004 220 kV Simple circuito de Al 2.000 m2 de sección 1.219.899 1.037.444 220 kV Doble circuito de Al 2.000 m2 de sección 2.171.705 1.864.443 132 kV Simple circuito de Al 630 mm2 de sección 946.753 538.164 132 kV Doble circuito de Al 1.200 m2 de sección 1.980.678 793.792 66 kV Simple circuito de Al 1.000 m2 de sección 719.989 432.145 66 kV Doble circuito de Al 1.000 m2 de sección 1.459.296 603.327 Valores unitarios de referencia de inversión para posiciones Posiciones convencionales Término variable €/posición Convencional 220 kV, 40 kA, Interruptor y medio 1.049.634 Convencional 220 kV, 40 kA, resto configuraciones 863.154 Convencional 132 kV, 31,5 kA 648.088 Convencional 66 kV, 31,5 kA 537.575 Posiciones blindadas Término variable €/posición Blindada 220 kV en edificio, 40 kA 1.409.468 Blindada 220 kV en edificio, 40 kA, con fluoductos 1.563.100 Blindada 132 kV, 31,5 kA 797.184 Blindada 66 kV, 31,5 kA 749.759 Posiciones móviles Término variable €/posición Móvil 220 kV, todas las configuraciones 1.409.468 Móvil 132 kV, todas las configuraciones 797.184 Móvil 66 kV, todas las configuraciones 749.759 Posiciones de reserva convencionales Porcentaje sobre su unitario correspondiente Posición de reserva sin equipar (Convencional) 220 kV 36,30% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 220 kV 63,70% Posición de reserva sin equipar (Convencional) 132 kV 55,00% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 132 kV 45,00% Posición de reserva sin equipar (Convencional) 66 kV 49,80% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 66 kV 50,20% Posiciones de reserva blindadas Porcentaje sobre su unitario correspondiente Posición de reserva sin equipar (blindada) 220 kV 48,50% Equipamiento de posición de reserva (blindada) 220 kV 51,50% Posición de reserva sin equipar (blindada) 132 kV 47,80% Equipamiento de posición de reserva (blindada) 132 kV 52,20% Posición de reserva sin equipar (blindada) 66 kV 48,20% Equipamiento de posición de reserva (blindada) 66 kV 51,80% Valores unitarios de referencia de inversión para máquinas Máquinas de potencia Término variable €/MVA Transformador (220/132 kV) 9.108 Transformador (220/66 kV) 13.360 Transformador (132/66 kV) 12.807 Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Reactancias (220 kV) 39.383 Reactancias (132 kV) 44.732 Reactancias (66 kV) 21.627 Condensadores (66 kV) 2.453 ANEXO IV Instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de inversión por elemento de inmovilizado para instalaciones de transporte de energia eléctrica ubicadas en el resto de islas pertenecientes al Archipiélago Canario Valores unitarios de referencia de inversión para líneas aéreas Líneas aéreas de longitud mayor o igual a 10 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV (dúplex) Simple Circuito 581.970 – 220 kV (dúplex) Doble Circuito 984.872 – 220 kV (simplex) Simple Circuito 541.232 – 220 kV (simplex) Doble Circuito 915.931 – 132 kV (simplex) Simple Circuito 487.233 – 132 kV (simplex) Doble Circuito 714.609 – 66 kV (simplex) Simple Circuito 391.980 – 66 kV (simplex) Doble Circuito 574.904 – Líneas aéreas de longitud menor a 10 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV (dúplex) Simple Circuito 483.543 984.273 220 kV (dúplex) Doble Circuito 854.461 1.304.103 220 kV (simplex) Simple Circuito 449.694 915.374 220 kV (simplex) Doble Circuito 794.649 1.212.815 132 kV (simplex) Simple Circuito 424.438 627.948 132 kV (simplex) Doble Circuito 622.510 920.990 66 kV (simplex) Simple Circuito 344.885 470.947 66 kV (simplex) Doble Circuito 505.832 690.721 Tendido de circuitos en fases Porcentaje sobre su unitarios correspondiente Tendido 1.er circuito con apoyo para dos 85,00% Tendido 2.º circuito con apoyo para dos 25,00% Aumentos de capacidad Término variable €/MVA y km 220 kV (€/MVA y km de línea) 226 132 kV (€/MVA y km de línea) 1.349 66 kV (€/MVA y km de línea) 3.391 Valores unitarios de referencia de inversión para líneas subterráneas Líneas subterráneas de longitud mayor o igual a 2,2 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV Simple circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 2.985.980 – 220 kV Doble circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 5.821.115 – 220 kV Simple circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 2.262.229 – 220 kV Doble circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 4.598.680 – 220 kV Simple circuito de Al 630 mm2 de sección 1.174.068 – 220 kV Doble circuito de Al 630 mm2 de sección 2.386.657 – 220 kV Simple circuito de Al 1.200 mm2 de sección 1.374.518 – 220 kV Doble circuito de Al 1.200 mm2 de sección 2.794.135 – 220 kV Simple circuito de Al 2.000 mm2 de sección 1.975.870 – 220 kV Doble circuito de Al 2.000 mm2 de sección 4.016.569 – 132 kV Simple circuito de Al 1.200 m2 de sección 1.456.156 – 132 kV Doble circuito de Al 1.200 m2 de sección 2.875.267 – 66 kV Simple circuito de Al 1.000 m2 de sección 1.142.654 – 66 kV Doble circuito de Al 1.000 m2 de sección 2.165.561 – Líneas subterráneas de longitud menor a 2,2 km Término variable €/km Término fijo € 220 kV Simple circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 2.504.504 1.059.246 220 kV Doble circuito de Cu 2.000 mm2 de sección 4.962.109 1.889.811 220 kV Simple circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 1.631.540 1.387.516 220 kV Doble circuito de Cu 1.100 mm2 de sección 3.473.463 2.475.478 220 kV Simple circuito de Al 630 m2 de sección 846.749 720.103 220 kV Doble circuito de Al 630 m2 de sección 1.802.683 1.284.743 220 kV Simple circuito de Al 1,200 m2 de sección 991.315 843.047 220 kV Doble circuito de Al 1200 m2 de sección 2.110.458 1.504.088 220 kV Simple circuito de Al 2.000 m2 de sección 1.425.015 1.211.881 220 kV Doble circuito de Al 2.000 m2 de sección 3.033.784 2.162.127 132 kV Simple circuito de Al 630 mm2 de sección 1.173.194 622.517 132 kV Doble circuito de Al 1.200 m2 de sección 2.448.928 937.947 66 kV Simple circuito de Al 1.000 m2 de sección 920.315 489.146 66 kV Doble circuito de Al 1.000 m2 de sección 1.847.805 699.062 Valores unitarios de referencia de inversión para posiciones Posiciones convencionales Término €/posición Convencional 220 kV, 40 kA, Interruptor y medio 1.236.857 Convencional 220 kV, 40 kA, resto configuraciones 1.017.114 Convencional 132 kV, 31,5 kA 767.700 Convencional 66 kV, 31,5 kA 635.606 Posiciones blindadas Término variable €/posición Blindada 220 kV en edificio, 40 kA 1.609.859 Blindada 220 kV en edificio, 40 kA, con fluoductos 1.785.334 Blindada 132 kV, 31,5 kA 908.903 Blindada 66 kV, 31,5 kA 859.177 Posiciones móviles Término €/posición Móvil 220 kV, todas las configuraciones 1.609.859 Móvil 132 kV, todas las configuraciones 908.903 Móvil 66 kV, todas las configuraciones 859.177 Posiciones de reserva convencionales Porcentaje sobre su unitario correspondiente Posición de reserva sin equipar (Convencional) 220 kV 36,30% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 220 kV 63,70% Posición de reserva sin equipar (Convencional) 132 kV 59,80% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 132 kV 40,20% Posición de reserva sin equipar (Convencional) 66 kV 51,50% Equipamiento de posición de reserva (Convencional) 66 kV 48,50% Posiciones de reserva blindadas Porcentaje sobre su unitario correspondiente Posición de reserva sin equipar (blindada) 220 kV 48,50% Equipamiento de posición de reserva (blindada) 220 kV 51,50% Posición de reserva sin equipar (blindada) 132 kV 52,10% Equipamiento de posición de reserva (blindada) 132 kV 47,90% Posición de reserva sin equipar (blindada) 66 kV 52,00% Equipamiento de posición de reserva (blindada) 66 kV 48,00% Valores unitarios de referencia de inversión para máquinas Máquinas de potencia Término variable €/MVA Transformador (220/132 kV) 9.253 Transformador (220/66 kV) 13.545 Transformador (132/66 kV) 13.000 Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Reactancias (220 kV) 39.952 Reactancias (132 kV) 45.379 Reactancias (66 kV) 21.940 Condensadores (66 kV) 2.489 ANEXO V Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para instalaciones de transporte de energía eléctrica ubicadas en el territorio peninsular Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para líneas Líneas con un solo circuito Término variable en €/km y circuito Líneas aéreas 400 kV 3.106 Líneas aéreas 220 kV 2.106 Líneas subterráneas 220 kV 1.599 Líneas con circuitos múltiples Término variable en €/km y circuito Líneas aéreas 400 kV 3.417 Líneas aéreas 220 kV 2.316 Líneas subterráneas 220 kV 1.679 Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para posiciones Posiciones convencionales Término variable €/posición Convencional 400 kV 63.119 Convencional 220 kV 51.963 Posiciones blindadas Término variable €/posición Blindada 400 kV 40.556 Blindada 220 kV 32.757 Posiciones móviles Término variable €/posición Móvil 400 kV 40.556 Móvil 220 kV 32.757 Valores unitarios de referencia operación y mantenimiento para máquinas Máquinas de potencia Término variable €/MVA Transformadores €/MVA 187 Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Reactancias €/MVAr 11 Condensadores €/MVAr 8 ANEXO