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En resumen

Esta ley aprueba el Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030, que busca conservar, usar de forma sostenible y restaurar el patrimonio natural, los recursos terrestres y marinos, la biodiversidad y la geodiversidad en España.

Qué regula

A quién concierne

Puntos clave

📄 Texto legal
200 ok Como reconoce el Convenio de Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, la conservación de la biodiversidad es un interés común de toda la humanidad y tiene una importancia crítica para satisfacer sus necesidades básicas. La biodiversidad está estrechamente ligada al desarrollo, la salud y el bienestar de las personas y constituye una de las bases del desarrollo social y económico. De este modo, se puede afirmar que la biodiversidad es fundamental para la existencia del ser humano en la Tierra y que constituye un componente clave de la sostenibilidad. El citado Convenio mantiene vigente su Visión a largo plazo de «Vivir en armonía con la naturaleza», es decir, que «Para 2050, la diversidad biológica se valora, conserva, restaura y utiliza en forma racional, manteniendo los servicios de los ecosistemas, sosteniendo un planeta sano y brindando beneficios esenciales para todos». La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que asume los principios fundamentales de este Convenio, crea el Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad como instrumento de planificación de la actividad de la Administración General del Estado en la materia. Su objeto es el establecimiento y la definición de objetivos, acciones y criterios que promuevan la conservación, el uso sostenible y la restauración del patrimonio, los recursos naturales terrestres y marinos, la biodiversidad y la geodiversidad. Su contenido incluirá un diagnóstico, los objetivos a alcanzar durante su periodo de vigencia y las acciones a desarrollar por la Administración General del Estado. En el artículo 13.4 de la ley se establece que el Plan estratégico será aprobado mediante real decreto y que éste deberá especificar el período de vigencia del Plan que, en todo caso, no podrá ser superior a diez años. De acuerdo con la citada Ley 42/2007, de 13 de diciembre, mediante Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, se aprobó el Plan estratégico del patrimonio natural y la biodiversidad 2011-2017, cuya aplicación se ha venido prorrogando, de acuerdo con lo previsto en la Disposición final primera de dicho real decreto, hasta la aprobación del presente Plan estratégico que lo sustituye. En la elaboración de este Plan estratégico se ha tomado en consideración la experiencia del anterior Plan Estratégico del Patrimonio Natural y Biodiversidad 2011-2017, así como las conclusiones del último informe de evaluación de su implementación. El objeto de este real decreto es aprobar el Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030 con la finalidad de desarrollar los mandatos previstos en el artículo 13 de la citada ley y dar cumplimiento al hito número 62 correspondiente al componente 4, reforma 1 (C4.R1), del anexo revisado de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, que establece la adopción de dicho Plan estratégico antes del 31 de diciembre de 2022. Su desarrollo conllevará dos paquetes de inversiones de apoyo directo a cargo de este instrumento (que suponen una parte sustancial de las medidas contempladas en la I1: Digitalización y conocimiento del patrimonio natural e I2: Conservación de la biodiversidad terrestre y marina). Además, adelanta los compromisos de España en la materia en el ámbito internacional y de la Unión Europea, en especial los derivados del futuro Marco global sobre la biodiversidad para el periodo posterior a 2020 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, que se adoptará en la décimo quinta reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio, y de la estrategia de la Unión Europea sobre biodiversidad 2030 «Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas», adoptada por la Comisión Europea en mayo de 2020. Este real decreto se adecua a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se satisfacen los principios de necesidad y eficacia, dado que la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, establece que el Plan estratégico será aprobado mediante real decreto, y se requiere la aprobación de un nuevo Plan estratégico al haberse superado el periodo de vigencia del anterior Plan, dándose cumplimiento a lo que establece la citada ley respecto al objeto, contenido, elaboración y aprobación del Plan estratégico. La norma es acorde al principio de proporcionalidad, dado que se limita a cumplir con el mandato que establece la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. De acuerdo con el principio de seguridad jurídica, la norma es coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea. La norma es coherente con el principio de eficiencia, evitando cargas administrativas innecesarias y optimizando la gestión de los recursos públicos. Se satisface el principio de transparencia, habiéndose realizado, a través de la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el trámite de consulta pública previa, conforme a lo establecido en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 26 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y, posteriormente, los trámites información y audiencia pública, conforme a lo previsto en el artículo 13 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, así como en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. En su elaboración, se ha sometido a consulta de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y de Melilla en el ámbito de la Comisión Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Posteriormente, se ha aprobado en el seno de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente. Además, se ha impulsado especialmente la participación y consulta de la comunidad científica, los agentes económicos y sociales, y las organizaciones sin fines lucrativos que persiguen los objetivos de la ley y ha sido informado por Consejo Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. El Plan estratégico ha sido objeto de evaluación ambiental estratégica, según lo previsto en los artículos 6.2 y 29 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental. Esta norma se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia sobre legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección. En su virtud, a propuesta de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de diciembre de 2022, DISPONGO: Artículo único. Aprobación del Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030. De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se aprueba el Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030, que se inserta como anexo. Disposición adicional única. Uso del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo. Bienes afectados a la Defensa Nacional, al Ministerio de Defensa o al uso de las Fuerzas Armadas. 1. En la tramitación de las limitaciones o prohibiciones de vuelo de las aeronaves, en los Espacios Naturales Protegidos y en los Espacios protegidos de la Red Natura 2000, se estará a lo previsto en la disposición adicional undécima de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. 2. Asimismo, en los procedimientos de elaboración de los Planes de Ordenación de Recursos Naturales y en los de declaración y determinación de la fórmula de gestión que la Administración competente determine, en cada caso, para los Espacios Naturales Protegidos y Espacios protegidos de la Red Natura 2000, en los que puedan verse afectados intereses de la Defensa Nacional, habrá de estarse a lo establecido por la disposición adicional duodécima de dicha ley. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Queda derogado el Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Disposición final primera. Título competencial. Este real decreto se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.23.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia sobre legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las facultades de las comunidades autónomas de establecer normas adicionales de protección. Disposición final segunda. Vigencia. El Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030 tendrá una vigencia de ocho años a partir de la fecha de su aprobación, prorrogándose su aplicación en tanto no sea aprobado otro plan estratégico que lo sustituya. Disposición final tercera. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid, el 27 de diciembre de 2022. FELIPE R. La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, TERESA RIBERA RODRÍGUEZ ANEXO Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad a 2030 Contenido. 1. Introducción, antecedentes y marco de referencia. 2. Diagnóstico del patrimonio natural y la biodiversidad en España. 2.1 Situación actual y tendencias del patrimonio natural y la diversidad biológica. Especies. Ecosistemas. Patrimonio geológico. Conservación a través de la protección y gestión efectiva de espacios naturales. La biodiversidad y el patrimonio natural y el desarrollo rural y demográfico. 2.2 Problemas identificados: principales presiones y amenazas para el patrimonio natural y la biodiversidad. Cambios de uso del suelo. Incendios forestales. Sobreexplotación de recursos naturales. Desertificación y degradación de las tierras. Cambio climático. Especies exóticas invasoras. Contaminación. Expolio y comercio ilegal de fósiles y minerales. Amenazas sobre el medio marino. Escasa integración sectorial y conocimiento y recursos insuficientes. 3. Líneas de actuación prioritarias. 3.1 Conocimiento sobre el patrimonio natural y la biodiversidad. 3.2 Protección y conservación de la naturaleza. Conservación de especies y de tipos de hábitat. Conservación del patrimonio geológico y la geodiversidad. Espacios protegidos: Espacios Naturales Protegidos, espacios protegidos Red Natura 2000 y otros espacios protegidos por instrumentos internacionales. 3.3 Recuperación y restauración de ecosistemas. Biodiversidad en tierras agrícolas y ganaderas. Bosques. Ecosistemas acuáticos (ríos y humedales). Ecosistemas marinos. Recuperación de suelos y ecosistemas edáficos. Recuperación de ecosistemas en la planificación territorial. Recuperación de espacios degradados por actividades extractivas e industriales. Ecosistemas urbanos. Soluciones basadas en la naturaleza (SbN) para la mitigación y adaptación al cambio climático y la prevención de riesgos de desastres naturales. Restauración ecológica en el ámbito de la Defensa. Herramientas de apoyo a la recuperación de ecosistemas. 3.4 Reducción de amenazas para el patrimonio natural y la biodiversidad. Especies exóticas invasoras. Lucha contra el cambio climático. Lucha contra amenazas directas sobre las especies. Lucha contra la contaminación. Lucha contra el comercio y la recolección ilegal del patrimonio geológico de tipo paleontológico y mineralógico. Prevención y extinción de incendios forestales. Cambio de estilos de vida: acción contra las causas subyacentes de pérdida de biodiversidad. 3.5 Compromisos de cooperación y participación internacional. Regulación más efectiva del comercio de especies y refuerzo de la lucha contra el comercio ilegal de especies y de madera y productos de la madera. Refuerzo de la colaboración con terceros países. 3.6 Financiación del patrimonio natural y la biodiversidad. 3.7 Patrimonio natural y biodiversidad, y empresas y sector público. 3.8 Refuerzo del sistema de gobernanza y del marco legislativo. 4. Estimación presupuestaria. 5. Seguimiento de la ejecución y evaluación del Plan estratégico. 6. Revisión del Plan estratégico. 1. Introducción, antecedentes y marco de referencia España firmó en 1992 el Convenio sobre Diversidad Biológica (CDB), cuyos objetivos principales son la conservación de la diversidad biológica, el uso sostenible de sus componentes y el reparto justo y equitativo de los beneficios derivados del acceso a los recursos genéticos. España firmó el Instrumento de ratificación del Convenio en 1993, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 27, de 1 de febrero de 1994. El CDB establece, en su artículo 6, que todas sus Partes Contratantes desarrollarán estrategias nacionales, planes o programas dedicados a la conservación de la diversidad biológica y a su uso sostenible. España, en cumplimiento de estas obligaciones elaboró la Estrategia Española para la Conservación y Uso Sostenible de la Diversidad Biológica, que fue aprobada por la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente el 10 de diciembre de 1998. La citada estrategia supuso un hito esencial en el planteamiento de una nueva política de conservación de la biodiversidad basada en un enfoque global e integrador. Posteriormente, con la aprobación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, se incorporó a nuestro ordenamiento jurídico la figura del Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. De esta manera, se incluía en una norma con rango de ley esta herramienta de planificación, que constituye uno de los compromisos clave adquiridos por España al ratificar el Convenio sobre Diversidad Biológica. El Capítulo II de la citada Ley, regula el Plan Estratégico, estableciendo su objeto, contenido, y forma de elaboración y aprobación. Atendiendo a lo anterior, el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017 se aprobó mediante Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad 2011-2017, que cumplía con las previsiones de la Ley 42/2007, de 13 diciembre, y se alineaba con los compromisos asumidos por España en la materia en el ámbito internacional y de la Unión Europea, en especial los derivados del Plan estratégico del Convenio sobre la Diversidad Biológica para el período 2011‑2020, adoptado en la décima reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio, y de la Estrategia de la UE sobre biodiversidad «Nuestro seguro de vida, nuestro capital natural: una estrategia de biodiversidad de la UE para 2020», adoptada por la Comisión Europea en mayo de 2011. El Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, establece la prórroga de la vigencia del Plan estratégico de Patrimonio Natural y Biodiversidad 2011-2017 en tanto que no se apruebe un nuevo Plan estratégico que lo sustituya. En el último informe de seguimiento del Plan estratégico de 2017, publicado a principios de 2019, se identifica el desacoplamiento del plan estratégico con los periodos