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Artículo 5 Estatuto de los Trabajadores – Deberes laborales

Estatuto de los Trabajadores · TÍTULO I – De la relación individual de trabajo › CAPÍTULO I – Disposiciones generales › Sección 2.ª Derechos y deberes laborales básicos

Los trabajadores tienen como deberes básicos:

a)Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia.
b)Observar las medidas de prevención de riesgos laborales que se adopten.
c)Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.
d)No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta ley.
e)Contribuir a la mejora de la productividad.
f)Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.

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