Resolución de 3 de julio de 2014, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social
¿De qué trata esta norma?
Esta instrucción regula la gestión contable de la actividad económico-financiera de las entidades que forman parte del sistema de la Seguridad Social, estableciendo cómo se deben registrar las operaciones y qué sistema de información contable se utilizará.
A quién afecta: Las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, incluyendo entidades gestoras, servicios comunes y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, así como sus centros mancomunados; Las entidades mancomunadas de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social para operaciones contables específicas.
De un vistazo
- País
- España
- Área del derecho
- Seguridad social
- Fuente
- boe.es
- Texto obtenido el
- Explicación actualizada el
¿Qué regula esta norma?
- El registro, trámites y operatoria contable de la actividad económico-financiera.
- El Sistema de Información Contable de la Seguridad Social (SICOSS), incluyendo sus subsistemas y el registro de operaciones.
- Los fines de gestión, control, análisis y divulgación de la información contable.
- La aplicación de sus normas a las entidades del sistema de la Seguridad Social.
¿A quién afecta esta norma?
- Las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, incluyendo entidades gestoras, servicios comunes y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, así como sus centros mancomunados.
- Las entidades mancomunadas de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social para operaciones contables específicas.
¿Cuáles son los puntos clave?
- La instrucción tiene como objeto la regulación de la gestión contable de la actividad económico-financiera de las entidades de la Seguridad Social.
- El SICOSS es un sistema integrado que registra operaciones presupuestarias, no presupuestarias y patrimoniales para mostrar la imagen fiel del patrimonio, situación financiera y resultados.
- El SICOSS debe permitir registrar operaciones que incidan en el balance, la determinación del resultado económico patrimonial, la ejecución del presupuesto, operaciones no presupuestarias, fondo de maniobra, pagos a justificar, información de terceros y la gestión del registro contable de facturas.
- Los fines del SICOSS incluyen suministrar información para la toma de decisiones, mostrar la ejecución presupuestaria, controlar la tesorería, determinar costes de servicios públicos, mostrar el patrimonio, proporcionar información para el Tribunal de Cuentas y otros órganos de control, y para el análisis y divulgación.
Seguridad social
Texto legal
Texto legal
200 ok Téngase en cuenta que esta Instrucción pasa a denominarse «Instrucción de gestión contable para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social», según establece el art. 2.1 de la Resolución de 11 de octubre de 2022. Ref. BOE-A-2022-17978#as Desde la aprobación de la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social por la Resolución de 28 de octubre de 2010, de la Intervención General de la Seguridad Social, han sido importantes los cambios normativos y tecnológicos que se han producido y que afectan directamente al contenido regulador de la misma.
La Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, aprobó un nuevo Plan General de Contabilidad Pública (en adelante, PGCP) con el carácter de plan contable marco para todas las administraciones públicas, que sería de aplicación obligatoria para las entidades integrantes del sector público administrativo estatal, dentro del cual se incluyen las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
No obstante, según señala su artículo único, la aplicación del PGCP en el ámbito de la Seguridad Social requería de una previa adaptación del mismo, siendo competencia de la Intervención General de la Seguridad Social elaborar la adaptación de dicho Plan a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social y someterlo a su aprobación por la Intervención General de la Administración del Estado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 125.3.b) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
En este sentido, la referida adaptación fue aprobada por la Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado, de 1 de julio de 2011, y modificada por la Resolución de 9 de mayo de 2012 de dicho centro directivo.
Dicha norma recoge importantes cambios que se extienden desde la codificación y definición de las cuentas y subcuentas, con la necesaria actualización de las anotaciones contables que producen los diferentes documentos contables en los diferentes subsistemas que integran el Sistema de Información Contable de la Seguridad Social, en adelante SICOSS, hasta los nuevos documentos de las cuentas anuales, pasando por una nueva terminología contable que debe tenerse en cuenta en la Instrucción de contabilidad.
Por otra parte, el SICOSS, cuya estructura se encuentra regulada con carácter reglamentario mediante el Real Decreto 508/2000, de 14 de abril, y soportado en una arquitectura cliente-servidor, ha pasado a estar, a partir del ejercicio 2013, en el entorno corporativo Pros@, basado en una arquitectura web más acorde con la nuevas tecnologías.
Desde la nueva plataforma, el SICOSS, aplicación básica para el soporte de la información económico-financiera del sistema de la Seguridad Social, manteniendo las características de fiabilidad y seguridad que le han caracterizado, ha pasado a ser un sistema integrado en el entorno corporativo de la Seguridad Social, con nuevas utilidades que permiten una actualización de los servicios que hasta el momento existían.
El nuevo entorno como soporte informático del SICOSS ha motivado igualmente una serie de cambios que afectan a los documentos contables, y que exigen por tanto su adecuación, en la normativa específica que sustenta su regulación.
