📄 Texto legal
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La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 39.6 que el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las titulaciones correspondientes a los estudios de formación profesional, así como los aspectos básicos del currículo de cada una de ellas.
La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece en el artículo 10.1 que la Administración General del Estado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.30.ª y 7.ª de la Constitución y previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinará los títulos y los certificados de profesionalidad, que constituirán las ofertas de formación profesional referidas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
El Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, ha establecido la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, y define en el artículo 6 la estructura de los títulos de formación profesional tomando como base el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, las directrices fijadas por la Unión Europea y otros aspectos de interés social.
Por otra parte, del mismo modo, concreta en el artículo 7 el perfil profesional de dichos títulos, que incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en los títulos, de modo que cada título incorporará, al menos, una cualificación profesional completa, con el fin de lograr que, en efecto, los títulos de formación profesional respondan a las necesidades demandadas por el sistema productivo y a los valores personales y sociales para ejercer una ciudadanía democrática.
Este marco normativo hace necesario que ahora el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establezca cada uno de los títulos que formarán el Catálogo de títulos de la formación profesional del sistema educativo, sus enseñanzas mínimas y aquellos otros aspectos de la ordenación académica que, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las Administraciones educativas en esta materia, constituyan los aspectos básicos del currículo que aseguren una formación común y garanticen la validez de los títulos, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 6. 2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
A estos efectos, procede determinar para cada título su identificación, su perfil profesional, el entorno profesional, la prospectiva del título en el sector o sectores, las enseñanzas del ciclo formativo, la correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención, los parámetros básicos de contexto formativo para cada módulo profesional; a saber, los espacios, los equipamientos necesarios, las titulaciones y especialidades del profesorado y sus equivalencias a efectos de docencia, previa consulta a las Comunidades Autónomas, según lo previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Asimismo, en cada título también se determinarán los accesos a otros estudios y, en su caso, las modalidades y materias de bachillerato que facilitan la conexión con el ciclo formativo de grado superior, las convalidaciones, exenciones y equivalencias y la información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente para el ejercicio profesional cuando proceda.
Con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior y las enseñanzas conducentes a títulos universitarios y viceversa, en los ciclos formativos de grado superior se establecerá la equivalencia de cada módulo profesional con créditos europeos, ECTS, tal y como se definen en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Así, el presente real decreto conforme a lo previsto en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, establece y regula, en los aspectos y elementos básicos antes indicados, el título de formación profesional del sistema educativo de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos.
En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las Comunidades Autónomas y han emitido informe el Consejo General de la Formación Profesional, el Consejo Escolar del Estado, y el Ministerio de Administraciones Públicas.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de diciembre de 2007,
DISPONGO:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
1. El presente real decreto tiene por objeto el establecimiento del título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas.
2. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación del título de Técnico Superior en Alojamiento contenido en el Real Decreto 2216/1993, de 17 de diciembre.
CAPÍTULO II
Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores
Artículo 2. Identificación.
El título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Gestión de Alojamientos Turísticos.
Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.
Duración: 2.000 horas.
Familia Profesional: Hostelería y Turismo.
Referente europeo: CINE – 5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).
Artículo 2. Identificación.
El título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos queda identificado por los siguientes elementos:
Denominación: Gestión de Alojamientos Turísticos.
Nivel: Formación Profesional de Grado Superior.
Duración: 2.000 horas.
Familia Profesional: Hostelería y Turismo.
Referente europeo: CINE – 5b (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación).
El título de Técnico Superior se corresponde con un nivel 5A del Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.
Se añade un párrafo por el art. 2 del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10685
Artículo 3. Perfil profesional del título.
El perfil profesional del título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos queda determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, y por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Artículo 4. Competencia general.
La competencia general de este título consiste en organizar y controlar establecimientos de alojamiento turístico, aplicando las políticas empresariales establecidas, controlando objetivos de los diferentes departamentos, acciones comerciales y los resultados económicos del establecimiento, prestando el servicio en el área de alojamiento y asegurando la satisfacción del cliente.
Artículo 5. Competencias profesionales, personales y sociales.
Las competencias profesionales, personales y sociales de este título son las que se relacionan a continuación:
a) Coordinar los servicios propios de los establecimientos de alojamiento turístico, disponiendo las estructuras organizativas óptimas para la gestión y control de sus departamentos.
b) Detectar oportunidades de negocio y nuevos mercados, y aplicar métodos innovadores, analizando las alternativas de inversión y financiación ligadas a ellos.
c) Analizar el mercado y comercializar el producto base propio del alojamiento, así como los servicios y productos complementarios, gestionando las reservas con criterios de eficiencia empresarial.
d) Controlar y supervisar el departamento de pisos, estableciendo los recursos humanos y materiales, pudiendo prestar el servicio, en su caso.
e) Controlar y supervisar el departamento de recepción, pudiendo prestar el servicio, en su caso, y asegurando la atención al cliente con los niveles de calidad establecidos.
f) Organizar y promocionar eventos en el propio establecimiento, en coordinación con los diferentes departamentos implicados, gestionando los recursos humanos y materiales necesarios.
g) Supervisar la correcta atención al cliente, el servicio postventa y la gestión de quejas y reclamaciones, para conseguir su satisfacción.
h) Proponer la implantación de sistemas de gestión innovadores, adecuando y empleando las tecnologías de la información y la comunicación.
i) Supervisar el cumplimiento de las normas relativas a seguridad laboral, medioambiental y de higiene en los establecimientos de alojamiento turístico.
j) Motivar al personal a su cargo, delegar funciones y tareas, promoviendo la participación y el respeto, las actitudes de tolerancia y los principios de igualdad de oportunidades.
k) Mantener el espíritu empresarial para la generación de su propio empleo.
l) Cumplir con los objetivos de la producción, colaborando con el equipo de trabajo y actuando conforme a los principios de responsabilidad y tolerancia.
m) Adaptarse a diferentes puestos de trabajo y nuevas situaciones laborales, originados por cambios tecnológicos y organizativos en los procesos productivos.
n) Resolver problemas y tomar decisiones individuales siguiendo las normas y procedimientos establecidos, definidos dentro del ámbito de su competencia.
