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Artículo 1264 Código Civil – Modificaciones de la incapacidad para prestar consentimiento

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO II – De los contratos › CAPÍTULO II – De los requisitos esenciales para la validez de los contratos › Sección 1.ª Del consentimiento · epígrafe no oficial

La incapacidad declarada en el artículo anterior está sujeta a las modificaciones que la ley determina, y se entiende sin perjuicio de las incapacidades especiales que la misma establece.

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