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Artículo 822 LEC – Pago

Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) · LIBRO IV – De los procesos especiales › TÍTULO III – De los procesos monitorio y cambiario › CAPÍTULO II – Del juicio cambiario

Si el deudor cambiario atiende el requerimiento de pago se procederá como dispone el artículo 583, pero las costas serán de cargo del deudor.

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