ñ) Ejercer sus derechos y cumplir con las obligaciones derivadas de las relaciones laborales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
o) Gestionar su carrera profesional analizando las oportunidades de empleo, autoempleo y de aprendizaje.
p) Participar de forma activa en la vida económica, social y cultural, con una actitud crítica y responsable.
Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Cualificaciones profesionales completas:
a) HOT094_3: Recepción (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero y Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC0263_3: Ejecutar y controlar el desarrollo de acciones comerciales y reservas.
UC0264_3: Realizar las actividades propias de la recepción.
UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento.
UC1057_2: Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario independiente, en las actividades turísticas.
b) HOT333_3: Gestión de pisos y limpieza en alojamientos (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre), que comprende las siguientes unidades de competencia:
UC1067_3: Definir y organizar los procesos del departamento de pisos y prestar atención al cliente.
UC1068_3: Supervisar los procesos del departamento de pisos.
UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento.
Cualificaciones profesionales incompletas:
a) HOT326_2: Alojamiento rural (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre):
UC1042_2: Gestionar y comercializar servicios propios del alojamiento rural.
Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Cualificaciones profesionales:
a) Recepción HOT094_3 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional):
UC0263_3: Participar en el desarrollo de acciones comerciales y reservas.
UC0264_3: Realizar las actividades propias de la recepción.
UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento.
b) Gestión de pisos y limpieza en alojamientos HOT333_3 (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de trece cualificaciones profesionales de la familia profesional hostelería y turismo):
UC1067_3: Definir y organizar los procesos del departamento de pisos y prestar atención al cliente.
UC1068_3: Supervisar los procesos del departamento de pisos.
UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento.
c) Alojamiento rural HOT326_2 (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre):
UC2277_2: Adaptar las posibilidades del establecimiento de alojamiento en el entorno rural al plan turístico local o comarcal, a su demanda y a sus planes de desarrollo.
d) Gestión de productos turísticos HOT772_3 (Real Decreto 148/2022, de 22 de febrero, por el que se establecen, actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Artes Gráficas, Hostelería y Turismo, Industrias Alimentarias y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales):
UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional.
Se modifica por el art. 3.2 del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10685
Artículo 7. Entorno profesional.
1. Este profesional ejerce su actividad habitualmente en el sector turístico, en especial en el subsector de los alojamientos turísticos tanto hoteleros como extrahoteleros, incluyendo también algunos tipos afines como las residencias sanitarias, hospitalarias, de estudiantes, entre otras, sea cual sea su modalidad.
2. Se trata de trabajadores fundamentalmente por cuenta ajena, dada la gran inversión en inmovilizado que suele suponer el alojamiento, y que ejercen su actividad en labores de gestión, dirección y supervisión en áreas funcionales de recepción, reservas, pisos y eventos.
3. Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:
Subdirector de alojamientos de establecimientos turísticos.
Jefe de recepción.
Encargado de reservas.
Jefe de reservas.
Coordinador de calidad.
Gobernanta o encargada general del servicio de pisos y limpieza.
Subgobernanta o encargada de sección del servicio de pisos y limpieza.
Gestor de alojamiento en residencias, hospitales y similares.
Gestor de alojamiento en casas rurales.
Coordinador de eventos.
Jefe de ventas en establecimientos de alojamientos turísticos.
Comercial de establecimientos de alojamientos turísticos.
Artículo 8. Prospectiva del título en el sector o sectores.
Las Administraciones educativas tendrán en cuenta, al desarrollar el currículo correspondiente, las siguientes consideraciones:
a) Los establecimientos de alojamiento turístico, que en un principio daban respuesta a un tipo de clientela vacacional tradicional, han ido evolucionando, añadiendo una gama más amplia de oferta al producto base. Este hecho ha ido ligado a la incorporación de sistemas de gestión más modernos, así como a la introducción nuevos modelos de alojamiento. Los consumidores, por su parte, han ido adquiriendo una cultura de viaje, tanto por ocio como de trabajo, que ha producido el incremento de la frecuencia de los desplazamientos, destinos y tipos de alojamiento. La facilidad para comparar los productos de alojamiento existentes en cada momento en el sector hace que el consumidor sea cada vez más exigente y busque servicios más novedosos y personalizados.
b) Las empresas españolas han evolucionado con rapidez, anticipándose incluso a cambios en el sector, por lo que resulta imprescindible contar, cada vez más, con profesionales mejor preparados que sean capaces de adaptarse, prever y anticiparse a la evolución cambiante del mercado de la gestión de los distintos establecimientos turísticos y afines.
c) Diferentes informes oficiales (procedentes de la Organización Internacional del Trabajo, Organización Mundial del Turismo, entre otros), apuntan a una doble tendencia en el turismo y concretamente en el sector del alojamiento: la introducción en la gestión de las nuevas tecnologías, así como la internacionalización de la industria hotelera. La consolidación y expansión del euro como moneda de intercambio, la liberación del sector del transporte aéreo, con la aparición de compañías de bajo coste, así como la creciente integración de los sectores turísticos, comercio y ocio, se han mostrado como factores de influencia decisivos en los cambios que se mencionan.
d) Otro punto crucial es la dificultad que tiene el sector para atraer y conservar a trabajadores cualificados y la mejora de la formación profesional continua de éstos. Todo ello es necesario para estabilizar la fuerza del trabajo en el sector y, al tiempo, incrementar la productividad de las empresas y la calidad de los servicios.
e) Lo anterior está íntimamente ligado a la implantación de nuevas formas de gestión del alojamiento, desarrolladas en paralelo a las nuevas tecnologías. La tendencia general de éstas se mueve hacia un aumento de la responsabilidad del trabajador, la formación polivalente, el trabajo en equipo y la coordinación entre los miembros del mismo.
