Artículo 698 Código Civil – Concurrencia de testigos y peritos al otorgamiento
Código Civil · LIBRO TERCERO – De los diferentes modos de adquirir la propiedad › TÍTULO III – De las sucesiones › CAPÍTULO I – De los testamentos › Sección 5.ª Del testamento abierto · epígrafe no oficial
Al otorgamiento también deberán concurrir:
1.° Los testigos de conocimiento, si los hubiera, quienes podrán intervenir además como testigos instrumentales.
2.° Los facultativos que hubieran reconocido al testador incapacitado.
3.° El intérprete que hubiera traducido la voluntad del testador a la lengua oficial empleada por el Notario.
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