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En resumen

Esta orden actualiza la estructura y funciones de la Dirección General de la Policía para mejorar su eficacia y adaptarse a las necesidades actuales de la sociedad, especialmente en áreas como la ciberdelincuencia y la inmigración ilegal.

Qué regula

A quién concierne

Puntos clave

📄 Texto legal
200 ok El Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, actualiza las funciones atribuidas a los órganos directivos, hasta el nivel orgánico de subdirección general, con el fin de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos. Su artículo 3 dispone la estructura y funciones de la Dirección General de la Policía, regulación que precisa del pertinente desarrollo con el fin de adecuar la estructura orgánica y las funciones de los servicios policiales a las nuevas necesidades demandadas por la sociedad. La disposición final primera del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, autoriza a la persona titular del Ministerio del Interior para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo del mismo que se concretan mediante esta orden. Considerando las directrices fijadas por el Departamento y con el propósito de dar respuesta a las demandas de los ciudadanos en el ámbito de la seguridad, la Policía Nacional por medio de esta novedosa estructura incrementa la racionalización y el uso eficiente de los recursos con los objetivos fijados en el vigente Plan Estratégico. La orden está dividida en cuatro capítulos disponiendo, la estructura, la organización central, los órganos colegiados y la organización territorial de la Dirección General de la Policía. Su capítulo II, dedicado a la organización central, establece los cuatro centros directivos que dependen directamente de la persona titular de la Dirección General de la Policía. De su contenido destacan, como principales novedades, las que a continuación se relacionan: En la sección 2.ª del capítulo II se crean las Unidades Centrales de Coordinación Operativa y Técnica de las diferentes Comisarías Generales, que asumen las funciones de mando directo sobre las diferentes unidades operativas, así como la de sustituir, en los casos de ausencia, vacante o enfermedad, a las personas titulares de las Comisarías Generales. Siguiendo con la sección 2.ª del capítulo II, se fortalece la estructura de investigación de los delitos cometidos a través de la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) con la integración, en la Comisaría General de Policía Judicial, de la Unidad Central de Ciberdelincuencia, potenciando de este modo las competencias en este tipo de especialidad criminal con una nueva Brigada Central de Fraudes Informáticos. Como modificación adicional en la sección 2.ª del capítulo II, la Dirección Adjunta Operativa, incorpora las funciones de coordinación, gestión y supervisión, en el ámbito de la operatividad policial y la planificación estratégica en el ámbito de la digitalización, a través de las nuevas competencias asumidas por la División de Operaciones y Transformación Digital. En cuanto a las competencias específicas recogidas en el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, relativas al control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros, así como las previstas en la legislación sobre extranjería, refugio y asilo, extradición, expulsión, emigración e inmigración, en la sección 2.ª del capítulo II, se impulsa la lucha en materia de prevención, persecución e investigación de las redes de inmigración ilegal con la creación de la Brigada de Investigación de Redes dentro de la Unidad Central de Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, que incorpora una nueva brigada para gestionar y dinamizar los proyectos internacionales en los que participe la Unidad, denominada Brigada de Acción Exterior. Asimismo, la Unidad Central de Expulsiones y Repatriaciones cambia su denominación por la de Unidad Central de Repatriaciones y el Centro Nacional de Inmigración y Fronteras incorpora a su estructura la Brigada de Coordinación para la Agencia FRONTEX. La sección 4.ª del capítulo II, dedicada a la Subdirección de Logística e Innovación, incorpora el Área de Documentación de Españoles y Extranjeros para concentrar y coordinar el esfuerzo en la expedición documental de identidad en el marco de la transformación digital de la Administración General del Estado. La División de Cooperación Internacional, con dependencia directa de la persona titular de la Dirección General de la Policía, a la que corresponde la gestión de la Oficina Central Nacional de INTERPOL, la Unidad Nacional de EUROPOL y la Oficina SIRENE, la dirección de la colaboración y auxilio a las policías de otros países y la coordinación de los grupos de trabajo en los que participe la Dirección General de la Policía en el ámbito de la Unión Europea y otras instituciones internacionales, así como aspectos relacionados con misiones de apoyo a terceros países y personal policial que presta servicio en el extranjero. Los servicios periféricos contemplados en la anterior normativa se actualizan con la denominación de servicios territoriales, tratando de incorporar una denominación más acorde con la organización policial. Esta orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este sentido se han tenido presentes los principios de necesidad y eficacia, al constituir un instrumento eficaz para conseguir el objetivo que se persigue y el medio más adecuado para desarrollar la estructura orgánica y funciones de los Servicios Centrales y Territoriales de la Dirección General de la Policía en conformidad con el Real Decreto 734/2020, de 4 agosto. Con arreglo al principio de proporcionalidad, la orden supone el medio necesario y suficiente para desarrollar la estructura orgánica básica de la Dirección General de la Policía sin afectar a los derechos y deberes de la ciudadanía y de conformidad con la habilitación contenida en la disposición final primera del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto. También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento de la Corporación al adecuar aquella a la estructura de los órganos actualmente existente, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico y generando un marco normativo de garantía con escrupuloso respeto a las exigencias constitucionales y legales. Se ha garantizado el principio de transparencia, sin perjuicio de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», al quedar plenamente identificados los objetivos que persigue la orden y no imponer nuevas cargas administrativas. La norma no incorpora cargas administrativas innecesarias y mejora la coherencia de nuestro ordenamiento acorde con el principio de eficiencia. En su virtud, con la aprobación previa de la Ministra de Hacienda y Función Pública, dispongo: CAPÍTULO I Estructura de la Dirección General de la Policía Artículo 1. Estructura de la organización policial. La Dirección General de la Policía se estructura en los siguientes niveles: a) La organización central. Está integrada por los órganos que ser relación a continuación, con nivel orgánico de subdirección general: 1.º La Dirección Adjunta Operativa. 2.º La Subdirección General de Recursos Humanos y Formación. 3.º La Subdirección General de Logística e Innovación. 4.