CAPÍTULO III
Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto
Artículo 9. Objetivos generales.
Los objetivos generales de este ciclo formativo son los siguientes:
a) Identificar los sistemas de gestión analizando sus prestaciones y adecuación a las necesidades del establecimiento para optimizar la explotación del mismo.
b) Identificar los departamentos del establecimiento turístico analizando sus estructuras organizativas y sus funciones, para proponer la implantación de sistemas de gestión innovadores.
c) Analizar el sector turístico identificando los tipos de establecimientos, destinos turísticos y tendencias de la demanda para detectar oportunidades de negocio.
d) Identificar los recursos económicos y financieros de la empresa interpretando los informes contables para proponer alternativas de inversión y financiación.
e) Evaluar estrategias comerciales reconociendo las diferentes técnicas de marketing para comercializar los productos y servicios del establecimiento turístico.
f) Caracterizar y aplicar los diferentes tipos y sistemas de reservas relacionándolos con sus implicaciones económicas para gestionar la ocupación.
g) Analizar el departamento de pisos y el de recepción reconociendo los recursos humanos, materiales y técnicos necesarios para controlarlos y supervisarlos.
h) Caracterizar el departamento de recepción reconociendo los recursos humanos, materiales y técnicos para controlarlo, supervisarlo o realizarlo en su caso.
i) Analizar los diferentes tipos de eventos determinando los recursos propios y las necesidades de coordinación interdepartamentales para organizarlos y promocionarlos.
j) Relacionar la calidad del servicio prestado con los estándares establecidos aplicando las técnicas de atención al cliente para supervisar dicha atención.
k) Identificar las normas de seguridad laboral, medioambiental e higiénico-sanitarias utilizando la normativa vigente, manuales de empresa y documentación establecida para supervisar el cumplimiento de éstas.
l) Reconocer las estrategias de motivación del personal a su cargo determinando las funciones y tareas que son susceptibles de delegar para gestionarlo con eficiencia.
m) Identificar las herramientas asociadas a las tecnológicas de la información y de la comunicación, reconociendo su potencial como elemento de trabajo para su aplicación.
n) Analizar la estructura jerárquica de la empresa, identificando los roles y responsabilidades de cada uno de los componentes del grupo de trabajo para organizar y coordinar el trabajo en equipo.
ñ) Identificar las oportunidades que ofrece la realidad socio-económica de su zona, analizando las posibilidades de éxito propias y ajenas para mantener un espíritu emprendedor a lo largo de la vida.
o) Valorar las actividades de trabajo en un proceso productivo, identificando su aportación al proceso global para participar activamente en los grupos de trabajo y conseguir los objetivos de la producción.
p) Identificar y valorar las oportunidades de aprendizaje y su relación con el mundo laboral, analizando las ofertas y demandas del mercado para mantener un espíritu de actualización e innovación.
q) Reconocer las oportunidades de negocio, identificando y analizando demandas del mercado para crear y gestionar una pequeña empresa.
r) Reconocer sus derechos y deberes como agente activo en la sociedad, analizando el marco legal que regula las condiciones sociales y laborales para participar como ciudadano democrático.
Artículo 10. Módulos profesionales.
1. Los módulos profesionales de este ciclo formativo:
a) Quedan desarrollados en el Anexo I del presente real decreto, cumpliendo lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.
b) Son los que a continuación se relacionan:
0171. Estructura del mercado turístico.
0172. Protocolo y relaciones públicas.
0173. Marketing turístico.
0174. Dirección de alojamientos turísticos.
0175. Gestión del departamento de pisos.
0176. Recepción y reservas.
0177. Recursos humanos en el alojamiento.
0178. Comercialización de eventos.
0179. Inglés.
0180. Segunda lengua extranjera.
0181. Proyecto de gestión de Alojamiento Turístico.
0182. Formación y orientación laboral.
0183. Empresa e iniciativa emprendedora.
0184. Formación en Centros de Trabajo.
2. Las Administraciones educativas establecerán los currículos correspondientes respetando lo establecido en este real decreto y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
Artículo 11. Espacios y equipamientos.
1. Los espacios necesarios para el desarrollo de las enseñanzas de este ciclo formativo son los establecidos en el Anexo II de este real decreto.
2. Los espacios dispondrán de la superficie necesaria y suficiente para desarrollar las actividades de enseñanza que se deriven de los resultados de aprendizaje de cada uno de los módulos profesionales que se imparten en cada uno de los espacios, además deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) La superficie se establecerá en función del número de personas que ocupen el espacio formativo y deberá permitir el desarrollo de las actividades de enseñanza-aprendizaje con la «ergonomía» y la movilidad requerida dentro del mismo.
b) Cubrir la necesidad espacial de mobiliario, equipamiento e instrumentos auxiliares de trabajo, así como la observación de los espacios o superficies de seguridad de la máquinas y equipos en su funcionamiento.
c) Cumplir con la normativa referida a la prevención de riesgos laborales, la seguridad y salud en el puesto de trabajo y cuantas otras normas les sean de aplicación.
3. Los espacios formativos establecidos pueden ser ocupados por diferentes grupos de alumnos que cursen el mismo u otros ciclos formativos, o etapas educativas.