En este mismo sentido, la Resolución de 10 de diciembre de 2013, de esta Intervención General de la Seguridad Social, por la que se dictaron las instrucciones de cierre del ejercicio 2013 para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, se aprobaron y modificaron determinados documentos contables como consecuencia de la entrada en funcionamiento, el 1 de enero de 2014, del registro contable de facturas con la aprobación de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, así como para el registro de las operaciones pendientes de imputar a presupuesto propias de cierre de cada ejercicio económico.
Finalmente, la incorporación del procedimiento de gestión y contable de los expedientes de tramitación anticipada en el subsistema de compromisos de gasto de carácter plurianual, previsto a lo largo del año 2014, aconseja recoger las distintas modificaciones que el referido subsistema conlleva.
Frente a la posibilidad de realizar una modificación parcial de la Instrucción de contabilidad aprobada por la Resolución de 28 de octubre de 2010, de este centro directivo, en aquellas disposiciones donde fuera necesario, el número importante de cambios señalados anteriormente, entre otros, que es preciso acometer y que se extienden prácticamente a la totalidad de la Instrucción, aconseja elaborar un nuevo texto normativo completo tal y como aconsejan las directrices de técnica normativa.
De acuerdo con lo anterior, y en orden a las competencias que otorga el artículo 125.3 de la Ley General Presupuestaria a esta Intervención General de la Seguridad Social, para dictar las instrucciones de contabilidad a las que han de someterse las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, resuelvo:
Apartado único. Aprobación de la Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
Se aprueba la Instrucción de contabilidad que se adjunta a esta resolución, cuyas normas serán de aplicación a todas las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
Disposición transitoria única. Entidades mancomunadas de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
El contenido de esta Instrucción será aplicable a las entidades mancomunadas de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social para las operaciones contables que se deriven de las actuaciones liquidatorias de las mismas que se contemplan en la disposición transitoria primera del Real Decreto 701/2013, de 20 de septiembre, de racionalización del sector público.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogada la Resolución de 28 de octubre de 2010, de la Intervención General de la Seguridad Social, por la que se aprueba de Instrucción de contabilidad para las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, así como los contenidos de disposiciones de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en la Instrucción de contabilidad que se aprueba por esta resolución.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente resolución será de aplicación a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 3 de julio de 2014.–La Interventora General de la Seguridad Social, María Victoria Vigueras García.
INSTRUCCIÓN DE CONTABILIDAD PARA LAS ENTIDADES QUE INTEGRAN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSTRUCCIÓN DE GESTIÓN CONTABLE PARA LAS ENTIDADES QUE INTEGRAN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Se modifica la denominación de la Instrucción por el art. 2.1 de la Resolución de 11 de octubre de 2022. Ref. BOE-A-2022-17978#as TÍTULO PRELIMINAR Normas generales Regla 1. Objeto.
La presente instrucción tiene por objeto la regulación del registro, trámites y operatoria contable de la actividad económico-financiera de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
Regla 1. Objeto.
Se modifica por el art. 2.2 de la Resolución de 11 de octubre de 2022. Ref. BOE-A-2022-17978#as Regla 2. Ámbito de aplicación.
La presente instrucción será de aplicación a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, que comprenden las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y sus centros mancomunados.
Las referencias que, en adelante, se hagan en esta instrucción a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social se entenderán hechas igualmente a sus centros mancomunados.
Regla 2. Ámbito de aplicación.
La presente instrucción será de aplicación a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, que comprenden, a los efectos de esta instrucción, las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, en su función pública de colaboración en la gestión de la Seguridad Social, así como sus centros mancomunados.
Las referencias que, en adelante, se hagan en esta instrucción a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social se entenderán hechas igualmente a sus centros mancomunados.
Se modifica por el art. 2.3 de la Resolución de 11 de octubre de 2022. Ref. BOE-A-2022-17978#as Regla 3. El Sistema de Información Contable de la Seguridad Social 1. La contabilidad de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social se constituye como un sistema de información económico-financiera y presupuestaria que tiene por objeto el registro de todas las operaciones de naturaleza presupuestaria, no presupuestaria y patrimonial que se produzcan en su ámbito con el fin de mostrar, a través de estados e informes, la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados y de la ejecución del presupuesto de cada una de las entidades integrantes del mismo.
A tal efecto, el SICOSS deberá permitir:
La relación anterior de subsistemas o áreas contables podrá ser ampliada en la medida en que se incorporen en el SICOSS nuevos desarrollos.
Regla 4. Fines del Sistema de Información Contable de la Seguridad Social.
De acuerdo con la Ley General Presupuestaria, el SICOSS se adecuará a los siguientes fines:
Regla 4. Fines y principios del Sistema de Información Contable de la Seguridad Social.