º El Gabinete Técnico. Forman parte de la organización central: La División de Cooperación Internacional, con dependencia directa de la persona titular de la Dirección General de la Policía; las Comisarías Generales, con dependencia de la Dirección Adjunta Operativa, y las demás Divisiones, que dependen de la Dirección Adjunta Operativa o de las mencionadas Subdirecciones Generales. Con la composición y funciones que se desarrollan ut supra, en este nivel existen los siguientes órganos colegiados: La Junta de Gobierno y el Consejo Asesor. b) La organización territorial. Está integrada por las Jefaturas Superiores de Policía, las Comisarías Provinciales, las Comisarías Locales y aquellas otras unidades o módulos que componen el modelo territorial, las Comisarías Zonales y las Comisarías de Distrito, así como por las Comisarías Conjuntas, los Centros de Cooperación Policial y Aduanera, los Centros de Cooperación Policial, los Puestos Fronterizos, las Unidades de Extranjería y las Unidades de Documentación. CAPÍTULO II Organización central Sección 1.ª Dirección General de la Policía Artículo 2. Dirección General de la Policía. 1. Dependen de su titular: a) La Oficina de Despacho. Con la misión de prestar asistencia y asesoramiento a la persona titular de la Dirección General de la Policía en su función directiva. b) La Oficina de Comunicación. Se encarga de realizar, planificar y coordinar las comunicaciones de la Policía Nacional con los medios de comunicación social y gestionar su presencia oficial en las redes sociales. De la misma dependen funcionalmente las oficinas de comunicación territoriales de la Policía Nacional. 2. En los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular de la Dirección General de la Policía, corresponde la suplencia a la persona titular de la Dirección Adjunta Operativa. Artículo 3. División de Cooperación Internacional. 1. Asume las funciones contempladas en el artículo 3.2.e) del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo. 2. Está integrada por las siguientes unidades: a) La Secretaría General. Le corresponde prestar asistencia y apoyo a la persona titular de la División de Cooperación Internacional y gestionar los recursos humanos y los medios materiales asignados a la misma, prestando asistencia técnica, jurídica y administrativa a los diferentes órganos que la integran y coordinando la actuación de los mismos. Se encuentra adscrito a la misma el Centro de Comunicaciones Internacionales. La persona titular de la Secretaría General sustituye a la persona titular de la jefatura de la División en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad. b) La Unidad de Coordinación Internacional. Le corresponde gestionar y coordinar todos los asuntos relacionados con la cooperación policial bilateral y multilateral no atribuidos específicamente a otras unidades. En particular, se encarga de la coordinación de la posición de la Dirección General de la Policía en los grupos de trabajo de la Unión Europea y otros foros de cooperación multilateral, así como de la organización de proyectos bilaterales y multilaterales con organismos internacionales y misiones de asistencia técnica y formación a terceros países. c) La Oficina Central Nacional de Interpol. Se encarga del intercambio de información, la cooperación técnica y operativa con las policías de otros países y la gestión de las acciones programadas por la Organización Internacional de Policía Criminal Interpol. Es el único órgano de interlocución con la Secretaría General de Interpol. Asimismo, ejerce la coordinación operativa y la ejecución de las extradiciones, el traslado internacional de personas condenadas, así como la colaboración y auxilio judicial de conformidad con los tratados y acuerdos internacionales. d) La Unidad Nacional de Europol. Se constituye como el enlace entre las autoridades nacionales competentes y la Agencia Europol, asume un papel de coordinador nacional con respecto a la cooperación policial de los Estados miembros y la Agencia. Le corresponde garantizar la aplicación de criterios de igualdad e imparcialidad en las comunicaciones que se intercambien con la Agencia, visibilizando de este modo una postura nacional única. e) La Oficina Sirene. Con las misiones de cooperación técnica y operativa en el ámbito del Sistema de Información Schengen acorde con las disposiciones de la Unión Europea que regulan su funcionamiento. Le corresponde la materialización de entregas de las personas reclamadas en virtud de una Orden Europea de Detención y Entrega. Ejerce la Coordinación funcional en el ámbito de la Dirección General de la Policía de las Comisarías Conjuntas, los Centros de Cooperación Policial Aduanera y los Centros de Cooperación Policial. Asimismo, se constituye como punto de contacto designado para el intercambio de datos post-hit de perfiles de ADN y datos dactiloscópicos según el Convenio de Prüm. Sección 2.ª Dirección Adjunta Operativa Artículo 4. Dirección Adjunta Operativa. 1. Asume las funciones contempladas en los artículos 3.2.a) y 3.3 del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto. 2. En los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular de la Dirección Adjunta Operativa, corresponde la suplencia a las personas titulares de la Subdirección General de Recursos Humanos y Formación, de la Subdirección General de Logística e Innovación y del Gabinete Técnico, por el orden en que aparecen citados en esta disposición. 3. La Secretaría General. Con dependencia directa de la persona titular de la Dirección Adjunta Operativa, le corresponde prestar asistencia y apoyo a la persona titular de la Dirección Adjunta Operativa en el ejercicio de sus funciones, así como la gestión de los recursos humanos y los medios materiales asignados a la misma. Presta asistencia técnica y jurídica a los órganos que la componen y ejerce las competencias de investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de sus competencias. 4. Está integrada por: a) La División de Operaciones y Transformación Digital. Asume las funciones contempladas en el artículo 3.3.f) del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo. De esta División dependen: 1.º La Secretaría General. Proporciona asistencia y apoyo a la persona titular de la División Operaciones y Transformación Digital. Le corresponde la gestión de los recursos humanos, la formación y los medios materiales adscritos a la División, prestando asistencia técnica, jurídica y administrativa a los diferentes órganos que la integran y coordinar la actuación de los mismos. La persona responsable de la Secretaría General sustituye a la persona titular de la División en los casos de vacante, ausencia o enfermedad. 2.º El Área de Coordinación Operativa. Proporciona asistencia y apoyo a la persona titular de la División Operaciones y Transformación Digital en sus funciones de coordinación, gestión y supervisión de la operatividad policial y de las Comisarías Especiales y Unidades Adscritas a las Comunidades Autónomas. 3.º La Jefatura de Sistemas Especiales. Le corresponde ejercer las funciones de desarrollo, apoyo y aplicación de los equipos técnicos destinados a la investigación policial. 4.