4. Los diversos espacios formativos identificados no deben diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.
5. Los equipamientos que se incluyen en cada espacio han de ser los necesarios y suficientes para garantizar la adquisición de los resultados de aprendizaje y la calidad de la enseñanza a los alumnos según el sistema de calidad adoptado, además deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) El equipamiento (equipos, máquinas, etc.) dispondrá de la instalación necesaria para su correcto funcionamiento, cumplirá con las normas de seguridad y prevención de riesgos y con cuantas otras sean de aplicación.
b) La cantidad y características del equipamiento deberá estar en función del número de alumnos y permitir la adquisición de los resultados de aprendizaje, teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los contenidos que se incluyen en cada uno de los módulos profesionales que se impartan en los referidos espacios.
6. Las Administraciones competentes velarán para que los espacios y el equipamiento sean los adecuados en cantidad y características para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje que se derivan de los resultados de aprendizaje de los módulos correspondientes y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
Artículo 12. Profesorado.
1. La atribución docente de los módulos profesionales que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, según proceda, de las especialidades establecidas en el Anexo III A) de este real decreto.
2. Las titulaciones requeridas al profesorado de los cuerpos docentes son, con carácter general, las establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero. Las titulaciones equivalentes, a efectos de docencia, a las anteriores son, para las distintas especialidades del profesorado, las recogidas en el Anexo III B) del presente real decreto.
3. Las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios para la impartición de los módulos profesionales que conforman el título para el profesorado de los centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas se concretan en el Anexo III C) del presente real decreto, siempre que las enseñanzas conducentes a la titulación engloben los objetivos de los módulos profesionales o se acredite, mediante «certificación», una experiencia laboral de, al menos tres años, en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.
4. Las Administraciones competentes velarán para que los profesores que imparten los módulos profesionales cumplan con los requisitos especificados y garantizar así la calidad de estas enseñanzas.
CAPÍTULO IV
Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
Artículo 13. Preferencias para el acceso a este ciclo formativo en relación con las modalidades y materias de Bachillerato cursadas.
Tendrán preferencia para acceder a este ciclo formativo aquellos alumnos que hayan cursado la modalidad de Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales.
Artículo 14. Acceso y vinculación con otros estudios.
1. El título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos permite el acceso directo para cursar cualquier otro ciclo formativo de grado superior, en las condiciones de acceso que se establezcan.
2. El título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos permite el acceso directo a las enseñanzas conducentes a los títulos universitarios de grado en las condiciones de admisión que se establezcan.
3. El Gobierno, oído el Consejo de Universidades, regulará, en norma específica, el reconocimiento de créditos entre los títulos de técnico superior de la formación profesional y las enseñanzas universitarias de grado. A efectos de facilitar el régimen de convalidaciones, se han asignado 120 créditos ECTS en las enseñanzas mínimas establecidas en este real decreto entre los módulos profesionales de este ciclo formativo.
Artículo 15. Convalidaciones y exenciones.
1. Las convalidaciones de módulos profesionales de los títulos de formación profesional establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, con los módulos profesionales de los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establecen en el Anexo IV del presente real decreto.
2. Serán objeto de convalidación los módulos profesionales, comunes a varios ciclos formativos, de igual denominación, contenidos, objetivos expresados como resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y similar duración. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el artículo 45.2 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y orientación laboral o el módulo profesional de Empresa e Iniciativa Emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.
3. El módulo profesional de Formación y orientación laboral de cualquier Título de formación profesional podrá ser objeto de convalidación siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 45.3 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre: que se acredite, al menos, un año de experiencia laboral, y que posea el certificado de Técnico en Prevención de Riesgos Laborales, Nivel Básico, expedido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, podrá determinarse la exención total o parcial del módulo profesional de formación en centros de trabajo por su correspondencia con la experiencia laboral, siempre que se acredite una experiencia relacionada con este ciclo formativo en los términos previstos en dicho artículo.
Artículo 16. Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención.
1. La correspondencia de las unidades de competencia con los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos para su convalidación o exención queda determinada en el Anexo V A) de este real decreto.
2. La correspondencia de los módulos profesionales que forman las enseñanzas del título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos con las unidades de competencia para su acreditación, queda determinada en el Anexo V B) de este real decreto.
Disposición adicional primera. Referencia del título en el marco europeo.
Una vez establecido el marco nacional de cualificaciones, de acuerdo con las recomendaciones europeas, se determinará el nivel correspondiente de esta titulación en el marco nacional y su equivalente en el europeo.
Disposición adicional segunda. Oferta a distancia del presente título.
Los módulos profesionales que forman las enseñanzas de este ciclo formativo podrán ofertarse a distancia, siempre que se garantice que el alumno puede conseguir los resultados de aprendizaje de los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el presente real decreto. Para ello, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas que estimen necesarias y dictarán las instrucciones precisas.
Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
1. De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional trigésima primera de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, los títulos de Técnico Especialista en Administración Hostelera, rama Hostelería y Turismo y Técnico Especialista en Recepción, rama Hostelería y Turismo de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, tendrán los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos, establecido en el presente real decreto.
2. El título de Técnico Superior en Alojamiento, establecido por el Real Decreto 2216/1993, de 17 de diciembre, tendrá los mismos efectos profesionales y académicos que el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos establecido en el presente real decreto.
3. La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.
4. Los resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y contenidos del módulo profesional de Inglés comprenden todo lo relacionado con lo establecido en la unidad de competencia UC1057_2 como herramienta útil para facilitar el ejercicio profesional. Incluye también otras competencias lingüísticas propias del título académico. Por tanto, esta circunstancia queda reflejada en el anexo V.
Disposición adicional cuarta. Regulación del ejercicio de la profesión.
1. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, los elementos recogidos en el presente real decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna.
2. Asimismo, las equivalencias de titulaciones académicas establecidas en el apartado 1 de la disposición adicional tercera de este real decreto, se entenderán sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones que habilitan para el ejercicio de las profesiones reguladas.
