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Artículo 1859 Código Civil – Prohibición de apropiación de la prenda o hipoteca

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XV – De los contratos de prenda, hipoteca y anticresis › CAPÍTULO I – Disposiciones comunes a la prenda y a la hipoteca · epígrafe no oficial

El acreedor no puede apropiarse las cosas dadas en prenda o hipoteca, ni disponer de ellas.

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