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En resumen

Esta resolución establece los códigos para clasificar económicamente los gastos e ingresos de los Presupuestos Generales del Estado para 2014, actualizando la normativa anterior.

Qué regula

A quién concierne

Puntos clave

📄 Texto legal
200 ok Véanse las Órdenes por las que se dictan las normas para la elaboración de los presupuestos generales del Estado de cada año, en cuanto a posibles actualizaciones tácitas de la clasificación económica de los gastos e ingresos. La Orden HAP/981/2013, de 31 de mayo, por la que se dictan normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2014, regula, en su artículo 6, la estructura de los Presupuestos Generales del Estado para 2014. En el apartado 1.3 del artículo 6 se dispone que los créditos incluidos en los estados de gastos del presupuesto se ordenarán según su naturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos, que se detallan en la propia orden. Asimismo, en el apartado 2.2 se recoge que los recursos incluidos en los estados de ingresos del presupuesto se ordenarán según su naturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos que, igualmente, se detallan en la orden. Los cambios introducidos en la clasificación económica de los gastos e ingresos en los Presupuestos Generales del Estado para 2014, así como algunos otros efectuados con anterioridad hacen necesaria la aprobación de una nueva resolución de la Dirección General de Presupuestos que establezca los códigos que definen la clasificación económica de ingresos y gastos y sustituya a la de 19 de enero de 2009. Los principales cambios introducidos en la clasificación económica del gasto se refieren a la imputación al capítulo 4 «Transferencias Corrientes» de los gastos correspondientes a pensiones a funcionarios o familias de carácter civil o militar que hasta 2014 se han venido imputando al capítulo 1 «Gastos de personal». En el capítulo 6 «Inversiones Reales» se ha recogido el nuevo tratamiento a aplicar en los contratos de arrendamiento financiero, derivado del nuevo Plan General de Contabilidad Pública, aprobado mediante Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, que entró en vigor en el sector público estatal en el ejercicio 2011. En el capítulo 8 «Activos Financieros» se han recogido nuevas rubricas para la suscripción de acciones y aportación de fondos a organismos y programas internacionales. Respecto de la clasificación económica del ingreso se han incluido los nuevos impuestos surgidos como consecuencia de la aprobación de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética. Se han eliminado los artículos 57 «Resultado de Operaciones Comerciales» y 58 «Variación del Fondo de Maniobra». El primero como consecuencia de lo dispuesto en la disposición final décima cuarta de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, que establece que, a partir del 1 de enero de 2014, al presupuesto de los organismos autónomos a que se refiere la disposición transitoria primera de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, no se acompañará la cuenta de operaciones comerciales. A estos efectos, las citadas operaciones se integrarán en los correspondientes estados de gastos e ingresos de los Presupuestos Generales del Estado. El segundo a causa de la modificación introducida en la disposición transitoria primera de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por la disposición final novena de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011. En el capítulo 8 «Activos Financieros» se ha recogido un nuevo artículo al que aplicar las devoluciones de aportaciones patrimoniales. La disposición final cuarta de la Orden HAP/981/2013, de 31 de mayo, por la que se dictan las normas para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado para 2014, autoriza a la Dirección General de Presupuestos a dictar las normas y realizar las modificaciones que procedan en lo referente a las estructuras por programas y económica, así como a los criterios de imputación de gastos e ingresos. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado para 2014, resulta procedente la aprobación de los códigos de imputación de ingresos y gastos de la clasificación económica a ellos aplicables. Por tanto, en uso de la autorización concedida en el apartado a) de la disposición final cuarta de la Orden HAP/981/2013, de 31 de mayo, esta Dirección General resuelve que la clasificación económica de gastos e ingresos de los Presupuestos Generales del Estado y los códigos que la definen queden establecidos en los términos que se recogen en los anexos I a IV que se adjuntan. Madrid, 20 de enero de 2014.–El Director General de Presupuestos, Jaime Iglesias Quintana. ANEXO I Clasificación económica de los ingresos CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS 1.1 IMPUESTOS DIRECTOS Y COTIZACIONES SOCIALES 10. Sobre la renta 100. De las personas físicas 00. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 101. De sociedades 00. Impuesto sobre Sociedades 102. De no residentes 00. Impuesto sobre la Renta de no residentes 11. Sobre el capital 119. Otros impuestos sobre el capital 12. Cotizaciones sociales 120. Cotizaciones de los regímenes especiales de funcionarios 00. Cuotas de Derechos Pasivos 01. Cuotas de funcionarios a Mutualidades 02. Aportación obligatoria del Estado a las Mutualidades de funcionarios 129. Otras cotizaciones 00. Cuota de desempleo 01. Cuota de formación profesional 02. Cuotas empresariales al Fondo de Garantía Salarial 13. Sobre la producción y almacenamiento de energía eléctrica y combustible 130. Sobre el valor de la producción de la energía eléctrica 131. Sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica 132. Sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos en instalaciones centralizadas 19. Otros impuestos directos 190. Otros Impuestos directos 2. IMPUESTOS INDIRECTOS 21. Sobre el Valor Añadido 210. Impuesto sobre el valor añadido 00. IVA sobre importaciones 01. IVA sobre operaciones interiores 22. Sobre consumos específicos 220. Impuestos especiales 00. Sobre el alcohol y bebidas derivadas 01. Sobre cerveza 03. Sobre labores de tabaco 04. Sobre hidrocarburos 06. Sobre productos intermedios 99. Otros 23. Sobre tráfico exterior 230. Derechos de aduana y exacciones de efecto equivalente establecidos para la importación o exportación de mercancías 231. Exacciones reguladoras y otros gravámenes agrícolas 28. Otros impuestos indirectos 280. Cotización, producción y almacenamiento de azúcar e isoglucosa 281. Impuesto sobre las Primas de Seguros 283. Impuesto sobre actividades de juego 00. De apuestas mutuas deportivas 01. De apuestas deportivas de contrapartida 02. De otros juegos 289. Otros impuestos indirectos 3. TASAS, PRECIOS PÚBLICOS Y OTROS INGRESOS 30. Tasas 300. Derechos por expedición de tarjetas de identidad profesional a trabajadores extranjeros 301. Canon de ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre 302. Tasa por dirección e inspección de obras 303. Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional 304. Tasas de expedición D.N.I. y Pasaportes 01. D.N.I. 02. Pasaportes 305. Tasas consulares 306. Canon por utilización de aguas continentales para producción de energía eléctrica 307. Tasas por reserva del dominio radioeléctrico 308. Tasas seguridad aeroportuaria 309. Otras tasas 00. Tasa por acreditación catastral 01. Tasa de Juego 02. Reconocimientos, autorizaciones y concursos 03. Prestación de servicios y realización de actividades en materia de navegación aérea 04. Prestación de servicios por la Dirección General de Marina Mercante 05. Tasa de Telecomunicaciones 06. Tasa de Regularización Catastral 07. Control sanidad exterior carnes y productos de origen animal de países no comunitarios 08. Derechos de examen 11. Tasa por la gestión administrativa del juego. (D.T. 1.ª Ley 13/2011) 99. Otras 31. Precios Públicos 310. Derechos de matrícula en cursos y seminarios 311. Entradas a museos, exposiciones, espectáculos, etc. 319. Otros precios públicos 32. Otros ingresos procedentes de prestación de servicios 320. Comisiones por avales y seguros operaciones financieras 322. De la Administración financiera 01. Administración y cobranza 02. Compensación por gastos de percepción de recursos propios tradicionales de la Unión Europea 99. Otros 329. Otros ingresos procedentes de prestación de servicios 33. Venta de bienes 330. Venta de publicaciones propias 332. Venta de fotocopias y otros productos de reprografía 333. Venta de medicamentos 334. Venta de productos agropecuarios 335. Venta de material de desecho 336. Ingresos procedentes del Fondo regulado por la Ley 17/2003 339. Venta de otros bienes 38. Reintegros de operaciones corrientes 380. De ejercicios cerrados 381. Del presupuesto corriente 39. Otros ingresos 391. Recargos y multas 00. Recargos del periodo ejecutivo 01. Intereses de demora 02. Multas y sanciones 03. Recargo sobre autoliquidaciones 99. Otros 392. Diferencias de cambio 393. Diferencias entre los valores de reembolso y emisión 394. Reintegros de cantidades abonadas a los trabajadores por cuenta de las empresas (Fondo de Garantía Salarial) 399. Ingresos diversos 00. Compensaciones de servicios prestados por funcionarios públicos 01. Recursos eventuales 02. Ingresos procedentes de organismos autónomos suprimidos 99. Otros ingresos diversos 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 40. De la Administración del Estado 400. Del departamento a que está adscrito 401. De otros departamentos ministeriales 41. De Organismos autónomos 410. De organismos autónomos 42. De la Seguridad Social 43. De Agencias estatales y otros Organismos Públicos 430. De Agencias estatales 431. De otros Organismos Públicos 44. De Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entes del Sector Público 440. De sociedades mercantiles estatales 441. De entidades públicas empresariales 442. De Fundaciones Públicas 449. Del resto del sector público 45. De Comunidades Autónomas 450. Contribuciones Concertadas 00. Cupo del País Vasco 01. De Navarra 459. Otras transferencias corrientes 46. De Entidades Locales 460. De Ayuntamientos 461. De Diputaciones y Cabildos Insulares 469. Otras transferencias corrientes 47. De empresas privadas 48. De familias e instituciones sin fines de lucro 49. Del exterior 490. Del Fondo Social Europeo 491. Del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) 492. Otras transferencias de la Unión Europea. 493. Aportaciones derivadas de convenios internacionales de cooperación 499. Otras transferencias corrientes 5. INGRESOS PATRIMONIALES 50. Intereses de títulos y valores 500. Del Estado 501. De organismos autónomos 503. De agencias estatales 504. De sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entes del Sector Público 505. De Comunidades Autónomas 506. De Entidades Locales 507. De empresas privadas 51. Intereses de anticipos y préstamos concedidos 510. Al Estado 511. A organismos autónomos 512. A la Seguridad Social 513. De agencias estatales 514. A sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entes del Sector Público 01. I.C.O. 99. Otros 515. A Comunidades Autónomas 516. A Entidades Locales 517. A empresas privadas 518. A familias e instituciones sin fines de lucro 519. Al exterior 52. Intereses de depósitos 520. Intereses de cuentas bancarias 00. Intereses de las consignaciones judiciales 09. Intereses de la cuenta del Tesoro en el Banco de España 99. Otros intereses de cuentas bancarias 529. Intereses de otros depósitos 53. Dividendos y participaciones en beneficios 534. De Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entes del Sector Público 03. Banco de España 04. Instituto de Crédito Oficial 06. Real Casa de la Moneda. Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 09. Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) 10. Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) 11. Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) 12. Otras Sociedades Estatales del Grupo Patrimonio 99. Otras participaciones en beneficios 537. De empresas privadas 54. Rentas de bienes inmuebles 540. Alquiler y productos de inmuebles 00. Alquiler de viviendas 10. Alquiler de locales 99. Otros productos de inmuebles 541. Arrendamientos de fincas rústicas 549. Otras rentas 55. Productos de concesiones y aprovechamientos especiales 550. De concesiones administrativas 551. Aprovechamientos agrícolas y forestales 557. Subastas de derechos de emisión de gases de efecto invernadero 559. Otras concesiones y aprovechamientos 59. Otros ingresos patrimoniales 591. Beneficios por realización de inversiones financieras 599. Otros 6. ENAJENACIÓN DE INVERSIONES REALES 60. De terrenos 600. Venta de solares 601. Venta de fincas rústicas 61. De las demás inversiones reales 619. Venta de otras inversiones reales 68. Reintegros por operaciones de capital 680. De ejercicios cerrados 681. Del presupuesto corriente 7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 70. De la Administración del Estado 700. Del departamento a que está adscrito 701. De otros departamentos ministeriales 71. De organismos autónomos 710. De organismos autónomos 72. De la Seguridad Social 720. De la Seguridad Social 73. De Agencias estatales y Otros Organismos Públicos 730. De Agencias estatales y Otros Organismos Públicos 74. Sociedades Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de entes del Sector Público 740. Sociedades mercantiles estatales 741. Entidades públicas empresariales 749. Del Resto de entidades del Sector Público 75. De Comunidades Autónomas 76. De Entidades Locales 760. De Ayuntamientos 761. De Diputaciones y Cabildos Insulares 769. Otras transferencias de capital 77. De empresas privadas 78. De familias e instituciones sin fines de lucro 79. Del exterior 790. Fondo Europeo de Desarrollo Regional 791. Fondo de Cohesión 792. Fondo Europeo de la Pesca y otros recursos agrícolas y pesqueros 793. Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) 795. Otras transferencias de la Unión Europea 799. Otras transferencias 8. ACTIVOS FINANCIEROS 80. Enajenación de deuda del Sector Público 800. Enajenación de deuda del Sector Público a corto plazo 801. Enajenación de deuda del Sector Público a largo plazo 81. Enajenación de obligaciones y bonos de fuera del Sector Público 810. Enajenación de obligaciones y bonos de fuera del Sector Público a corto plazo 811. Enajenación de obligaciones y bonos de fuera del Sector Público a largo plazo 82. Reintegros de préstamos concedidos al Sector Público 820. Reintegros de préstamos concedidos al Sector Público a corto plazo 821. Reintegros de préstamos concedidos al Sector Público a largo plazo 83. Reintegros de préstamos concedidos fuera del Sector Público 830. Reintegros de préstamos concedidos fuera del Sector Público a corto plazo 831. Reintegros de préstamos concedidos fuera del Sector Público a largo plazo 84. Devolución de depósitos y fianzas 840. Devolución de depósitos 841. Devolución de fianzas 85. Enajenación de acciones y participaciones y devolución de aportaciones del Sector Público 850. Enajenación de acciones y participaciones del Sector Público 851. Devolución de aportaciones de Instituciones Financieras Internacionales 852. Otras enajenaciones o devoluciones 86. Enajenación de acciones y participaciones de fuera del Sector Público 860. De empresas nacionales o de la Unión Europea 861. De otras empresas 87. Remanente de tesorería 870. Remanente de tesorería 88. Devolución de aportaciones patrimoniales 880. Devolución de aportaciones patrimoniales 9. PASIVOS FINANCIEROS 90. Emisión de deuda pública en moneda nacional 900. Emisión de deuda pública en moneda nacional a corto plazo 901. Emisión de deuda pública en moneda nacional a largo plazo 91. Préstamos recibidos en moneda nacional 910. Préstamos recibidos a corto plazo de entes del Sector Público 911. Préstamos recibidos a largo plazo de entes del Sector Público 912. Préstamos recibidos a corto plazo de entes de fuera del Sector Público 913. Préstamos recibidos a largo plazo de entes de fuera del Sector Público 92. Emisión de deuda pública en moneda extranjera 920. Emisión de deuda pública en moneda extranjera a corto plazo 921. Emisión de deuda pública en moneda extranjera a largo plazo 93. Préstamos recibidos en moneda extranjera 930. Préstamos recibidos en moneda extranjera a corto plazo 931. Préstamos recibidos en moneda extranjera a largo plazo 94. Depósitos y fianzas recibidos 940. Depósitos recibidos 941. Fianzas recibidas 95. Beneficio por acuñación de moneda 950. Beneficio por acuñación de moneda ANEXO II Clasificación económica del gasto En aquellos supuestos en que se prevé el desarrollo por sectores de un concepto, éstos quedarán identificados por los siguientes dígitos. 0. Administración del Estado 1. Organismos Autónomos 2. Seguridad Social 3. Agencias estatales y otros Organismos Públicos 4. Sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entes del sector público 5. Comunidades Autónomas 6. Corporaciones Locales 7. Empresas privadas 8. Familias e instituciones sin fines de lucro 9. Exterior Clasificación económica del presupuesto de gastos 1. GASTOS DE PERSONAL 10. Altos cargos 100. Retribuciones básicas y otras remuneraciones 00. Retribuciones básicas 01. Retribuciones complementarias 107. Contribuciones a planes de pensiones 11. Personal eventual 110. Retribuciones básicas y otras remuneraciones 00. Retribuciones básicas 01. Retribuciones complementarias 02. Otras remuneraciones 117. Contribuciones a planes de pensiones 12. Funcionarios 120. Retribuciones básicas 00. Sueldos del grupo A1 y grupo A 01. Sueldos del grupo A2 y grupo B 02. Sueldos del grupo C1 y grupo C 03. Sueldos del grupo C2 y grupo D 04. Sueldos personal de agrupaciones profesionales y grupo E 05. Trienios 06. Pagas extraordinarias 07. Otras retribuciones básicas 10. Sueldos de tropa y marinería profesional permanente 11. Sueldos de tropa y marinería profesional no permanente 12. Pagas extraordinarias de tropa y marinería profesional 121. Retribuciones complementarias 00. Complemento de destino 01. Complemento específico 02. Indemnización por residencia 03. Otros complementos 09. Complemento de destino de tropa y marinería profesionales 10. Complemento específico de tropa y marinería profesionales 11. Complemento por incorporación y años de servicio. 12. Indemnización reservistas voluntarios. 122. Retribuciones en especie 00. Casa vivienda 01. Vestuario 02. Bonificaciones 09. Otras 123. Indemnizaciones percibidas por destino en el extranjero 00. Indemnización por destino en el extranjero 01. Indemnización por educación 124. Retribuciones de funcionarios en prácticas 00. Sueldos del grupo A1 y grupo A 01. Sueldos del grupo A2 y grupo B 02. Sueldos del grupo C1 y grupo C 03. Sueldos del grupo C2 y grupo D 04. Sueldos personal de agrupaciones profesionales y grupo E 05. Trienios 06. Pagas extraordinarias 07. Retribuciones complementarias 127. Contribuciones a planes de pensiones 13. Laborales 130. Laboral fijo 00. Retribuciones básicas 01 Otras remuneraciones 131. Laboral eventual 132. Retribuciones en especie 00. Casa vivienda 01. Vestuario 02. Bonificaciones 09. Otras 137. Contribuciones a planes de pensiones 14. Otro personal 143. Otro personal 147. Contribuciones a planes de pensiones 15. Incentivos al rendimiento 150. Productividad 151. Gratificaciones 153. Complemento de dedicación especial. 16. Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador 160. Cuotas sociales 00. Seguridad Social 01. MUFACE 02. ISFAS 03. MUGEJU 09. Otras 162. Gastos sociales del personal 00. Formación y perfeccionamiento del personal 01. Economatos y comedores 02. Transporte de personal 04. Acción social 05. Seguros 09. Otros 2. GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS 20. Arrendamientos y cánones 200. Arrendamientos de terrenos y bienes naturales 202. Arrendamientos de edificios y otras construcciones 203. Arrendamientos de maquinaria, instalaciones y utillaje 204. Arrendamientos de medios de transporte 205. Arrendamientos de mobiliario y enseres 206. Arrendamientos de equipos para procesos de información 208. Arrendamientos de otro inmovilizado material 209. Cánones 21. Reparaciones, mantenimiento y conservación 210. Infraestructura y bienes naturales 212. Edificios y otras construcciones 213. Maquinaria, instalaciones y utillaje 214. Elementos de transporte 215. Mobiliario y enseres 216. Equipos para procesos de la información 218. Bienes situados en el exterior 219. Otro inmovilizado material 22. Material, suministros y otros 220. Material de oficina 00. Ordinario no inventariable 01. Prensa, revistas, libros y otras publicaciones 02. Material informático no inventariable 15. Material de oficina en el exterior 221. Suministros 00. Energía eléctrica 01. Agua 02. Gas 03. Combustible 04. Vestuario 05. Alimentación 06. Productos farmacéuticos y material sanitario 07. Suministros de carácter militar y policial 08. Suministros de material deportivo, didáctico y cultural 09. Labores Fábrica Nacional Moneda y Timbre 11. Suministros de repuestos de maquinaria, utillaje y elementos de transporte 12. Suministros de material electrónico, eléctrico y de comunicaciones 15. Suministros en el exterior 99. Otros suministros 222. Comunicaciones 00. Servicios de Telecomunicaciones 01. Postales y mensajería 15. Comunicaciones en el exterior 99. Otras 223. Transportes 224. Primas de seguros 225. Tributos 00. Estatales 01. Autonómicos 02. Locales 15. Tributos en el exterior 226. Gastos diversos 01. Atenciones protocolarias y representativas 02. Publicidad y propaganda 03. Jurídicos, contenciosos 06. Reuniones, conferencias y cursos 07. Oposiciones y pruebas selectivas 08. Gastos reservados 09. Actividades culturales y deportivas 15. Gastos diversos en el exterior 99. Otros 227. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales 00. Limpieza y aseo 01. Seguridad 02. Valoraciones y peritajes 04. Custodia, depósito y almacenaje 05. Procesos electorales y consultas populares 06. Estudios y trabajos técnicos 15. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales en el exterior 99. Otros 23. Indemnizaciones por razón del servicio 230. Dietas 231. Locomoción 232. Traslado 233. Otras indemnizaciones 24. Gastos de publicaciones 240. Gastos de edición y distribución 25. Conciertos de asistencia sanitaria 250. Con la Seguridad Social 251. Con entidades de seguro libre 259. Otros conciertos de asistencia sanitaria 27. Compras, suministros y otros gastos relacionados con la actividad 3. GASTOS FINANCIEROS 30. De deuda pública en moneda nacional 300. Intereses 301. Gastos de emisión, modificación y cancelación 303. Rendimientos implícitos 309. Otros gastos financieros 31. De préstamos en moneda nacional 310. Intereses 311. Gastos de emisión, modificación y cancelación 313. Rendimientos implícitos 319. Otros gastos financieros 32. De deuda pública en moneda extranjera 320. Intereses 321. Gastos de emisión, modificación y cancelación 322. Diferencias de cambio 323. Rendimientos implícitos 329. Otros gastos financieros 33. De préstamos en moneda extranjera 330. Intereses 331. Gastos de emisión, modificación y cancelación 332. Diferencias de cambio 333. Rendimientos implícitos 339. Otros gastos financieros 34. De depósitos y fianzas 340. Intereses de depósitos 341. Intereses de fianzas 35. Intereses de demora y otros gastos financieros 352. Intereses de demora 359. Otros gastos financieros 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES 40. A la Administración del Estado 41. A organismos autónomos 42. A la Seguridad Social 43. A Agencias Estatales y Otros Organismo Públicos 44. A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de Entes del Sector Público 45. A Comunidades Autónomas 46. A Entidades Locales 47. A empresas privadas 48. A familias e instituciones sin fines de lucro 49. Al exterior 5. FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS IMPREVISTOS 50. Dotación al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestarias 500. Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria. Artículo 50 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. 6. INVERSIONES REALES 60. Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general 600. Inversiones en terrenos 601. Otras 61. Inversión de reposición en infraestructura y bienes destinados al uso general 610. Inversiones en terrenos 611. Otras 62. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios 620. Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios 63. Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios 630. Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios 64. Gastos de inversiones de carácter inmaterial 640. Gastos en inversiones de carácter inmaterial 65. Inversiones militares en infraestructura y otros bienes 650. Inversiones militares en infraestructura y otros bienes 66. Inversiones militares asociadas al funcionamiento de los servicios 660. Inversiones militares asociadas al funcionamiento operativo de los servicios 67. Gastos militares de inversiones de carácter inmaterial 670. Gastos militares en inversiones de carácter inmaterial 7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 70. A la Administración del Estado 71. A Organismos Autónomos 72. A la Seguridad Social 73. A Agencias Estatales y otros Organismos Públicos 74. A Sociedades, Entidades Públicas Empresariales, Fundaciones y resto de Entes del Sector Público 75. A Comunidades Autónomas 76. A Entidades Locales 77. A empresas privadas 78. A familias e instituciones sin fines de lucro 79. Al exterior 8. ACTIVOS FINANCIEROS 80. Adquisición de deuda del Sector Público 800. Adquisición de deuda del Sector Público a corto plazo 801. Adquisición de deuda del Sector Público a largo plazo 81. Adquisición de obligaciones y bonos fuera del Sector Público 810. Adquisición de obligaciones y bonos fuera del Sector Público a corto plazo 811. Adquisición de obligaciones y bonos fuera del Sector Público a largo plazo 82. Concesión de préstamos al Sector Público 820. Préstamos a corto plazo 821. Préstamos a largo plazo 83. Concesión de préstamos fuera del Sector Público 830. Préstamos a corto plazo 831. Préstamos a largo plazo 84. Constitución de depósitos y fianzas 840. Depósitos 00. A corto plazo 01. A largo plazo 841. Fianzas 00. A corto plazo 01. A largo plazo 85. Adquisición de acciones y participaciones del Sector Público 850. Adquisición de acciones y participaciones del Sector Público 86. Adquisición de acciones y participaciones fuera del Sector Público 860. De empresas nacionales o de la Unión Europea 861. De otras empresas 87. Aportaciones patrimoniales 870. Aportaciones patrimoniales 89. Suscripción de acciones y aportaciones a Instituciones Financieras Internacionales 890. Suscripción de acciones y aportaciones a Instituciones Financieras Internacionales 9. PASIVOS FINANCIEROS 90. Amortización de deuda pública en moneda nacional 900. Amortización de deuda pública en moneda nacional a corto plazo 901. Amortización de deuda pública en moneda nacional a largo plazo 91. Amortización de préstamos en moneda nacional 910. Amortización de préstamos a corto plazo de entes del Sector Público 911. Amortización de préstamos a largo plazo de entes del Sector Público 912. Amortización de préstamos a corto plazo de entes de fuera del Sector Público 913. Amortización de préstamos a largo plazo de entes de fuera del Sector Público 92. Amortización de deuda pública en moneda extranjera 920. Amortización de deuda pública en moneda extranjera a corto plazo 921. Amortización de deuda pública en moneda extranjera a largo plazo 93. Amortización de préstamos en moneda extranjera 930. Amortización de préstamos en moneda extranjera a corto plazo 931. Amortización de préstamos en moneda extranjera a largo plazo 94. Devolución de depósitos y fianzas 940. Devolución de depósitos 941. Devolución de fianza ANEXO III Código de la clasificación económica de los ingresos del Presupuesto del Estado, Organismos Autónomos, Agencias Estatales y otros organismos públicos El presente Código desarrolla la estructura de la clasificación económica en capítulos, artículos, conceptos y subconceptos de los ingresos públicos aplicable al Estado, organismos autónomos, agencias estatales y otros organismos públicos, cuya estructura presupuestaria sea similar a la de los sujetos antes citados. Los ingresos aplicables a cada nivel de desagregación son los que se describen en el lugar correspondiente, teniendo en cuenta que los servicios administrativos pueden a su vez aplicar los ingresos no recogidos en esta estructura tipificada o que exijan un mayor nivel de desagregación en otras aplicaciones, según sea conveniente para la mejor gestión y la adecuada administración y contabilización de los recursos. A) OPERACIONES CORRIENTES El presupuesto de ingresos clasifica en sus capítulos 1 al 5 los ingresos por operaciones corrientes. CAPÍTULO 1 Impuestos directos y cotizaciones sociales Se incluirán en este capítulo: – Todo tipo de recursos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible esté constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica, que pongan de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo, como consecuencia de la posesión de un patrimonio o la obtención de renta. – Cotizaciones obligatorias de empleadores y trabajadores a los sistemas de previsión social. – Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica y el impuesto sobre la actividad de almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética. Artículo 10. Sobre la renta. Se incluyen los ingresos derivados de impuestos que gravan la renta, así como los que recaen sobre las ganancias patrimoniales que los sujetos obtienen tanto por vía de renta como por vía de capital o plusvalías. Concepto 100. De las personas físicas. Recoge los ingresos derivados de los impuestos que gravan la obtención de renta por el contribuyente persona física, entendiendo dentro del concepto de renta los rendimientos del trabajo, del capital y de las actividades económicas, las ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta establecidas por Ley. • Subconcepto 00. