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La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Para ello, crea el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, definiéndolo en el artículo 2.1 como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo.
El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, tal como indica el artículo 7.1, se crea con la finalidad de facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral. Dicho catálogo está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo y por la formación asociada a las mismas, que se organiza en módulos formativos.
En desarrollo del artículo 7, se establecieron la estructura y el contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre. Con arreglo al artículo 3.2, según la redacción dada por este último real decreto, el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales permitirá identificar, definir y ordenar las cualificaciones profesionales y establecer las especificaciones de la formación asociada a cada unidad de competencia; así como establecer el referente para evaluar y acreditar las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.
Por el presente real decreto se establecen seis nuevas cualificaciones profesionales, correspondientes a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, que se definen en los Anexos 572 a 577, así como sus correspondientes módulos formativos, avanzando así en la construcción del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.
Según establece el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, corresponde a la Administración General del Estado, en el ámbito de la competencia exclusiva que le es atribuida por el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución Española, la regulación y la coordinación del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, sin perjuicio de las competencias que corresponden a las comunidades autónomas y de la participación de los agentes sociales.
Las comunidades autónomas han participado en la elaboración de las cualificaciones que se anexan a la presente norma a través del Consejo General de Formación Profesional en las fases de solicitud de expertos para la configuración del Grupo de Trabajo de Cualificaciones, contraste externo y en la emisión del informe positivo que de las mismas realiza el propio Consejo General de Formación Profesional, necesario y previo a su tramitación como Real Decreto.
Conforme al artículo 7.2 de la misma ley orgánica, se encomienda al Gobierno, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, determinar la estructura y el contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y aprobar las cualificaciones que proceda incluir en el mismo, así como garantizar su actualización permanente. El presente real decreto ha sido informado por el Consejo General de Formación Profesional y por el Consejo Escolar del Estado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre.
En la redacción final del proyecto y de los anexos que lo acompañan se han tenido en cuenta las observaciones del Dictamen del Consejo Escolar del Estado Nº 67/2010, de 5 de octubre, en relación con los errores detectados en la parte dispositiva del proyecto y la actualización de las titulaciones universitarias de los formadores a la normativa vigente.
En su virtud, a propuesta de los Ministros de Educación y de Trabajo e Inmigración, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de junio de 2011,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Este real decreto tiene por objeto establecer determinadas cualificaciones profesionales y sus correspondientes módulos formativos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales regulado por el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre. Dichas cualificaciones y su formación asociada correspondiente tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional y no constituyen una regulación del ejercicio profesional.
Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se establecen.
Las Cualificaciones profesionales que se establecen corresponden a la Familia Profesional Marítimo-Pesquera son las que a continuación se relacionan, ordenadas por Niveles de cualificación, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:
Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas. Nivel 1. Anexo DLXXII.
Mantenimiento de los equipos de un parque de pesca y de la instalación frigorífica. Nivel 2. Anexo DLXXIII.
Operaciones de bombeo para carga y descarga en buques. Nivel 2. Anexo DLXXIV.
Operaciones de coordinación en cubierta y parque de pesca. Nivel 2. Anexo DLXXV.
Documentación pesquera. Nivel 3. Anexo DLXXVI.
Observación de la actividad y control de las capturas de un buque pesquero. Nivel 3. Anexo DLXXVII.
Disposición adicional única. Actualización.
Atendiendo a la evolución de las necesidades del sistema productivo y a las posibles demandas sociales, en lo que respecta a las cualificaciones establecidas en el presente real decreto, se procederá a una actualización del contenido de los anexos cuando sea necesario, siendo en todo caso antes de transcurrido el plazo de cinco años desde su publicación.
Disposición final primera. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia profesional Marítimo-Pesquera establecidas en el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, se modifican las cualificaciones profesionales establecidas por el mismo real decreto como Anexos IV, V y VI:
Uno. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo IV «Actividades en pesca de palangre, arrastre y cerco y en transporte marítimo» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra y mantenimiento del buque», con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1_ «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 360 horas a 310 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación eliminando del apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes las ocupaciones de «amarrador», «contramaestre» y «redero»; sustituyendo la ocupación de «marinero (de pesca y mercante)» por «marinero-pescador y marinero de puente»; e incorporando la ocupación de «marinero».
Dos. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo V, «Confección y mantenimiento de artes y aparejos», perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra y mantenimiento del buque», con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 460 horas a 410 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación sustituyendo la ocupación de «marinero de pesca» por «marinero-pescador» e incorporando la ocupación de «marinero».
Tres. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo VI, «Manipulación y conservación en pesca y acuicultura», perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra y mantenimiento del buque», con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 525 horas a 495 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación incorporando las ocupaciones de «marinero» y «marinero-pescador».
Disposición final primera. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia profesional Marítimo-Pesquera establecidas en el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, se modifican las cualificaciones profesionales establecidas por el mismo real decreto como Anexos IV, V y VI:
Uno. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo IV "Actividades en pesca de palangre, arrastre y cerco y en transporte marítimo" perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera" y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 "Labores de cubierta en buque de pesca", con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 360 horas a 310 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 "Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas" perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación eliminando del apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes las ocupaciones de "amarrador", "contramaestre" y "redero"; sustituyendo la ocupación de "marinero (de pesca y mercante)" por "marinero-pescador y marinero de puente"; e incorporando la ocupación de "marinero".
Dos. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo V, "Confección y mantenimiento de artes y aparejos", perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera" y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 "Labores de cubierta en buque de pesca", con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 460 horas a 410 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 "Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas" perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación sustituyendo la ocupación de "marinero de pesca" por "marinero-pescador" e incorporando la ocupación de "marinero".
