Fuentes oficialesboe.es · EUR-Lex
Europaius

Artículo 106 Código Civil – Terminación de los efectos y medidas de separación

Código Civil · LIBRO PRIMERO – De las personas › TÍTULO IV – Del matrimonio › CAPÍTULO X – De las medidas provisionales por demanda de nulidad, separación y divorcio › Sección cuarta. De la separación – Se modifica la rúbrica por el art. 2 de la Ley de 24 de abril de 1958. Ref. BOE-A-1958-6677. · epígrafe no oficial

Los efectos y medidas previstos en este capítulo terminan, en todo caso, cuando sean sustituidos por los de la sentencia estimatoria o se ponga fin al procedimiento de otro modo.

La revocación de consentimientos y poderes se entiende definitiva.

Fuente oficial: boe.es · Versión: · Texto completo · Índice de artículos

Jurisprudencia sobre el Artículo 106 Código Civil

2

Otros artículos de esta división

Texto según la fuente oficial. Solo la publicación oficial tiene validez jurídica.