º La Unidad Aérea de la Policía. De esta Unidad dependen el Área de Medios Aéreos y el Área de Seguridad y Protección Aérea. El Área de Medios Aéreos. Responsable de la explotación integral de los medios aéreos, tripulados y no tripulados, del control y mantenimiento de los mismos y de la formación técnica específica del personal tanto a nivel central como territorial. Asimismo, coordina, supervisa y controla las bases territoriales sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas respecto de las Jefaturas Superiores, las Comisarías Provinciales o las Comisarías Locales donde radique su sede. El Área de Seguridad y Protección Aérea. Gestiona y coordina la actuación de la Policía Nacional en el ámbito de la seguridad en los entornos aeroportuarios y la protección de la seguridad ciudadana ante las amenazas desarrolladas por medios aéreos; ejerce la representación de la Policía Nacional en los organismos de gestión competentes en este sector de protección, actuando como enlace con las autoridades y agentes aeronáuticos y dirige la competencia como policía de aviación civil, coordinando la actuación de los equipos territoriales de seguridad y protección aérea. 5.º La Unidad Central de Apoyo Tecnológico. Impulsa la actividad operativa de la Policía Nacional en lo referente a la aplicación de nuevas tecnologías, con especial atención al ámbito de la ciberseguridad, la ciberinteligencia y la lucha contra la cibercriminalidad, estableciéndose como órgano de coordinación entre los diferentes departamentos de la Dirección General de la Policía en estas áreas. Potencia y canaliza las relaciones con otras instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, vinculadas a este ámbito, así como con los distintos departamentos de la propia Dirección General, y ejerce la función de observatorio tecnológico respecto a los nuevos retos ante los que se enfrenta la organización. Le corresponde el impulso y la coordinación de la representación y participación de la Policía Nacional en los grupos de trabajo en la Unión Europea y en otros organismos supranacionales para el desarrollo de la estrategia de aplicación de las nuevas tecnologías en las actividades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. De esta Unidad dependen el Área de Transformación Digital y Coordinación en Ciberseguridad y el Área de Desarrollo Tecnológico. El Área de Transformación Digital. Encargada de la dirección de la planificación estratégica para la implantación en Policía Nacional de una transformación digital efectiva, coordinando las actividades para avanzar en este proceso respecto a las unidades operativas dependientes de la Dirección Adjunta Operativa, proporcionando apoyo y control del seguimiento en la implementación de procedimientos. Coordinará igualmente las soluciones, tanto a nivel de procedimiento como de infraestructura, para que dicha transformación digital en el seno de la Policía Nacional tenga un reflejo en su relación con el ciudadano. Dentro de este Área también se cubrirán misiones fundamentales para el apoyo a la toma de decisiones en el entorno de las nuevas tecnologías para el nivel de más alta dirección de la Policía Nacional, funcionando como un centro de coordinación de las unidades operativas que despliegan su actividad en el ciberespacio. El Área de Desarrollo Tecnológico. Con competencias en la gestión de la demanda de las necesidades en el ámbito de las nuevas tecnologías de aplicación operativa por las diferentes unidades de Policía Nacional, actuando para este fin como punto único habilitado al efecto, priorizando actuaciones, para lo que ejercerá la supervisión y coordinación entre las diferentes áreas implicadas en este ámbito dentro y fuera de la corporación. Actuará también como observatorio tecnológico que prospectará la influencia y la aplicación en el ámbito de Policía Nacional de las nuevas tendencias tecnológicas. 6.º Las Comisarías Especiales de Casa Real; Presidencia del Gobierno; Congreso de los Diputados, Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas; Senado; Tribunal Constitucional; y Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Supremo y Audiencia Nacional, que prestarán los servicios policiales necesarios en los órganos en los que tienen su sede. 7.º Dependen orgánicamente de la División, sin perjuicio de la dependencia funcional de las autoridades autonómicas competentes, las Unidades Adscritas a las Comunidades Autónomas, constituidas de conformidad con los artículos 37.2 y 47 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y por el Real Decreto 221/1991, de 22 de febrero, por el que se regula la organización de Unidades del Cuerpo Nacional de Policía adscritas a las Comunidades Autónomas y se establecen las peculiaridades del régimen estatutario de su personal, así como las Unidades de Cooperación Policial Adscritas a las Comunidades Autónomas, incluidas en el artículo 37.3 de la citada Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo. b) La Unidad de Planificación Estratégica y Coordinación. Asume la asistencia a la persona titular de la Dirección Adjunta Operativa, aportando el conocimiento necesario para la toma de decisiones en el ejercicio de sus funciones de dirección mediante la preparación de informes de carácter estratégico, la elaboración del Plan Estratégico de la Policía Nacional y de diferentes planes operativos policiales, el seguimiento de su ejecución y la gestión del sistema nacional de inteligencia criminal, la estadística delincuencial y la actividad de prospectiva. Asimismo, se constituye como punto de contacto para la coordinación de la actividad entre las distintas especialidades en el seno de la Dirección Adjunta Operativa, con los organismos centrales y territoriales, canalizando las relaciones de la Policía Nacional con otros organismos e instituciones en materia de inteligencia criminal, planificación y seguimiento de la actividad policial. De esta Unidad dependen: 1.º El Área de Seguimiento, Inteligencia y Coordinación. Se encarga de la gestión, control e inspección del tratamiento de la estadística de criminalidad y de impulsar y coordinar la actividad de inteligencia en la Policía Nacional, siendo el punto de contacto, en esta materia, con otros organismos e instituciones. Además, es responsable de la gestión y control de los Servicios Extraordinarios. 2.º El Área de Planificación y Prospectiva. Le compete la elaboración del Plan Estratégico de la Policía Nacional y de diferentes planes operativos policiales, llevando a cabo la adecuada coordinación y seguimiento de su ejecución en el cumplimiento de los objetivos definidos, impulsando a su vez los recursos necesarios que lo hagan posible. Realiza la actividad de prospectiva en el ámbito de la Dirección General de la Policía. 3.º El Centro Nacional de Comunicaciones. Con funciones de comunicar y difundir la información de interés policial. Se constituye como punto de contacto permanente de la Policía Nacional en aquellas materias que se determinen con relación a las comunicaciones con entidades externas a la Dirección General de la Policía. c) El Grupo Especial de Operaciones. Con la misión de intervenir en situaciones cuya ejecución requiera una especial cualificación, particularmente de carácter terrorista, y aquellas otras que entrañen grave riesgo para la vida y bienes de las personas, ejerciendo la coordinación operativa de las distintas bases. Es responsable de la formación, selección y actualización del personal, así como de la asignación de los recursos materiales propios. Además, lleva a cabo la coordinación técnica y formativa de los grupos operativos especiales de seguridad. La sede del Grupo Especial de Operaciones radica en la localidad de Guadalajara. d) La Unidad de Asuntos Internos. Le compete la investigación y persecución de aquellas conductas susceptibles de constituir infracción penal y aquellas otras contrarias a la ética profesional del personal al servicio de la Policía Nacional. e) La Brigada Operativa de Apoyo. Asume las funciones policiales que le atribuya la normativa vigente. 