Artículo 916 Código Civil – Línea directa y colateral de parentesco
Código Civil · LIBRO TERCERO – De los diferentes modos de adquirir la propiedad › TÍTULO III – De las sucesiones › CAPÍTULO III – De la sucesión intestada › Sección 2.ª Del parentesco · epígrafe no oficial
La serie de grados forma la línea, que puede ser directa o colateral.
Se llama directa la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra.
Y colateral la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común.
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