Tres. Se modifica la cualificación profesional establecida como Anexo VI, "Manipulación y conservación en pesca y acuicultura", perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera" y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 "Labores de cubierta en buque de pesca", con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 525 horas a 475 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 "Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas" perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación incorporando las ocupaciones de "marinero" y "marinero-pescador".
Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 1587/2012, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-2012-14816.
Disposición final segunda. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia profesional Marítimo-Pesquera establecidas en el Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diecisiete cualificaciones profesionales de nivel 1, correspondientes a determinadas familias profesionales.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, se modifica la cualificación profesional establecida por el mismo real decreto como Anexo CDIV, «Amarre de puerto y monoboyas», perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra y mantenimiento del buque», con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 260 horas a 210 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación incorporando en el apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes la ocupación de «marinero».
Disposición final segunda. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia profesional Marítimo-Pesquera establecidas en el Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diecisiete cualificaciones profesionales de nivel 1, correspondientes a determinadas familias profesionales.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1179/2008, de 11 de julio, se modifica la cualificación profesional establecida por el mismo real decreto como Anexo CDIV, "Amarre de puerto y monoboyas", perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera, eliminando la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, modificándose la duración total de la formación asociada a la cualificación de 260 horas a 180 horas. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación incorporando en el apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes la ocupación de "marinero".
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 1587/2012, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-2012-14816.
Disposición final tercera. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia profesional Marítimo-Pesquera establecidas en el Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales mediante el establecimiento de seis cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Marítimo Pesquera, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero, se modifica la cualificación profesional establecida por el mismo real decreto como Anexo CCXXX «Actividades en pesca con artes de enmalle y marisqueo, y en transporte marítimo», sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque» y el módulo formativo asociado MF0010_1 «Maniobra y mantenimiento del buque», con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 «Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera» y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 «Labores de cubierta en buque de pesca», con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 260 horas a 210 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 «Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas» perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación eliminando en el apartado del ámbito profesional la expresión «sin límites», e incorporando en el apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes la ocupación de «marinero».
Disposición final tercera. Actualización de determinadas cualificaciones profesionales de la Familia profesional Marítimo-Pesquera establecidas en el Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales mediante el establecimiento de seis cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Marítimo Pesquera, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero, se modifica la cualificación profesional establecida por el mismo real decreto como Anexo CCXXX "Actividades en pesca con artes de enmalle y marisqueo, y en transporte marítimo", sustituyendo respectivamente la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones básicas de arranchado, maniobra y mantenimiento del buque" y el módulo formativo asociado MF0010_1 "Maniobra y mantenimiento del buque", con una duración de 80 horas, por la unidad de competencia UC0010_1 "Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera" y su correspondiente módulo formativo MF0010_1 "Labores de cubierta en buque de pesca", con una duración de 30 horas, modificándose igualmente la duración total de la formación asociada a la cualificación de 330 horas a 280 horas; que se establecen en este real decreto en el Anexo 572_1 "Actividades de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas" perteneciente a la Familia profesional Marítimo-Pesquera. Asimismo, se modifica el entorno profesional de la cualificación eliminando en el apartado del ámbito profesional la expresión "sin límites de tonelaje", e incorporando en el apartado de Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes la ocupación de "marinero" y se elimina "contramaestre".
Se modifica por el art. único.3 del Real Decreto 1587/2012, de 23 de noviembre. Ref. BOE-A-2012-14816.
Disposición final cuarta. Título competencial.
Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª, sobre regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales y 30.ª de la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.
Disposición final quinta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 24 de junio de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de la Presidencia,
RAMÓN JÁUREGUI ATONDO
ANEXO DLXXII
CUALIFICACIÓN PROFESIONAL: ACTIVIDADES DE EXTRACCIÓN Y RECOGIDA DE CRUSTÁCEOS ADHERIDOS A LAS ROCAS
Familia Profesional: Marítimo - Pesquera
Nivel: 1
Código: MAP572_1
Competencia general
Realizar actividades de extracción y preparación para la venta de crustáceos adheridos a las rocas en zonas de alta exposición al oleaje, cumpliendo lo dispuesto en materia de seguridad y salud laboral y protección al medio natural.
Unidades de competencia
UC0010_1: Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera.
UC1889_1: Realizar las actividades de extracción y preparación para la venta de crustáceos adheridos a las rocas en zonas de alta exposición al oleaje.
UC0733_1: Actuar en emergencias marítimas y aplicar las normas de seguridad en el trabajo.
Entorno Profesional
Ámbito Profesional
Desarrolla su actividad profesional en el área de extracción de recursos marisqueros, dentro de una organización del sector pesquero, ya sea como trabajador por cuenta ajena, dependiendo funcional y jerárquicamente de un superior o por cuenta propia. Su actividad profesional está sometida a regulación por la Administración competente.
Sectores Productivos
Se ubica en el sector de la pesca y marisqueo, y concretamente en las actividades productivas de extracción de recursos.
Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes
Marinero.
Marinero pescador.
Percebero a flote.
Percebero a pie.
Formación Asociada
(150 horas)
Módulos Formativos
MF0010_1: Labores de cubierta en buque de pesca. (30 horas)
MF1889_1: Labores de extracción y preparación para la venta de crustáceos adheridos a las rocas. (60 horas)
MF0733_1: Seguridad y primeros auxilios a bordo. (60 horas)
UNIDAD DE COMPETENCIA 1: CONTRIBUIR A LAS OPERACIONES DE CUBIERTA EN UNA EMBARCACIÓN PESQUERA
Nivel: 1
Código: UC0010_1
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP 1: Intervenir en las operaciones básicas relacionadas con el arranchado, labores de carga y descarga del buque de pesca y auxiliar de acuicultura, siguiendo las instrucciones del superior y en condiciones de seguridad, con el fin de mantener el buque a «son de mar».