5. De la Dirección Adjunta Operativa dependen las Comisarías Generales de Información; Policía Judicial; Seguridad Ciudadana; Extranjería y Fronteras; y Policía Científica, todas ellas con nivel orgánico de subdirección general. Artículo 5. Comisaría General de Información. 1. Asume las funciones contempladas en el artículo 3.3.a) del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto. 2. Está integrada por las unidades y servicios que se determinen mediante la correspondiente Orden Comunicada, conforme a lo dispuesto en los Acuerdos del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986, de 16 de febrero de 1996 y de 6 de junio de 2014, de conformidad con la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales. Artículo 6. Comisaría General de Policía Judicial. 1. Asume las funciones contempladas en el artículo 3.3.b) del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto. 2. Está integrada por las siguientes Unidades: a) La Unidad Central de Coordinación Operativa y Técnica. En su función de asistencia y apoyo a la persona titular de la Comisaría General, le corresponde generar el conocimiento para la realización y coordinación de la planificación operativa de ese Centro Directivo, facilitando las líneas generales de actuación para la configuración del Plan Estratégico en su área competencial. Coordina la actividad operativa y proporciona apoyo técnico a las unidades centrales y territoriales, asumiendo el seguimiento de la ejecución de las decisiones adoptadas. Gestiona los recursos humanos y los medios materiales adscritos al servicio, implementando las medidas necesarias para obtener un mayor nivel de eficiencia. Define los procedimientos de gestión. Promueve las actividades de I+D+i en colaboración con la Subdirección General competente. Asimismo, coordina la colaboración internacional de la Comisaría General. La persona responsable de esta Unidad, denominada Jefa o Jefe Central de Operaciones, sustituye a la persona titular de la Comisaría General en los casos de vacante, ausencia o enfermedad. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada de Coordinación Operativa. Le compete planificar y coordinar las operaciones de su ámbito funcional, ejerciendo la supervisión de los servicios en el nivel central. 2.º La Secretaría General. Le corresponde la gestión de los recursos humanos, la formación y los medios materiales adscritos a la Comisaría General, prestando asistencia técnica, jurídica y administrativa a las unidades centrales y territoriales que conforman el área funcional de policía judicial. b) La Unidad Central de Droga y Crimen Organizado. Le corresponde la investigación y persecución de las actividades delictivas, de ámbito nacional e internacional, relacionadas con el tráfico de drogas y el crimen organizado, así como la coordinación operativa y el apoyo técnico de las respectivas unidades territoriales. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada Central de Estupefacientes. Le compete la investigación y persecución de los delitos relacionados con el tráfico ilegal de drogas con arreglo a la legislación sobre la materia. 2.º La Brigada Central de Crimen Organizado. Se encarga de la investigación y persecución de las actividades delictivas vinculadas a la delincuencia organizada y la dirección de los Grupos de Respuesta contra el Crimen Organizado desplegados en diversas zonas del territorio español. 3.º La Unidad Adscrita a la Fiscalía General del Estado. Desempeña los cometidos que, como policía judicial, le asigne el órgano al que figura adscrita. c) La Unidad Central de Delincuencia Especializada y Violenta. Le corresponde la investigación y persecución de las actividades delictivas, tanto de ámbito nacional como internacional, en lo concerniente a los delitos contra las personas y contra el patrimonio, especialmente el patrimonio histórico artístico, los relativos a los derechos de autor, consumo y medio ambiente, así como los cometidos en materia de dopaje y corrupción en el deporte. Se encarga de la vigilancia e inspección del juego, la coordinación operativa de las respectivas unidades territoriales y el apoyo técnico de las mismas. Además, se constituye como punto de contacto en todas las materias mencionadas, especialmente en asuntos relativos al patrimonio histórico, el juego y los desaparecidos, dependiendo funcionalmente de esta Unidad los delegados provinciales en las mencionadas materias. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada Central de Investigación de la Delincuencia Especializada. Le compete la investigación y persecución de los delitos relacionados con el patrimonio, la propiedad intelectual e industrial y los específicamente cometidos contra el patrimonio histórico. 2.º La Brigada Central de Investigación de Delitos contra las Personas. Se encarga de la investigación y persecución de los delitos contra la vida, la libertad, los consumidores, el medio ambiente y el dopaje deportivo, así como de la investigación de las desapariciones de personas mayores de edad. d) La Unidad Central de Inteligencia Criminal. Le corresponde la captación, recepción, tratamiento, coordinación, análisis, intercambio y desarrollo de las informaciones relativas a la delincuencia organizada y la criminalidad en general, como órgano de desarrollo de la función de inteligencia criminal y de apoyo para las funciones de dirección, planificación y toma de decisiones. Asume el impulso y ejecución del análisis de la criminalidad, como herramienta para la resolución de investigaciones complejas en el marco de la delincuencia organizada y grave. Lleva a cabo la actividad prospectiva en su ámbito competencial. Igualmente, se encarga de la elaboración, desarrollo y seguimiento de la planificación estratégica. e) La Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal. Le corresponde la investigación y persecución de las actividades delictivas, de ámbito nacional e internacional, en materia de delincuencia económica y fiscal, la coordinación operativa de las respectivas unidades territoriales, así como el apoyo técnico a las mismas. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada Central de Delincuencia Económica y Fiscal. Le compete la investigación y persecución de los delitos contra las Haciendas Públicas, la Seguridad Social y sus Entidades Gestoras en sus distintas modalidades y contra los derechos de los trabajadores, los fraudes financieros, el espionaje industrial y las estafas de especial trascendencia. 2.º La Brigada Central de Investigación de Blanqueo de Capitales y Anticorrupción. Se encarga de la investigación y persecución de los hechos delictivos relacionados con el blanqueo de capitales, los delitos económicos relacionados con la piratería internacional, la corrupción en sus distintas modalidades y la localización y recuperación de activos. 3.º La Brigada Central de Inteligencia Financiera. Le corresponde la investigación y persecución de los delitos relacionados con las actividades y los sujetos regulados por la normativa de prevención del blanqueo de capitales. 4.º La Brigada de Investigación del Banco de España. Le compete la investigación y persecución de los delitos relacionados con la falsificación de moneda nacional y extranjera, constituyéndose como Oficina Central Nacional en este ámbito. 5.