Artículo 666 Código Civil – Momento de apreciación de la capacidad del testador
Código Civil · LIBRO TERCERO – De los diferentes modos de adquirir la propiedad › TÍTULO III – De las sucesiones › CAPÍTULO I – De los testamentos › Sección 1.ª De la capacidad para disponer por testamento · epígrafe no oficial
Para apreciar la capacidad del testador se atenderá únicamente al estado en que se halle al tiempo de otorgar el testamento.