Derecho civil y administrativo · ruido e inmisiones
El ruido excesivo y las inmisiones que superan lo tolerable son molestias frente a las que cabe actuar. La Ley del Ruido regula la contaminación acústica y habilita a los ayuntamientos para controlarla; en el ámbito civil pueden reclamarse el cese de la actividad molesta y los daños.
⏰ Plazo: No hay un plazo único: puede denunciar ante el ayuntamiento en cualquier momento mientras persista la molestia, y la acción civil de cesación e indemnización se rige por los plazos generales.
✅ Qué hacer
Documente el ruido: fechas, horas, duración y, si es posible, mediciones.
Comunique la molestia al vecino o a la comunidad de propietarios.
Denuncie ante el ayuntamiento o la policía local para que midan e inspeccionen.
Si persiste, valore la acción civil de cesación y reclamación de daños.
⚠️ A qué prestar atención
Sin pruebas ni mediciones, acreditar el exceso de ruido es difícil.
Las competencias de control se reparten entre ayuntamiento y vía civil.
Los límites acústicos dependen de la ordenanza municipal aplicable.