de vigencia de otros planes en el ámbito de la UE e internacional, como uno de los problemas a solucionar. Por ello, se considera conveniente alinear el nuevo Plan estratégico con el futuro Plan estratégico del Convenio sobre Diversidad Biológica para el periodo posterior a 2020 y con la estrategia sobre biodiversidad de la UE hasta el año 2030. En este sentido, en mayo de 2020 la Comisión Europea presentó la Estrategia de biodiversidad de la UE a 2030, que anticipa objetivos y acciones desde 2020 y avanza las líneas maestras de la UE en el proceso de negociación del futuro marco global sobre biodiversidad del CDB. Los objetivos de la Estrategia han sido respaldados por el Consejo de Ministros de la UE en sus conclusiones del Consejo de octubre de 2020 y por el Parlamento Europeo en su informe de junio de 2021. Este Plan estratégico considera, por tanto, los objetivos de la Estrategia de biodiversidad de la UE hasta 2030, así como los borradores preliminares del marco global sobre biodiversidad para el periodo posterior a 2020, que se negocia en el ámbito del Convenio sobre Diversidad Biológica. Este marco global debería haber sido aprobado en la Conferencia de las Partes del Convenio prevista para octubre de 2020 y aplazada sucesivamente debido a la situación sanitaria mundial. El Plan estratégico, en su configuración de marco general de las actuaciones que promueven la conservación y el uso sostenible del patrimonio natural y la biodiversidad, ampara e impulsa otras estrategias y planes aprobados o en elaboración y que resultan necesarios para llevar a la práctica algunas de las líneas prioritarias de trabajo que incluye. Asimismo, en la elaboración de este Plan estratégico se ha tomado en consideración la experiencia del anterior Plan Estratégico del Patrimonio Natural y Biodiversidad, así como las conclusiones del último informe de evaluación de su implementación(1). Este informe aporta una revisión del cumplimiento del Plan, de acuerdo con su programa de seguimiento, en el que se identifican una serie de recomendaciones y prioridades de cara a la actualización del Plan Estratégico. Así, algunos de los aspectos destacados entre las prioridades identificadas en dicha evaluación que se han tomado en consideración en la elaboración de este nuevo Plan, incluyen: (1) https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/inventarios-nacionales/seguimiento_pepnb_2017 _anexo_iv_tcm30-484455.pdf – La importancia de mejorar el conocimiento sobre biodiversidad para la elaboración de estrategias y políticas eficaces de conservación de la biodiversidad, así como para su mayor consideración en las políticas sectoriales; – la necesidad de reforzar la integración de la biodiversidad en las políticas sectoriales, en línea con los nuevos objetivos en estas materias que se establezcan a nivel global y europeo; – la conveniencia de avanzar, sobre la base de los trabajos previos desarrollados, en la valoración económica de los servicios de los ecosistemas de España y su divulgación, así como en la inclusión de la contabilidad del capital natural en la contabilidad nacional; – la recomendación de seguir trabajando en el desarrollo e implantación de la infraestructura verde, en el marco de la Estrategia nacional de infraestructura verde, y de la conectividad y restauración ecológicas; – la oportunidad de avanzar en la consideración de las interrelaciones entre el cambio climático y la biodiversidad, desarrollando políticas de mitigación y adaptación que consideren esta interrelación y promoviendo soluciones basadas en la naturaleza como herramienta clave en la lucha contra el cambio climático; – la necesidad de reforzar la lucha contra la contaminación, incluyendo, además de la acuática y terrestre, la contaminación lumínica, acústica y atmosférica, entre otros, como uno de los factores fundamentales de degradación de la biodiversidad; – la urgencia de abordar la conservación de los polinizadores, asunto emergente de creciente importancia, que no figuraba explícitamente entre los objetivos del anterior Plan Estratégico, y que se propone reforzar en el marco de la recientemente aprobada Estrategia de conservación de los polinizadores; – la importancia de seguir impulsando acciones de prevención, alerta temprana, control y erradicación de especies exóticas invasoras; – la conveniencia de mantener y reforzar las acciones contra el delito ambiental, para lograr una disminución de las actividades ilegales y una mejor persecución de los delitos por parte de las administraciones competentes, destacando como ejemplo el Plan de Acción Español contra el Tráfico Ilegal y Furtivismo Internacional de Especies Silvestres; – la oportunidad de mantener el objetivo prioritario de contribuir al crecimiento verde en España, favoreciendo la participación de todos los sectores de la sociedad e involucrando al sector privado y la sociedad civil; – y el interés de mantener e intensificar acciones en materia de educación y comunicación sobre biodiversidad. Adicionalmente, se considera importante que el Plan estratégico siga priorizando la necesidad de evitar el deterioro de nuestros ecosistemas y cuando ello no sea posible, se aborde su restauración en línea con los objetivos europeos, así como la promoción de un cambio en la conciencia social que incremente el aprecio, la valoración y el respeto hacia los componentes de la biodiversidad y los servicios ambientales ofrecidos por los ecosistemas, incluida su importancia en la regulación del agua, el aire y el clima, así como en la producción sostenible de los alimentos, que benefician a la salud y bienestar de la población humana, y el impacto que la pérdida de biodiversidad supone en la aparición y propagación de los vectores de enfermedades humanas, animales y vegetales. Del mismo modo, resulta también necesario reforzar la integración de la geodiversidad y el patrimonio geológico en políticas sectoriales en materia de conservación del patrimonio natural, especialmente el patrimonio geológico de España más amenazado o en riesgo de desaparición. Finalmente, hay que señalar que el PEEPNB responde a la reforma 1 Conservación de la biodiversidad terrestre y marina, incluida en la Componente 4 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la que corresponde el hito 62 del CID (Council Implementing Decision). El plazo para alcanzar el hito 62 concluye en el cuarto trimestre de 2022. Su desarrollo conllevará dos paquetes de inversiones de apoyo directo a cargo de este instrumento (que suponen una parte sustancial de las medidas contempladas en la I1: Digitalización y conocimiento del patrimonio natural e I2: Conservación de la biodiversidad terrestre y marina). Además, las otras dos reformas y dos inversiones del componente contribuyen y trabajan en las líneas marcadas por este Plan. En el contexto del PEEPNB, las actuaciones que den cumplimiento a hitos y objetivos serán financiadas con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), de manera independiente y diferenciada del resto de actuaciones, que puedan ser financiadas por otras vías. 2. Diagnóstico del patrimonio natural y la biodiversidad en España 2.1 Situación actual y tendencias del patrimonio natural y la diversidad biológica(2) (2) «Biodiversidad o