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Heredar en España — pasos de la sucesión

Derecho civil · sucesiones

Al fallecer una persona se abre la sucesión, que puede ser testada (con testamento) o intestada (sin él, según el orden legal de herederos). Los herederos pueden aceptar la herencia pura y simplemente, a beneficio de inventario, o renunciar a ella (Código Civil).

⏰ Plazo: No hay plazo para aceptar salvo que un tercero interesado inste al heredero. Muy importante: el Impuesto de Sucesiones debe liquidarse, con carácter general, en 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables.

✅ Qué hacer

  1. Obtenga el certificado de defunción y el de últimas voluntades.
  2. Localice el testamento o, si no lo hay, tramite la declaración de herederos.
  3. Inventaríe bienes y deudas y decida aceptar (a beneficio de inventario) o renunciar.
  4. Liquide el Impuesto de Sucesiones y formalice la partición ante notario.

⚠️ A qué prestar atención

⚖️ Base legal

📁 Resoluciones judiciales relacionadas

TC — SENTENCIA 105/2017 — Apertura de la sucesión y herencia
TC — AUTO 60/2010 — Sucesión intestada
TC — AUTO 291/1983 — Aceptación y renuncia de la herencia

❓ Preguntas frecuentes

¿Puedo renunciar a una herencia con deudas?

Sí, puede renunciar o aceptar a beneficio de inventario para no responder con su patrimonio.

¿Qué plazo tengo para el impuesto?

El Impuesto de Sucesiones se liquida, con carácter general, en 6 meses, prorrogables.

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Información jurídica de corpus verificado — no sustituye a un abogado. Eucalypt 4 s.r.o., Reg. N.º 22103741.