º La Unidad Adscrita a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada. Desempeña los cometidos que, como policía judicial, le asigne el órgano al que figura adscrita. f) La Unidad Central de Ciberdelincuencia. Le corresponde la investigación y persecución, a nivel nacional e internacional, de las actividades delictivas en las que el uso de las nuevas tecnologías o sistemas de información supongan el instrumento o medio fundamental de comisión y que estén relacionadas con el patrimonio, el consumo, la indemnidad del menor, la pornografía infantil, la libertad sexual, el honor, la intimidad, las redes sociales, los fraudes, la propiedad intelectual e industrial; así como de aquellas que atenten contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los sistemas de información y comunicaciones. Se constituye como Centro de Prevención y Respuesta E-Crime de la Policía Nacional. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada Central de Investigación Tecnológica. Le compete la investigación de los delitos contra las personas cometidos mediante el uso de las nuevas tecnologías, como es el caso de los relacionados con la explotación sexual infantil en sus diferentes modalidades y todos aquellos llevados a cabo mediante el uso de las redes sociales y las páginas web, facilitando la coordinación y el apoyo al resto de unidades. 2.º La Brigada Central de Seguridad Informática. Se encarga de la persecución de delitos de alta especialización relacionados con ciberataques, creación y distribución de software malicioso, utilización de criptovalores como mecanismo de intercambio monetario en el entorno cibercriminal, delitos contra la propiedad intelectual cometidos mediante la utilización de las nuevas tecnologías y fraudes BEC (Business Email Compromise), así como del apoyo a las unidades de esta Comisaría General y unidades territoriales. Asimismo, se constituye como punto de contacto del Convenio de Budapest. 3.º La Brigada Central de Fraudes Informáticos. Le corresponde la investigación de todas las tipologías delictivas relacionadas con los fraudes cometidos a través de internet y el uso de las telecomunicaciones, incluyendo el ámbito electrónico, los diferentes medios de pago y el fraude bancario y empresarial cuando el uso de las nuevas tecnologías o de sistemas de información supongan el instrumento o medio fundamental para la comisión de las conductas delictivas. g) La Unidad Central de Atención a la Familia y Mujer. Le corresponde la investigación y persecución de las infracciones penales en el ámbito de la violencia de género y doméstica, así como de la sexual, con independencia de la relación entre la víctima y autor. Coordina la actividad de protección de las víctimas de la especialidad. Igualmente, es el referente policial en materia de menores. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada Operativa de Atención a la Familia y Mujer. Le compete la coordinación de la actuación de la función de investigación y persecución de los delitos de la especialidad y la protección de sus víctimas. 2.º La Oficina de Estudios. Se encarga del seguimiento y análisis de los delitos conocidos en este ámbito, promoviendo iniciativas y medidas dirigidas a la lucha contra el problema social que estas violencias suponen, y la coordinación con otros organismos nacionales e internacionales con competencia en estas materias. h) El Gabinete. Dependiendo directamente de la persona titular de la Comisaría General, con funciones de asistencia inmediata y el apoyo en el desarrollo de sus funciones directivas. Artículo 7. Comisaría General de Seguridad Ciudadana. 1. Asume las funciones contempladas en el artículo 3.3.c) del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto. 2. Está integrada por las siguientes unidades: a) La Unidad Central de Coordinación Operativa y Técnica. En su función de asistencia y apoyo a la persona titular de la Comisaría General, le corresponde generar conocimiento para la realización y coordinación de la planificación operativa de la Comisaría General, facilitando las líneas generales de actuación para la configuración del Plan Estratégico en su área competencial. Coordina la actividad operativa y presta apoyo técnico a las unidades centrales y territoriales, asumiendo el seguimiento de la ejecución de las decisiones adoptadas. Gestiona los recursos humanos y los medios materiales adscritos para el servicio, implementando las medidas necesarias para obtener un mayor nivel de eficiencia. Define los procedimientos de gestión. Promueve las actividades de I+D+i en colaboración con la Subdirección General competente. Asimismo, coordina la colaboración internacional de la Comisaría General. La persona responsable de esta Unidad, denominada Jefa o Jefe Central de Operaciones, sustituye a la persona titular de la Comisaría General en los casos de vacante, ausencia o enfermedad. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada de Coordinación Operativa. Le compete planificar y coordinar las operaciones de su ámbito funcional, ejerciendo la supervisión de los servicios a nivel central. De esta Brigada dependen la Oficina Nacional de Deportes y la Oficina Central de Asuntos Taurinos. La Oficina Nacional de Deportes. Encargada de la coordinación y apoyo de los Coordinadores de Seguridad en acontecimientos deportivos, así como de todas las funciones relacionadas con la prevención de la violencia en el deporte, actuando a estos efectos como Punto Nacional de Información. La Oficina Central de Asuntos Taurinos. Encargada de la coordinación de las funciones atribuidas a la Policía Nacional en materia de espectáculos taurinos, así como de la colaboración con otras instituciones públicas y privadas relacionadas con esta materia. 2.º La Secretaría General. Se encarga de la gestión de los recursos humanos, la formación y los medios materiales adscritos a la Comisaría General. De igual manera, presta asistencia técnica, jurídica y administrativa a las unidades centrales y territoriales que conforman el área funcional de seguridad ciudadana. b) La Jefatura de Unidades de Intervención Policial. Le corresponde la prevención, mantenimiento y restablecimiento del orden público. Coordina, supervisa y controla las Unidades de Intervención Policial, sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de la respectiva Jefatura Superior de Policía, Comisaría Provincial o Comisaría Local donde tengan su sede o se hallen asignadas. c) La Unidad Central de Protección. Le compete la organización y ejecución de los servicios de protección de las altas personalidades nacionales y extranjeras y de aquellas otras personas que se determinen, así como la de los edificios e instalaciones que por su interés lo requieran. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada Central de Escoltas. Se encarga de la protección integral de altas personalidades del Estado y otras personas que se determinen, así como de aquellos edificios e instalaciones que por su interés lo requieran. 2.º La Brigada Central de Protecciones Especiales. Se encarga de la planificación y ejecución de los dispositivos de seguridad desarrollados para garantizar la protección integral de personalidades o delegaciones extranjeras durante su estancia en nuestro país, así como de la protección de testigos protegidos y la seguridad de los traslados de obras de arte que se determinen. d) La Jefatura de Unidades Especiales. Le corresponde la coordinación, supervisión y control de las unidades con funciones de prevención y mantenimiento de la seguridad ciudadana que conforman las especialidades que se relacionan a continuación, sin perjuicio de la dependencia funcional de las mismas de la respectiva Jefatura Superior, Comisaría Provincial o Comisaría Local donde tengan su sede. De esta Jefatura de Unidades Especiales dependen: 1.