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Artículo 849 Código Civil – Forma de la desheredación

Código Civil · LIBRO TERCERO – De los diferentes modos de adquirir la propiedad › TÍTULO III – De las sucesiones › CAPÍTULO II – De la herencia › Sección 9.ª De la desheredación · epígrafe no oficial

La desheredación sólo podrá hacerse en testamento, expresando en él la causa legal en que se funde.

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