Disposición adicional quinta. Equivalencias a efectos de docencia en los procedimientos selectivos de ingreso en el Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
Se declaran equivalentes a efectos de docencia las titulaciones de Técnico Especialista y Técnico Superior en una especialidad de formación profesional, siempre que se acredite una experiencia docente en la misma de, al menos, dos años en centros educativos públicos dependientes de la Administración educativa convocante, cumplidos a 31 de agosto de 2007.
Disposición adicional sexta. Accesibilidad universal en las enseñanzas de este título.
Las Administraciones educativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, incluirán en el currículo de este ciclo formativo los elementos necesarios para garantizar que las personas que lo cursen desarrollen las competencias incluidas en el currículo en diseño para todos.
Asimismo, dichas Administraciones adoptarán las medidas que estimen necesarias para que este alumnado pueda acceder y cursar dicho ciclo formativo en las condiciones establecidas en la disposición final décima de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
Quedan derogadas todas y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
Disposición final primera. Título competencial.
El presente real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución.
Disposición final segunda. Implantación del Título.
Las Administraciones educativas implantarán el nuevo currículo de estas enseñanzas en el curso escolar 2009/2010. No obstante, podrán anticipar al año académico 2008/2009 la implantación de este ciclo formativo.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Dado en Madrid, el 14 de diciembre de 2007.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación y Ciencia,
MERCEDES CABRERA CALVO-SOTELO
ANEXO I
Módulos Profesionales
Módulo Profesional: Estructura del mercado turístico.
Equivalencia en créditos ECTS: 7
Código: 0171.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Contextualiza el sector turístico, su evolución histórica y situación actual, analizando sus implicaciones como actividad socioeconómica.
Criterios de evaluación:
a) Se han definido los elementos básicos que caracterizan el sector turístico.
b) Se ha analizado la evolución del turismo.
c) Se han identificado y caracterizado las diferentes instituciones públicas o privadas relacionadas con el sector turístico.
d) Se ha valorado la importancia de la actividad turística respecto al desarrollo económico y social del núcleo turístico.
e) Se identifican los encuentros nacionales e internacionales en materia de turismo y su importancia para el sector.
f) Se ha reconocido el uso de las nuevas tecnologías en el sector turístico y su impacto como elemento dinamizador en éste.
2. Identifica las diferentes tipologías turísticas relacionándolas con la demanda y su previsible evolución.
Criterios de evaluación:
a) Se ha definido las diferentes tipologías turísticas relacionándolas con las características básicas de las mismas.
b) Se han localizado las distintas tipologías turísticas por su distribución geográfica.
c) Se han relacionado los diferentes factores que influyen en la localización espacial según el tipo de turismo de la zona.
d) Se han descrito las ventajas e inconvenientes del desarrollo turístico de una zona.
e) Se ha analizado las tendencias de las tipologías turísticas nacionales.
f) Se han analizado las tendencias de las tipologías turísticas internacionales.
g) Se han valorado los factores que influyen en la demanda y la incidencia que podemos hacer sobre ellos y su distribución.
3. Analiza la oferta turística caracterizando sus principales componentes, así como los canales de intermediación y distribución.
Criterios de evaluación:
a) Se ha definido la oferta turística junto con los elementos y estructura básica de la misma.
b) Se han caracterizado los canales de intermediación turística, así como los nuevos sistemas de distribución.
c) Se han diferenciado las empresas de alojamientos turísticos según su tipología y características básicas.
d) Se han identificado los diferentes medios de transporte de carácter turístico y los servicios ligados a ellos.
e) Se ha caracterizado la oferta complementaria.
f) Se han descrito las peculiaridades del núcleo turístico.
g) Se ha valorado la importancia del turismo en la economía del núcleo turístico.
4. Caracteriza la demanda turística relacionando los diferentes factores y elementos que la motivan, así como sus tendencias actuales.
Criterios de evaluación:
a) Se ha conceptualizado y determinado los factores de la demanda turística.
b) Se ha clasificado a los clientes por su tipología y nacionalidad.
c) Se han descrito los diferentes elementos externos que influyen en la elasticidad de la demanda.
d) Se han caracterizado las principales motivaciones de la demanda turística.
e) Se ha caracterizado la estacionalización de la demanda y técnicas de desestacionalización.
f) Se ha analizado la metodología de compra según el tipo de clientela.
g) Se han investigado las tendencias actuales de la demanda, así como los mercados emergentes.
h) Se ha valorado la importancia de conocer a la clientela como elemento dinamizador de la demanda turística.
Duración: 70 horas.
Contenidos básicos:
Contextualización del sector turístico:
Evolución del turismo.
Entidades públicas y privadas de ámbito local, regional, nacional e internacional relacionadas con el sector turístico.
Valoración de la actividad turística en el desarrollo de un núcleo poblacional.
Valoración de las nuevas tecnologías como fuentes de información y promoción turística.
Valoración del profesional turístico en el ámbito de su profesión.
Identificación de las tipologías turísticas y sus tendencias:
Tipologías turísticas y sus características.
Localización geográfica de las principales tipologías turísticas.
Tendencias de las tipologías turísticas nacionales.
Tendencias de las tipologías turísticas internacionales.
Análisis de la oferta turística:
La oferta turística.
La intermediación turística. Canales de distribución.
Empresas de alojamientos turísticos.
Los medios de transporte turísticos.
La oferta complementaria.
El núcleo turístico.
Importancia económica del turismo para el núcleo turístico.
Caracterización de la demanda turística:
Elementos externos que influyen en la elasticidad de la demanda turística.
Motivaciones de la demanda turística.
Estacionalidad de la demanda. Acciones de desestacionalización.
Tendencias actuales de la demanda turística.
Valoración de la importancia de conocer a la clientela como elemento dinamizador de la demanda.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para situar al alumno en el contexto del mercado del turismo, dotándolo de conocimientos básicos de cómo está estructurado dicho mercado a nivel local, nacional e internacional, haciéndole comprender la importancia de este sector para el desarrollo económico de un área determinada.