º Caballería. Le compete la dirección técnica de las unidades montadas en los servicios y actos de protocolo o representación en los que participen. Asimismo, desempeña la asesoría en la gestión y la administración en lo relativo a su equipamiento y estabulación. 2.º Guías Caninos. Se encarga de la dirección técnica de los servicios en los que participen unidades caninas, así como de la asesoría en los procesos de selección, adiestramiento y cuidado de perros. 3.º Subsuelo y Protección Ambiental. Le corresponde la dirección técnica de los servicios en los que participen dichas unidades. Elabora informes y estudios de seguridad. Colabora con otras unidades en trabajos desarrollados en espacios confinados o en altura. Igualmente, se implica en las actividades de protección ambiental en ese entorno. 4.º Brigada Móvil-Policía en el Transporte. Desempeña las competencias propias de la Policía Nacional en los medios de transporte colectivo de viajeros. 5.º Unidades de Prevención y Reacción. Le compete la prevención de la delincuencia, así como el mantenimiento y restablecimiento del orden y la seguridad ciudadana, de acuerdo con sus capacidades operativas, en las situaciones que se determinen. e) La Unidad Central de Seguridad Privada. Le corresponde, en su condición de Autoridad Nacional de Control, el control de las empresas, entidades y servicios privados de seguridad, la vigilancia e investigación de su personal, medios y actuaciones, así como aquellas funciones que le estén atribuidas en la normativa específica sobre esta materia, ejerciendo la coordinación y dirección técnica de las respectivas unidades territoriales. A esta Unidad están adscritos el Interlocutor Policial Nacional Sanitario y el Foro de Interlocución Policial para la Igualdad de Género en el sector de la seguridad privada. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada Central de Inspección e Investigación. Le compete la ejecución de las actuaciones policiales de inspección sobre empresas, despachos de detectives privados, personal, establecimientos, centros de formación, medidas de seguridad y cualesquiera otras actividades o servicios del sector de la seguridad privada. Asimismo, se encarga de la investigación del intrusismo e infracciones cometidas en este ámbito, así como de las relaciones de colaboración con el sector de la seguridad privada. 2.º La Brigada Central de Empresas y Personal. Se encarga de la ejecución de las actuaciones policiales necesarias para la inscripción de las empresas de seguridad privada, la apertura de los despachos de detectives, así como la habilitación y acreditación del personal. Igualmente, lleva a cabo las pruebas de selección para el ejercicio de las funciones de seguridad privada y la tramitación de los expedientes que se le encomienden sobre autorizaciones y resoluciones sancionadoras. f) La Unidad Central de Participación Ciudadana. Le corresponde la coordinación, supervisión y control de las delegaciones de participación ciudadana y del conocimiento de las demandas de los ciudadanos en el ámbito de la seguridad para su satisfacción. Promueve las estrategias, planes y programas dirigidos a colectivos, especialmente en relación con aquellos considerados como más vulnerables. Asimismo, se constituye como el responsable nacional para la interlocución social en materia de delitos de odio. g) El Gabinete. Dependiendo directamente de la persona titular de la Comisaría General, para su asistencia inmediata y apoyo en el desarrollo de sus funciones directivas. Artículo 8. Comisaría General de Extranjería y Fronteras. 1. Asume las funciones contempladas en el artículo 3.3.d) del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto. 2. Está integrada por las siguientes Unidades: a) La Unidad Central de Coordinación Operativa y Técnica. En su función de asistencia y apoyo a la persona titular de la Comisaría General, le corresponde generar conocimiento para realizar y coordinar la planificación operativa de la Comisaría General, facilitando las líneas generales de actuación para la configuración del Plan Estratégico en su área competencial. Coordina la actividad operativa y presta apoyo técnico a las unidades centrales y territoriales, asumiendo el seguimiento de la ejecución de las decisiones adoptadas. Gestiona los recursos humanos y los medios materiales adscritos para el servicio, implementando las medidas necesarias para obtener un mayor nivel de eficiencia. Define los procedimientos de gestión. Promueve las actividades de I+D+i en colaboración con la Subdirección General competente. Asimismo, coordina la colaboración internacional de la Comisaría General. La persona responsable de esta Unidad, denominada Jefa o Jefe Central de Operaciones, sustituye a la persona titular de la Comisaría General en los casos de vacante, ausencia o enfermedad. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada de Coordinación Operativa. Le compete planificar y coordinar las operaciones de su ámbito funcional, ejerciendo la supervisión de los servicios a nivel central. 2.º La Secretaría General. Se encarga de la gestión de los recursos humanos, la formación y los medios materiales adscritos a la Comisaría General. Presta asistencia técnica, jurídica y administrativa a las unidades centrales y territoriales que conforman el área funcional de extranjería y fronteras. Igualmente, gestiona el Registro Central de Extranjeros y, en coordinación con la Fiscalía General del Estado, el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados. b) La Unidad Central de Redes de Inmigración y Falsedades Documentales. Le corresponde la planificación, coordinación y control de la investigación de las actividades delictivas relacionadas con la trata de seres humanos, el tráfico de personas, la inmigración ilegal y cualquier otro delito en conexión con los anteriores, en el ámbito nacional e internacional. Realiza la coordinación operativa y el apoyo técnico de las brigadas y las unidades territoriales. Dirige y coordina la obtención, tratamiento, análisis, explotación, seguimiento y difusión, tanto a organismos nacionales como internacionales, de información e inteligencia criminal relativa a las especialidades delictivas anteriormente enumeradas. De igual modo, se constituye como Oficina Nacional Central en relación con otros organismos o entidades, coordinando la cooperación policial y judicial, nacional e internacional en esta materia. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada Central contra la Trata de Seres Humanos. Le compete la prevención, investigación y persecución de las redes y organizaciones criminales dedicadas a la trata de seres humanos en cualquiera de las tipologías, la explotación sexual y laboral, la protección (prostitución) coactiva y el blanqueo de capitales en el área de competencia de la Comisaría General, así como los delitos conexos a estas conductas delictivas, con especial referencia al uso de las nuevas tecnologías que faciliten la comisión de este tipo de delitos. Participa en las actividades de naturaleza estratégica, operativa, formativa o institucional, tanto de ámbito nacional como internacional, así como en el mantenimiento de los contactos y demás relaciones bilaterales y multilaterales de carácter internacional e institucional, relacionados con la trata de seres humanos. Del mismo modo, gestiona el Servicio de Atención a las Víctimas de Trata de Seres Humanos y la actividad de los interlocutores sociales. 