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Recoge los ingresos derivados del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Entre otros, comprende los ingresos derivados de: – Retenciones por rendimientos del trabajo y actividades. – Retenciones por rendimiento de capital mobiliario. – Retenciones por arrendamientos de inmuebles urbanos. – Retenciones por reembolsos de fondos de inversión. – Fraccionamiento de pago por actividades. – Cuota diferencial neta de las declaraciones anuales. – Sanciones, intereses de demora y recargos asociados al principal de la deuda tributaria en los casos en que sean procedentes. – Actas de inspección. – Otras liquidaciones practicadas por la Administración. Concepto 101. De sociedades. Recoge los ingresos derivados de los impuestos que gravan la obtención de renta, con independencia de su fuente y siempre que el sujeto pasivo sea una persona jurídica o entidad que aún careciendo de personalidad jurídica, esté sometida a la imposición sobre sociedades. • Subconcepto 00. Impuesto sobre Sociedades. Recoge los ingresos derivados del Impuesto sobre Sociedades. Comprende, entre otros, los ingresos derivados de: – Retenciones por rendimientos de capital mobiliario. – Retenciones por arrendamientos de inmuebles urbanos. – Retenciones por reembolsos de fondos de inversión. – Cuota diferencial neta de las declaraciones anuales individual y consolidada. – Sanciones, intereses de demora y recargos asociados al principio de la deuda tributaria en los casos en que sean procedentes. – Actas de inspección. – Otras liquidaciones practicadas por la Administración. Concepto 102. De no residentes. Recoge los ingresos derivados de impuestos que gravan la renta obtenida en territorio español por las personas físicas y entidades no residentes en el mismo. • Subconcepto 00. Impuesto sobre la Renta de no residentes. Recoge los ingresos derivados del Impuesto sobre la Renta de no residentes. Comprende, entre otros, los derivados de: – Retenciones de capital mobiliario, netas de las devoluciones por retenciones sobre intereses de la Deuda Pública abonados a no residentes. – Retenciones por arrendamientos de inmuebles urbanos. – Retenciones por reembolsos de fondos de inversión. – Retenciones y pagos a cuenta realizados por no residentes sobre: – Rentas de actividades económicas obtenidas mediante establecimiento permanente situado en territorio español. – Rentas de actividades económicas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente y realizadas en territorio español. – Rendimientos de trabajo prestado por no residentes en territorio español. – Rendimientos y rentas imputadas de bienes inmuebles propiedad de no residentes y situados en territorio español. – Ganancias patrimoniales obtenidas por no residentes. – Cuota diferencial neta de la declaración anual de no residentes. Artículo 11. Sobre el capital. Recoge los ingresos derivados de los impuestos que gravan el patrimonio de las personas físicas y las adquisiciones a título lucrativo. Concepto 119. Otros impuestos sobre el capital. Artículo 12. Cotizaciones sociales. Recoge los ingresos de las cotizaciones obligatorias de empleadores y trabajadores a los sistemas de previsión social. Concepto 120. Cotizaciones de los regímenes especiales de funcionarios A este concepto se imputarán los ingresos que se produzcan por las aportaciones de carácter obligatorio que los funcionarios y el Estado hacen a los regímenes de previsión social de los funcionarios. • Subconcepto 00. Cuotas de Derechos Pasivos. Ingresos derivados de las aportaciones de los funcionarios en concepto de prestaciones por Derechos Pasivos. • Subconcepto 01. Cuotas de funcionarios a Mutualidades. Ingresos derivados de las aportaciones hechas por los funcionarios a Mutualidades. • Subconcepto 02. Aportación obligatoria del Estado a las Mutualidades de funcionarios. Recoge los ingresos derivados de la aportación obligatoria del Estado a las mutualidades de funcionarios en concepto de cuotas de empleador. Concepto 129. Otras cotizaciones. A este concepto se imputarán los ingresos que se produzcan por las aportaciones de carácter obligatorio de los empleadores y asalariados para financiar otras prestaciones sociales. • Subconcepto 00. Cuota de desempleo. Ingresos derivados de las aportaciones por la contingencia de desempleo. • Subconcepto 01. Cuota de formación profesional. Ingresos derivados de las aportaciones para formación profesional. • Subconcepto 02. Cuotas empresariales al Fondo de Garantía Salarial. Ingresos derivados de las aportaciones de los empleadores al Fondo de Garantía Salarial. Artículo 13. Sobre la producción y almacenamiento de energía eléctrica y combustible. Recoge los ingresos derivados de los impuestos que gravan la realización de actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, así como los procedentes de la tributación sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica y sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos en instalaciones centralizadas. Concepto 130. Sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Este impuesto grava la realización de actividades de producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica. Concepto 131. Sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica. Ingresos derivados del tributo que grava la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultantes de la generación de energía nucleoeléctrica. Concepto 132. Sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos en instalaciones centralizadas. Ingresos derivados de la tributación sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radioactivos en instalaciones centralizadas. Artículo 19. Otros impuestos directos. Se incluirán en este artículo los ingresos derivados de los otros impuestos directos del Estado. Concepto 190. Otros impuestos directos. CAPÍTULO 2 Impuestos indirectos Se incluirán en este capítulo todo tipo de recursos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible esté constituido por negocios, actos o hechos de naturaleza jurídica o económica, que pongan de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo, como consecuencia de la circulación de los bienes o el gasto de la renta. Así mismo se incluirán en este capítulo