Se modifica por el art. 2.4 de la Resolución de 11 de octubre de 2022. Ref. BOE-A-2022-17978#as Regla 5. Organización contable.
Regla 5. Organización contable.
La organización contable de las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social, será la contemplada en el artículo 5 del Real Decreto de SICOSS.
Se modifica por el art. 2.5 de la Resolución de 11 de octubre de 2022. Ref. BOE-A-2022-17978#as
TÍTULO I
Documentos contables
CAPÍTULO I
Disposiciones generales Regla 6. Aprobación de los documentos contables.
Se aprueban los documentos contables que se recogen en las reglas de este Título I y que serán utilizados como soporte para el registro de operaciones en el SICOSS.
Regla 6. Aprobación de los documentos contables.
Se entiende por documento contable electrónico el documento único generado en formato pdf, en los términos previstos en el artículo 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que permite justificar y acreditar las operaciones económicas que se registran en el SICOSS.
Se modifica por el art. único.1 de la Resolución de 28 de abril de 2026. Ref. BOE-A-2026-10044 Regla 7. Facultad normativa.
La modificación y, en su caso, supresión de dichos documentos, así como la aprobación de nuevos documentos contables, será realizada por resolución de esta Intervención General de la Seguridad Social.
CAPÍTULO II
Clases de documentos contables
Sección 1.ª Documentos contables del presupuesto de gastos.
Regla 8. Concepto.
Regla 9. Clases de documentos.
Los documentos contables del presupuesto de gastos, son los siguientes:
Regla 9. Clases de documentos.
Los documentos contables del presupuesto de gastos, son los siguientes:
Se modifica por el art. 1.1 de la Resolución de 14 de diciembre de 2018. Ref. BOE-A-2018-17774 Regla 9. Clases de documentos.
Los documentos contables del presupuesto de gastos, son los siguientes:
Se añade un documento contable por el art. único.uno de la Resolución de 23 de marzo de 2022. Ref. BOE-A-2022-5460 Se modifica por el art. 1.1 de la Resolución de 14 de diciembre de 2018. Ref. BOE-A-2018-17774
Sección 2.ª Documentos contables del presupuesto de ingresos.
Regla 10. Concepto.
Regla 11. Clases de documentos.
Los documentos contables del presupuesto de ingresos, son los siguientes:
Sección 3.ª Documentos contables de operaciones no presupuestarias.
Regla 12. Concepto.
Regla 13. Clases de documentos.
Los documentos contables de operaciones no presupuestarias, son los siguientes:
Sección 4.ª Documentos de contabilidad patrimonial
Regla 14. Concepto.
Regla 15. Clases de documentos.
Los documentos contables de contabilidad patrimonial, son los siguientes:
Regla 15. Clases de documentos.
Los documentos contables de contabilidad patrimonial son los siguientes:
Se modifica por el art. único.2 de la Resolución de 28 de abril de 2026. Ref. BOE-A-2026-10044
Sección 5.ª Documentos de contabilidad auxiliar del fondo de maniobra.
Regla 16. Concepto.
Regla 17. Clases de documentos.
Los documentos de la contabilidad auxiliar del fondo de maniobra, son los siguientes:
Sección 6.ª Documentos de gastos plurianuales.
Regla 18. Concepto.
Regla 19. Clases de documentos.
Los documentos de gastos plurianuales, son los siguientes:
Regla 19. Clases de documentos.
Los documentos de gastos plurianuales, son los siguientes:
Se añade un documento contable por el art. único.dos de la Resolución de 23 de marzo de 2022. Ref. BOE-A-2022-5460
CAPÍTULO III
Utilización y expedición de documentos contables
Sección 1.ª Documentos contables del presupuesto de gastos.
Regla 20. Utilización y expedición.
Los documentos contables del presupuesto de gastos, se utilizarán y expedirán en los términos señalados en los apartados siguientes, según la clase de documento.
Este documento permite recoger la carga inicial del presupuesto de gastos que de manera directa realizan los servicios informáticos con la dotación inicial de créditos del ejercicio corriente a nivel de cada entidad, en función de los datos obtenidos del presupuesto aprobado por las Cortes Generales.
Este documento permite recoger la carga inicial del presupuesto de gastos plurianuales que se realiza de forma automática al comienzo de cada año, con la dotación inicial de créditos de gastos plurianuales a nivel de cada entidad, en un centro de reserva de redistribución de créditos denominado «Control de créditos plurianuales».