diversidad biológica»: variabilidad de los organismos vivos de cualquier fuente, incluidos entre otras cosas, los ecosistemas terrestres y marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas. «Patrimonio natural»: conjunto de bienes y recursos de la naturaleza fuente de diversidad biológica y geológica, que tienen un valor relevante medioambiental, paisajístico, científico o cultural. Definiciones, según establece la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. España es uno de los países con mayor diversidad biológica de la Unión Europea, y forma parte de uno de los 25 enclaves con mayor biodiversidad del mundo. La diversidad geológica del país es muy variada, fruto de su evolución durante millones de años, que define los paisajes y ecosistemas que incluyen, junto a una gran variedad de ecosistemas terrestres, una muy destacada diversidad de tipos de humedales, así como una alta diversidad de ecosistemas marinos y costeros que incluyen zonas intermareales como playas, acantilados, sistemas dunares, marismas, estepas salinas, etc. España abarca cuatro regiones biogeográficas terrestres (Mediterránea, Atlántica, Alpina y Macaronésica) y tres regiones marinas (Atlántica, Macaronésica y Mediterránea). Esta diversidad biogeográfica ha favorecido el desarrollo de una gran diversidad de comunidades faunísticas y florísticas. Especies. Nuestro país alberga, según algunas estimaciones, más de 85.000 especies de animales, hongos y plantas(3). Esta cifra representa el 54 % de las especies que habitan en Europa y cerca del 5 % de las especies conocidas. De las especies presentes en España, conforme a la Lista Roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), una proporción significativa (14 %) están amenazadas a nivel europeo, por lo que es de gran importancia ejercer una gestión eficaz para protegerlas(4). (3) Fuente: Informe sobre el estado del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en España a 2020. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. La Base de Datos EIDOS, del Banco de Datos de la Naturaleza del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/servicios/banco-datos-naturaleza/Eidos.aspx) contiene 64.000 registros de especies. (4) http://www.uicn.es/web/pdf/Analisis_L_Roja_Spain2019.pdf Otro indicador de esta riqueza es que España alberga un 32 % de las especies de interés comunitario incluidas en la Directiva Hábitats, y un 56 % de las especies incluidas en la Directiva Aves (5). (5) Fuente: Informe sobre el estado del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en España a 2020. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. España tiene representadas, en sus territorios terrestres y marinos, 7.582 (6) especies de plantas vasculares, el mayor número entre todos los países europeos y de la cuenca del mediterráneo. De los taxones de flora presentes en España, se estiman unos 1.500 endémicos y otros 500 endemismos más compartidos con África. España también tiene la mayor presencia de flora endémica amenazada de Europa. (6) Fuente: Base de Datos EIDOS, del Banco de Datos de la Naturaleza del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, consulta a diciembre de 2021 (https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/servicios/banco-datos-naturaleza/Eidos.aspx) Por lo que respecta a la fauna, se han registrado(7) más de 45.000 especies de fauna terrestre y marina (de las que aproximadamente 1.050 son vertebrados, excluyendo peces de agua salada, y el resto son invertebrados). Las regiones con mayor índice endémico son las zonas montañosas, las regiones de aguas costeras de la península española y las zonas insulares (especialmente las de Canarias). (7) Fuente: Base de Datos EIDOS, del Banco de Datos de la Naturaleza del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, consulta a diciembre de 2021(https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/servicios/banco-datos-naturaleza/Eidos.aspx). No obstante, en línea con las tendencias globales y europeas, toda esta riqueza natural se encuentra en declive y seriamente amenazada, de modo que, en las últimas décadas, la biodiversidad española ha sufrido una disminución significativa. Según los datos del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, a fecha de diciembre de 2021, el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y el Catálogo Español de Especies Amenazadas incluyen 973 especies silvestres (equivalente al 1,43 % de las especies silvestres presentes en España recogidas en la base de datos EIDOS). Los porcentajes de especies protegidas varía por grupo taxonómico: el 1,7 % de las plantas vasculares presentes en España según EIDOS están catalogadas como «en peligro de extinción», mientras que un 2,5 % disponen de otros regímenes de protección. En el caso de los vertebrados terrestres, las especies «en peligro de extinción» representan el 4,6 % de las especies presentes en España, mientras que el 40,2 % disponen de otros regímenes de protección. Entre ellos, los reptiles y los peces continentales tienen el mayor porcentaje de especies catalogadas como «en peligro de extinción» (8 % cada uno). La situación se agrava en el medio marino, donde por ejemplo el 70,4 % de los mamíferos, el 50 % de las fanerógamas y el 100 % de las tortugas marinas cuentan con algún régimen de protección. A pesar de ello, la experiencia también ha demostrado que en aquéllos casos en los que se han destinado los necesarios esfuerzos de conservación por todos los agentes involucrados relevantes y se ha dispuesto de recursos económicos suficientes, se han conseguido importantes éxitos en la conservación de muchas especies emblemáticas de fauna, como el quebrantahuesos (de 22 parejas en 1982 a 134 en 2020 ) el oso pardo (de unos 100-120 ejemplares en 1989 a unos 310-350 en 2018); o el lince ibérico, que ha pasado de unos 100 individuos en 2011 a 1.156 en 2021.(8)Estos ejemplos ponen de manifiesto que buena parte de los esfuerzos se han centrado en un grupo limitado de taxones, especialmente focalizados en especies de grandes vertebrados. (8) Fuente datos especies: Comité de Flora y Fauna Silvestres. Asimismo en el medio marino, existen también ejemplos de recuperación de ciertos stocks pesqueros, como puede ser la sardina ibérica, la caballa del Cantábrico o el atún rojo, resultando fundamental que la gestión de las pesquerías vele por su sostenibilidad. En cuanto a los éxitos en conservación de flora, cabe citar como ejemplo el éxito notable de la jara de Cartagena (Cistus heterophyllus subsp. carthaginensis) cuya situación ha mejorado notablemente, en especial desde que se declarara en situación crítica en 2018. En la Comunidad Valenciana existía un único individuo, descubierto en 1986, y después de un exhaustivo programa de conservación ex situ, en 2021 ya se contaba con 1766 individuos repartidos en 14 poblaciones. En la Región de Murcia, únicamente existía una población, cuya abundancia desde 1999 ha oscilado enormemente. En la actualidad existen 10 poblaciones con unos 700 individuos en total. Por lo que respecta al estado de conocimiento sobre la biodiversidad en España, si bien en los últimos años se han impulsado notables avances que han permitido mejorar el conocimiento y la estructuración de la