Orden FOM/2554/2006, de 27 de julio, por la que se establece el procedimiento de control para el reintegro a las empresas navieras del importe de las bonificaciones al transporte marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de…
¿De qué trata esta norma?
Esta ley establece un nuevo procedimiento de control, inspección y verificación mediante sistemas electrónicos e informáticos para las bonificaciones en las tarifas de transporte marítimo para residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla. Su objetivo es mejorar la eficacia y agilidad en el reintegro de estas bonificaciones a las empresas navieras.
A quién afecta: Empresas navieras que operan servicios regulares de transporte marítimo con bonificaciones; Residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla que se benefician de bonificaciones en el transporte marítimo.
Plazos:
- La Dirección General de la Marina Mercante tiene 10 días para verificar la adecuación del fichero informático a las especificaciones técnicas.
De un vistazo
- País
- España
- Área del derecho
- Derecho del transporte
- Artículos
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- Resoluciones judiciales
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- Fuente
- boe.es
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¿Qué regula esta norma?
- El procedimiento de control, inspección y verificación de las bonificaciones en el transporte marítimo.
- La remisión de documentación por parte de las empresas navieras a la Dirección General de la Marina Mercante.
- Los plazos y criterios para la aceptación o rechazo de los ficheros informáticos y certificaciones presentadas.
- La verificación de la correspondencia entre los datos de los embarques y los embarques reales en los puertos.
¿A quién afecta esta norma?
- Empresas navieras que operan servicios regulares de transporte marítimo con bonificaciones.
- Residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla que se benefician de bonificaciones en el transporte marítimo.
¿Cuáles son los puntos clave?
- Las empresas navieras deben enviar un fichero informático con la relación de embarques bonificados y la relación de acomodaciones.
- La Dirección General de la Marina Mercante tiene 10 días para verificar la adecuación del fichero informático a las especificaciones técnicas.
- Se solicitará una muestra aleatoria de billetes bonificados, cuyo número se determinará según el Anexo 2, Tabla 1.
- Si el número de billetes erróneos en la muestra inicial es igual o mayor que el "Número de Errores de Rechazo" (Anexo 2, Tabla 2), el fichero y la certificación serán rechazados.
Jurisprudencia sobre esta norma
Derecho del transporte
Texto legal
Texto legal
Índice (4)
- Artículo 1 Objeto
- Artículo 2 Ámbito de aplicación
- Artículo 3 Procedimiento de inspección y control, mediante sistemas electrónicos
- Artículo 4 Emisión de cupones de embarque
200 ok El Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, establece en su disposición adicional única que el Ministerio de Fomento podrá establecer procedimientos de control, inspección y verificación, mediante sistemas electrónicos o informáticos, que sustituyan total o parcialmente los previstos en dicho real decreto para el transporte marítimo.
Durante el tiempo transcurrido desde la aprobación del real decreto se ha incrementado notablemente el grado de tecnificación e informatización en el ámbito empresarial a lo que, lógicamente, no han sido ajenas las empresas navieras.
Parece pues razonable dar cumplimiento ahora a lo dispuesto en la disposición adicional antes mencionada, garantizando con ello una mayor capacidad de análisis de la información y una mejora en la eficacia y agilidad del procedimiento de control.
Esta orden pretende, pues, la implantación del citado procedimiento para el transporte marítimo, si bien no para todos los trayectos en los que se realizan viajes bonificados, sino únicamente para aquéllos en los que el Estado bonifica de modo exclusivo, mientras que para los trayectos en los que existan bonificaciones concurrentes por parte del Estado y de las Comunidades Autónomas –esto es, los interinsulares de las Illes Balears y Canarias–, sigue aplicándose el artículo 12 del Real Decreto 1316/2001.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Fomento y con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:
El Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, establece en su disposición adicional única que el Ministerio de Fomento podrá establecer procedimientos de control, inspección y verificación, mediante sistemas electrónicos o informáticos, que sustituyan total o parcialmente los previstos en dicho real decreto para el transporte marítimo.
Durante el tiempo transcurrido desde la aprobación del real decreto se ha incrementado notablemente el grado de tecnificación e informatización en el ámbito empresarial a lo que, lógicamente, no han sido ajenas las empresas navieras.
Parece pues razonable dar cumplimiento ahora a lo dispuesto en la disposición adicional antes mencionada, garantizando con ello una mayor capacidad de análisis de la información y una mejora en la eficacia y agilidad del procedimiento de control.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Fomento y con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:
Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por el art. único.1 de la Orden FOM/1658/2015, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2015-8867. entra en vigor el 1 de octubre de 2015.
Redacción anterior: "El Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, establece en su disposición adicional única que el Ministerio de Fomento podrá establecer procedimientos de control, inspección y verificación, mediante sistemas electrónicos o informáticos, que sustituyan total o parcialmente los previstos en dicho real decreto para el transporte marítimo.