VI Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para instalaciones de transporte de energía eléctrica ubicadas en las Islas Baleares Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para líneas Líneas con un solo circuito Término variable en €/km y circuito Líneas aéreas 220 kV 2.804 Líneas aéreas 132 kV 2.064 Líneas aéreas 66 kV 1.820 Líneas subterráneas 220 kV 1.985 Líneas subterráneas 132 kV 1.130 Líneas subterráneas 66 kV 885 Líneas con circuitos múltiples Término variable en €/km y circuito Líneas aéreas 220 kV 3.085 Líneas aéreas 132 kV 2.270 Líneas aéreas 66 kV 2.002 Líneas subterráneas 220 kV 2.085 Líneas subterráneas 132 kV 1.187 Líneas subterráneas 66 kV 929 Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para posiciones Posiciones convencionales Término variable €/posición Convencional 220 kV 58.340 Convencional 132 kV 43.632 Convencional 66 kV 33.909 Posiciones blindadas Término variable €/posición Blindada 220 kV 37.134 Blindada 132 kV 27.962 Blindada 66 kV 22.267 Posiciones móviles Término variable €/posición Móvil 220 kV 37.134 Móvil 132 kV 27.962 Móvil 66 kV 22.267 Valores unitarios de referencia operación y mantenimiento para máquinas Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Transformador (220/132 kV) 224 Transformador (220/66 kV) 287 Transformador (132/66 kV) 448 Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Reactancias (220 kV) 28 Reactancias (132 kV) 32 Reactancias (66 kV) 15 Condensadores (66 kV) 19 ANEXO VII Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para instalaciones de transporte de energía eléctrica ubicadas en las islas de Tenerife y Gran Canaria Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para líneas Líneas con un solo circuito Término variable en €/km y circuito Líneas aéreas 220 kV 3.305 Líneas aéreas 132 kV 2.433 Líneas aéreas 66 kV 2.144 Líneas subterráneas 220 kV 2.085 Líneas subterráneas 132 kV 1.187 Líneas subterráneas 66 kV 930 Líneas con circuitos múltiples Término variable en €/km y circuito Líneas aéreas 220 kV 3.635 Líneas aéreas 132 kV 2.676 Líneas aéreas 66 kV 2.359 Líneas subterráneas 220 kV 2.189 Líneas subterráneas 132 kV 1.246 Líneas subterráneas 66 kV 976 Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para posiciones Posiciones convencionales Término variable €/posición Convencional 220 kV 62.352 Convencional 132 kV 46.633 Convencional 66 kV 36.241 Posiciones blindadas Término variable €/posición Blindada 220 kV 39.397 Blindada 132 kV 29.666 Blindada 66 kV 23.624 Posiciones móviles Término variable €/posición Móvil 220 kV 39.397 Móvil 132 kV 29.666 Móvil 66 kV 23.624 Valores unitarios de referencia operación y mantenimiento para máquinas Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Transformador (220/132 kV) 232 Transformador (220/66 kV) 297 Transformador (132/66 kV) 465 Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Reactancias (220 kV) 30 Reactancias (132 kV) 33 Reactancias (66 kV) 17 Condensadores (66 kV) 20 ANEXO VIII Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para instalaciones de transporte de energía eléctrica ubicadas en el resto de islas pertenecientes al Archipiélago Canario Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para líneas Líneas con un solo circuito Término variable en €/km y circuito Líneas aéreas 220 kV 4.083 Líneas aéreas 132 kV 3.006 Líneas aéreas 66 kV 2.650 Líneas subterráneas 220 kV 2.491 Líneas subterráneas 132 kV 1.418 Líneas subterráneas 66 kV 1.110 Líneas con circuitos múltiples Término variable en €/km y circuito Líneas aéreas 220 kV 4.492 Líneas aéreas 132 kV 3.306 Líneas aéreas 66 kV 2.916 Líneas subterráneas 220 kV 2.615 Líneas subterráneas 132 kV 1.489 Líneas subterráneas 66 kV 1.166 Valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento para posiciones Posiciones convencionales Término variable €/posición Convencional 220 kV 74.005 Convencional 132 kV 55.335 Convencional 66 kV 43.005 Posiciones blindadas Término variable €/posición Blindada 220 kV 46.203 Blindada 132 kV 34.791 Blindada 66 kV 27.704 Posiciones móviles Término variable €/posición Móvil 220 kV 46.203 Móvil 132 kV 34.791 Móvil 66 kV 27.704 Valores unitarios de referencia operación y mantenimiento para máquinas Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Transformador (220/132 kV) 255 Transformador (220/66 kV) 326 Transformador (132/66 kV) 510 Máquinas de compensación de reactiva Término variable €/MVAr Reactancias (220 kV) 32 Reactancias (132 kV) 37 Reactancias (66 kV) 18 Condensadores (66 kV) 21

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