200 ok Téngase en cuenta que las medidas declaradas como actuaciones coordinadas en salud pública frente a la COVID-19 por el presente Acuerdo se aplicaron durante el periodo comprendido entre el 17 y el 21 de marzo de 2021 en aquellos territorios en los que era festivo el día 19 de marzo y desde el 26 de marzo al 9 de abril de 2021, en todo el territorio, por lo que debe entenderse que han perdido su vigencia. El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, en su reunión de 10 de marzo de 2021, ha aprobado el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la Declaración de Actuaciones Coordinadas en salud pública frente a la COVID-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa de 2021. A los efectos de dar publicidad y transparencia al mencionado Acuerdo, Esta Secretaría de Estado de Sanidad ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a esta resolución. Madrid, 11 de marzo de 2021.–La Secretaria de Estado de Sanidad, Silvia Calzón Fernández. ANEXO Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa de 2021 El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó en julio de 2020 el Plan de respuesta temprana en un escenario de control de la pandemia por COVID-19, que establece las capacidades de preparación y respuesta que se deben garantizar en nuestro país para actuar frente a un incremento de la transmisión del SARS-CoV-2. El documento de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19 se estableció como desarrollo de los indicadores y actuaciones propuestas en el Plan de Respuesta Temprana, y establece el marco de actuación para una respuesta proporcional a distintos niveles de alerta definidos mediante la evaluación del riesgo según el conjunto de indicadores epidemiológicos, de capacidad asistencial, y de salud pública. Ante la tendencia ascendente en el número de casos que se observó en octubre en España y la mayoría de países europeos, el Gobierno declaró el Estado de Alarma mediante el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, que se prolongará hasta el 9 de mayo de 2021. En los últimos días, la situación en España en cuanto a datos de incidencia acumulada (IA) ha mejorado en comparación a los meses de enero y febrero, pero a fecha de 8 de marzo continuamos en IA de 142,24 a catorce días y de 62,73 a siete días, lejos del objetivo de 50 casos por 100.000 habitantes que nos situaría en nivel de riesgo bajo o de menos de 25 que nos situaría en un escenario de nueva normalidad según lo establecido en el documento de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19. De igual forma, el porcentaje de positividad ha disminuido en las últimas semanas, aunque sigue situándose por encima del 5 % y los indicadores de ocupación hospitalaria, especialmente el que hace referencia a camas de UCI que se sitúa alrededor del 25 %, continúan en niveles altos o muy altos, observándose además un descenso muy lento. Se observa también en las últimas semanas, que la velocidad de descenso en la IA se ha ralentizado, viéndose incluso en algunas CCAA una situación de meseta en la cual ya no se está produciendo un descenso. La vacunación frente a la COVID-19 ha permitido que avance el proceso de inmunización de la población más vulnerable, los profesionales sanitarios y el personal esencial. Sin embargo, aunque ya podemos observar resultados esperanzadores, aún no se ha alcanzado una cobertura vacunal suficiente ni en España ni en el resto de Europa que garantice la protección generalizada de la población. El porcentaje de población vacunada es todavía muy insuficiente para hablar de inmunidad, siendo actualmente las medidas no farmacológicas las únicas verdaderamente eficaces. Adicionalmente, tenemos que tener presente la aparición de variantes del SARS-CoV-2 que, por lo que se refleja en los países de mayor circulación presentan una mayor capacidad de transmisión y alguna de ellas podría incidir sobre la capacidad de respuesta inmunitaria. Todos estos aspectos nos obligan a ser extremadamente cautelosos a la hora de mantener las medidas de limitación de actividades no esenciales y de control de la movilidad de cara a los días festivos con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa, puesto que tradicionalmente, son frecuentes los desplazamientos nacionales e internacionales que producen un gran aumento en la movilidad de la población, así como el aumento de las celebraciones, reuniones y agrupaciones de personas que pueden generar un mayor riesgo de transmisión del SARS-CoV-2. Dentro de las personas que se desplazan, hay que tener en cuenta que un grupo numeroso en esta categoría se corresponde con quienes cursan estudios universitarios y regresan a sus domicilios familiares durante las vacaciones. Si no se cumplen las medidas de prevención, este colectivo de estudiantes supone un potencial riesgo para los miembros de la unidad familiar, más si entre ellos existe población vulnerable. Estas propuestas se ven apoyadas por la información procedente de los estudios epidemiológicos sobre el comportamiento de la enfermedad, que indican que la mayoría de las infecciones se producen principalmente por contacto cercano y exposiciones prolongadas y esta transmisión es muy superior en lugares cerrados y con afluencia de muchas personas, especialmente si no se observen las medidas de distanciamiento e higiene y prevención durante todo el tiempo. Resaltar también que el establecimiento de restricciones a la entrada y salida de personas del territorio de cada comunidad autónoma se ha asociado en diferentes etapas de la pandemia a una mejora de los indicadores de control de la transmisión en las zonas de aplicación. Sin perjuicio de todo lo anterior, debe contemplarse un tratamiento específico a las Comunidades autónomas de Islas Baleares y Canarias, por las peculiaridades geográficas y logísticas que implica la insularidad. También es necesario tener en cuenta que la población actualmente está sufriendo lo que se ha denominado fatiga pandémica y diferentes estudios realizados muestran el impacto emocional en la población durante estos meses y a su vez, la tendencia descendente de algunos parámetros de percepción del riesgo. Por ello, es importante explicar a la población los motivos de las restricciones que van a implantarse durante este periodo y conseguir la máxima coordinación y dar coherencia a las medidas recomendadas. Así, tanto la situación actual y lo que hemos aprendido a lo largo de este año de pandemia, nos obliga a establecer actuaciones coordinadas en aras a prescindir de actividades no esenciales donde no pueda garantizarse el cumplimiento de las medidas preventivas, así como a evitar viajes innecesarios, a la vez que mantener las medidas que hasta ahora han demostrado ser efectivas para el control de la pandemia, centradas en la limitación del número de personas no convivientes en las reuniones, especialmente en interiores, recomendación de relacionarse en grupos de convivencia estables (burbujas sociales), así como del resto de medidas preventivas ya instauradas. Basándonos en todo lo expuesto, es fundamental establecer un marco común de actuaciones coordinadas y de recomendaciones, dando cuenta a la población con suficiente antelación, todo ello de conformidad con el artículo 65.2.
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.