Durante el tiempo transcurrido desde la aprobación del real decreto se ha incrementado notablemente el grado de tecnificación e informatización en el ámbito empresarial a lo que, lógicamente, no han sido ajenas las empresas navieras.
Parece pues razonable dar cumplimiento ahora a lo dispuesto en la disposición adicional antes mencionada, garantizando con ello una mayor capacidad de análisis de la información y una mejora en la eficacia y agilidad del procedimiento de control.
Esta orden pretende, pues, la implantación del citado procedimiento para el transporte marítimo, si bien no para todos los trayectos en los que se realizan viajes bonificados, sino únicamente para aquéllos en los que el Estado bonifica de modo exclusivo, mientras que para los trayectos en los que existan bonificaciones concurrentes por parte del Estado y de las Comunidades Autónomas –esto es, los interinsulares de las Illes Balears y Canarias–, sigue aplicándose el artículo 12 del Real Decreto 1316/2001.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Fomento y con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, dispongo:"
Se suprime el párrafo 4 por el art. único.1 de la Orden FOM/1658/2015, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2015-8867.
Artículo 1Objeto
Esta orden tiene por objeto regular el procedimiento de control, inspección y verificación mediante sistemas electrónicos e informáticos, que será de aplicación para el reintegro a las empresas navieras del importe de las bonificaciones en las tarifas de los servicios regulares del transporte marítimo que se contemplan en el Real Decreto 1316/2001, de 30 de noviembre por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Artículo 2Ámbito de aplicación
Artículo 2Ámbito de aplicación
El procedimiento de control regulado en esta orden se aplicará a los servicios de transporte marítimo regular que se mencionan a continuación.
Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por el art. único.2 de la Orden FOM/1658/2015, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2015-8867. entra en vigor el 1 de octubre de 2015.
Redacción anterior: "Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Se modifica por el art. único.2 de la Orden FOM/1658/2015, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2015-8867.
Artículo 3Procedimiento de inspección y control, mediante sistemas electrónicos e informáticos
Este requerimiento contendrá los números de serie de los billetes que componen la muestra, que serán seleccionados por la Dirección General de la Marina Mercante de forma aleatoria.
El número total de billetes que componen la muestra se determinará en función del número de embarques contenidos en el soporte informático, conforme a la tabla 1 del Anexo 2.
Artículo 4Emisión de cupones de embarque
La citada información deberá contener los datos establecidos en el apartado C de Anexo 1.
Disposición final primera. Modificación de los Anexos.
Se autoriza al Director General de la Marina Mercante para modificar el contenido de los Anexos de esta orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el 1 de octubre de 2006.
No obstante lo anterior, las empresas navieras que cumplan con anterioridad a dicha fecha los requisitos establecidos en la presente orden, podrán solicitar acogerse a este procedimiento a partir del primer día del trimestre natural siguiente a su solicitud, para los tráficos con origen en puertos que tengan también la capacidad de proporcionar a la Dirección General de la Marina Mercante los datos de embarques que se produzcan en ellos de acuerdo con lo indicado en el apartado 6 a) del artículo 3.
Madrid, 27 de julio de 2006.–La Ministra de Fomento, Magdalena Álvarez Arza.
ANEXO 1 Especificaciones técnicas de los ficheros informáticos A. Contenido del fichero informático entregado por las empresas navieras con la relación de embarques correspondientes a los billetes bonificados.
El fichero informático contendrá un registro individualizado por cada uno de los embarques cuyo billete haya sido objeto de bonificación, y que soportan la totalidad de la certificación trimestral presentada por la empresa naviera. Cada registro del fichero informático contendrá los datos de un único embarque, distribuidos en los siguientes campos:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Año facturación.
Código numérico de 4 dígitos con el año de facturación.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Trimestre facturación.
Código numérico de 1 dígito con el número de orden anual del trimestre de facturación con un digito, correspondiendo el 1 al primer trimestre del año (enero a marzo) y, consecutivamente, hasta el 4, que corresponde a octubre-diciembre.
Caracteres permitidos: 1 a 4.
3 Código de Compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
4 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
5 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 3, código de formulario a 3 dígitos alfanuméricos, número de serie del billete a 7 dígitos numéricos y dígito de control a 1 dígito numérico. En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
6 Punto de Venta del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el código con que la empresa naviera identifica el punto de venta. Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 15, se completarán el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
7 Tipo de subvención.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con la tabla siguiente:
Canarias-resto del territorio nacional: 01.
Baleares-resto del territorio Nacional: 02.
Interinsular Canarias: 03.
Interinsular Balear: 04.
Melilla: 05.
Ceuta: 06.
Obligaciones de servicio público: 07.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
Esta tabla es susceptible de variación en el futuro.
8 Fecha de emisión del billete.
Código alfanumérico de 10 dígitos en el formato DD/MM/AAAA, en el que: DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y AAAA es el año con cuatro dígitos.