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de créditos extraordinarios a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de suplementos de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de ampliaciones de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de transferencias de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de incorporaciones de remanentes de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la generación de créditos en las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social por ingresos realizados, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las anulaciones de créditos que se acuerde, así como las bajas por rectificación de los créditos iniciales de las entidades gestoras, servicios comunes y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, que pueden emplearse para la financiación de modificaciones de crédito en los términos establecidos en la Ley General Presupuestaria y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las redistribuciones internas de crédito de una misma aplicación entre varios centros de una misma entidad gestora, servicio común y mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, que no afectan al total del crédito presupuestado global y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las redistribuciones internas de crédito de varias aplicaciones presupuestarias, entre dos centros de una misma entidad gestora, servicio común y mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, que no afectan al total del crédito presupuestado global y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las retenciones de créditos pendientes de utilización y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las retenciones de créditos para transferencias y se expiden por los servicios centrales de las entidades.
Estos documentos se utilizan para registrar las retenciones de créditos no disponibles y se expiden por los servicios centrales de las entidades.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de disponibles, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de retenidos para gastar, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando estos se encuentran en situación de disponibles, así como la fase de compromiso de gasto o de disposición, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando estos se encuentran en situación de retenidos para gastar, así como la fase de compromiso de gasto o de disposición, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de disponibles, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones y compromisos de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago para imputar a presupuesto las obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos para las que no se había producido su aplicación a presupuesto siendo procedente la misma y contabilizadas en la cuenta 413 «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto». Se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de retenidos para gastar, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de disponibles, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago a justificar, y se expiden por todos los centros de gestión de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de retenidos, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago a justificar, y se expiden por todos los centros de gestión de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar los compromisos de gasto o disposición y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar rectificaciones del saldo entrante de obligaciones reconocidas en el ejercicio 2004 y anteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar la prescripción de obligaciones reconocidas en el ejercicio 2004 y anteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar obligaciones generadas y exigibles al cierre del ejercicio, que correspondan a gastos realizados o bienes y servicios recibidos, para los que de conformidad con la normativa presupuestaria, exista o requieran un crédito habilitado especifico en un ejercicio posterior, destinado a dar cobertura de las citadas obligaciones, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar obligaciones generadas y exigibles al cierre del ejercicio, que correspondan a gastos realizados o bienes y servicios recibidos, para los que de conformidad con la normativa presupuestaria, puedan aplicarse a créditos del ejercicio corriente posterior a aquel en que fueron contraídas, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar gastos presupuestarios a periodificar y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar gastos realizados o bienes y servicios recibidos, cuyas obligaciones resultarán exigibles en un ejercicio posterior y, por lo tanto, de conformidad con la normativa presupuestaria, se imputarán a los créditos del presupuesto corriente de dicho ejercicio.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de obligaciones, así como la propuesta de pago de las mismas y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar rectificaciones del saldo entrante de obligaciones reconocidas y propuestas de pago en el ejercicio 2005 y posteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar la prescripción de obligaciones reconocidas y propuestas su pago en el ejercicio 2005 y posteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de obligaciones, así como la propuesta de pago a justificar de las mismas y se expiden por todos los centros de gestión de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de pago de obligaciones reconocidas provenientes de ejercicios cerrados, ejercicio 2004 y anteriores, formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente, formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente, que resulten procedentes como consecuencia de la expedición de órdenes de pago a justificar formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las ordenaciones del pago y se expiden por todas las cajas pagadoras.
Estos documentos se utilizan para registrar las realizaciones de pagos provenientes de ordenaciones de pagos y se expiden por todas las cajas pagadoras.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente, como consecuencia de la expedición de órdenes de pago a justificar y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente como consecuencia de la expedición de órdenes de pago a justificar y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de ejecución del presupuesto de gasto que recojan modificaciones de crédito cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de las aplicaciones presupuestarias que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los servicios centrales de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de ejecución del presupuesto de gasto que no se traten de modificaciones de crédito cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de las aplicaciones presupuestarias que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de descuento derivadas de otras de ejecución del presupuesto de gasto que no se traten de modificaciones de crédito cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de los descuentos a practicar que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para recoger las aplicaciones presupuestarias del documento de referencia O.603 que se desean aplicar a presupuesto, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar datos del registro contable de facturas cuando el documento de presupuesto de gastos de origen no puede recoger la totalidad de las facturas que precisa la operación contable, y se expiden por todos los centros de gestión que expiden los originarios.
Regla 20. Utilización y expedición.
Los documentos contables del presupuesto de gastos, se utilizarán y expedirán en los términos señalados en los apartados siguientes, según la clase de documento.
Este documento permite recoger la carga inicial del presupuesto de gastos que de manera directa realizan los servicios informáticos con la dotación inicial de créditos del ejercicio corriente a nivel de cada entidad, en función de los datos obtenidos del presupuesto aprobado por las Cortes Generales.
Este documento permite recoger la carga inicial del presupuesto de gastos plurianuales que se realiza de forma automática al comienzo de cada año, con la dotación inicial de créditos de gastos plurianuales a nivel de cada entidad, en un centro de reserva de redistribución de créditos denominado «Control de créditos plurianuales».