CR 1.1 Las provisiones y pertrechos se recepcionan, estiban y almacenan aplicando técnicas de prevención de riesgos y siguiendo las instrucciones recibidas de su superior, a fin de que se cumplan los criterios de peso, volumen y localización.
CR 1.2 La carga, descarga y traslado de pesos se realiza siguiendo las órdenes del superior, mediante los dispositivos de movilización y observando las normas de seguridad en el buque para evitar accidentes que puedan repercutir tanto en el buque como en la carga o la tripulación.
CR 1.3 La estiba en bodega o nevera, embarque o desembarque del pescado, se efectúa bajo la supervisión de un superior, atendiendo a la naturaleza y embalaje del producto para su buena conservación.
RP 2: Realizar operaciones vinculadas a las maniobras del buque de pesca o auxiliar de acuicultura en puerto, así como su gobierno y guardia, vigía y mantenimiento, siguiendo las instrucciones de su superior y en condiciones de seguridad, con objeto de garantizar su manejo y operatividad.
CR 2.1 Los cabos, cables, cadenas, defensas y demás elementos para las maniobras, se preparan y utilizan según las órdenes del superior, a fin de evitar faltas y roturas.
CR 2.2 Las guardias de vigía y timón se realizan atendiendo a las órdenes del superior, observando los posibles blancos y luces en el horizonte y vigilando los compases, para garantizar la navegación del buque pesquero.
CR 2.3 Los trabajos de limpieza, engrase y/o lubrificación, rascado y pintado se efectúan aplicando las técnicas y productos requeridos, para la adecuada conservación del buque.
CR 2.4 El manejo con fines comerciales de embarcaciones de menos de diez metros, dedicadas a la pesca o auxiliar de acuicultura que no transporten pasajeros se realiza con destreza para optimizar su uso.
RP 3: Ejecutar las faenas de pesca, la manipulación y la conservación de los productos pesqueros y acuícolas, observando las normas de seguridad, higiene y protección de los recursos, siguiendo las instrucciones recibidas de su superior, a fin de garantizar la actividad pesquera y la optimización de los recursos.
CR 3.1 Las faenas de pesca se realizan con eficacia y seguridad, bajo las indicaciones de un superior, atendiendo al tipo de buque y equipo de pesca a utilizar, con objeto de evitar daños y averías que puedan retrasar la actividad pesquera.
CR 3.2 Las capturas se manipulan y conservan atendiendo a las normas sobre higiene en el parque de pesca y a la legislación sobre manipulación de los productos de la pesca, a fin de obtener una explotación óptima de la actividad.
CR 3.3 La contaminación marina se previene aplicando la normativa vigente de protección del medio marino y sus recursos, siguiendo las indicaciones del superior, para no causar daños medioambientales.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Jarcia firme y de labor (cables, cabos, grilletes, útiles y herramientas necesarios para la carga, descarga, estiba y almacenamiento). Equipos auxiliares de maniobra (grúas, molinete, cabrestante, maquinillas, chigres, haladores, entre otros). Equipos de gobierno y vigilancia (compás magnético, girocompás, timón, prismáticos, entre otros). Equipo de herramientas para mantenimiento y conservación del buque (rasquetas, brochas, pinturas, grasas, aceites, carpintería básica, entre otros). Útiles, aparejos y artes. Maquinaria de pesca de cubierta. Equipos para la manipulación y conservación de los productos de la pesca y la acuicultura. Equipos de seguridad y supervivencia: botes, balsas, mangueras, extintores, entre otros.
Productos y resultados:
Estiba y arranche realizados. Faenas de carga, descarga y traslado de pesos efectuadas en tiempo y con seguridad. Estiba, embarque y desembarque del pescado, realizadas. Maniobras de atraque, desatraque, fondeo y remolque del buque, llevadas a cabo. Guardias de vigilancia y timón, cumplidas. Buque en buen estado de conservación. Faenas de pesca ejecutadas. Productos pesqueros y acuícolas manipulados y conservados. Respeto al medio marino. Ropa, iluminación, maquinaría y elementos de trabajo en buen estado de conservación. Elementos de seguridad y salvamento operativos.
Información utilizada o generada:
Órdenes del superior. Vocabulario pesquero. Reglamento Internacional de Señales. Legislación sobre protección del medio marino y sus recursos. Normativa sobre prevención de riesgos laborales.
UNIDAD DE COMPETENCIA 2: REALIZAR LAS ACTIVIDADES DE EXTRACCIÓN Y PREPARACIÓN PARA LA VENTA DE CRUSTÁCEOS ADHERIDOS A LAS ROCAS EN ZONAS DE ALTA EXPOSICIÓN AL OLEAJE
Nivel: 1
Código: UC1889_1
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP 1: Preparar y llevar a cabo el mantenimiento de uso de los útiles de trabajo, equipos de protección y materiales de ayuda empleados, para que la extracción de crustáceos adheridos a las rocas en zonas de alta exposición al oleaje pueda realizarse en condiciones de seguridad y máximo rendimiento de la actividad.
CR 1.1 Los útiles de trabajo se adaptan teniendo en cuenta las características de la especie objetivo y de las zonas de trabajo, tratando de causar el mínimo daño posible a las demás especies y al medio natural.
CR 1.2 La preparación y reparación de los útiles de trabajo, rasquetas, raspas y bolsas de red, así como la sustitución de cualquier parte dañada, se realiza de forma eficaz para garantizar su funcionalidad.
CR 1.3 Los útiles de trabajo y los equipos de protección se lavan con agua dulce y se secan, cuando proceda, para evitar el deterioro del material.
CR 1.4 La indumentaria y los equipos de protección individual se utilizan teniendo en cuenta el plan de prevención de riesgos para garantizar la seguridad personal.
