Esta norma regula los estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida «Jumilla», corporación de derecho público creada al amparo de la disposición adicional primera de la Ley 6/2015 de DOP e IGP supraautonómicas, y desarrollada por el Real Decreto 267/2017.
Regula la elaboración, aprobación y modificación de los estatutos de la entidad de gestión de la DOP «Jumilla» constituida como corporación de derecho público, que deben someterse a la aprobación administrativa del Ministerio competente en agricultura, conforme al artículo 17.e) de la Ley 6/2015.
Concierne al Consejo Regulador de la DOP «Jumilla» y a los productores y bodegas acogidos, así como a la Administración agraria competente.
200 ok La Corporación de Derecho Público «Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Jumilla» fue creada en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito supraautonómico. En la letra
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