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de créditos extraordinarios a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de suplementos de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de ampliaciones de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de transferencias de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de incorporaciones de remanentes de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la generación de créditos en las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social por ingresos realizados, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las anulaciones de créditos que se acuerde, así como las bajas por rectificación de los créditos iniciales de las entidades gestoras, servicios comunes y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, que pueden emplearse para la financiación de modificaciones de crédito en los términos establecidos en la Ley General Presupuestaria y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las redistribuciones internas de crédito de una misma aplicación entre varios centros de una misma entidad gestora, servicio común y mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, que no afectan al total del crédito presupuestado global y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las redistribuciones internas de crédito de varias aplicaciones presupuestarias, entre dos centros de una misma entidad gestora, servicio común y mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, que no afectan al total del crédito presupuestado global y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las retenciones de créditos pendientes de utilización y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las retenciones de créditos para transferencias y se expiden por los servicios centrales de las entidades.
Estos documentos se utilizan para registrar las retenciones de créditos no disponibles y se expiden por los servicios centrales de las entidades.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de disponibles, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de retenidos para gastar, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando estos se encuentran en situación de disponibles, así como la fase de compromiso de gasto o de disposición, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando estos se encuentran en situación de retenidos para gastar, así como la fase de compromiso de gasto o de disposición, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de disponibles, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones y compromisos de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago para imputar a presupuesto las obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos para las que no se había producido su aplicación a presupuesto siendo procedente la misma y contabilizadas en la cuenta 413 «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto». Se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de retenidos para gastar, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de disponibles, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago a justificar, y se expiden por todos los centros de gestión de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de retenidos, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago a justificar, y se expiden por todos los centros de gestión de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar los compromisos de gasto o disposición y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar rectificaciones del saldo entrante de obligaciones reconocidas en el ejercicio 2004 y anteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar la prescripción de obligaciones reconocidas en el ejercicio 2004 y anteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar deudas por operaciones devengadas, cuyas obligaciones son exigibles al cierre del ejercicio y, conforme a la normativa presupuestaria, su imputación a presupuesto requiera la existencia de crédito autorizado o específico en el ejercicio corriente destinado a dar cobertura a las mismas y se expiden en todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar deudas por operaciones devengadas, cuyas obligaciones son exigibles al cierre del ejercicio y, conforme a la normativa presupuestaria, puedan aplicarse a créditos de un ejercicio corriente posterior. Con carácter general, se expiden en todos los centros de gestión a partir de los documentos de reconocimiento de las obligaciones presupuestarias.
Estos documentos se utilizan para registrar deudas por operaciones devengadas, cuyas obligaciones resultan exigibles en un ejercicio posterior aplicándose a presupuesto corriente del ejercicio en que se dictan los actos administrativos de reconocimiento de las obligaciones. Con carácter general, se expiden en todos los centros de gestión a partir de los documentos de reconocimiento de las obligaciones presupuestarias.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de obligaciones, así como la propuesta de pago de las mismas y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar rectificaciones del saldo entrante de obligaciones reconocidas y propuestas de pago en el ejercicio 2005 y posteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar la prescripción de obligaciones reconocidas y propuestas su pago en el ejercicio 2005 y posteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de obligaciones, así como la propuesta de pago a justificar de las mismas y se expiden por todos los centros de gestión de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de pago de obligaciones reconocidas provenientes de ejercicios cerrados, ejercicio 2004 y anteriores, formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente, formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente, que resulten procedentes como consecuencia de la expedición de órdenes de pago a justificar formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las ordenaciones del pago y se expiden por todas las cajas pagadoras.
Estos documentos se utilizan para registrar las realizaciones de pagos provenientes de ordenaciones de pagos y se expiden por todas las cajas pagadoras.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente, como consecuencia de la expedición de órdenes de pago a justificar y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente como consecuencia de la expedición de órdenes de pago a justificar y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de ejecución del presupuesto de gasto que recojan modificaciones de crédito cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de las aplicaciones presupuestarias que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los servicios centrales de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de ejecución del presupuesto de gasto que no se traten de modificaciones de crédito cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de las aplicaciones presupuestarias que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de descuento derivadas de otras de ejecución del presupuesto de gasto que no se traten de modificaciones de crédito cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de los descuentos a practicar que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para recoger las aplicaciones presupuestarias del documento de referencia O.603 que se desean aplicar a presupuesto, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar datos del registro contable de facturas cuando el documento de presupuesto de gastos de origen no puede recoger la totalidad de las facturas que precisa la operación contable, y se expiden por todos los centros de gestión que expiden los originarios.