CR 1.5 Los materiales de ayuda utilizados durante la extracción (cuerdas, arneses, mosquetones, entre otros), se preparan y revisan al principio de cada jornada de trabajo para comprobar su estado de funcionamiento y al final de cada jornada para valorar su sustitución o reparación.
CR 1.6 La estiba de útiles de trabajo, equipos de protección y materiales de ayuda empleados, durante los periodos de inactividad se efectúa vigilando los parámetros de aireación y humedad, para evitar deterioros en los mismos y garantizar la seguridad de la actividad.
RP 2: Realizar las operaciones de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas en zonas de alta exposición al oleaje, observando las normas de seguridad y explotación de recursos, a fin de garantizar el rendimiento sostenible de la actividad y la conservación del medio.
CR 2.1 Las operaciones de extracción y recogida del recurso se realizan atendiendo al plan de gestión y/o explotación para garantizar una explotación sostenible y responsable.
CR 2.2 La zona de extracción, dentro del área definida en el plan de gestión y/o explotación, se selecciona en función de las condiciones meteorológicas (estado de la mar, viento y marea), para poder llevar a cabo el trabajo en condiciones de seguridad.
CR 2.3 La aproximación a pie o mediante embarcación, si la hubiera, a la zona de trabajo, se realizará atendiendo a las condiciones del tiempo, rompientes y relieve de la costa para evitar caídas, resbalones o ser arrastrados por los embates del mar.
CR 2.4 La actividad extractiva en la zona de trabajo se lleva a cabo utilizando los materiales de ayuda que procedan, para garantizar las condiciones de seguridad y obtener el máximo rendimiento de la actividad.
CR 2.5 La selección para llevar a cabo la posterior extracción del recurso, se realiza atendiendo a la calidad y limpieza de las piñas y tamaño de las cabezas de los individuos que la componen para garantizar la captura.
CR 2.6 La operación de extracción del recurso se realiza utilizando con una mano la rasqueta y separando la piña del sustrato y con la otra mano libre recogiendo el recurso e introduciéndolo en la bolsa de red.
CR 2.7 Las operaciones de extracción y recogida se efectúan atendiendo a las normas de seguridad y causando el menor daño posible a la zona de trabajo para evitar riesgos personales, daños al recurso y al medio ambiente.
CR 2.8 Las operaciones de rareo se realizan, si procede, en aquellas superficies donde se detecte gran cantidad de cría del recurso antes de que crezca, a fin de permitir que el resto de los individuos pueda desarrollarse más rápido y obtener una calidad superior.
RP 3: Efectuar las operaciones de clasificación y acondicionamiento para el transporte y conservación de las capturas para su venta, atendiendo a la calidad del producto y protocolos higiénico-sanitarios.
CR 3.1 Las capturas se limpian una vez extraídas, eliminando todo tipo de organismos asociados, restos de roca y suciedad, atendiendo a lo indicado en los protocolos higiénicos-sanitarios, para poder realizar su clasificación posterior.
CR 3.2 Los productos de deshecho asociados a las capturas extraídas se llevan a los puntos de recogida selectiva de residuos para producir los menores daños al medio ambiente.
CR 3.3 El producto resultante se lleva a los puntos de control recogidos en el plan de gestión y explotación para comprobar el cumplimiento de los protocolos de actuación.
CR 3.4 Las capturas se clasifican ocular y manualmente según tamaño y calidad en diferentes lotes para obtener el máximo beneficio en la primera venta.
CR 3.5 Los procesos de acondicionamiento para el transporte y conservación de las capturas hasta la primera venta, se realizan en función del medio de transporte, condiciones medioambientales y distancia, para garantizar su estado higiénico-sanitario y las condiciones de trazabilidad.
Contexto profesional:
Medios de producción:
Útiles de trabajo: rasquetas, raspas, salabardos, bolsas de red, entre otros. Materiales de ayuda, tales como cuerdas, arneses, mosquetones, navajas, aletas, boyas, equipos de comunicación. Equipos de protección: EPIs (equipos de protección individual), cascos, rodilleras, guantes, chalecos salvavidas, traje de neopreno, escarpines, calzado antideslizante. Recipientes de plástico para el transporte de las capturas. Embarcación.
Productos y resultados:
Preparación y mantenimiento de uso de útiles de trabajo, equipos de protección y materiales de ayuda empleados en la extracción de crustáceos adheridos a las rocas en zonas de alta exposición al oleaje. Extracción y recogida de crustáceos. Rendimiento sostenible de la actividad. Clasificación y acondicionamiento para el transporte y conservación de las capturas para la venta.
Información utilizada o generada:
Instrucciones de uso de diferentes equipos y materiales de ayuda. Plan de gestión y/o explotación de la zona (tallas mínimas, vedas, topes de capturas, paros biológicos, zonas y épocas de extracción). Normativa de prevención de riesgos laborales. Información meteorológica (partes de estado de la zona de trabajo). Tablas de mareas. Protocolos de actuación higiénico-sanitarios.
UNIDAD DE COMPETENCIA 3: ACTUAR EN EMERGENCIAS MARÍTIMAS Y APLICAR LAS NORMAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO
Nivel: 1
Código: UC0733_1
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP 1: Actuar en caso de abandono de buque y supervivencia en la mar siguiendo las instrucciones establecidas en los planes de emergencia, para salvaguardar la seguridad personal y colaborar en la seguridad del buque.
CR 1.1 La ubicación de los dispositivos salvavidas del buque, del equipo de protección personal y de las embarcaciones de supervivencia se localizan e identifican, de acuerdo con el cuadro orgánico del buque, con el fin de ser utilizados en casos de emergencia.
CR 1.2 Las medidas a tomar en caso de abandono de buque son adoptadas, siguiendo las instrucciones señaladas en los planes de emergencia, con el fin de contribuir al éxito de las operaciones.