información sobre biodiversidad, sigue siendo evidente la necesidad de avanzar en este conocimiento, con particular énfasis en la biodiversidad del medio marino y la de los suelos. El Inventario Español de Especies Terrestres (IEET) y el Inventario Español de Especies Marinas (IEEM) recogen la distribución, abundancia y el estado de conservación de la fauna y flora silvestres que habitan espontáneamente en España, con especial atención a aquellas que precisan medidas específicas de conservación o que han sido declaradas de interés comunitario. El nivel de conocimiento aún es deficiente dado que el IEET incluye solamente una parte pequeña de las especies terrestres en España, las cuales representan mayoritariamente a los vertebrados, incluyendo prácticamente el 100 % de éstos. Falta información de otros grandes grupos taxonómicos, particularmente los taxones de invertebrados, hongos, líquenes y algas. La base de datos EIDOS, del MITECO, recopila y proporciona información de fuentes oficiales sobre las especies silvestres en España(9). (9) https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/servicios/banco-datos-naturaleza/Eidos_acceso.aspx El Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE) proporciona un amparo legal específico a los taxones merecedores de una atención y protección particular en función de su valor científico, cultural, por su singularidad, rareza, grado de amenaza o por estar protegidas en las Directivas de conservación europeas y convenios internacionales ratificados por España, y establece prohibiciones o actuaciones necesarias para garantizar su conservación. Las especies incluidas en el LESRPE deben ser objeto de un seguimiento específico que permita evaluar periódicamente su estado de conservación, aunque no siempre se ha contado con los recursos suficientes para acometer plenamente esa tarea. El Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), contenido en el LESRPE, incluye los taxones o poblaciones de la biodiversidad amenazada, para las que es obligatorio adoptar planes de recuperación (para aquellos que están en la categoría «En peligro de extinción») o de conservación («Vulnerable»). Se han puesto en marcha los mecanismos previstos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, tras su modificación en 2015, para la declaración de «especies en situación crítica»(10), declarándose en 2018 siete taxones. Las actuaciones encaminadas a la recuperación de estas especies, que se acuerdan en sus respectivos grupos de trabajo, tienen la consideración de interés general y su tramitación carácter de urgencia. (10) Prevista en el artículo 60 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y en el artículo 10 del Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero. En 2018 se publicó también el listado de especies extinguidas en todo el medio natural español, determinando este listado los proyectos de reintroducción de especies que podrán realizarse en España. Por lo que respecta a la tendencia y el estado de conservación de las especies, el informe del artículo 17 de la Directiva Hábitats(11), en la evaluación del sexenio 2013-2018(12), muestra que, si bien en su conjunto ha habido un notable avance en cuanto al número total de especies cuyo estado de conservación ha podido evaluarse (con una disminución total del número de evaluaciones definidas como «desconocido»), el porcentaje de especies con estado de conservación desconocido en el medio marino es muy elevado dadas las dificultades específicas asociadas a su seguimiento (entre el 67 % y el 97 %, en función de la región biogeográfica marina de que se trate), lo que imposibilita sacar conclusiones acerca del conjunto. Para el medio terrestre, el 16-36 % de las especies presentan un estado de conservación favorable según regiones biogeográficas, mientras que el 60-74 % de ellas se encuentran en estados de conservación desfavorables. (11) Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. (12) Informe artículo 17 de la Directiva Hábitats 2013-2018 de resumen de resultados sobre el estado de conservación de las especies de interés comunitario en España. https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/espacios-protegidos/red-natura-2000/rn_cons_seguimiento_Art17.aspx Por grupos taxonómicos, los mamíferos y reptiles son los grupos con mayor porcentaje de evaluaciones desconocidas, hecho que puede explicarse por la dificultad para generar conocimiento sobre el estado de conservación de especies marinas (cetáceos –donde se están realizando en la actualidad importantes esfuerzos por conocer la distribución y el estado de las poblaciones– y quelonios) en ambos grupos. Considerando únicamente las especies de interés comunitario objeto de informe sexenal, en el último sexenio evaluado (2013-2018) las cifras de su estado de conservación indican que peces, anfibios e invertebrados incluyen los más elevados porcentajes de especies en situación desfavorable. En el caso de los peces, el 100 % de los evaluados se encuentra en estado desfavorable, y el 75 % en el caso de los anfibios. Para el caso de los invertebrados el porcentaje es de 77,78 % para los artrópodos y los moluscos y del 50 % para otros invertebrados. Por su parte, flora, mamíferos y reptiles presentan porcentajes de estado de conservación desfavorable entre el 53 y el 56 %. En relación a las aves, del último informe sexenal (2013-2018) de conformidad con el artículo 12 de la Directiva Aves(13), se desprende que aproximadamente un 25 % de las especies nidificantes para la España peninsular e Islas Baleares muestra una tendencia regresiva, especialmente patente en las aves propias de los medios agrarios o esteparios y, en menor medida, de los medios acuáticos o la alta montaña. Además, se detectan declives en algunas especies tradicionalmente consideradas comunes, afectando incluso a varias especies cinegéticas. (13) Resumen de los resultados del informe del artículo 12 de la Directiva 2009/147/CE, de aves (Sexenio 2013-2018) https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/conservacion-de-especies/resumeninformeart12_tcm30-508537.pdf Ecosistemas. España es también uno de los Estados miembros de la Unión Europea en los que es posible encontrar mayores y más numerosas extensiones de territorio en un estado natural o seminatural. En coherencia con lo anterior, y tomando como referencia la Directiva 92/43/CEE de Hábitats, España alberga un total de 117 tipos de hábitats naturales de interés comunitario, cifra que representa un 56 % del total de los presentes en la UE. El Inventario Español de Hábitats Terrestres y el Inventario Español de Hábitats Marinos describen la variedad, singularidad y estado de conservación de los ecosistemas naturales y seminaturales presentes en España, con especial atención a los que precisen medidas específicas de conservación o hayan sido declarados de interés comunitario. Consta de la Lista patrón de los tipos de hábitats presentes en España(14), su distribución espacial y el sistema de seguimiento de los tipos de hábitat. Se está avanzando en los dos últimos componentes mediante el establecimiento de pasarelas para relacionar las clasificaciones de hábitats terrestres de las comunidades autónomas con la lista patrón, la aprobación de