Se modifica por el art. 1.2 de la Resolución de 14 de diciembre de 2018. Ref. BOE-A-2018-17774 Regla 20. Utilización y expedición.
Los documentos contables del presupuesto de gastos, se utilizarán y expedirán en los términos señalados en los apartados siguientes, según la clase de documento.
Este documento permite recoger la carga inicial del presupuesto de gastos que de manera directa realizan los servicios informáticos con la dotación inicial de créditos del ejercicio corriente a nivel de cada entidad, en función de los datos obtenidos del presupuesto aprobado por las Cortes Generales.
Este documento permite recoger la carga inicial del presupuesto de gastos plurianuales que se realiza de forma automática al comienzo de cada año, con la dotación inicial de créditos de gastos plurianuales a nivel de cada entidad, en un centro de reserva de redistribución de créditos denominado «Control de créditos plurianuales».
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de créditos extraordinarios a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de suplementos de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de ampliaciones de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de transferencias de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la concesión de incorporaciones de remanentes de crédito a las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar la generación de créditos en las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social por ingresos realizados, y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las anulaciones de créditos que se acuerde, así como las bajas por rectificación de los créditos iniciales de las entidades gestoras, servicios comunes y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, que pueden emplearse para la financiación de modificaciones de crédito en los términos establecidos en la Ley General Presupuestaria y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las redistribuciones internas de crédito de una misma aplicación entre varios centros de una misma entidad gestora, servicio común y mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, que no afectan al total del crédito presupuestado global y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las redistribuciones internas de crédito de varias aplicaciones presupuestarias, entre dos centros de una misma entidad gestora, servicio común y mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, que no afectan al total del crédito presupuestado global y se expiden por los servicios centrales de las mismas.
Estos documentos se utilizan para registrar las retenciones de créditos pendientes de utilización y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las retenciones de créditos para transferencias y se expiden por los servicios centrales de las entidades.
Estos documentos se utilizan para registrar las retenciones de créditos no disponibles y se expiden por los servicios centrales de las entidades.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de disponibles, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de retenidos para gastar, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando estos se encuentran en situación de disponibles, así como la fase de compromiso de gasto o de disposición, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando estos se encuentran en situación de retenidos para gastar, así como la fase de compromiso de gasto o de disposición, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de disponibles, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones y compromisos de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago para imputar a presupuesto las obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos para las que no se había producido su aplicación a presupuesto siendo procedente la misma y contabilizadas en la cuenta 413 «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto». Se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de retenidos para gastar, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de disponibles, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago a justificar, y se expiden por todos los centros de gestión de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar las autorizaciones de gasto sobre créditos definitivos, cuando éstos se encuentran en situación de retenidos, así como las fases de compromiso de gasto o de disposición, reconocimiento de obligaciones y propuestas de pago a justificar, y se expiden por todos los centros de gestión de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar los compromisos de gasto o disposición y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar rectificaciones del saldo entrante de obligaciones reconocidas en el ejercicio 2004 y anteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar la prescripción de obligaciones reconocidas en el ejercicio 2004 y anteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar deudas por operaciones devengadas, cuyas obligaciones son exigibles al cierre del ejercicio y, conforme a la normativa presupuestaria, su imputación a presupuesto requiera la existencia de crédito autorizado o específico en el ejercicio corriente destinado a dar cobertura a las mismas y se expiden en todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar deudas por operaciones devengadas, cuyas obligaciones son exigibles al cierre del ejercicio y, conforme a la normativa presupuestaria, puedan aplicarse a créditos de un ejercicio corriente posterior. Con carácter general, se expiden en todos los centros de gestión a partir de los documentos de reconocimiento de las obligaciones presupuestarias.
Estos documentos se utilizan para registrar deudas por operaciones devengadas, cuyas obligaciones resultan exigibles en un ejercicio posterior aplicándose a presupuesto corriente del ejercicio en que se dictan los actos administrativos de reconocimiento de las obligaciones. Con carácter general, se expiden en todos los centros de gestión a partir de los documentos de reconocimiento de las obligaciones presupuestarias.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de obligaciones, así como la propuesta de pago de las mismas y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar rectificaciones del saldo entrante de obligaciones reconocidas y propuestas de pago en el ejercicio 2005 y posteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar la prescripción de obligaciones reconocidas y propuestas su pago en el ejercicio 2005 y posteriores y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de obligaciones, así como la propuesta de pago a justificar de las mismas y se expiden por todos los centros de gestión de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de pago de obligaciones reconocidas provenientes de ejercicios cerrados, ejercicio 2004 y anteriores, formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente, formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente, que resulten procedentes como consecuencia de la expedición de órdenes de pago a justificar formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las ordenaciones del pago y se expiden por todas las cajas pagadoras.