los ingresos impositivos que gravan las operaciones de juego, así como a las combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales, aunque no sean estrictamente juego. Artículo 21. Sobre el Valor Añadido. Ingresos derivados de la modalidad de imposición sobre el volumen de ventas que recae sobre las transacciones y se configura como impuesto múltiple que grava el valor añadido en cada fase del proceso de producción y distribución. Concepto 210. Impuesto sobre el Valor Añadido. Se incluirán en este concepto los ingresos que se produzcan por el Impuesto sobre el Valor Añadido, regulados en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre; Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y en sus normas de desarrollo. Dicho impuesto grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales, las adquisiciones intracomunitarias de bienes y las importaciones de bienes. • Subconcepto 00. IVA sobre importaciones. Ingresos de esta naturaleza derivados de importaciones de bienes, así como de operaciones asimiladas a la importación. • Subconcepto 01. IVA sobre operaciones interiores. Ingresos de esta naturaleza derivados de operaciones interiores y de las adquisiciones intracomunitarias de bienes. Comprende, entre otros, los ingresos y devoluciones realizados por: – Declaración trimestral por régimen general. – Declaración trimestral por régimen simplificado. – Declaración mensual para grandes empresas. – Declaración mensual para exportadores y otros operadores económicos. – Actas de inspección. – Sanciones, intereses de demora y recargos asociados al principal de la deuda tributaria en los casos en que sean procedentes. – Otras liquidaciones practicadas por la Administración. Artículo 22. Sobre consumos específicos. Se recogen los ingresos derivados de los impuestos sobre los consumos de determinados bienes. Concepto 220. Impuestos especiales. Se incluyen los ingresos derivados de los impuestos que recaen sobre determinados consumos específicos y que gravan, en fase única, la fabricación, importación y, en su caso, introducción, en el ámbito territorial interno, de determinados bienes, de acuerdo con las normas de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. Se incluyen, además, los ingresos derivados de: – Actas de inspección. – Sanciones, intereses de demora y recargos asociados al principal de la deuda tributaria en los casos en que sean procedentes. • Subconcepto 00. Sobre el alcohol y bebidas derivadas. Ingresos derivados de la recaudación del Impuesto sobre el Alcohol y las Bebidas Derivadas. • Subconcepto 01. Sobre cerveza. Ingresos derivados de las liquidaciones por la elaboración y la importación de la cerveza. • Subconcepto 03. Sobre labores de tabaco. Ingresos derivados de las liquidaciones por fabricación e importación de labores de tabaco. • Subconcepto 04. Sobre hidrocarburos. Ingresos derivados de la recaudación del Impuesto sobre Hidrocarburos que grava la fabricación e importación de dichos productos. • Subconcepto 06. Sobre productos intermedios. Ingresos derivados de la producción e importación de productos alcohólicos acabados, sin diferencias en función de su contenido alcohólico, ni de la proporción que contienen de alcoholes obtenidos por destilación o fermentación. • Subconcepto 99. Otros. Artículo 23. Sobre tráfico exterior. Ingresos derivados de impuestos que se perciben con ocasión del tráfico exterior de mercancías, bien gravando la circulación de las mismas a través de las fronteras fiscales, bien para equiparar las extranjeras a las nacionales en cuanto a la imposición interior indirecta que éstas soportan. Concepto 230. Derechos de aduana y exacciones de efecto equivalente establecidos para la importación o exportación de mercancías. En esta rúbrica se recogen los ingresos derivados de: – La aplicación de derechos de importación y exportación o exacciones de efecto equivalente contenidas en el Arancel Aduanero Común distinto de los contemplados en el concepto 231 «Exacciones reguladoras y otros gravámenes agrícolas». – Actas de inspección. – Sanciones, intereses de demora y recargos asociados al principal de la deuda tributaria en los casos en que sean procedentes. Concepto 231. Exacciones reguladoras y otros gravámenes agrícolas. En esta rúbrica se recogen los ingresos derivados de: – Derechos devengados por la importación o exportación de productos agrícolas incluidos en el marco de la política agrícola de la Unión o en el de los regímenes específicos aplicables a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas. Se incluirán, entre otros, los cánones a la producción de azúcar, los importes por excedentes de azúcar, los derechos adicionales sobre el azúcar (DZ) o sobre la harina (DF), los elementos agrícolas (EA), así como cualquier otro derecho adicional que pudiera ser exigible en el marco de la Política agrícola de la Unión. – Actas de inspección. – Sanciones, intereses de demora y recargos asociados al principal de la deuda tributaria en los casos en que sean procedentes. Artículo 28. Otros impuestos indirectos. Recoge el resto de los ingresos derivados de la recaudación de impuestos indirectos en vigor y no incluidos en los artículos anteriores. Concepto 280. Cotización, producción y almacenamiento de azúcar e isoglucosa. Recoge los siguientes ingresos: – Los correspondientes a los recursos legalmente establecidos sobre la producción y el almacenamiento de azúcar e isoglucosa. – Actas de inspección. – Sanciones, intereses de demora y recargos asociados al principal de la deuda tributaria en los casos en que sean procedentes. Concepto 281. Impuesto sobre las Primas de Seguros. Recoge los siguientes ingresos: – Los impositivos por la realización de las operaciones de seguro y capitalización basadas en técnica actuarial, a las que se refiere el artículo 3 del Texto Refundido de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. – Actas de inspección. – Sanciones, intereses de demora y recargos asociados al principal de la deuda tributaria en los casos en que sean procedentes. Concepto 283. Impuesto sobre actividades de juego. Recoge los ingresos previstos en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, por la tributación que grava la autorización, celebración u organización de los juegos, rifas, concursos, apuestas y las combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales, de ámbito estatal. • Subconcepto 00. De apuestas mutuas deportivas. • Subconcepto 01. De apuestas deportivas de contrapartida. • Subconcepto 02. De otros juegos. Concepto 289. Otros impuestos indirectos. Se aplicarán a este concepto: – La recaudación correspondiente a los impuestos indirectos no incluidos en los conceptos anteriores. – Actas de inspección. – Sanciones, intereses de demora y recargos asociados al principal de la deuda tributaria en los casos en que sean procedentes. CAPÍTULO 3 Tasas, precios públicos y otros ingresos – Ingresos derivados de la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público, en la prestación de servicios o en la realización de actividades en régimen de Derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario cuando los servicios o actividades no sean de solicitud voluntaria para los obligados tributarios y no se presten por el sector privado, de conformidad