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Artículo 333 Código Civil – Los animales y bienes como objeto de apropiación

Código Civil · LIBRO SEGUNDO – De los animales, de los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones › TÍTULO I – De la clasificación de los animales y de los bienes · epígrafe no oficial

Todas las cosas que son o pueden ser objeto de apropiación se consideran como bienes muebles o inmuebles. También pueden ser objeto de apropiación los animales, con las limitaciones que se establezcan en las leyes.

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