Este módulo incluye aspectos como:
Una introducción básica al mundo del turismo.
Las tipologías turísticas y su distribución espacial.
Principales características de la oferta.
Elementos básicos de la demanda.
La formación del módulo contribuye a alcanzar el objetivo general c) del ciclo formativo y las competencias b) y c) del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
La aplicación de las nuevas tecnologías y aplicaciones informáticas de gestión de la información.
Investigación del mercado turístico, ya que este es cambiante y necesita de una constante actualización tanto de las tendencias de la demanda como de la oferta.
Análisis y caracterización de los elementos básicos que componen el mercado turístico.
El funcionamiento básico de los distintos sectores o empresas que configuran la oferta.
La caracterización y elementos que condicionan la demanda del mercado turístico.
Módulo Profesional: Protocolo y relaciones públicas.
Equivalencia en créditos ECTS: 8
Código: 0172.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Aplica el protocolo institucional analizando los diferentes sistemas de organización y utilizando la normativa de protocolo y precedencias oficiales.
Criterios de evaluación:
a) Se han definido los elementos que conforman el protocolo institucional.
b) Se han determinado los criterios para establecer la presidencia en los actos oficiales.
c) Se han caracterizado los diferentes sistemas de ordenación de los invitados en función del tipo de acto a organizar.
d) Se ha reconocido la normativa de protocolo y precedencias oficiales del Estado y otras instituciones.
e) Se han realizado los programas protocolarios en función del evento a desarrollar.
f) Se ha caracterizado el diseño y planificación de actos protocolarios.
g) Se han diseñado diferentes tipos de invitaciones en relación con diferentes tipos de acto.
h) Se ha determinado la ordenación de banderas dentro de los actos protocolarios.
2. Aplica el protocolo empresarial describiendo los diferentes elementos de diseño y organización según la naturaleza, el tipo de acto, así como al público al que va dirigido.
Criterios de evaluación:
a) Se han caracterizado la naturaleza y el tipo de actos a organizar.
b) Se ha diseñado un manual protocolario y de comunicación.
c) Se ha identificado el público al que va dirigido.
d) Se han identificado los elementos de organización y diseño de actos protocolarios empresariales (presidencia, invitados, día, hora, lugar, etc).
e) Se ha verificado la correcta aplicación del protocolo durante el desarrollo del acto.
f) Se ha enumerado la documentación necesaria según el acto para su correcto desarrollo.
g) Se ha elaborado el programa y cronograma del acto a organizar.
h) Se ha calculado el presupuesto económico del acto a organizar.
3. Aplica los fundamentos y elementos de las relaciones públicas (RR.PP.) en el ámbito turístico seleccionando y aplicando las técnicas asociadas.
Criterios de evaluación:
a) Se han definido los fundamentos y principios de las RR.PP.
b) Se han identificado y caracterizado los elementos de identidad corporativa en empresas e instituciones turísticas.
c) Se han identificado las principales marcas de entidades públicas y privadas del sector turístico.
d) Se ha identificado y clasificado el concepto de imagen corporativa y sus componentes.
e) Se han reconocido distintos tipos de imagen proyectadas por empresas e instituciones turísticas.
f) Se han identificado los procesos y los canales de comunicación.
g) Se han aplicado diversas técnicas de expresión verbal y no verbal.
h) Se han reconocido y valorado los diferentes recursos de las relaciones públicas.
i) Se han seleccionado diferentes medios de comunicación dependiendo del producto a comunicar.
j) Se ha valorado la importancia de la imagen, la identidad corporativa, la comunicación y las relaciones públicas en las empresas e instituciones turísticas.
4. Establece comunicación con el cliente relacionando las técnicas empleadas con el tipo de usuario.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado los objetivos de una correcta atención al cliente.
b) Se han caracterizado las técnicas de atención al cliente.
c) Se han diferenciado las modalidades de atención al cliente.
d) Se han aplicado las acciones del contacto directo y no directo.
e) Se han utilizado las técnicas de comunicación con el cliente.
f) Se han caracterizado los diferentes tipos de clientes.
g) Se han demostrado las actitudes y aptitudes en los procesos de atención al cliente.
h) Se han definido las técnicas de dinamización e interacción grupal.
5. Gestiona las quejas, reclamaciones y sugerencias describiendo las fases establecidas de resolución asociadas a una correcta satisfacción del cliente.
Criterios de evaluación:
a) Se han definido y analizado los conceptos formales y no formales de quejas, reclamaciones y sugerencias.
b) Se han reconocido los principales motivos de quejas de los clientes en las empresas de hostelería y turismo.
c) Se han identificado los diferentes canales de comunicación de las quejas, reclamaciones o sugerencias y su jerarquización dentro de la organización.
d) Se ha valorado la importancia de las quejas, reclamaciones y sugerencias como elemento de mejora continua.
e) Se han establecido las fases a seguir en la gestión de quejas y reclamaciones para conseguir la satisfacción del cliente dentro de su ámbito de competencia.
f) Se ha cumplido la normativa legal vigente en materia de reclamaciones de clientes en establecimientos de empresas turísticas.
g) Se han diseñado los puntos clave que debe contener un manual corporativo de atención al cliente y gestión de quejas y reclamaciones.
6. Mantiene actitudes de correcta atención al cliente analizando la importancia de superar las expectativas de los clientes con relación al trato recibido.
Criterios de evaluación:
a) Se han analizado las expectativas de los diferentes tipos de cliente.
b) Se ha conseguido una actitud de empatía.
c) Se ha valorado la importancia de una actitud de simpatía.
d) Se ha valorado en todo momento una actitud de respeto hacia los clientes, superiores y compañeros.
e) Se ha conseguido alcanzar una actitud profesional.
f) Se ha seguido una actitud de discreción.
g) Se ha valorado la importancia de la imagen corporativa.
