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Artículo 1789 Código Civil – Supletoriedad de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XI – Del depósito › CAPÍTULO III – Del secuestro · epígrafe no oficial

En lo que no se hallare dispuesto en este Código, el secuestro judicial se regirá por las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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