Caracteres permitidos: 0 a 9 y «/» (ASCII 47 decimal).
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
9 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
10 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
11 Fecha de utilización o embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
12 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
13 Código de Acomodación.
Código alfanumérico de 10 dígitos con el código con que la empresa naviera identifica la acomodación. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 10, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 10 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
14 Tarifa inicial.
Código numérico de 6 dígitos con el importe de la tarifa inicial tras aplicar los descuentos correspondientes (excepto el de residente, el de familia numerosa y/o militar, en su caso). Sobre este importe se calculará la subvención. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
15 Porcentaje de bonificación por residente.
Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje de bonificación por residentes, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresará como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
16 Porcentaje de bonificación por familia numerosa.
Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje de bonificación por familia numerosa, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresara como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
17 Porcentaje de bonificación por militar.
Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje de bonificación por militar, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresara como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
18 Importe final cobrado.
Código numérico de 6 dígitos con el importe final cobrado al pasajero después de aplicar las bonificaciones. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
19 Tipo de acreditación de residencia.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:
01 DNI.
02 Tarjeta de Residente.
03 Certificado de Residencia del Ayuntamiento.
04 Certificado de Residencia del Ayuntamiento para menores sin DNI.
05 Senador o Diputado.
Caracteres permitidos: 0 a 5.
20 Número de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o Tarjeta de Residente, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
21 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separaran estos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completaran el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A a Z y carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
22 Código municipio.
Código numérico de 6 dígitos con el código del municipio de residencia (según anexo II del R.D. 1316/2001), o de la circunscripción en el caso de Senador o Diputado. Constará de 6 caracteres numéricos, incluyendo los ceros no significativos.
Caracteres permitidos: 0-9.
B. Contenido del fichero informático facilitado por el Organismo Público Puertos del Estado y por los órganos competentes en materia portuaria de las Comunidades Autónomas.
El fichero informático remitido por el Organismo Público Puertos del Estado y por los órganos competentes en materia portuaria de las Comunidades Autónomas contendrá un registro individualizado por cada uno de los embarques que se han realizado en los trayectos en los que pueda existir billete bonificado. Cada registro del fichero informático contendrá los datos de un único embarque, distribuidos en los campos descritos a continuación:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Año de referencia.
Código numérico de 4 dígitos con el año de facturación.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Mes de referencia.
Código numérico de 2 dígitos con el número de orden del mes correspondiente. En caso de que el número de dígitos significativos sea 1, se deberá rellenar con un cero a la izquierda.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
3 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
4 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 6, código de formulario a 3 dígitos alfanuméricos, número de serie del billete a 7 dígitos numéricos y dígito de control a 1 dígito numérico. En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
5 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
6 Código de compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
7 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
8 Fecha de embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
9 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
10 Tipo de acreditación de residencia.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:
01 DNI.
02 Tarjeta de Residente.
03 Certificado de Residencia del Ayuntamiento.
04 Certificado de Residencia del Ayuntamiento para menores sin DNI.
05 Senador o Diputado.
Caracteres permitidos: 0 a 5.
11 Número de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o Tarjeta de Residente, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A-Z y 0-9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
12 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separaran estos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completaran el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A-Z y carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
C. Contenido del Cupón de Embarque legible electrónicamente.
Los cupones de embarque deberán disponer de un medio para que los órganos competentes del control de embarques puedan registrar, por medios electrónicos e informáticos, la siguiente información contenida en los mismos:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 4, código de formulario a 3 dígitos numéricos, número de serie del billete a 7 dígitos numéricos y dígito de control a 1 dígito numérico. En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
3 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
4 Código de compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
5 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
6 Fecha de embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
7 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
8 Tipo de acreditación de residencia.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:.
01 DNI.
02 Tarjeta de Residente.
03 Certificado de Residencia del Ayuntamiento.
04 Certificado de Residencia del Ayuntamiento para menores sin DNI.
05 Senador o Diputado.
Caracteres permitidos: 0 a 5.
9 Número de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o Tarjeta de Residente, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A-Z y 0-9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
10 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separaran estos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completaran el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A-Z y carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
D. Formato de los ficheros informáticos.
Los ficheros informáticos serán de texto ASCII y estarán contenidos en un soporte de disco compacto (CD), o DVD, o enviados por correo electrónico.
Para las empresas navieras, el nombre del fichero estará compuesto por el código de tres dígitos de la empresa naviera, seguido del año a cuatro dígitos y del número de orden del trimestre («1» para el primer trimestre enero-marzo, «2» para el segundo trimestre abril-junio, «3» para el tercer trimestre julio-septiembre y «4» para el cuarto trimestre octubre-diciembre), todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
Para los órganos gestores de los puertos, el nombre del fichero estará compuesto por el código de tres dígitos UN/LOCODE del puerto, seguido del año a cuatro dígitos y del número de orden del mes a dos dígitos («01» para el mes de enero, «02» para el mes de febrero, y así sucesivamente hasta el «12» para el mes de diciembre), todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
Cada registro del fichero será una línea de texto que contendrá los datos descritos en los artículos 3 y 4 de la presente Orden, según proceda, con el mismo número de campos, su misma codificación y en el mismo orden.