Estos documentos se utilizan para registrar las realizaciones de pagos provenientes de ordenaciones de pagos y se expiden por todas las cajas pagadoras.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente, como consecuencia de la expedición de órdenes de pago a justificar y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan para registrar los reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente como consecuencia de la expedición de órdenes de pago a justificar y se expiden por todas las cajas pagadoras, minorando las fases de ejecución del gasto señaladas.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de ejecución del presupuesto de gasto que recojan modificaciones de crédito cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de las aplicaciones presupuestarias que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los servicios centrales de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de ejecución del presupuesto de gasto que no se traten de modificaciones de crédito cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de las aplicaciones presupuestarias que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de descuento derivadas de otras de ejecución del presupuesto de gasto que no se traten de modificaciones de crédito cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de los descuentos a practicar que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para recoger las aplicaciones presupuestarias del documento de referencia O.603 que se desean aplicar a presupuesto, y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar datos del registro contable de facturas cuando el documento de presupuesto de gastos de origen no puede recoger la totalidad de las facturas que precisa la operación contable, y se expiden por todos los centros de gestión que expiden los originarios.
Se utilizará para complementar los documentos contables del presupuesto de gastos, cuando para el registro de la operación sea necesario cumplimentar algún campo del mismo.
Se añade un documento contable por el art. único.tres de la Resolución de 23 de marzo de 2022. Ref. BOE-A-2022-5460 Se modifica por el art. 1.2 de la Resolución de 14 de diciembre de 2018. Ref. BOE-A-2018-17774
Sección 2.ª Documentos contables del presupuesto de ingresos
Regla 21. Utilización y expedición.
Los documentos contables del presupuesto de ingresos, se utilizarán y expedirán en los términos señalados en los apartados siguientes, según la clase de documento.
Este documento permite recoger la carga inicial del presupuesto de ingresos que de manera directa realizan los servicios informáticos con la dotación inicial de ingresos previstos, en función de los datos obtenidos del presupuesto aprobado por las Cortes Generales.
Estos documentos se utilizan para registrar las modificaciones de las previsiones del presupuesto de ingresos y se expiden por los servicios centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de derechos de carácter presupuestario, cuando no se instrumenten en órdenes de cobro y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos tienen carácter excepcional y se utilizan para registrar la modificación al alza de los derechos reconocidos en ejercicios anteriores y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de derechos, materializados por órdenes de cobro, cuando el elemento patrimonial que genera el recurso presupuestario se encuentra registrado en la contabilidad del centro de gestión emisor.
De acuerdo con lo anterior, se utilizan estos documentos para registrar las operaciones relativas a enajenación del inmovilizado, material o financiero, reembolso de préstamos y anticipos concedidos y recuperación de fianzas y depósitos constituidos. A este respecto, el primer tipo de operaciones precisará además la contabilización de documentos de asiento directo de contabilidad patrimonial, mientras que para el reembolso de préstamos y anticipos, será necesaria también la contabilización de documentos de propuesta, ordenación y materialización de pago no presupuestario, aplicados a un concepto no presupuestario de naturaleza acreedora, que previamente y con carácter general, se habría recogido como descuento en el documento que recogiese la propuesta de pago de la nómina. Igualmente se utilizan en las operaciones de ajuste y actualización en la valoración de créditos y otras partidas a cobrar u otras actuaciones de carácter financiero, así como para la imputación presupuestaria de rentabilidades, intereses o dividendos con origen en activos de esta naturaleza.
En todos los casos, los documentos de resumen contable de derechos reconocidos por órdenes de cobro se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de derechos procedentes de cantidades aplazadas que, figurando en los conceptos no presupuestarios 10110 «Deudores a corto plazo por aplazamiento y fraccionamiento» y 10010 «Deudores a largo plazo por aplazamiento y fraccionamiento», tengan su vencimiento en el ejercicio y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de derechos procedentes del reintegro de las cantidades no invertidas recibidas a justificar y se expiden por todos los centros de gestión de las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar la anulación de derechos derivada de la anulación de liquidaciones giradas, cuando éstas se hallen pendientes de ingreso, y se hubieran contabilizado mediante documentos DR.100 en el ejercicio corriente o sean derechos de ejercicios cerrados y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos no cumplen las mismas funciones que los documentos DR.100 inversos, ya que el motivo es distinto. Estos últimos documentos se utilizan para corregir errores contables, en tanto que los documentos DA.200 registran la anulación de la liquidación.
Estos documentos se utilizan para registrar la anulación de derechos reconocidos de ejercicio corriente y de ejercicios cerrados soportados en órdenes de cobro, cuando éstas se hallaren pendientes de ingreso y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos no cumplen las mismas funciones que los DROC.150 inversos, ya que el motivo es distinto. Estos últimos documentos se utilizan para corregir errores contables, en tanto que los documentos DAOC.250 registran la anulación de la orden de cobro.