CR 1.3 Las actuaciones en la mar y a bordo de las embarcaciones de supervivencia se ejecutan, siguiendo procedimientos establecidos, para prevenir la seguridad de la vida humana en la mar.
CR 1.4 Las instrucciones se interpretan con claridad en el idioma oficial o inglés normalizado (OMI).
RP 2: Ejecutar las operaciones de prevención y lucha contra-incendios, de acuerdo con el plan de emergencia, para preservar la seguridad del buque y su tripulación.
CR 2.1 Las medidas a adoptar para la prevención de incendios a bordo se llevan a cabo, siguiendo los procedimientos e instrucciones de precaución y vigilancia establecidos, con el fin de evitar que se originen.
CR 2.2 Los dispositivos y equipos de lucha contra-incendios y las vías de evacuación en casos de emergencia son localizados e identificados, interpretando las señalizaciones de a bordo y los sistemas automáticos de alarma con el fin de su utilización en este tipo de emergencias.
CR 2.3 Los métodos, agentes, procedimientos y el equipo respiratorio empleados en la lucha contra-incendios y en operaciones de rescate se utilizan, en caso de incendio a bordo, teniendo en cuenta el tipo y fuente de ignición, con el fin de evitar su propagación, lograr su extinción y el rescate de personas en peligro.
RP 3: Colaborar en la aplicación de medidas urgentes de primeros auxilios, según los procedimientos establecidos, con el fin de minimizar los daños en casos de accidentes a bordo.
CR 3.1 Los útiles, medicamentos y material de curas incluidos en el botiquín de primeros auxilios, se utilizan en situaciones de emergencia para auxiliar a los accidentados a bordo.
CR 3.2 El tratamiento y los cuidados con los accidentados a bordo en casos de asfixia, parada cardiaca, hemorragias, shock, heridas y quemaduras, se llevan a cabo siguiendo los procedimientos establecidos para cada caso, con el fin de minimizar los daños a los pacientes.
CR 3.3 Las actuaciones en casos de traumatismos, rescate y transporte de accidentados se realizan según protocolos establecidos para evitar en la medida de lo posible daños a los accidentados.
RP 4: Adoptar las medidas de seguridad personal y evitar daños al medio marino según la legislación establecida para cumplir la normas relativas a la seguridad en el trabajo y de prevención de la contaminación.
CR 4.1 La información relativa a la seguridad en la utilización de equipos y medios de supervivencia, protección personal, ambiental y de socorro, se interpreta según la normativa establecida, para minimizar los riesgos derivados de efectuar trabajos a bordo.
CR 4.2 Los trabajos a realizar en cualquier lugar del buque se efectúan de acuerdo con la normativa de prevención de riesgos laborales, utilizando los dispositivos y medios de protección personal con el fin de preservarse de los peligros que puedan presentarse a bordo.
CR 4.3 Las medidas a tomar para evitar la contaminación marina se aplican de acuerdo con la normativa establecida para no causar daños accidentales u operacionales al medio marino.
CR 4.4 Las instrucciones se interpretan con claridad en el idioma oficial o inglés normalizado (OMI).
Contexto profesional:
Medios de producción:
Aros salvavidas, chalecos salvavidas, trajes de supervivencia en la mar, ayudas térmicas. Botes salvavidas, balsas salvavidas, botes de rescate. Dispositivos para puesta a flote de balsas salvavidas. Equipo de las embarcaciones de supervivencia, radiobaliza de localización, respondedor de radar, señales pirotécnicas de socorro, cohetes y bengalas, señales fumígenas, heliógrafo, estación portátil de socorro, ancla flotante etc. Red de agua contra-incendios: Bombas. Aspersores. Válvulas. Hidrantes. Cañones. Mangueras. Lanzas. Agentes Extintores: Polvo seco. Arena. Agua. Espuma. Vapor. CO2. Gas inerte. Equipos de lucha contra-incendios Extintores Móviles (Manuales. De carro) Sistemas fijos (de espuma, de CO2, de polvo) Sistemas de detección: alarmas, detectores de humo, detectores de calor entre otros. Equipos de respiración: autónomos y manuales. Máscaras. Botella. Equipos de protección personal: Trajes. Casco. Guantes. Botas. Botiquín reglamentario. Equipos de protección individual y colectiva: arneses, guindolas, guantes, cascos, gafas, cinturones, ropa, calzado entre otros, y todo el material de uso en el trabajo de acuerdo con la ley de protección de riesgos laborales. Medios para prevenir la contaminación: Material necesario de acuerdo con el convenio MARPOL 73/78.
Productos y resultados:
Ejercicios de abandono de buque y supervivencia en la mar y búsqueda y rescate de náufragos. Ejercicios de adiestramiento en la lucha contra-incendios. Técnicas de asistencia sanitaria a accidentados a bordo. Trabajos en cualquier lugar del buque sin accidentes. Descargas de deshechos y vertidos al mar ajustados al convenio MARPOL 73/78.
Información utilizada o generada:
Plan nacional de Salvamento Marítimo y de lucha contra la contaminación. Convenio SOLAS (Sevimar) Manual MERSAR de búsqueda y rescate. MOB (hombre al agua) del G.P.S en caso de hombre al agua. Manuales sobre materiales inflamables y combustibles. Manual de primeros auxilios a bordo. Ley de prevención de riesgos laborales. Vocabulario marítimo de la Organización Marítima Internacional (OMI).
MÓDULO FORMATIVO 1: LABORES DE CUBIERTA EN BUQUE DE PESCA
Nivel: 1
Código: MF0010_1
Asociado a la UC: Contribuir a las operaciones de cubierta en una embarcación pesquera
Duración: 30
horas
Capacidades y criterios de evaluación:
C1: Diferenciar y denominar las partes, elementos y equipos del buque de pesca y sus denominaciones en lo que corresponde al casco, cubierta y elementos de carga y descarga.
