Esta norma desarrolla la obligación de determinados sujetos de relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones públicas, conforme a los artículos 12 y 14 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. Garantiza los canales de acceso y los sistemas y aplicaciones necesarios.
Regula la obligación de relacionarse exclusivamente por medios electrónicos con la Administración en determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas, cuando quede acreditado que, por su capacidad económica, técnica o dedicación profesional, tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
Concierne a los interesados obligados a relacionarse electrónicamente (personas jurídicas y determinados colectivos de personas físicas) y a las Administraciones públicas que gestionan los procedimientos.
200 ok La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su artículo 12 la obligación de las Administraciones públicas de garantizar que los interesados puedan relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos, poniendo a su disposición los canales de acceso que sean necesarios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen. Igualmente, el apartado 2 del artículo 14 de la citada norma regula la obligación de determinados sujetos de relacionarse electrónicamente con las Administraciones públicas, y permite en su apartado 3 establecer reglamentariamente la obligación de relacionarse con la Administración solamente a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que, por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios. En dicho marco, la presente norma prevé el establecimiento de la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración para tres tipos de actividades en materia pesquera:
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.