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Artículo 1661 Código Civil – Valoración de la finca en el censo reservativo

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO VII – De los censos › CAPÍTULO IV – Del censo reservativo · epígrafe no oficial

No puede constituirse válidamente el censo reservativo sin que preceda la valoración de la finca por estimación conforme de las partes o por justiprecio de peritos.

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