CE1.1 Distinguir la nomenclatura de las partes de un buque y de sus elementos fijos y móviles, a fin de localizarlos en el plano de un buque pesquero.
CE1.2 En un supuesto práctico de arranche del buque pesquero:
– Recepcionar los pertrechos, provisiones y demás cargas recibidas, detectando si hay deficiencias en los mismos.
– Arranchar y estibar los elementos anteriores en los pañoles, bodegas y otros espacios del buque, atendiendo a la naturaleza de la carga.
CE1.3 Identificar los dispositivos de movilización para realizar las operaciones de carga, descarga y traslado de pesos en el buque pesquero, atendiendo a la carga a manipular.
CE1.4 Describir secuencialmente las actividades que se realizan en una operación de embarque, desembarque y estiba de pescado atendiendo a la naturaleza y embalaje del producto.
CE1.5 En un supuesto práctico de arranche, que contemple en aguas interiores de puertos, el manejo con fines comerciales de embarcaciones de menos de diez metros, dedicadas a la pesca o auxiliar de acuicultura que no transporten pasajeros.
CE1.6 En un supuesto práctico de arranche de un buque, realizar las operaciones básicas de arranchado y labores de carga y descarga, en condiciones de seguridad y atendiendo a la naturaleza de la carga, que aseguren la estiba y eviten la rotura y deterioro de las mercancías.
C2: Aplicar procesos de realización de maniobras, gobierno, vigía, guardia y operaciones de mantenimiento del buque de pesca o auxiliar de acuicultura que contribuyen a la operatividad del mismo.
CE2.1 Describir las actividades que se realizan en las maniobras de atraque, desatraque, fondeo y remolque, para identificar las faenas de un buque pesquero en puerto.
CE2.2 Interpretar las señales acústicas, luces y otros objetos que puedan divisarse durante la guardia.
CE2.3 En un supuesto práctico de gobierno del buque pesquero:
– Mantener el rumbo con el timón, cualquiera que sea el sistema de lectura del compás, para acreditar su identificación.
– Realizar cambios de rumbo utilizando el timón.
CE2.4 En un supuesto práctico de mantenimiento del buque pesquero:
– Realizar los trabajos de limpieza, rascado y repintado de las partes del buque que lo necesiten, a fin de evitar la oxidación de los materiales.
– Engrasar y/o lubrificar, entre otros, los pescantes, pastecas, chigres, maquinillas del buque de pesca o auxiliar de acuicultura, manteniendo los elementos móviles en estado de funcionamiento.
CE2.5 En un supuesto práctico de maniobras, guardia y mantenimiento, que contemple en aguas interiores de puertos el manejo, con fines comerciales, de embarcaciones de menos de diez metros, dedicadas a la pesca o auxiliar de acuicultura que no transporten pasajeros, ejecutar las maniobras del buque de pesca o auxiliar de acuicultura en puerto, gobierno, vigía y mantenimiento, con seguridad, eficacia y observando la reglamentación vigente sobre luces y señales, que eviten riesgos marítimos y aseguren el estado de la embarcación.
C3: Aplicar procesos de largado y virado, manipulación y conservación de los productos pesqueros y acuícolas según el arte y tipo de buque de que se trate, teniendo en cuenta las condiciones de seguridad, salud laboral, salubridad y normativa sobre el recurso pesquero.
CE3.1 Explicar las maniobras de largado y virado, teniendo en cuenta el buque y tipo de pesca y que las mismas se deben desarrollar con rapidez y seguridad.
CE3.2 En un supuesto práctico de manipulación y conservación del producto pesquero y/o acuícola:
– Realizar las operaciones de manipulación, evitando la alteración de la calidad del pescado capturado.
– Efectuar el proceso que garantice la conservación de dichas capturas, teniendo en cuenta las precauciones que deben considerarse según las prácticas al uso, para el buen estado pesquero y acuícola del producto a la descarga.
CE3.3 Reconocer la normativa vigente en relación a las actuaciones desarrolladas por buques de pesca o auxiliares de acuicultura relativas a la protección del recurso y el cuidado del medio marino.
CE3.4 Identificar los medios y elementos susceptibles de poner en riesgo la seguridad y/o salud del tripulante, durante las faenas de pesca, elaboración y conservación.
CE3.5 En un supuesto práctico de actividades pesqueras, efectuar las operaciones pesqueras y acuícolas, manipulando y conservando los productos conforme las normas higiénicas establecidas, que lleven a optimizar la actividad pesquera a la vez que se respeta el medio marino.
Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:
C1 respecto a CE1.2, CE1.5 y CE1.6; C2 respecto a CE2.3, CE2.4 y CE2.5; C3 respecto a CE3.2 y CE3.5.
Otras capacidades:
Adaptarse a la organización integrándose en el sistema de relaciones técnico-laborales.
Interpretar y ejecutar las instrucciones que recibe y responsabilizarse de la labor que desarrolla, comunicándose de forma eficaz con la persona adecuada en cada momento.
Organizar y ejecutar la actividad de acuerdo a las instrucciones recibidas, con criterios de calidad y seguridad, aplicando los procedimientos establecidos.
Habituarse al ritmo de trabajo cumpliendo los objetivos de rendimiento diario definidos en la organización.
Mostrar en todo momento una actitud de respeto hacia los compañeros, procedimientos y normas internas.
Contenidos:
1. Operaciones de arranchado, maniobras, gobierno, vigía, pesca y mantenimiento del buque
Concepto, conocimiento y denominación de los diferentes elementos y equipos del buque: definición de buque, dimensiones principales, ligera descripción de su estructura. Cubiertas y bodegas. Obra viva y obra muerta. Calados, elementos fijos y móviles. Cabullería: jarcia firme y de labor. Anclas, rezones, cadenas y cables. Operaciones con cabos y alambres: nudos, gazas, ayustes y costuras.