2.º La Brigada de Investigación de Redes. Se encarga de la prevención, persecución e investigación de las redes y organizaciones criminales dedicadas al tráfico de personas y la inmigración ilegal por vía marítima, aérea y terrestre. Desarrolla el ciclo de la inteligencia criminal en este ámbito, su explotación y difusión tanto a nivel nacional como internacional. Dirige, coordina y desarrolla los equipos conjuntos en materia de inmigración ilegal e impulsa la creación de aquellos que se consideren necesarios. Asume la investigación, detección e intervención de los documentos falsos en el área de competencia de la Comisaría General y la participación en todos aquellos grupos y mecanismos de coordinación que versen sobre técnicas referidas a la adopción de medidas de seguridad en documentos de identidad y de viaje. Se hace cargo, en el marco de sus competencias, de la actividad formativa, el asesoramiento técnico, la emisión de informes y alertas, la relación con organismos y autoridades públicas y privadas y el intercambio de información operativa a nivel nacional e internacional. Asimismo, actúa como punto nacional de la base de datos de documentos falsos y auténticos (FADO), con la misión de administrar el sistema a nivel nacional e introducir las imágenes de documentos falsos y auténticos. 3.º La Brigada de Acción Exterior. Le corresponde la gestión y dinamización de los proyectos internacionales liderados por la Unidad Central de Redes de Inmigración y Falsedades Documentales, establece y desarrolla los equipos conjuntos en materia de inmigración ilegal e impulsa la creación de aquellos que se consideren necesarios, potenciando la formación y capacitación de las unidades policiales homólogas en los países de origen y tránsito de los migrantes. Gestiona, en este sentido, la solicitud y seguimiento de los fondos europeos y canaliza la financiación de la acción exterior en lo relativo a la lucha contra la inmigración irregular. Asume las competencias de interacción con terceros países y organismos nacionales e internacionales. Del mismo modo, favorece los contactos con las organizaciones y entidades especializadas tanto en tráfico como en trata de seres humanos y coordina, a través de la figura del Oficial de Enlace con la Fiscalía General del Estado, las investigaciones en este ámbito realizadas tanto por la Unidad Central como por las unidades territoriales. c) La Unidad Central de Fronteras. Le corresponde realizar las funciones de gestión, coordinación y control relativas a la entrada y salida de españoles y extranjeros del territorio nacional y el régimen de fronteras, así como la coordinación, en los puestos fronterizos, de aquellas funciones que la legislación vigente atribuye a la Policía Nacional, constituyéndose como Oficina Central Nacional a este respecto, así como la colaboración con la Oficina de Asilo y Refugio en materia de protección internacional. Es la Unidad Nacional del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV), así como la Autoridad competente Fronteriza y de Inmigración para el Sistema de Entradas y Salidas (SES) y el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV). También es la Autoridad responsable del tratamiento de datos personales para el Sistema de Entradas y Salidas (SES) y el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV). Asimismo, es la Unidad de Visados, en relación con los visados expedidos en frontera, para el Sistema de Entradas y Salidas (SES). De esta Unidad depende la Brigada de Respuesta a la Inmigración Clandestina, que se configura como una unidad operativa móvil de control de fronteras a la que le corresponde el refuerzo de unidades territoriales y puestos fronterizos que lo demanden para el control de vehículos y personas, la lucha contra la inmigración ilegal y la trata de seres humanos, el apoyo en situaciones de crisis humanitarias, el control de entrada y salida del territorio nacional, el refuerzo de la cooperación con Francia y Portugal en las zonas fronterizas comunes, la prevención del orden público, la seguridad nacional, la salud pública y las relaciones internacionales. d) La Unidad Central de Repatriaciones. Le corresponde la dirección y ejecución de las expulsiones, las devoluciones, el control y la coordinación de los Centros de Internamiento de Extranjeros y de los Centros de Asistencia Temporal de Extranjeros, la gestión policial en materia de menores extranjeros no acompañados. Realiza las gestiones tendentes a la determinación de la nacionalidad de procedencia y la identidad de los ciudadanos extranjeros indocumentados. Coordina el cauce de información con los establecimientos penitenciarios referente a la excarcelación de extranjeros. Asimismo, es el Punto Nacional de Contacto en materia de asistencia en casos de tránsitos internacionales a efectos de repatriación, así como en la gestión y coordinación en la organización de vuelos conjuntos de repatriación de nacionales de terceros países en el seno de Estados miembros de la Unión Europea y países asociados a Schengen. e) El Centro Nacional de Inmigración y Fronteras. Le corresponde la actividad de inteligencia criminal en las áreas de competencia de la Comisaría General. Se hace cargo de la elaboración y seguimiento de la aplicación de la normativa de la Unión Europea e internacional en materias propias de la Comisaría General para cuyo cumplimiento actúa como Oficina Central Nacional. Asume la elaboración de los informes especializados solicitados por órganos nacionales e internacionales en materia de extranjería y fronteras, así como la coordinación estratégica y su impacto operativo. A los efectos previstos en el Reglamento (UE) 2019/1896 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de noviembre de 2019, sobre la Guardia Europea de Fronteras y Costas y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.° 1052/2013 y (UE) 2016/1624, integra y gestiona el Punto Nacional de Contacto con la citada Agencia (Nfpoc) y el Centro Nacional de Coordinación. Coordina los Puntos de Contacto Nacionales integrados en la Comisaría General para el intercambio de información y la cooperación técnica y operativa en el ámbito de la inmigración y el control de las fronteras con unidades homólogas, especialmente sobre la evaluación de vulnerabilidad de los puestos fronterizos, los flujos migratorios, la inmigración irregular y el cruce ilegal de las fronteras, prestando, en su caso, apoyo en las fronteras exteriores, coordinando las actuaciones que sean necesarias desde el punto de vista operativo, material, técnico, logístico u organizativo, para el correcto desempeño de sus cometidos. De esta Unidad depende la Brigada de Coordinación para asuntos relacionados con la Agencia FRONTEX del ámbito competencial de la CGEF, que gestiona y coordina las actividades que, dentro del ámbito de la Comisaria General, estén relacionadas con las acciones de la Guardia Europea de Fronteras y Costas. f) El Gabinete. Dependiendo directamente de la persona titular de la Comisaría General, para su asistencia inmediata y apoyo en el desarrollo de sus funciones directivas. Artículo 8. Comisaría General de Extranjería y Fronteras. 