Estos documentos se utilizan para registrar la anulación de derechos de ejercicio corriente y de ejercicios cerrados por cantidades aplazadas con vencimiento en ejercicios posteriores al corriente y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
La utilización y expedición de estos documentos se recoge en la sección tercera relativa a documentos contables de operaciones no presupuestarias.
Estos documentos se utilizan para registrar las adjudicaciones de bienes en pago de deudas de ejercicio corriente y de ejercicios cerrados y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar la cancelación de derechos de ejercicio corriente y de ejercicios cerrados, derivada de insolvencias y otras causas, a excepción de la prescripción y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar la cancelación de derechos reconocidos en ejercicios anteriores derivada de su prescripción y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de acreedores por devolución de ingresos que tienen su origen en anulaciones de liquidaciones ya ingresadas y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. La contabilización de estos documentos implica la ordenación del pago.
A estos efectos, se entenderá que pertenecen a esta agrupación las devoluciones que sean consecuencia de autoliquidaciones presentadas e ingresadas indebidamente por los interesados, sea por duplicidad, sea por haber practicado la misma por exceso.
Estos documentos se utilizan para registrar el pago material de las devoluciones de ingresos que tienen su origen en la anulación de las liquidaciones ya ingresadas y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar el reconocimiento de acreedores por devoluciones de ingresos que tienen su origen en ingresos duplicados o excesivos relativos a liquidaciones correctamente giradas y el ingreso se imputó en el ejercicio corriente y en ejercicios cerrados y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. La contabilización de estos documentos implica la ordenación del pago.
Este supuesto sólo puede darse cuando se trate, exclusivamente, de liquidaciones de contraído previo y se produce únicamente cuando el contraído es correcto pero el ingreso no.
Estos documentos se utilizan para registrar el pago material de las devoluciones de ingresos que tienen su origen en ingresos duplicados o excesivos relativos a liquidaciones correctamente giradas y el ingreso se imputó en el ejercicio corriente y en ejercicios cerrados y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan, a modo de anexo, para registrar operaciones de ejecución del presupuesto de ingresos cuando el documento de origen no puede recoger la totalidad de las aplicaciones presupuestarias que precisa la operación contable correspondiente, y se expiden por todos los centros de gestión.
Sección 3.ª Documentos contables de operaciones no presupuestarias.
Regla 22. Utilización y expedición.
Los documentos contables de operaciones no presupuestarias, se utilizarán y expedirán en los términos señalados en los apartados siguientes, según la clase de documento.
Estos documentos se utilizan para dar a los ingresos la aplicación definitiva presupuestaria, reconociendo y recaudando derechos de ejercicio corriente, a través del apartado FI.1, o recaudando derechos de ejercicio corriente y de cerrados, a través del apartado FI.2, así como darles la aplicación definitiva no presupuestaria, a través de los apartado FI.3 y FI.4, y se expiden por los servicios centrales y direcciones provinciales de la Tesorería General y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar los ingresos en cualquier cuenta bancaria, a excepción de las pertenecientes a las cuentas del fondo de maniobra y de pagos a justificar, y se expiden por los servicios centrales o las direcciones provinciales de la Tesorería General y por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar la distribución de ingresos centralizados a las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o centros gestores de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y los expiden los servicios centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar la distribución de impagados y retrocesiones bancarias, correspondientes a pagos centralizados, a las direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o centros gestores de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social y se expiden por los servicios centrales de la Tesorería General de la Seguridad Social y de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
Estos documentos se utilizan para registrar los movimientos relativos al fondo de maniobra y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar las propuestas de pago por operaciones no presupuestarias formuladas a las cajas pagadoras y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para registrar la ordenación del pago no presupuestario y se expiden por todas las cajas pagadoras.
Estos documentos se utilizan para registrar la realización del pago y se expiden por todas las cajas pagadoras.
Estos documentos se utilizan para registrar el traspaso de conceptos no presupuestarios a otros centros y se expiden por todos los centros de gestión.
Estos documentos se utilizan para el registro de asientos directos de operaciones no presupuestarias y se expiden por todos los centros de gestión.
Existen dos modalidades de expedición de estos documentos. Una de ellas contemplará exclusivamente conceptos no presupuestarios y la otra incluirá, además, una cuenta del plan no relacionada con dichos conceptos.
En el primer caso, el total de los conceptos identificados con la letra «D» deberá coincidir con el total de los conceptos identificados con la letra «H». En el segundo caso, todos los conceptos no presupuestarios deberán tener el mismo identificativo y la suma de sus importes parciales habrá de coincidir con el de la cuenta consignada en la parte inferior del cuerpo central del documento, que deberá presentar identificativos contrarios.