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Artículo 371 Código Civil – Propiedad estatal de las islas

Código Civil · LIBRO SEGUNDO – De los animales, de los bienes, de la propiedad y de sus modificaciones › TÍTULO II – De la propiedad › CAPÍTULO II – Del derecho de accesión › Sección 2.ª Del derecho de accesión respecto a los bienes inmuebles · epígrafe no oficial

Las islas que se forman en los mares adyacentes a las costas de España y en los ríos navegables y flotables, pertenecen al Estado.

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