Operaciones de carga y descarga: movimiento de pesos a bordo. Embarque, desembarque y estiba de pescado, pertrechos y provisiones.
Maniobras del buque en puerto: manejo de chigres y maquinillas. Dar y largar amarras. Abozar cabos y estachas. Encapillar y desencapillar cabos y estachas en norays o bitas. Maniobras básicas de atraque, desatraque, fondeo y remolque. Expresiones comunes utilizadas durante las maniobras.
Gobierno del buque, servicios de vigía y guardia: utilización de compases magnéticos y girocompás. Órdenes al timonel. Deberes del vigía. Nociones sobre el Reglamento Internacional de Señales (señales acústicas, luces y otros objetos).
Operaciones de mantenimiento a bordo: mantenimiento del buque (rascado y pintado de superestructuras y equipos de cubierta).
2. Operaciones de pesca y manipulación de las capturas considerando la aplicación de riesgos laborales y protección del medio marino
Seguridad y salud en las faenas de la pesca. Clases de buques pesqueros.
Manipulación y conservación de los productos de la pesca y la acuicultura.
Protección del medio marino y sus recursos.
Parámetros de contexto de la formación:
Espacios e instalaciones:
Buque de prácticas. (Espacio singular no necesariamente ubicado en el centro de formación).
Taller de seguridad y supervivencia de 60 m².
Perfil profesional del formador o formadora:
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con operaciones de cubierta en una embarcación pesquera, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:
– Formación académica de Técnico Superior o de otras de superior nivel relacionadas con este campo profesional.
– Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
MÓDULO FORMATIVO 2: LABORES DE EXTRACCIÓN Y PREPARACIÓN PARA LA VENTA DE CRUSTÁCEOS ADHERIDOS A LAS ROCAS
Nivel: 1
Código: MF1889_1
Asociado a la UC: Realizar las actividades de extracción y preparación para la venta de crustáceos adheridos a las rocas en zonas de alta exposición al oleaje
Duración: 60 horas
Capacidades y criterios de evaluación:
C1: Aplicar procesos de preparación y mantenimiento de útiles de trabajo, equipos de protección y materiales de ayuda a emplear en la extracción de crustáceos adheridos a las rocas, teniendo en cuenta la seguridad y la prevención de riesgos.
CE1.1 Describir sobre un plano las modificaciones a realizar en los útiles de trabajo, en función de la especie objetivo, zona de trabajo y minimización de daños al medio natural.
CE1.2 Enumerar los puntos a tener en cuenta a efectos de preparación y reparación de los útiles de trabajo, rasquetas, raspas y bolsas de red, que garanticen su rendimiento conforme a la práctica diaria.
CE1.3 Explicar los trabajos de limpieza a realizar en los útiles de trabajo y equipos de protección, una vez utilizados, para evitar el deterioro del material.
CE1.4 Enumerar la indumentaria y los equipos de protección individual, así como las condiciones que deben cumplir, teniendo en cuenta el trabajo a realizar y la importancia de la seguridad en este tipo de actividad.
CE1.5 Explicar las pruebas y revisiones a efectuar a los materiales de ayuda utilizados durante la extracción, antes y después de cada jornada de trabajo.
CE1.6 Describir el tratamiento y cuidados a emplear para la conservación y estiba de los útiles de trabajo, equipos de protección y materiales de ayuda, durante los periodos de inactividad.
CE1.7 En un supuesto práctico de preparación de útiles de trabajo, materiales de ayuda y equipos de protección individual:
– Sustituir o reparar, si procede, las cuerdas, raspas, bolsas de red, arneses y mosquetones que se emplearon en una jornada de trabajo.
– Revisar los equipos de protección utilizados en una jornada de trabajo y repararlos, si fuera necesario.
C2: Aplicar operaciones de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas, teniendo en cuenta características de las zonas de trabajo y condiciones meteorológicas, para que éstas se desarrollen con seguridad, garantizando el rendimiento sostenible.
CE2.1 Identificar aquellos apartados de un plan de gestión y/o explotación que afecten a las actividades de extracción de crustáceos, teniendo en cuenta las particularidades del propio plan.
CE2.2 Fijar zonas de trabajo que permitan realizar operaciones de extracción con seguridad, considerando condiciones meteorológicas y riesgos existentes.
CE2.3 Describir condiciones climáticas y geográficas a tener en cuenta para la aproximación por tierra y por mar de forma segura a zonas de extracción.
CE2.4 Indicar parámetros a observar en las piñas del producto objetivo, garantizando una captura rentable.
CE2.5 Identificar las normas a tener en cuenta durante las operaciones de extracción y recogida del crustáceo respecto a la seguridad personal y daños al recurso y al medio ambiente.
CE2.6 En un supuesto práctico de extracción del recurso y teniendo en cuenta las condiciones de seguridad:
– Utilizar los materiales de ayuda y los equipos de protección individual.
– Llevar a cabo la operación de extracción del recurso.
CE2.7 En un supuesto práctico de rareo en una zona de extracción del recurso, teniendo en cuenta las condiciones de seguridad, realizar dicha práctica tirando al mar el recurso extraído, garantizando la permanencia del ciclo biológico marino.
C3: Aplicar procesos de clasificación y acondicionamiento para el transporte y conservación de capturas para su venta, teniendo en cuenta los protocolos higiénico-sanitarios, de manera que se preserve la calidad del producto.
CE3.1 Describir las operaciones a realizar para la limpieza del producto, enumerando los elementos a eliminar.