Cada línea contendrá la información correspondiente a un solo billete para las empresas marítimas, y a un solo embarque para los órganos gestores de los puertos.
Cada línea irá separada por un final de línea tipo DOS: CR y LF (ASCII 13 y ASCII 10, respectivamente). Los campos de cada línea estarán separados por el carácter «/» (ASCII 124).
Cada campo irá codificado conforme se indica en los artículos 3 y 4 de la presente Orden.
ANEXO 1 Especificaciones técnicas de los ficheros informáticos A. Contenido del fichero informático entregado por las empresas navieras con la relación de embarques correspondientes a los billetes bonificados.
El fichero informático contendrá un registro individualizado por cada uno de los embarques cuyo billete haya sido objeto de bonificación, y que soportan la totalidad de la certificación trimestral presentada por la empresa naviera. Cada registro del fichero informático contendrá los datos de un único embarque, distribuidos en los siguientes campos:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Año facturación.
Código numérico de 4 dígitos con el año de facturación.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Trimestre facturación.
Código numérico de 1 dígito con el número de orden anual del trimestre de facturación con un digito, correspondiendo el 1 al primer trimestre del año (enero a marzo) y, consecutivamente, hasta el 4, que corresponde a octubre-diciembre.
Caracteres permitidos: 1 a 4.
3 Código de Compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
4 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
5 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 3, código de formulario a 3 dígitos alfanuméricos, número de serie del billete a 7 dígitos numéricos y dígito de control a 1 dígito numérico. En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
6 Punto de Venta del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el código con que la empresa naviera identifica el punto de venta. Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 15, se completarán el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
7 Tipo de subvención.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con la tabla siguiente:
Canarias-resto del territorio nacional: 01.
Baleares-resto del territorio Nacional: 02.
Interinsular Canarias: 03.
Interinsular Balear: 04.
Melilla: 05.
Ceuta: 06.
Obligaciones de servicio público: 07.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
Esta tabla es susceptible de variación en el futuro.
8 Fecha de emisión del billete.
Código alfanumérico de 10 dígitos en el formato DD/MM/AAAA, en el que: DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y AAAA es el año con cuatro dígitos.
Caracteres permitidos: 0 a 9 y «/» (ASCII 47 decimal).
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
9 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
10 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
11 Fecha de utilización o embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
12 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
13 Código de Acomodación.
Código alfanumérico de 10 dígitos con el código con que la empresa naviera identifica la acomodación. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 10, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 10 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
14 Tarifa inicial.
Código numérico de 6 dígitos con el importe de la tarifa inicial tras aplicar los descuentos correspondientes (excepto el de residente, el de familia numerosa y/o militar, en su caso). Sobre este importe se calculará la subvención. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
15 Porcentaje de bonificación por residente.
Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje de bonificación por residentes, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresará como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
16 Porcentaje de bonificación por familia numerosa.
Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje de bonificación por familia numerosa, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresara como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
17 Porcentaje de bonificación por militar.
Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje de bonificación por militar, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresara como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
18 Importe final cobrado.
Código numérico de 6 dígitos con el importe final cobrado al pasajero después de aplicar las bonificaciones. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
19 Tipo de acreditación de residencia.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:
01 DNI.
02 Tarjeta de Residente.
03 Certificado de Residencia del Ayuntamiento.
04 Certificado de Residencia del Ayuntamiento para menores sin DNI.
05 Senador o Diputado.
Caracteres permitidos: 0 a 5.
20 Número de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o Tarjeta de Residente, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
21 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separaran estos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completaran el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A a Z y carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
22 Código municipio.
Código numérico de 6 dígitos con el código del municipio de residencia (según anexo II del R.D. 1316/2001), o de la circunscripción en el caso de Senador o Diputado. Constará de 6 caracteres numéricos, incluyendo los ceros no significativos.
Caracteres permitidos: 0-9.
23 Número de tarjeta de familia numerosa Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de la tarjeta de familia numerosa otorgada por la administración competente. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 15, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 15 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9 B. Contenido del fichero informático facilitado por el Organismo Público Puertos del Estado y por los órganos competentes en materia portuaria de las Comunidades Autónomas.
El fichero informático remitido por el Organismo Público Puertos del Estado y por los órganos competentes en materia portuaria de las Comunidades Autónomas contendrá un registro individualizado por cada uno de los embarques que se han realizado en los trayectos en los que pueda existir billete bonificado. Cada registro del fichero informático contendrá los datos de un único embarque, distribuidos en los campos descritos a continuación:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Año de referencia.
