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Artículo 1602 Código Civil – Responsabilidad de los conductores por pérdida o avería

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO VI – Del contrato de arrendamiento › CAPÍTULO III – Del arrendamiento de obras y servicios › Sección 3.ª De los transportes por agua y tierra, tanto de personas como de cosas · epígrafe no oficial

Responden igualmente los conductores de la pérdida y de las averías de las cosas que reciben, a no ser que prueben que la pérdida o la avería ha provenido de caso fortuito o de fuerza mayor.

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