1. Asume las funciones contempladas en el artículo 3.3.d) del Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto. 2. Está integrada por las siguientes Unidades: a) La Unidad Central de Coordinación Operativa y Técnica. En su función de asistencia y apoyo a la persona titular de la Comisaría General, le corresponde generar conocimiento para realizar y coordinar la planificación operativa de la Comisaría General, facilitando las líneas generales de actuación para la configuración del Plan Estratégico en su área competencial. Coordina la actividad operativa y presta apoyo técnico a las unidades centrales y territoriales, asumiendo el seguimiento de la ejecución de las decisiones adoptadas. Gestiona los recursos humanos y los medios materiales adscritos para el servicio, implementando las medidas necesarias para obtener un mayor nivel de eficiencia. Define los procedimientos de gestión. Promueve las actividades de I+D+i en colaboración con la Subdirección General competente. Asimismo, coordina la colaboración internacional de la Comisaría General. La persona responsable de esta Unidad, denominada Jefa o Jefe Central de Operaciones, sustituye a la persona titular de la Comisaría General en los casos de vacante, ausencia o enfermedad. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada de Coordinación Operativa. Le compete planificar y coordinar las operaciones de su ámbito funcional, ejerciendo la supervisión de los servicios a nivel central. 2.º La Secretaría General. Se encarga de la gestión de los recursos humanos, la formación y los medios materiales adscritos a la Comisaría General. Presta asistencia técnica, jurídica y administrativa a las unidades centrales y territoriales que conforman el área funcional de extranjería y fronteras. Igualmente, gestiona el Registro Central de Extranjeros y, en coordinación con la Fiscalía General del Estado, el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados. b) La Unidad Central de Redes de Inmigración y Falsedades Documentales. Le corresponde la planificación, coordinación y control de la investigación de las actividades delictivas relacionadas con la trata de seres humanos, el tráfico de personas, la inmigración ilegal y cualquier otro delito en conexión con los anteriores, en el ámbito nacional e internacional. Realiza la coordinación operativa y el apoyo técnico de las brigadas y las unidades territoriales. Dirige y coordina la obtención, tratamiento, análisis, explotación, seguimiento y difusión, tanto a organismos nacionales como internacionales, de información e inteligencia criminal relativa a las especialidades delictivas anteriormente enumeradas. De igual modo, se constituye como Oficina Nacional Central en relación con otros organismos o entidades, coordinando la cooperación policial y judicial, nacional e internacional en esta materia. De esta Unidad dependen: 1.º La Brigada Central contra la Trata de Seres Humanos. Le compete la prevención, investigación y persecución de las redes y organizaciones criminales dedicadas a la trata de seres humanos en cualquiera de las tipologías, la explotación sexual y laboral, la protección (prostitución) coactiva y el blanqueo de capitales en el área de competencia de la Comisaría General, así como los delitos conexos a estas conductas delictivas, con especial referencia al uso de las nuevas tecnologías que faciliten la comisión de este tipo de delitos. Participa en las actividades de naturaleza estratégica, operativa, formativa o institucional, tanto de ámbito nacional como internacional, así como en el mantenimiento de los contactos y demás relaciones bilaterales y multilaterales de carácter internacional e institucional, relacionados con la trata de seres humanos. Del mismo modo, gestiona el Servicio de Atención a las Víctimas de Trata de Seres Humanos y la actividad de los interlocutores sociales. 2.º La Brigada de Investigación de Redes. Se encarga de la prevención, persecución e investigación de las redes y organizaciones criminales dedicadas al tráfico de personas y la inmigración ilegal por vía marítima, aérea y terrestre. Desarrolla el ciclo de la inteligencia criminal en este ámbito, su explotación y difusión tanto a nivel nacional como internacional. Dirige, coordina y desarrolla los equipos conjuntos en materia de inmigración ilegal e impulsa la creación de aquellos que se consideren necesarios. Asume la investigación, detección e intervención de los documentos falsos en el área de competencia de la Comisaría General y la participación en todos aquellos grupos y mecanismos de coordinación que versen sobre técnicas referidas a la adopción de medidas de seguridad en documentos de identidad y de viaje. Se hace cargo, en el marco de sus competencias, de la actividad formativa, el asesoramiento técnico, la emisión de informes y alertas, la relación con organismos y autoridades públicas y privadas y el intercambio de información operativa a nivel nacional e internacional. Asimismo, actúa como punto nacional de la base de datos de documentos falsos y auténticos (FADO), con la misión de administrar el sistema a nivel nacional e introducir las imágenes de documentos falsos y auténticos. 3.º La Brigada de Acción Exterior. Le corresponde la gestión y dinamización de los proyectos internacionales liderados por la Unidad Central de Redes de Inmigración y Falsedades Documentales, establece y desarrolla los equipos conjuntos en materia de inmigración ilegal e impulsa la creación de aquellos que se consideren necesarios, potenciando la formación y capacitación de las unidades policiales homólogas en los países de origen y tránsito de los migrantes. Gestiona, en este sentido, la solicitud y seguimiento de los fondos europeos y canaliza la financiación de la acción exterior en lo relativo a la lucha contra la inmigración irregular. Asume las competencias de interacción con terceros países y organismos nacionales e internacionales. Del mismo modo, favorece los contactos con las organizaciones y entidades especializadas tanto en tráfico como en trata de seres humanos y coordina, a través de la figura del Oficial de Enlace con la Fiscalía General del Estado, las investigaciones en este ámbito realizadas tanto por la Unidad Central como por las unidades territoriales. c) La Unidad Central de Fronteras. Le corresponde realizar las funciones de gestión, coordinación y control relativas a la entrada y salida de españoles y extranjeros del territorio nacional y el régimen de fronteras, así como la coordinación, en los puestos fronterizos, de aquellas funciones que la legislación vigente atribuye a la Policía Nacional, constituyéndose como Oficina Central Nacional a este respecto, así como la colaboración con la Oficina de Asilo y Refugio en materia de protección internacional. Es la Unidad Nacional del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV), así como la Autoridad competente Fronteriza y de Inmigración para el Sistema de Entradas y Salidas (SES) y el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV). También es la Autoridad responsable del tratamiento de datos personales para el Sistema de Entradas y Salidas (SES) y el Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV). Asimismo, es la Unidad de Visados, en relación con los visados expedidos en frontera, para el Sistema de Entradas y Salidas (SES). De esta Unidad depende la Brigada de Respuesta a la Inmigración Clandestina, que se configura como una unidad operativa móvil de control de fronteras a la que le corresponde el refuerzo de unidades territoriales y puestos front …

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