Código numérico de 4 dígitos con el año de facturación.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Mes de referencia.
Código numérico de 2 dígitos con el número de orden del mes correspondiente. En caso de que el número de dígitos significativos sea 1, se deberá rellenar con un cero a la izquierda.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
3 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
4 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 6, código de formulario a 3 dígitos alfanuméricos, número de serie del billete a 7 dígitos numéricos y dígito de control a 1 dígito numérico. En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
5 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
6 Código de compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
7 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
8 Fecha de embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
9 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
10 Tipo de acreditación de residencia.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:
01 DNI.
02 Tarjeta de Residente.
03 Certificado de Residencia del Ayuntamiento.
04 Certificado de Residencia del Ayuntamiento para menores sin DNI.
05 Senador o Diputado.
Caracteres permitidos: 0 a 5.
11 Número de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o Tarjeta de Residente, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A-Z y 0-9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
12 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separaran estos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completaran el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A-Z y carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
C. Contenido del Cupón de Embarque legible electrónicamente.
Los cupones de embarque deberán disponer de un medio para que los órganos competentes del control de embarques puedan registrar, por medios electrónicos e informáticos, la siguiente información contenida en los mismos:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 4, código de formulario a 3 dígitos numéricos, número de serie del billete a 7 dígitos numéricos y dígito de control a 1 dígito numérico. En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
3 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
4 Código de compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
5 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
6 Fecha de embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
7 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
8 Tipo de acreditación de residencia.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:.
01 DNI.
02 Tarjeta de Residente.
03 Certificado de Residencia del Ayuntamiento.
04 Certificado de Residencia del Ayuntamiento para menores sin DNI.
05 Senador o Diputado.
Caracteres permitidos: 0 a 5.
9 Número de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o Tarjeta de Residente, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A-Z y 0-9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
10 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separaran estos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completaran el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A-Z y carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
D. Formato de los ficheros informáticos.
Los ficheros informáticos serán de texto ASCII y estarán contenidos en un soporte de disco compacto (CD), o DVD, o enviados por correo electrónico.
Para las empresas navieras, el nombre del fichero estará compuesto por el código de tres dígitos de la empresa naviera, seguido del año a cuatro dígitos y del número de orden del trimestre («1» para el primer trimestre enero-marzo, «2» para el segundo trimestre abril-junio, «3» para el tercer trimestre julio-septiembre y «4» para el cuarto trimestre octubre-diciembre), todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
Para los órganos gestores de los puertos, el nombre del fichero estará compuesto por el código de tres dígitos UN/LOCODE del puerto, seguido del año a cuatro dígitos y del número de orden del mes a dos dígitos («01» para el mes de enero, «02» para el mes de febrero, y así sucesivamente hasta el «12» para el mes de diciembre), todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
Cada registro del fichero será una línea de texto que contendrá los datos descritos en los artículos 3 y 4 de la presente Orden, según proceda, con el mismo número de campos, su misma codificación y en el mismo orden.
Cada línea contendrá la información correspondiente a un solo billete para las empresas marítimas, y a un solo embarque para los órganos gestores de los puertos.
Cada línea irá separada por un final de línea tipo DOS: CR y LF (ASCII 13 y ASCII 10, respectivamente). Los campos de cada línea estarán separados por el carácter «/» (ASCII 124).
Cada campo irá codificado conforme se indica en los artículos 3 y 4 de la presente Orden.
Se modifica el cuadro A por la Resolución de 8 de septiembre de 2006. Ref. BOE-A-2006-16663.
ANEXO 1 Especificaciones técnicas de los ficheros informáticos A. Contenido del fichero informático entregado por las empresas navieras con la relación de embarques correspondientes a los billetes bonificados en todos los trayectos directos El fichero informático contendrá un registro individualizado por cada uno de los embarques cuyo billete haya sido objeto de bonificación, y que soportan la totalidad de la certificación trimestral presentada por la empresa naviera.
Cada registro del fichero informático contendrá los datos de un único embarque, distribuidos en los siguientes campos:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Año facturación Código numérico de 4 dígitos con el año de facturación.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Trimestre facturación Código numérico de 1 dígito con el número de orden anual del trimestre de facturación con un digito, correspondiendo el 1 al primer trimestre del año (enero a marzo) y, consecutivamente, hasta el 4, que corresponde a octubre-diciembre.
Caracteres permitidos: 1 a 4.
3 Código de Compañía Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
4 Número de Tarjeta de Embarque Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
5 Número de Cupón del Billete Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 3, código de formulario y número de serie del billete a 10 dígitos (3 dígitos alfanuméricos y 7 dígitos numéricos) y dígito de control a 1 dígito numérico.
