Artículo 1789 Código Civil – Supletoriedad de la Ley de Enjuiciamiento Civil
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XI – Del depósito › CAPÍTULO III – Del secuestro · epígrafe no oficial
En lo que no se hallare dispuesto en este Código, el secuestro judicial se regirá por las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil.