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Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y

200 ok La presente orden tiene como objeto determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 1, previsto en la letra

  1. a)del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento. El Fondo COVID-19 se configura como un fondo excepcional de carácter presupuestario, cuyo objeto es dotar de mayor financiación, mediante transferencias, a las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, para hacer frente a la incidencia presupuestaria derivada de la crisis originada por el COVID-19. Con este fin, se dota un crédito extraordinario en la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19», cuya distribución territorial se articula de acuerdo a los tramos y criterios de distribución recogidos en el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio. El importe del tramo 1, de 6.000.000.000 euros, se repartirá sobre la base de los criterios establecidos en la letra
  2. a)del apartado 2 del artículo 2 del citado real decreto-ley, fundamentalmente asociados al gasto sanitario. Por lo que se refiere a la habilitación normativa para determinar la cuantía de la distribución definitiva entre las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 1, el apartado 1 del artículo 3 del mencionado real decreto-ley atribuye esta potestad a la persona titular del Ministerio de Hacienda. En su virtud, dispongo: Artículo único. Distribución definitiva entre las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en la letra
  3. a)del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio. 1. Conforme al apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por la presente orden se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 1, previsto en la letra
  4. a)del apartado 2 del artículo 2 del citado real decreto-ley, de acuerdo con los criterios establecidos en dicho apartado. 2. Los cálculos efectuados por aplicación de los criterios previstos en el real decreto-ley respecto al tramo 1, sobre la base de los datos que figuran en el anexo, implican la siguiente distribución territorial de recursos con cargo a la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19»: Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla Importes (miles de euros) Cataluña. 1.246.525,83 Galicia. 268.111,32 Andalucía. 597.610,28 Principado de Asturias. 106.103,81 Cantabria. 64.712,95 La Rioja. 57.517,28 Región de Murcia. 98.164,46 Comunitat Valenciana. 449.632,01 Aragón. 146.580,33 Castilla-La Mancha. 319.263,56 Canarias. 158.979,47 Extremadura. 96.000,05 Illes Balears. 104.536,52 Madrid. 1.495.746,47 Castilla y León. 349.156,42 País Vasco. 328.630,88 Navarra. 88.728,36 Melilla. 12.000,00 Ceuta. 12.000,00 Total. 6.000.000,00 3. De acuerdo a lo establecido en el apartado 6 del artículo 3 del real decreto-ley, el libramiento de estos recursos se hará efectivo antes de finalizar el mes de julio de 2020, tras la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente orden. 4. La participación de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra en el tramo 1 del fondo y su libramiento se establecen de acuerdo a los términos, criterios y plazos previstos en el Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio. Dicha participación se establecerá, respectivamente, en la Comisión Mixta del Concierto Económico y en la Comisión Coordinadora del Convenio Económico. Disposición final única. Entrada en vigor. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Madrid, 17 de julio de 2020.–La Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado. ANEXO Población protegida equivalente de 2020 En la tabla adjunta se muestra la población protegida equivalente por el Sistema Nacional de Salud, de 2020, conforme al certificado emitido el pasado 13 de febrero de 2020 por la directora general de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia (actual directora general de Cartera Común de Servicios del S.N.S. y Farmacia) a los efectos de lo previsto en el artículo 9.
  5. b)de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía y se modifican determinadas normas tributarias. Comunidad autónoma y ciudades de Ceuta y Melilla Población protegida equivalente total 2020 Cataluña. 7.838.105 Galicia. 3.157.930 Andalucía. 8.362.612 Principado de Asturias. 1.237.596 Cantabria. 647.110 La Rioja. 348.562 Región de Murcia. 1.463.664 Comunitat Valenciana. 5.103.998 Aragón. 1.474.000 Castilla-La Mancha. 2.097.408 Canarias. 2.078.974 Extremadura. 1.154.189 Illes Balears. 1.135.571 Madrid. 6.869.715 Castilla y León. 2.804.049 País Vasco. 2.540.405 Navarra. 698.514 Melilla. 65.775 Ceuta. 69.349 Total. 49.147.526 Número de casos de COVID-19 notificados, de pacientes que han precisado ingreso en UCI a 30 de abril de 2020. En la tabla adjunta se muestra el número de casos de COVID-19 notificados, de pacientes que han precisado ingreso en UCI, a 30 de abril de 2020, conforme al certificado emitido el 3 de junio a tal efecto por la directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación. Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla Total ingresados en UCI a 30 abril 2020 Cataluña. 2.795 Galicia. 313 Andalucía. 729 Principado de Asturias. 118 Cantabria. 79 La Rioja. 88 Región de Murcia. 109 Comunitat Valenciana. 694 Aragón. 253 Castilla-La Mancha. 596 Canarias. 175 Extremadura. 108 Illes Balears. 163 Madrid. 3.392 Castilla y León. 531 País Vasco. 544 Navarra. 132 Melilla. 3 Ceuta. 4 Total. 10.826 Número de pruebas realizadas mediante PCR a 30 de abril de 2020. En la tabla adjunta se muestra el número de pruebas realizadas mediante PCR, relacionadas con el diagnóstico y seguimiento del SARS-CoV-2, a 30 de abril de 2020, conforme al certificado emitido el 3 de junio a tal efecto por la directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación. Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla PCR totales a 30 de abril de 2020 Cataluña. 234.622 Galicia. 102.928 Andalucía. 100.665 Principado de Asturias. 45.225 Cantabria. 24.634 La Rioja. 21.453 Región de Murcia. 21.545 Comunitat Valenciana. 115.377 Aragón. 22.399 Castilla-La Mancha. 46.313 Canarias. 66.015 Extremadura. 19.811 Illes Balears. 34.015 Madrid. 278.718 Castilla y León. 86.662 País Vasco. 102.269 Navarra. 26.367 Melilla. 1.226 Ceuta. 886 Total. 1.351.130 Número de casos de COVID-19 notificados, de pacientes que han precisado hospitalización a 30 de abril de 2020. En la tabla adjunta se muestra el número de casos de COVID-19 notificados, de pacientes que han precisado hospitalización, a 30 de abril de 2020, conforme al certificado emitido el 3 de junio a tal efecto por la directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación. Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla Total hospitalizados a 30 de abril de 2020 Cataluña. 26.932 Galicia. 2.759 Andalucía. 5.935 Principado de Asturias. 1.048 Cantabria. 1.009 La Rioja. 1.433 Región de Murcia. 638 Comunitat Valenciana. 5.126 Aragón. 2.494 Castilla-La Mancha. 8.618 Canarias. 914 Extremadura. 1.565 Illes Balears. 1.085 Madrid. 40.293 Castilla y León. 8.010 País Vasco. 6.607 Navarra. 1.977 Melilla. 44 Ceuta. 10 Total. 116.497

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