En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones, al igual que si el código de formulario tiene un número de dígitos inferior a tres o si la compañía no utiliza digito de control para el billete.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
6 Punto de Venta del Billete Código alfanumérico de 15 dígitos con el código con que la empresa naviera identifica el punto de venta. Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 15, se completarán el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
7 Tipo de subvención Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con la tabla siguiente:
Caracteres permitidos: 0 a 9.
Esta tabla es susceptible de variación en el futuro.
8 Fecha de emisión del billete Código alfanumérico de 10 dígitos en el formato DD/MM/AAAA, en el que: DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y AAAA es el año con cuatro dígitos.
Caracteres permitidos: 0 a 9 y «/» (ASCII 47 decimal).
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
9 Trayecto Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
10 Compañía de utilización Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
11 Fecha de utilización o embarque Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
12 Indicador de adulto o menor Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor Caracteres permitidos: 1 y 2.
13 Código de Acomodación Código alfanumérico de 10 dígitos con el código con que la empresa naviera identifica la acomodación. . En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 10, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 10 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
14 Tarifa cobrada por el trasporte del pasajero Código numérico de 6 dígitos con el importe de la tarifa inicial o importe efectivo del billete una vez detraídos previamente de su precio nominal cualesquiera descuentos comerciales, promociones o conceptos asimilados, y antes de deducir las bonificaciones de residente, de familia numerosa y/o militar en su caso. Cuando la normativa vigente así lo establezca, podrá no coincidir con cualquiera de las cuantías base para aplicar los porcentajes de las referidas bonificaciones. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
15 Porcentaje de bonificación por residente (Estatal) Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje estatal de bonificación por residentes, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo : 3,5% se expresará como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
16 Porcentaje de bonificación por familia numerosa Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje de bonificación por familia numerosa, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresara como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
17 Porcentaje de bonificación por militar Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje de bonificación por militar, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresara como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
18 Precio final pagado por el transporte del pasajero Código numérico de 6 dígitos con el importe final pagado por el pasajero por su transporte después de aplicar las bonificaciones. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
19 Tipo de acreditación de residencia y condición de beneficiario Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:
Caracteres permitidos: 0 a 7.
20 Número de documento Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o NIE, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
21 Nombre y apellidos del pasajero Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separaran estos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completaran el numero de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A a Z y carácter «espacio» » (ASCII 32 decimal).
22 Código municipio Código numérico de 6 dígitos con el código del municipio de residencia (según anexo II del R.D. 1316/2001), o de la circunscripción en el caso de Senador o Diputado. Constará de 6 caracteres numéricos, incluyendo los ceros no significativos. Cuando la acreditación de la residencia se haya realizado telemáticamente a través del Ministerio de Fomento, se rellenará con ceros.
Caracteres permitidos: 0-9.
23 Número de tarjeta de familia numerosa Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de la tarjeta de familia numerosa otorgada por la administración competente. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 15, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 15 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
24 Porcentaje de bonificación por residente (Autonómico) Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje autonómico de bonificación por residentes, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresará como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
25 Importe de la subvención por residente (Estatal) Código numérico de 6 dígitos con el importe correspondiente a la subvención, calculado como el resultado de aplicar el porcentaje estatal de la subvención por residente sobre la cuantía base para dicha subvención.. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
26 Importe de la subvención por residente (Autonómico) Código numérico de 6 dígitos con el importe correspondiente a la subvención, calculado como el resultado de aplicar el porcentaje autonómico de la subvención por residente sobre la cuantía base para dicha subvención.. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
27 Importe de la subvención por familias numerosas Código numérico de 6 dígitos con el importe correspondiente a la subvención, calculado como el resultado de aplicar el porcentaje correspondiente de la subvención a miembros de Familias Numerosas, sobre la cuantía base para dicha subvención. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
28 Código de Verificación de consulta telemática Código alfanumérico de 60 dígitos generado por la consulta telemática. Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Este código incluye 14 caracteres alfanuméricos previamente comunicados a la Plataforma de verificación telemática con la siguiente estructura:
Posición 1: Letra S cuando se trate de un billete sencillo (Single ticket), o letra R cuando se trate de un billete de ida y vuelta (Return ticket).
Posiciones 2-4: código de la empresa naviera responsable de la facturación, compuesto por 3 dígitos alfanuméricos rellenos a ceros por la izquierda si la longitud del código de la naviera fuera menor de 3.
Posiciones 5-7: código de formulario, compuesto por 3 dígitos alfanuméricos rellenos a ceros por la izquierda si la longitud del código de formulario fuera menor de 3.
Posiciones 8-14: número de serie del billete, compuesto por 7 dígitos numéricos, rellenos a ceros por la izquierda si la longitud del número de serie del billete fuera menor de 7.
El campo se rellenará con nueves cuando la acreditación de la condición de beneficiario no se haya realizado por medio de consulta telemática.
29 Código de Respuesta de consulta telemática Código numérico de 3 dígitos de la respuesta a la consulta telemática, de acuerdo con la siguiente tabla:
B. Contenido del fichero informático facilitado por el Organismo Público Puertos del Estado y por los órganos competentes en materia portuaria de las Comunidades Autónomas.
