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Artículo 64 Código Civil – Inscripción y efectos del matrimonio secreto

Código Civil · LIBRO PRIMERO – De las personas › TÍTULO IV – Del matrimonio › CAPÍTULO IV – De la inscripción del matrimonio en el Registro Civil · epígrafe no oficial

Para el reconocimiento del matrimonio secreto basta su inscripción en el libro especial del Registro Civil Central, pero no perjudicará los derechos adquiridos de buena fe por terceras personas sino desde su publicación en el Registro Civil ordinario.

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