Artículo 1846 Código Civil – Responsabilidad del subfiador ante cofiadores
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XIV – De la fianza › CAPÍTULO II – De los efectos de la fianza › Sección 3.ª De los efectos de la fianza entre los cofiadores · epígrafe no oficial
El subfiador, en caso de insolvencia del fiador por quien se obligó, queda responsable a los cofiadores en los mismos términos que lo estaba el fiador.