El fichero informático remitido por el Organismo Público Puertos del Estado y por los órganos competentes en materia portuaria de las Comunidades Autónomas contendrá un registro individualizado por cada uno de los embarques que se han realizado en los trayectos en los que pueda existir billete bonificado. Cada registro del fichero informático contendrá los datos de un único embarque, distribuidos en los campos descritos a continuación:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Año de referencia.
Código numérico de 4 dígitos con el año de facturación.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Mes de referencia.
Código numérico de 2 dígitos con el número de orden del mes correspondiente. En caso de que el número de dígitos significativos sea 1, se deberá rellenar con un cero a la izquierda.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
3 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
4 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 6, código de formulario a 3 dígitos alfanuméricos, número de serie del billete a 7 dígitos numéricos y dígito de control a 1 dígito numérico. En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
5 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
6 Código de compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
7 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
8 Fecha de embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
9 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
10 Tipo de acreditación de residencia.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:
01 DNI.
02 Tarjeta de Residente.
03 Certificado de Residencia del Ayuntamiento.
04 Certificado de Residencia del Ayuntamiento para menores sin DNI.
05 Senador o Diputado.
Caracteres permitidos: 0 a 5.
11 Número de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o Tarjeta de Residente, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A-Z y 0-9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
12 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separaran estos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completaran el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A-Z y carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
C. Contenido del Cupón de Embarque legible electrónicamente.
Los cupones de embarque deberán disponer de un medio para que los órganos competentes del control de embarques puedan registrar, por medios electrónicos e informáticos, la siguiente información contenida en los mismos:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 4, código de formulario a 3 dígitos numéricos, número de serie del billete a 7 dígitos numéricos y dígito de control a 1 dígito numérico. En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
3 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
4 Código de compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
5 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
6 Fecha de embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
7 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
8 Tipo de acreditación de residencia.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:.
01 DNI.
02 Tarjeta de Residente.
03 Certificado de Residencia del Ayuntamiento.
04 Certificado de Residencia del Ayuntamiento para menores sin DNI.
05 Senador o Diputado.
Caracteres permitidos: 0 a 5.
9 Número de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o Tarjeta de Residente, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A-Z y 0-9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
10 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separaran estos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completaran el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A-Z y carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
D. Formato de los ficheros informáticos.
Los ficheros informáticos serán de texto ASCII y estarán contenidos en un soporte de disco compacto (CD), o DVD, o enviados por correo electrónico.
Para las empresas navieras, el nombre del fichero estará compuesto por el código de tres dígitos de la empresa naviera, seguido del año a cuatro dígitos y del número de orden del trimestre («1» para el primer trimestre enero-marzo, «2» para el segundo trimestre abril-junio, «3» para el tercer trimestre julio-septiembre y «4» para el cuarto trimestre octubre-diciembre), todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
Para los órganos gestores de los puertos, el nombre del fichero estará compuesto por el código de tres dígitos UN/LOCODE del puerto, seguido del año a cuatro dígitos y del número de orden del mes a dos dígitos («01» para el mes de enero, «02» para el mes de febrero, y así sucesivamente hasta el «12» para el mes de diciembre), todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
Cada registro del fichero será una línea de texto que contendrá los datos descritos en los artículos 3 y 4 de la presente Orden, según proceda, con el mismo número de campos, su misma codificación y en el mismo orden.
Cada línea contendrá la información correspondiente a un solo billete para las empresas marítimas, y a un solo embarque para los órganos gestores de los puertos.
Cada línea irá separada por un final de línea tipo DOS: CR y LF (ASCII 13 y ASCII 10, respectivamente). Los campos de cada línea estarán separados por el carácter «/» (ASCII 124).
Cada campo irá codificado conforme se indica en los artículos 3 y 4 de la presente Orden.
Se modifica por la Resolución de 8 de abril de 2013. Ref. BOE-A-2013-4048.
Se modifica el cuadro A por la Resolución de 8 de septiembre de 2006. Ref. BOE-A-2006-16663.
ANEXO I Especificaciones técnicas de los ficheros informáticos A. Contenido del fichero informático entregado por las empresas navieras con la relación de embarques correspondientes a los billetes bonificados El fichero informático contendrá un registro individualizado por cada uno de los embarques cuyo billete haya sido objeto de bonificación, y que soportan la totalidad de la certificación trimestral presentada por la empresa naviera.
Cada registro del fichero informático contendrá los datos de un único embarque, distribuidos en los siguientes campos:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Año facturación.
Código numérico de 4 dígitos con el año de facturación.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Trimestre facturación.
Código numérico de 1 dígito con el número de orden anual del trimestre de facturación con un digito, correspondiendo el 1 al primer trimestre del año (enero a marzo) y, consecutivamente, hasta el 4, que corresponde a octubre-diciembre.