Duración: 70 horas.
Contenidos básicos:
Aplicación del protocolo institucional:
Protocolo institucional.
Sistemas de organización de invitados.
Interés por la normativa en materia de protocolo y precedencias oficiales del Estado y de las Comunidades Autónomas.
Proyección de actos protocolarios.
Aplicación del protocolo empresarial:
Tipos y objetivos de los actos protocolarios empresariales.
Identificación del público objetivo y adecuación del acto
Manual protocolario y de comunicación de una empresa.
Actos protocolarios empresariales.
Elaboración del programa y cronograma del acto a organizar.
Aplicación de los fundamentos y los elementos de las RR.PP. en el ámbito turístico:
Aplicación y valoración de las RR.PP. en al ámbito turístico empresarial e institucional.
Recursos de las relaciones públicas.
La imagen corporativa.
La expresión corporal. La imagen personal. Habilidades sociales.
Tipos de imagen.
La imagen del turismo español.
Comunicación con los clientes:
Proceso de la comunicación.
Comunicación no verbal.
Comunicación verbal.
Variables de la atención al cliente.
Modalidades de atención al cliente.
Puntos clave de una buena atención al cliente según la fase de contacto de este con la empresa.
Gestión de quejas, reclamaciones y sugerencias:
Quejas, reclamaciones y sugerencias.
Principales motivos de quejas del cliente de las empresas de hostelería y turismo.
Elementos de recogida de quejas, reclamaciones o sugerencias.
Fases de la gestión de quejas y reclamaciones.
Normativa legal vigente en materia de reclamaciones de clientes en establecimientos de empresas turísticas.
Actitudes de atención al cliente:
Actitud de servicio al cliente.
Actitud de respeto hacia clientes, superiores, personal dependiente y compañeros.
Actitud profesional.
El valor de la discreción dentro del ámbito laboral.
El valor de la imagen corporativa.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional contiene la formación necesaria para desempeñar las funciones de atención al cliente y conocimientos del protocolo institucional y empresarial.
Las funciones de atención al cliente y conocimientos del protocolo institucional y empresarial incluyen aspectos como:
Protocolo institucional básico.
Protocolo empresarial.
Elementos de una correcta atención al cliente.
Gestión de quejas, reclamaciones y sugerencias.
Actitudes básicas referentes a una correcta atención al cliente.
La formación del módulo se relaciona con el objetivo general j), y permite alcanzar las competencias g), h) y j).
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
Trabajar las actitudes de los alumnos en referencia a todos los aspectos relacionados con la atención al cliente.
Dotarlos de herramientas básicas de protocolo institucional.
Análisis y proyección del protocolo en los actos empresariales.
Herramientas de gestión de quejas, reclamaciones y sugerencias.
Módulo Profesional: Marketing turístico.
Equivalencia en créditos ECTS: 10
Código: 0173.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación:
1. Caracteriza el marketing turístico reconociendo los elementos básicos que lo componen.
Criterios de evaluación:
a) Se ha justificado la importancia del marketing en el sector turístico.
b) Se han diferenciado las peculiaridades del marketing de servicios en general y las propias del marketing turístico.
c) Se han descrito los conceptos, definiciones e instrumentos básicos del marketing turístico.
d) Se han diferenciado las etapas y la evolución del marketing.
e) Se ha valorado la importancia de los distintos instrumentos del marketing.
f) Se han definido los factores y criterios eficaces para orientar al marketing hacia el consumidor.
g) Se han comparado las diferentes estructuras y enfoques de dirección de marketing.
h) Se ha identificado la necesidad del marketing en la función comercial de la empresa turística.
i) Se han analizado las tendencias del marketing en Turismo.
2. Interpreta la segmentación del mercado y el posicionamiento del producto-servicio reconociendo datos cuantitativos y cualitativos.
Criterios de evaluación:
a) Se ha conceptualizado y clasificado la segmentación de mercado.
b) Se han analizado las variables de segmentación más utilizadas en turismo.
c) Se han definido los requisitos para que la segmentación sea efectiva.
d) Se ha reconocido la importancia de la segmentación para el diseño de la estrategia comercial de las empresas turísticas.
e) Se han identificado y valorado los diferentes segmentos de mercado y su atractivo en función del producto-servicio.
f) Se han definido las estrategias de cobertura de segmentos de mercado.
g) Se ha identificado el posicionamiento del producto en el mercado.
h) Se han valorado los instrumentos comerciales y su compatibilidad con los diferentes segmentos de mercado.
3. Identifica los elementos del marketing-mix reconociendo su aplicación en el sector turístico.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado los elementos del marketing mix.
b) Se han identificado las etapas del ciclo de vida de un producto y su relación con la toma de decisiones estratégicas.
c) Se ha analizado los elementos y niveles del producto, así como la aplicación de un sistema de «servucción».
d) Se han caracterizado las distintas políticas de marcas en el sector turístico y se ha valorado la importancia de diferenciar el producto.
e) Se ha valorado la importancia del precio y sus condicionantes como instrumento comercial en las empresas turísticas.
f) Se han calculado los precios mediante la fijación de métodos de precios idóneos para el sector turístico.
g) Se ha reconocido la importancia de la publicidad, las RR.PP., promoción de ventas y merchandising en el sector turístico.
h) Se ha valorado la función de las ferias turísticas y otros encuentros profesionales como instrumentos de marketing estableciendo la diferencia con otras estrategias promocionales.
i) Se han identificado los canales de distribución/comercialización directa e indirecta en el sector turístico.
j) Se ha reconocido la importancia de los sistemas de distribución global y su impacto en la industria turística.
4. Aplica las nuevas tecnologías en el marketing turístico analizando sus aplicaciones y oportunidades en el desarrollo de políticas de dicho marketing.
