Fuentes oficialesboe.es · EUR-Lex
Europaius

Artículo 1846 Código Civil – Responsabilidad del subfiador ante cofiadores

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO XIV – De la fianza › CAPÍTULO II – De los efectos de la fianza › Sección 3.ª De los efectos de la fianza entre los cofiadores · epígrafe no oficial

El subfiador, en caso de insolvencia del fiador por quien se obligó, queda responsable a los cofiadores en los mismos términos que lo estaba el fiador.

Fuente oficial: boe.es · Versión: · Texto completo · Índice de artículos

Otros artículos de esta división

Texto según la fuente oficial. Solo la publicación oficial tiene validez jurídica.