los procedimientos para el seguimiento del estado de conservación de los tipos de hábitat en España, las fichas descriptivas de los hábitats marinos y la aprobación en 2018 de las estrategias marinas (instrumentos de planificación que constituyen el marco general al que deberán ajustarse necesariamente las diferentes políticas sectoriales y actuaciones administrativas con incidencia en el medio marino). (14) Resolución de 17 de febrero de 2017, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se establecen tres listas patrón: la de las especies terrestres, la de las especies marinas y la de los hábitats terrestres, presentes en España. https://www.boe.es/boe/dias/2017/03/06/pdfs/BOE-A-2017-2401.pdf La última evaluación del estado de conservación general de los tipos de hábitat de interés comunitario se refleja en el informe nacional de aplicación de la Directiva Hábitats en España para el periodo 2013-2018(15). Este informe presenta, para todo el territorio nacional y para los 117 tipos de hábitat de interés comunitario presentes en el territorio español, un total de 22 (8,91 %) evaluaciones (por tipo de hábitat de interés comunitario y por región biogeográfica) en estado de conservación favorable (FV), 139 (56,28 %) en estado desfavorable-inadecuado (U1), 42 (17,00 %) en estado desfavorable-malo (U2) y 44 (17,81 %) desconocidos (XX). Estas cifras no son directamente comparables con las del periodo de evaluación anterior (2007-2012) porque los cambios pueden deberse a cambios en la metodología de evaluación o a disponer de una mejor información. (15) Informe artículo 17 de la Directiva Hábitats 2013-2018 de resumen de resultados sobre el estado de conservación general de los tipos de hábitat en España. https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/espacios-protegidos/resumeninformeart17habitats_tcm30-508538.pdf Además, España tiene un alto riesgo de desertificación, con un tercio de su superficie en riesgo grave o muy grave de erosión. Casi la mitad del territorio español (más del el 44 % del total) se corresponde con suelos calificados cualitativamente con erosión moderada-grave, grave y muy grave(16). Estos datos son de gran relevancia, ya que la lucha contra la erosión, la desertificación y la degradación de las tierras resulta vital para proteger la biodiversidad terrestre, especialmente la biodiversidad de los suelos. (16) Inventario Nacional de Erosión de Suelos. En el marco de la Evaluación de los Ecosistemas del Milenio en España (EME), promovida por la Fundación Biodiversidad del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se desarrolló un primer análisis sobre el estado y tendencias de los servicios de los ecosistemas de España y su contribución al bienestar de la sociedad, así como una valoración económica de ellos. Los resultados y conclusiones del proyecto(17) pusieron de manifiesto la tendencia de degradación de los ecosistemas y los servicios ecosistémicos en las últimas décadas, e indican que el 45 % de los servicios de los ecosistemas se ha degradado o se están usando de manera insostenible y que los ecosistemas más afectados son los acuáticos (humedales y ríos), tanto continentales como litorales, mientras que los ecosistemas de bosques y los de montaña son los que mejor conservan su capacidad de generar servicios. Los servicios de regulación de los ecosistemas son «los más negativamente afectados» puesto que el 87 % de éstos se encuentra en estado crítico o vulnerable, incrementando así la vulnerabilidad de la sociedad ante las previsibles perturbaciones naturales relacionadas con el cambio climático. (17) Ecosistemas y Biodiversidad de España para el Bienestar Humano Evaluación de los Ecosistemas del Milenio de España. Fundación Biodiversidad del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. http://www.ecomilenio.es/informe-sintesis-eme/2321 Los datos disponibles sobre fragmentación de ecosistemas terrestres producida por la infraestructura gris son muy ilustrativos. En su conjunto, España es uno de los países de la UE en el que queda una importante extensión superficial con bajo grado de fragmentación, habiendo notables variaciones en el grado de fragmentación del territorio entre CC.AA. Los territorios con unos ecosistemas poco fragmentados por infraestructura gris abarcan áreas de montaña y de piedemonte, especialmente en la Cordillera Cantábrica y Pirineos. El índice que muestra esta información se puede considerar un buen indicador de la presencia de áreas sin infraestructuras lineales de transporte, extensiones que se están considerando en foros internacionales como de alta importancia para la conservación de la biodiversidad. El estado ecológico de las masas de agua superficiales es una expresión de la calidad de la estructura y el funcionamiento de los ecosistemas acuáticos asociados a las aguas superficiales en relación con las condiciones de referencia. Este estado se vigila en cumplimiento de la Directiva Marco del Agua(18), aplicando los indicadores de los elementos de calidad hidromorfológicos, biológicos, químicos y fisicoquímicos de soporte a los elementos de calidad biológicos más apropiados para cada una de las cuatro categorías de masas (ríos, lagos, aguas de transición o aguas costeras). Esta vigilancia se realiza mediante los correspondientes programas de seguimiento, que permiten, entre otros, conocer el estado de las aguas; identificar la salud de los ecosistemas acuáticos atendiendo a su sostenibilidad, riqueza y biodiversidad; determinar el grado de contaminación de las aguas; valorar las consecuencias de la emisión de contaminantes procedentes de fuentes de contaminación puntual y difusa; evitar o reducir el deterioro producido por la presencia de sustancias prioritarias; evaluar y reducir el efecto de las alteraciones hidromorfológicas, etc. (18) Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas. http://publications.europa.eu/resource/cellar/5879d919-df00-460a-87a2-424678beea99.0007.04/DOC_1 Según la información disponible(19)de seguimiento del estado de las masas de agua superficiales, en 2021 se han estimado en 3.005 las que alcanzan el buen estado global (buen estado ecológico y buen estado químico), lo que supone un porcentaje sobre el total del 58,2 %, superior al 53,8 % que había en el momento de evaluación del estado del plan vigente, pero muy lejos del 72,6 % estimado como objetivo a alcanzar en el ciclo de planificación en el horizonte de 2021. Por lo que refiere, en particular, al estado ecológico de las masas de agua superficiales(20), se estima que en 2021, 3.168 masas de agua superficiales (aproximadamente el 61 % de las 5.162 masas de aguas superficiales) se encuentran en buen estado ecológico, valor notablemente inferior al de la valoración del segundo ciclo de planificación hidrológica (2.869) y a la estimación que se planteaba alcanzar en la planificación para el horizonte de 2021 (3.784). (19) Informe de seguimiento de los Planes Hidrológicos de cuenca y de los recursos hídricos en España (avance octubre 2022) https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/planificacion-hidrologica/memoria_infoseg_2021_tcm30-546211.pdf (20) Informe de seguimiento de los Planes Hidrológicos de cuenca y de los recursos hídricos en España (avance octubre 2022) https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/planificacion-hidrologica/memoria_infoseg_2021_tcm30-546211.pdf (figura 6.5). En lo que respecta a las masas de agua subterránea(21), la estimación de las que alcanzan el buen estado en 2021 es de 413 masas (que suponen un 54,1 % del total), cifra que se sitúa aún por debajo de la correspondiente al momento de elaboración de los planes de segundo ciclo (55,8 %), y muy lejos del objetivo planteado para el ciclo de planificación, del 66,5 % de masas de agua subterránea en buen estado. Las estimaciones de 2021 indican que el estado químico de las masas de agua subterráneas (497 masas en buen estado químico, de 762) es más deficiente que el estado cuantitativo (575 masas en buen estado cuantitativo, de 762). (21) Informe de seguimiento de los Planes Hidrológicos de cuenca y de los recursos hídricos en España (avance octubre 2022) https://www.miteco.gob.es/es/agua/temas/planificacion-hidrologica/memoria_infoseg_2021_tcm30-546211.pdf Se estima que, en ambos casos, la falta de capacidad de ejecución del programa de medidas continúa siendo el principal problema para avanzar en el cumplimiento de los objetivos ambientales, por lo que resulta urgente y prioritario agilizar su implementación. Los ecosistemas forestales son los que ocupan más superficie del territorio, alcanzando el 56 % de la superficie de España (22).Este 55 % de superficie forestal es el resultado de un 38 % de superficie forestal arbolada (bosques, dehesas), y un 18 % de superficie forestal desarbolada (matorrales, canchales, arenales, etc.). Por lo que respecta al porcentaje de superficie forestal arbolada protegida, España tiene casi el 40 % de sus bosques formando parte de Espacios Naturales Protegidos o de espacios de la Red Natura 2000. El seguimiento de estos hábitats se realiza en España a partir de diferentes proyectos, como el Mapa Forestal de España (MFE), o el Inventario Forestal Nacional (IFN), que permiten conocer el estado y evolución de las masas forestales y diferentes características de las mismas, como su composición, distribución y estado de protección. Cabe reseñar que en 2021, los bosques de frondosas representan en España el 55,9 % de la superficie forestal arbolada y comparado con 2009, su superficie ha aumentado un 3,7 %, sumando más de 440.000 nuevas ha hasta un total de 10.391.912 ha. Por su parte, los bosques de coníferas en 2021 suponen un 36,6 %, también han incrementado su superficie respecto a 2009, sumando más de 40.000 nuevas ha hasta un total de 6.900.455 ha (23). (22) Fuente: Informe sobre el estado del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en España a 2021. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. (23) Fuente: Informe sobre el estado del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad en España a 2020. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El Inventario Español de Zonas Húmedas (Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas), que la legislación básica identifica como uno de los componentes del Inventario Español del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, es un instrumento al servicio de la conservación de los humedales, que debe proporcionar información sobre el número, extensión y estado de conservación de los mismos, a fin de conocer su evolución. A pesar del tiempo transcurrido, este inventario todavía no está finalizado (sólo 8 Comunidades Autónomas han incluido sus humedales en este inventario, con 764 sitios que ocupan una superficie de más de 235.224 ha)(24). (24) Fuentes: Inventario Español de Zonas Húmedas (noviembre de 2022). España cuenta con, al menos, 2.000 humedales, la gran mayoría de los cuales son continentales (92 %), aunque la superficie total que ocupan no alcanza el 14 % del total (son muchos, pero en general de pequeño tamaño), siendo por el contrario las zonas húmedas costeras pocas, pero muy extensas. Además, en España existen algunos tipos únicos de ecosistemas de humedal, como los marjales, ramblas, lagunas hiperalcalinas, criptohumedales asociados a ramblas, lagunas mediterráneas, etc. Esta riqueza de ecosistemas de aguas poco profundas también se traduce en una gran variedad de usos tradicionales que han explotado sus recursos y han dado lugar a su transformación(25). Se calcula que en los últimos siglos y hasta la segunda mitad del siglo XX en España ha desaparecido entre el 60 y el 70 % de la superficie húmeda original preexistente, cifras de pérdida histórica de humedales semejantes a las de otros países de nuestro mismo entorno socioeconómico. En cuanto al estado de conservación de los que persisten, y aunque es difícil caracterizar la situación puesto que el Inventario Español de Humedales todavía no se encuentra finalizado, se manejan cifras que indican que algo más de la mitad de los mismos se encuentran en un estado de conservación aceptable, mientras que el resto han sufrido alteraciones y procesos de degradación en diferente grado (en general son los distintos tipos de humedales de agua dulce los más impactados)(26). (25) Bernués, M.; Torán, T.; Viñals Blasco, M. J., y Custodio, E. (Comité de Humedales). 2001. Plan Estratégico Español para la Conservación y el Uso Racional de los Humedales, en el marco de los ecosistemas acuáticos de que dependen. España. Fundación Marcelino Botín. MAPAMA. (26) Plan Estratégico de Humedales a 2030. Para enfrentar esta situación ya en 1999 se aprobó el primer Plan Estratégico de Conservación y Uso Racional de los Humedales Españoles, que recientemente ha sido actualizado con la aprobación del Plan Estratégico de Humedales a 2030. Durante los últimos años, diferentes Administraciones españolas, tanto de ámbito nacional, como autonómico y local, así como distintas organizaciones y otros grupos interesados, han puesto en marcha numerosos proyectos de restauración y rehabilitación de humedales. Las cifras disponibles(27) indican que, en el periodo 1991-2017 (26 años), en nuestro país se han llevado a cabo proyectos de restauración que han supuesto la recuperación de un mínimo de 18.000 ha de territorio húmedo. (27) Recopilación e identificación de acciones de restauración ecológica en humedales españoles. 2017. Mario Álvarez, José Luis González, Yanbo Yu & Ana González. Terra Naturalis. Subdirección General de Medio Natural. Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural. Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/ecosistemas-y-conectividad/proyecto_rest_humedales_completo_tcm30-486719.pdf Patrimonio geológico. Se define el patrimonio geológico como «el conjunto de recursos naturales geológicos de valor científico, cultural y/o educativo, ya sean formaciones y estructuras geológicas, formas del terreno, minerales, rocas, meteoritos, fósiles, suelos y otras manifestaciones geológicas que permiten conocer, estudiar e interpretar: a) el origen y evolución de la Tierra, b) los procesos que la han modelado, c) los climas y paisajes del pasado y presente y d) el origen y evolución de la vida», según se indica en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. En esta Ley y en su modificación en la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, por la que se modifica la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en su anexo VIII se detalla la Geodiversidad del territorio español, donde se especifican las 8 Unidades geológicas más representativas del país y los 21 Contextos geológicos de España de relevancia internacional, que son el marco de referencia del Inventario Español de Lugares de Interés Geológico y de los denominados Geositios, de mayor valor científico y que son únicos a nivel mundial. El Inventario Español de Lugares de Interés Geológico (IELIG) constaban a diciembre de 2019 de 4050 Lugares de Interés Geológico (LIG) que han sido incluidos por su valor científico, didáctico y/o turístico; de los cuales, 281 son Geositios de relevancia internacional para España, 2823 LIG son de relevancia nacional y 946 tienen una relevancia regional. Este es un inventario de patrimonio geológico que cubre la escala nacional que se denomina «de reconocimiento avanzado», en el cual los LIG se han seleccionado mediante el método Delphi recurriendo a los mayores expertos de las diferentes disciplinas de la Geología para cada uno de los 22 dominios geológicos de España. A fecha de 2019, las comunidades autónomas que disponen de un inventario de patrimonio geológico completo de su territorio y reconocido en su normativa autonómica son Cataluña, Andalucía, País Vasco, Aragón y Murcia (en conjunto suponen un 37,5 % del territorio nacional). El inventario realizado para el dominio geológico de Canarias incluye 28 Lugares de Interés Geológico submarinos, siendo pionero en la catalogación del patrimonio geológico en el medio marino de España. El avance del IELIG ha sido muy importante durante la vigencia del anterior Plan Estratégico, pasando del 23,5 % de cobertura territorial del inventario en 2011, hasta alcanzar un 77,88 % a finales de 2019. A nivel estatal, el IELIG contiene el Indicador denominado «Estado de conservación» que es un indicador semicuantitativo con 5 categorías, entre el favorable y destruido, que se calcula para cada LIG del inventario. De los 3104 LIG de relevancia nacional e internacional que han sido inventariados y valorados, hay 84 que están en la categoría de degradado con deterioros importantes denominados «LIG en situación crítica», y 8 están fuertemente degradados y prácticamente destruidos considerando que serían los «LIG desaparecidos», con el agravante de que el patrimonio geológico es un recurso no renovable. Conservación a través de la protección y gestión efectiva de espacios naturales. A fin de contribuir a la conservación de los tipos de hábitat y de las especies de interés comunitario de las Directivas Hábitats y Aves, se han designado espacios de la Red Natura 2000, que, a diciembre de 2021, está formada por un total de 1.857 espacios protegidos en España, 1468 de los cuales se corresponden con Lugares de Interés Comunitario (LIC) y 658 Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA). Destaca el hecho de que 252 espacios protegidos Red Natura 2000 en España, que atesoran simultáneamente valores amparados por ambas Directivas Hábitats y Aves, ostentan ambas figuras de protección. Con más de 138.000 km2 protegidos en el medio terrestre, España es uno de los países con mayor porcentaje de su superficie incluida en la Red Natura 2000, con un 27,36 % del total del territorio nacional terrestre, a lo que se suma una superficie protegida en el medio marino de 84.321 km2, aproximadamente el 7,9 % de las aguas marinas de soberanía nacional. En suma, España es, con gran diferencia, el Estado miembro de la UE que mayor superficie aporta a la Red Natura 2000 (18 % del total terrestre de la Red). En relación con la implementación de medidas de conservación y declaración de Zonas Especiales de Conservación (ZEC), España cuenta con un 88,2 % de sus LIC declarados ZEC. Todos estos lugares y un 65,7 % de las ZEPA cuentan con planes o instrumentos de gestión, que contienen las medidas necesarias para conservar las especies y hábitats amparadas por las Directivas. La definición de la Red Natura 2000 en el medio terrestre en España está prácticamente finalizada, estando previsto concluir próximamente el proceso de aprobación de los instrumentos de gestión de los espacios que componen la Red. En el medio marino se prevé que los trabajos que se realizan hasta 2024 en el marco del proyecto integrado LIFE INTEMARES permitan proponer nuevos Lugares de Importancia Comunitaria y Zonas de Especial Protección para las Aves, que ampliarán y asegurarán la suficiencia de la Red Natura 2000 marina, y también elaborar sus instrumentos de gestión de forma participativa. Considerando todos los espacios protegidos definidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, (espacios naturales protegidos, espacios protegidos Red Natura 2000 y áreas protegidas por instrumentos internacionales), a diciembre de 2021, España cuenta con una superficie total protegida del 36,6 % terrestre y un 12,31 % marino. Estas cifras incluyen un total de 1.835 espacios naturales protegidos (28). El 39,9 % de los municipios españoles aportan territorio a los espacios naturales protegidos de nuestro país (29). (28) Fuente: Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, datos a 31 de diciembre de 2021. (29) Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, datos a 31 de diciembre de 2021. Esta rica biodiversidad está bien reconocida a nivel internacional, si atendemos al número y relevancia de áreas protegidas por instrumentos internacionales. En concreto el Programa Hombre y Biosfera (MaB) de la UNESCO en España ha designado 53 Reservas de la Biosfera, que ocupan un 13 % de la superficie terrestre nacional y que cuentan con espacios naturales de alto valor ecológico, en los que la conservación y el desarrollo sostenible coexisten de manera armónica. Esta cifra nos convierte en el país con mayor número de reservas de la biosfera del mundo. También es destacable la cifra de 76 humedales incluidos en la Lista Ramsar de Importancia Internacional, siendo España el tercer país del mundo en número de humedales incluidos en esta Lista, sólo por detrás de Reino Unido y México. Además, España cuenta con 13 áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR); 10 Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM); 15 Geoparques Mundiales declarados por la UNESCO (siendo el segundo país a nivel mundial con más Geoparques); 4 Sitios naturales de la lista de Patrimonio Mundial y 1 Reserva Biogenética del Consejo de Europa. Por último, cabe mencionar la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales. El objetivo de estos espacios es la conservación de sus valores naturales y culturales, supeditando a este logro el resto de las actividades como son su uso y disfrute, la sensibilización o la investigación. Actualmente, con la reciente declaración en 2021 del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves, existen dieciséis parques nacionales que protegen una superficie total de 485.810 hectáreas (388.385 terrestres y 97.425,31 marinas). La biodiversidad y el patrimonio natural y el desarrollo rural y demográfico. Existe una estrecha interrelación entre el patrimonio natural y la biodiversidad y la presencia y actividad humana. Por un lado, la forma en que las poblaciones loca …

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