Artículo 1661 Código Civil – Valoración de la finca en el censo reservativo
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO VII – De los censos › CAPÍTULO IV – Del censo reservativo · epígrafe no oficial
No puede constituirse válidamente el censo reservativo sin que preceda la valoración de la finca por estimación conforme de las partes o por justiprecio de peritos.