con la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, modificada por la disposición final primera de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. – Contraprestaciones pecuniarias obtenidas por la prestación de servicios o la realización de actividades efectuadas en régimen de Derecho público cuando, prestándose también tales servicios o actividades por el sector privado, sean de solicitud voluntaria por parte de los administrados. – Ingresos derivados de prestación de servicios que no tengan la consideración de precios públicos; los procedentes de la venta de bienes, los reintegros de operaciones corrientes; diferencias de cambio producidas al amortizar la deuda emitida en moneda extranjera; diferencias entre los valores de reembolso y de emisión, y otros. Artículo 30. Tasas. Ingresos de las tasas exigidas por el Estado y resto de entes públicos, como contraprestación de los servicios y actividades realizadas por los mismos o por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público en los términos establecidos en la Ley 8/1989, de 13 de abril, modificada por la Ley 25/1998, de 13 de julio, y la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Concepto 300. Derechos por expedición de tarjetas de identidad profesional a trabajadores extranjeros. Concepto 301. Canon de ocupación y aprovechamiento del dominio público marítimo-terrestre. Concepto 302. Tasas por dirección e inspección de obras. Concepto 303. Tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional. Concepto 304. Tasas de expedición D.N.I. y Pasaportes. • Subconcepto 01. D.N.I. • Subconcepto 02. Pasaportes. Concepto 305. Tasas consulares. Concepto 306. Canon por utilización de aguas continentales para producción de energía eléctrica. Concepto 307. Tasas por reserva del dominio radioeléctrico. Concepto 308. Tasas seguridad aeroportuaria. Concepto 309. Otras tasas. • Subconcepto 00. Tasa por acreditación catastral. • Subconcepto 01. Tasa de Juego. • Subconcepto 02. Reconocimientos, autorizaciones y concursos. • Subconcepto 03. Prestación de servicios y realización de actividades en materia de navegación aérea. • Subconcepto 04. Prestación de servicios por la Dirección General de Marina Mercante. • Subconcepto 05. Tasa de Telecomunicaciones. • Subconcepto 06. Tasa de Regularización Catastral • Subconcepto 07. Control sanidad exterior carnes y productos de origen animal de países no comunitarios. • Subconcepto 08. Derechos de examen. • Subconcepto 11. Tasa por la gestión administrativa del juego (D.T. 1.ª de la Ley 13/2011) • Subconcepto 99. Otras. Artículo 31. Precios Públicos. Contraprestaciones pecuniarias que a título de precio público se satisfagan por la prestación de servicios o realización de actividades en régimen de Derecho público. Concepto 310. Derechos de matrícula en cursos y seminarios. Recoge los ingresos procedentes de precios públicos satisfechos en concepto de matrícula por la asistencia a cursos y seminarios. Concepto 311. Entradas a museos, exposiciones, espectáculos, etc. Recoge los ingresos procedentes de precios públicos de esta naturaleza gestionados por los sujetos a que les resulte de aplicación estos códigos Concepto 319. Otros precios públicos. Recoge los ingresos procedentes de precios públicos no incluidos en los conceptos anteriores. Artículo 32. Otros ingresos procedentes de prestación de servicios. Ingresos obtenidos como contraprestación de los servicios prestados por agentes públicos, que no tienen la consideración de precios públicos. Concepto 320. Comisiones por avales y seguros operaciones financieras. Ingresos percibidos por el otorgamiento de avales y seguros en operaciones financieras. Concepto 322. De la Administración financiera. • Subconcepto 01. Administración y cobranza. Ingresos que se obtengan por la administración y cobranza y por la gestión de recursos de otros entes del Sector Público. • Subconcepto 02. Compensación por gastos de percepción de recursos propios tradicionales de la Unión Europea. Ingresos destinados a compensar los gastos originados por la obtención de los recursos propios tradicionales de la Unión Europea. • Subconcepto 99. Otros. Ingresos de esta naturaleza no incluidos en los apartados anteriores. Concepto 329. Otros ingresos procedentes de prestación de servicios. Recoge los ingresos por prestación de servicios no incluidos en los conceptos anteriores. Se incluyen los honorarios que perciben los abogados del Estado en virtud de convenios por asistencia jurídica a entidades de derecho público y a otras administraciones públicas. Artículo 33. Venta de bienes. Ingresos derivados de transacciones, con salida o entrega de bienes objeto de la actividad de los agentes públicos, mediante precios. Concepto 330. Venta de publicaciones propias. Ingresos derivados de la venta de folletos, libros, revistas, anuncios, etc. Concepto 332. Venta de fotocopias y otros productos de reprografía. Ingresos derivados del precio pagado por los trabajos de reprografía realizados para terceros (fotocopias, encuadernación, reproducción, etc.). Concepto 333. Venta de medicamentos. Ingresos derivados de la venta de medicamentos debidamente registrados de acuerdo con la normativa legal vigente en cada momento, suministrados por un proveedor y destinados a su aplicación a los pacientes sin transformación alguna del producto. Concepto 334. Venta de productos agropecuarios. Ingresos derivados de la venta de todo tipo de productos de carácter agropecuario por los agentes en el ejercicio de su autoridad. Concepto 335. Venta de material de desecho. Ingresos procedentes de la venta de material desechable. Concepto 336. Ingresos procedentes del Fondo regulado por la Ley 17/2003. Ingresos procedentes de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados. Concepto 339. Venta de otros bienes. Ingresos derivados de la venta de otros bienes no incluidos en los conceptos anteriores. Se incluyen en este concepto los ingresos derivados de la venta de géneros abandonados en las aduanas. Artículo 38. Reintegros de operaciones corrientes. Ingresos procedentes de pagos previamente realizados por operaciones corrientes. Concepto 380. De ejercicios cerrados. Recoge los ingresos por reintegros de pagos realizados previamente, con cargo a los créditos de los capítulos 1 al 4 de los presupuestos, correspondientes a ejercicios anteriores. Concepto 381. Del presupuesto corriente. Recoge los ingresos por reintegros de pagos realizados previamente, por el Estado, con cargo a los créditos de los capítulos 1 al 4 del presupuesto corriente. Los reintegros del presupuesto corriente, del resto de sujetos a los que son de aplicación estos códigos, se imputarán al propio presupuesto de gastos con cargo al que se hubiesen reconocido las respectivas obligaciones, minorando el importe de éstas, así como el de los correspondientes pagos, tal y como determina la Disposición adicional única de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado. Artículo 39. Otros ingresos. Recoge los ingresos que no se han incluido en los artículos anteriores. Concepto 391. Recargos y multas. • Subconcepto 00. Recargos del periodo ejecutivo. Ingresos derivados de los recargos del periodo ejecutivo, en el caso de falta de pago de las deudas tributarias en periodo voluntario (art. 28 Ley General Tributaria). • Subconcepto 01. Intereses de demora. Ingresos derivados de intereses de demora por el tiempo que medie entre el vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario y el del cobro efectivo. • Subconcepto 02. Multas y sanciones. Ingresos derivados de las penalizaciones impuestas por acciones u omisiones voluntarias y antijurídicas tipificadas en la legislación vigente. Se incluyen en este subconcepto los ingresos por multas impuestas en las aduanas. • Subconcepto 03. Recargo sobre autoliquidaciones. Recargo sobre autoliquidaciones, en aplicación del artículo 27 de la Ley General Tributaria. • Subconcepto 99. Otros. Recargos y multas, no incluidos en los subconceptos anteriores. Concepto 392. Diferencias de cambio. Beneficios producidos por modificación del tipo de cambio en el momento de la amortización de la deuda emitida, contraída o asumida en moneda extranjera. Concepto 393. Diferencias entre los valores de reembolso y emisión. Ingresos a favor del Estado producidos por esta causa en la suscripción y desembolso de Deuda del Estado. Concepto 394. Reintegros de cantidades abonadas a los trabajadores por cuenta de las empresas (Fondo de Garantía Salarial). Concepto 399. Ingresos diversos. • Subconcepto 00. Compensaciones de servicios prestados por funcionarios públicos. Recoge los ingresos que realizan determinados entes y corporaciones de derecho público para compensar las retribuciones de los funcionarios públicos que prestan sus servicios en los mismos. Cantidades que perciben los funcionarios públicos en concepto de honorarios por su actuación como síndicos o interventores en procesos concursales. Cantidades que perciben los funcionarios públicos en concepto de honorarios por su actuación como peritos en causas judiciales. • Subconcepto 01. Recursos eventuales. Recoge ingresos presupuestarios no aplicables a otros conceptos específicos del Presupuesto. • Subconcepto 02. Ingresos procedentes de organismos autónomos suprimidos. Recoge los ingresos que tienen su origen en los organismos suprimidos, cuyas competencias y bienes hayan sido asumidos por la Administración del Estado. • Subconcepto 99. Otros ingresos diversos. Recoge los ingresos no aplicables a los subconceptos anteriores. Se imputarán, entre otros, los ingresos procedentes del reintegro por parte de los adjudicatarios de los gastos de publicación en el «BOE» de los anuncios de concursos y subastas. Honorarios que perciben los abogados del Estado por aquellos procesos en los que la otra parte es condenada al pago de los gastos del juicio. Se incluyen también las diferencias de cambio como consecuencia de pagos en moneda extranjera, no derivadas de operaciones de endeudamiento. CAPÍTULO 4 Transferencias corrientes Recursos, condicionados o no, recibidos por el Estado, organismos autónomos, agencias estatales y otros organismos públicos sin contrapartida directa por parte de los agentes que los reciben y que se destinan a financiar operaciones corrientes. Artículo 40. De la Administración del Estado. Transferencias que los agentes prevean recibir del Estado para financiar sus operaciones corrientes. Concepto 400. Del departamento a que está adscrito. Transferencias corrientes que los agentes prevean recibir del departamento al que están adscritos. Concepto 401. De otros departamentos ministeriales. Transferencias corrientes que los agentes prevean recibir de los demás departamentos ministeriales. Artículo 41. De organismos autónomos. Transferencias corrientes que los distintos agentes prevean recibir de los organismos autónomos. Concepto 410. De organismos autónomos. Transferencias corrientes provenientes de organismos autónomos. Artículo 42. De la Seguridad Social. Transferencias corrientes que los distintos agentes prevean recibir de cualquiera de los entes que integran el sistema de la Seguridad Social. Artículo 43. De agencias estatales y otros organismos públicos. Transferencia corriente que los distintos agentes prevean recibir de agencias estatales o de otros organismos públicos. Concepto 430. De agencias estatales. Concepto 431. De otros organismos públicos. Artículo 44. De sociedades, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entes del sector público. Transferencias corrientes de sociedades mercantiles, entidades públicas empresariales, fundaciones y resto de entes del sector público estatal. Concepto 440. De sociedades mercantiles estatales. Transferencias corrientes provenientes de sociedades mercantiles estatales. Concepto 441. De entidades públicas empresariales. Transferencias corrientes provenientes de entidades empresariales. Concepto 442. De fundaciones públicas. Concepto 449. Del resto del sector público. Artículo 45. De comunidades autónomas. Transferencias corrientes a recibir de comunidades autónomas. Concepto 450. Contribuciones concertadas. Transferencias corrientes derivadas de los conciertos establecidos con Comunidades Autónomas. • Subconcepto 00. Cupo del País Vasco. Aportación del País Vasco al Estado como contribución a todas las cargas no asumidas por la Comunidad Autónoma del País Vasco. • Subconcepto 01. De Navarra. Cupo contributivo de Navarra a las cargas generales del Estado. Concepto 459. Otras transferencias corrientes. Transferencias corrientes no incluidas en los conceptos anteriores. Artículo 46. De entidades locales. Transferencias corrientes a percibir de las entidades locales. Concepto 460. De ayuntamientos. Transferencias corrientes provenientes de ayuntamientos. Concepto 461. De diputaciones y cabildos insulares. Transferencias corrientes provenientes de diputaciones y cabildos insulares. Concepto 469. Otras transferencias corrientes. Transferencias corrientes de esta naturaleza no incluidas en los conceptos anteriores. Artículo 47. De empresas privadas. Transferencias corrientes recibidas provenientes de empresas de propiedad privada. Artículo 48. De familias e instituciones sin fines de lucro. Transferencias corrientes recibidas procedentes de instituciones sin fines de lucro y de familias. Artículo 49. Del exterior. Recursos sin contrapartida directa, de entes supranacionales, y de agentes situados fuera del territorio nacional o, con estatuto de extraterritorialidad. Concepto 490. Del Fondo Social Europeo. Concepto 491. Del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA). Concepto 492. Otras transferencias de la Unión Europea. Concepto 493. Aportaciones derivadas de convenios internacionales de cooperación. Concepto 499. Otras transferencias corrientes. Transferencias corrientes del exterior no incluidas en los conceptos anteriores. CAPÍTULO 5 Ingresos patrimoniales Recoge los ingresos procedentes de rentas de la propiedad o patrimonio del Estado, organismos autónomos, agencias estatales y otros organismos públicos, así como los derivados de actividades realizadas en régimen de derecho privado. Artículo 50. Intereses de títulos y valores. Comprende los ingresos por intereses derivados de las inversiones financieras en títulos y valores. Concepto 500. Del Estado. Comprende los ingresos por intereses de títulos y valores emitidos por el Estado. Concepto 501. De organismos autónomos. Comprende los ingresos por intereses de títulos y valo …

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