CE3.2 Enumerar los pasos a realizar para eliminar los productos de deshecho asociados a las capturas extraídas teniendo en cuenta la protección al medio ambiente.
CE3.3 Identificar aquellos apartados de un plan de gestión y/o explotación respecto a la comprobación de cantidades y tamaños del producto que se extrae, teniendo en cuenta las particularidades del propio plan.
CE3.4 Enumerar los parámetros a vigilar en cuanto al transporte y conservación del producto, garantizando su trazabilidad y condiciones higiénico-sanitarias en la primera venta.
CE3.5 En un supuesto práctico de clasificación de capturas, con el objetivo de conseguir el máximo beneficio en la primera venta:
– Agrupar las capturas en lotes según tamaño.
– Agrupar las capturas en lotes según interés comercial.
Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo:
C1 respecto a CE1.7; C2 respecto a CE2.6 y CE2.7; C3 respecto a CE3.5.
Otras capacidades:
Adaptarse a la organización integrándose en el sistema de relaciones técnico-laborales.
Interpretar y ejecutar las instrucciones que recibe y responsabilizarse de la labor que desarrolla, comunicándose de forma eficaz con la persona adecuada en cada momento.
Organizar y ejecutar la actividad de acuerdo a las instrucciones recibidas, con criterios de calidad y seguridad, aplicando los procedimientos establecidos.
Habituarse al ritmo de trabajo cumpliendo los objetivos de rendimiento diario definidos en la organización.
Mostrar en todo momento una actitud de respeto hacia los compañeros, procedimientos y normas internas.
Contenidos:
1. Caracterización de crustáceos adheridos a las rocas
El percebe: estructura interna y externa; reproducción; crecimiento; alimentación; hábitat, distribución; especies afines. Explotación racional del recurso: plan de gestión y/o explotación del recurso; rendimiento máximo biológico y rendimiento máximo económico: subexplotación y sobreexplotación. Rareo.
2. Extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas
Elementos para la extracción de crustáceos adheridos a las rocas: útiles (tipos y características); preparación, reparación y conservación. Equipos de protección: particularidades, cuidados y mantenimiento. Utilización atendiendo a la seguridad. Materiales de ayuda: clases y aprovechamiento. Pruebas y revisiones. Estiba de útiles, equipos de protección y materiales de ayuda.
Operaciones de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas. Condiciones climáticas y geográficas: viento y mar locales, relieve de la costa y formación del oleaje y los rompientes; mareas: amplitud, hora y altura. Partes meteorológicos. Operaciones a realizar: características de las piñas; corte o extracción; conservación de la captura; protección al recurso y medio ambiente.
3. Clasificación y acondicionamiento de crustáceos adheridos a las rocas para su transporte y comercialización
Limpieza de las piñas.
Clasificación del recurso por tamaños y cantidades.
Conservación del producto: protocolos higiénico-sanitarios de manipulación y transporte.
La primera venta. Las lonjas.
4. Seguridad en las operaciones de extracción y recogida de crustáceos adheridos a las rocas
Riesgos laborales en el proceso extractivo.
Los equipos de protección individual (EPIs).
Seguridad individual e implicaciones del compañero como base principal de seguridad.
Primeros auxilios en las operaciones de extracción y recogida de percebes.
Parámetros de contexto de la formación:
Espacios e instalaciones:
Aula polivalente de un mínimo de 2 m² por alumno o alumna.
Buque de prácticas. (Espacio singular no necesariamente ubicado en el centro de formación).
Perfil profesional del formador o formadora:
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la realización de las actividades de extracción y preparación para la venta de crustáceos adheridos a las rocas en zonas de alta exposición al oleaje, que se acreditará mediante una de las formas siguientes:
– Formación académica de Técnico Superior o de otras de superior nivel relacionadas con este campo profesional.
– Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con éste módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
MÓDULO FORMATIVO 3: SEGURIDAD Y PRIMEROS AUXILIOS A BORDO
Nivel: 1
Código: MF0733_1
Asociado a la UC: Actuar en emergencias marítimas y aplicar las normas de seguridad en el trabajo
Duración: 60
horas
Capacidades y criterios de evaluación:
C1: Reconocer y aplicar las medidas a tomar en caso de abandono de buque y supervivencia en la mar, según las órdenes recibidas ó lo dispuesto en el cuadro orgánico del buque, con el fin de prevenir la seguridad de la vida humana en la mar.
CE1.1 Describir las medidas e identificar los medios y dispositivos salvavidas a utilizar, en caso de abandono de buque, de acuerdo con el plan de emergencia establecido, con el fin de salvaguardar la vida de las tripulaciones.
CE1.2 Enumerar las actuaciones a tomar en la mar y en las embarcaciones de supervivencia, siguiendo procedimientos náuticos establecidos, con el fin de proteger la vida humana en la mar.
CE1.3 En un supuesto práctico de abandono de buque y supervivencia en la mar:
– Colocarse un chaleco salvavidas, saltar al agua y nadar para subir a la balsa, siguiendo instrucciones y procedimientos establecidos, con el fin de lograr sobrevivir en la mar.
– Adrizar una balsa salvavidas llevando el chaleco puesto, según procedimientos operacionales establecidos, para poder ser utilizada como medio de supervivencia.
– Utilizar el equipo de supervivencia de las embarcaciones, de acuerdo con las instrucciones y protocolos establecidos, con el fin de preservar la vida de las tripulaciones.
CE1.4 Interpretar mensajes orales o escritos en inglés normalizado (OMI).
C2: Identificar y adoptar las medidas, y utilizar los medios de prevención y lucha contra-incendios, siguiendo las instrucciones del plan de emergencia, para preservar la seguridad del buque y su tripulación.
CE2.1 Enumerar las m …
Explicación por IA a partir del texto oficial de la ley. Orientativa, no sustituye asesoramiento legal.