Criterios de evaluación:
a) Se han caracterizado las nuevas tecnologías y su utilización.
b) Se han identificado las aplicaciones de las nuevas tecnologías en marketing.
c) Se ha valorado la utilización de la Red para comercializar productos-servicios turísticos.
d) Se han utilizado las aplicaciones ofimáticas de base de datos.
e) Se han reconocido la aplicación de una base de datos para la investigación comercial y para crear una ventaja competitiva.
f) Se han determinado los factores que influyen en el marketing directo.
g) Se ha establecido las pautas para el desarrollo de una estrategia de marketing directo combinado.
5. Caracteriza el plan de marketing relacionándolo con los diversos tipos de empresa y productos-servicios.
Criterios de evaluación:
a) Se han descrito los elementos básicos que conforman el plan de marketing.
b) Se ha valorado la importancia de un plan de marketing en una empresa turística.
c) Se ha realizado el análisis de otros planes empresariales e institucionales relacionados con el plan de marketing.
d) Se han identificado los principales factores del entorno con incidencia en el plan de marketing.
e) Se ha analizado la competencia y el potencial de mercado.
f) Se ha realizado el plan de acción, con sus estrategias y tácticas.
g) Se han definido los recursos necesarios para establecer las estrategias propuestas y para la consecución de los objetivos del plan de marketing.
h) Se ha realizado el control de cumplimiento y calidad del plan de marketing con las técnicas adquiridas.
i) Se ha realizado la presentación del plan de marketing con las pautas establecidas y ante los responsables implicados.
j) Se han valorado las implicaciones ambientales de la implementación de un plan de marketing propuesto.
6. Reconoce el proceso de decisión de compra de los consumidores analizando sus motivaciones y necesidades.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado las necesidades y motivaciones de los consumidores de productos-servicios turísticos.
b) Se han identificado las fases del proceso de decisión de compra en el consumidor.
c) Se han caracterizado los agentes implicados en el proceso de decisión de compra.
d) Se ha analizado el impacto psicosocial del marketing, la publicidad y las relaciones públicas y su incidencia en el proceso de compra.
e) Se han caracterizado los puntos clave en el proceso de postcompra y oportunidades de fidelización.
f) Se han descrito y valorado la percepción y satisfacción de los consumidores mediante los procesos de control de calidad.
7. Caracteriza los criterios del «consumerismo» relacionándolos con sociedad, marketing y ética.
Criterios de evaluación:
a) Se han caracterizado las peculiaridades de las economías de mercado y sus críticas.
b) Se han identificado el origen del consumerismo, así como su evolución en España.
c) Se han realizado estudios para analizar la reacción de las empresas ante esta situación.
d) Se ha determinado la respuesta de las empresas y de la sociedad y se establecen unos principios éticos.
e) Se ha identificado la normativa que protege al consumidor en la U.E. y en España.
f) Se han analizado los derechos y deberes de los consumidores.
Duración: 90 horas.
Contenidos básicos:
Caracterización del marketing turístico:
Marketing turístico.
Relación con el sector de la hostelería y el turismo.
Evolución de la función del marketing: orientación hacia el consumidor.
El futuro del marketing.
Interpretación de la segmentación de mercados turísticos:
Variables de segmentación más utilizadas en turismo.
Aplicación de la segmentación al diseño de la estrategia comercial de las empresas turísticas.
Tipos de estrategias de cobertura del mercado.
Posicionamiento en el mercado: Conceptos. Estrategias. Métodos.
Instrumentos comerciales y compatibilidad de los segmentos.
Identificación del marketing-mix y sus elementos:
Aplicación y estrategias.
El producto-servicio. Niveles y elementos.
La «servucción».
El ciclo de vida del producto y de los destinos turísticos.
Desarrollo y lanzamiento de los nuevos productos turísticos.
La promoción turística en el mix promocional: la publicidad, las RR.PP., las promociones de ventas/merchandising, las ferias turísticas, Work shops, Fam-trips y otros.
Análisis de las nuevas tecnologías aplicadas al marketing turístico:
Marketing directo en turismo y nuevas tecnologías.
Marketing en internet.
Bases de datos.
Objetivos generales del desarrollo de una base de datos de marketing.
Marketing directo.
Materiales de soporte y de desarrollo de políticas de marketing directo.
El marketing directo y su desarrollo.
Caracterización del plan de marketing:
Plan de marketing. Elementos y Finalidad.
Segmentación y público objetivo.
Planes de acción: estrategias y tácticas.
Objetivos y cuotas de ventas.
Recursos necesarios para respaldar las estrategias y alcanzar los objetivos.
Seguimiento y control del marketing.
Presentación y promoción del plan.
Auditoría ambiental del plan.
Interpretación del proceso de decisión en el consumidor:
Fases del proceso de decisión.
Postcompra y fidelización.
Los nuevos consumidores en el sector turístico.
Herramientas de control de la calidad y la satisfacción del cliente. Implementación en empresas del sector turístico.
Caracterización de los criterios de consumerismo:
El consumerismo.
La reacción de la empresa y su respuesta.
Normativa que regula al consumidor y sus derechos en la U.E. y en España: legislación genérica y específica.
Derechos y deberes de los consumidores.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional tiene como finalidad la adquisición de competencias básicas e iniciales en el ámbito profesional turístico de temas de introducción y aplicación de conceptos y criterios específicos del marketing.
Se desarrollan en él aspectos relacionados con los modelos básicos de marketing y las técnicas más empleadas en turismo desde una óptica científica y mostrándolos en su aplicación real y práctica.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
Los planes de marketing.
Tareas de comercialización y comunicación de los productos.
Aumentar el número de visitantes, reservas y ventas.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales c), e) y j) del ciclo formativo, y las competencias b), c) y g) del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñ …
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.