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Juicio cambiario — cómo oponerte a un pagaré o letra

Derecho procesal · juicio cambiario

Cuando le reclaman el pago de una letra, pagaré o cheque por el juicio cambiario, puede oponerse mediante escrito de oposición (art. 824 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Puede alegar tanto motivos formales del título como excepciones basadas en la relación que originó la deuda.

⏰ Plazo: El plazo para formular oposición es de 10 días desde la notificación del requerimiento de pago (art. 824 LEC). Sin oposición ni pago, puede despacharse ejecución por el importe reclamado.

✅ Qué hacer

  1. Compruebe la fecha de notificación: el plazo de 10 días corre desde ahí.
  2. Revise la validez formal del título cambiario y su firma.
  3. Presente escrito de oposición con las excepciones cambiarias y las personales.
  4. Prepare la prueba de las excepciones frente al tenedor del título.

⚠️ A qué prestar atención

⚖️ Base legal

📁 Resoluciones judiciales relacionadas

TC — AUTO 103/2010 — Juicio cambiario
TC — SENTENCIA 10/2012 — Juicio cambiario y juicio declarativo posterior
TC — AUTO 19/2007 — Demanda de juicio cambiario

❓ Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tengo para oponerme?

10 días desde la notificación del requerimiento de pago (art. 824 LEC).

¿Qué puedo alegar?

Excepciones formales del título y excepciones basadas en la relación causal, con límites frente a terceros de buena fe.

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