Caracteres permitidos: 1 a 4.
3 Código de Compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
4 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
5 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 3, código de formulario y número de serie del billete a 10 dígitos (3 dígitos alfanuméricos y 7 dígitos numéricos) y dígito de control a 1 dígito numérico.
En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones, al igual que si el código de formulario tiene un número de dígitos inferior a tres o si la compañía no utiliza digito de control para el billete.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
6 Punto de Venta del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el código con que la empresa naviera identifica el punto de venta. Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 15, se completarán el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
7 Tipo de subvención.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con la tabla siguiente:
Caracteres permitidos: 0 a 9.
Esta tabla es susceptible de variación en el futuro.
8 Fecha de emisión del billete.
Código alfanumérico de 10 dígitos en el formato DD/MM/AAAA, en el que: DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y AAAA es el año con cuatro dígitos.
Caracteres permitidos: 0 a 9 y «/» (ASCII 47 decimal).
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
9 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
10 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
11 Fecha de utilización o embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
12 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
13 Código de Acomodación.
Código alfanumérico de 10 dígitos con el código con que la empresa naviera identifica la acomodación. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 10, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 10 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
14 Tarifa cobrada por el trasporte del pasajero.
Código numérico de 6 dígitos con el importe de la tarifa inicial o importe efectivo del billete una vez detraídos previamente de su precio nominal cualesquiera descuentos comerciales, promociones o conceptos asimilados, y antes de deducir las bonificaciones de residente, de familia numerosa y/o militar en su caso. Cuando la normativa vigente así lo establezca, podrá no coincidir con cualquiera de las cuantías base para aplicar los porcentajes de las referidas bonificaciones. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
15 Porcentaje de bonificación por residente (Estatal).
Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje estatal de bonificación por residentes, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresará como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
16 Porcentaje de bonificación por familia numerosa.
Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje de bonificación por familia numerosa, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresara como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
17 Porcentaje de bonificación por militar.
Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje de bonificación por militar, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresara como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
18 Precio final pagado por el transporte del pasajero.
Código numérico de 6 dígitos con el importe final pagado por el pasajero por su transporte después de aplicar las bonificaciones. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
19 Tipo de acreditación de residencia y condición de beneficiario.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:
Caracteres permitidos: 0 a 9.
20 Numero de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o NIE, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
21 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separaran estos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completaran el numero de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A a Z y carácter «espacio» » (ASCII 32 decimal).
22 Código municipio.
Código numérico de 6 dígitos con el código del municipio de residencia (según anexo II del R.D. 1316/2001), o de la circunscripción en el caso de Senador o Diputado. Constará de 6 caracteres numéricos, incluyendo los ceros no significativos. Cuando la acreditación de la residencia se haya realizado telemáticamente a través del Ministerio de Fomento, se rellenará con ceros.
Caracteres permitidos: 0-9.
23 Número de tarjeta de familia numerosa.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de la tarjeta de familia numerosa otorgada por la administración competente. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 15, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 15 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
24 Porcentaje de bonificación por residente (Autonómico).
Código numérico de 4 dígitos donde se indicará, si aplica a este billete, el porcentaje autonómico de bonificación por residentes, con 2 dígitos enteros y 2 decimales. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 4 dígitos. Por ejemplo: 3,5% se expresará como 0350. Si no aplicara reducción por este concepto se rellenará con 0000.
Caracteres permitidos: 0-9.
25 Importe de la subvención por residente (Estatal).
Código numérico de 6 dígitos con el importe correspondiente a la subvención, calculado como el resultado de aplicar el porcentaje estatal de la subvención por residente sobre la cuantía base para dicha subvención. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
26 Importe de la subvención por residente (Autonómico).
Código numérico de 6 dígitos con el importe correspondiente a la subvención, calculado como el resultado de aplicar el porcentaje autonómico de la subvención por residente sobre la cuantía base para dicha subvención. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
27 Importe de la subvención por familias numerosas.
Código numérico de 6 dígitos con el importe correspondiente a la subvención, calculado como el resultado de aplicar el porcentaje correspondiente de la subvención a miembros de Familias Numerosas, sobre la cuantía base para dicha subvención. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos Caracteres permitidos: 0-9.
28 Código de Verificación de consulta telemática.
Código alfanumérico de 60 dígitos generado por la consulta telemática. Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Este código se deducirá informáticamente a partir de los 14 caracteres alfanuméricos previamente comunicados a la Plataforma de verificación telemática con la siguiente estructura:
Posición 1: Letra S cuando se trate de un billete sencillo (Single ticket), o letra R cuando se trate de un billete de ida y vuelta (Return ticket).
Posiciones 2-4: código de la empresa naviera responsable de la facturación, compuesto por 3 dígitos alfanuméricos rellenos a ceros por la izquierda si la longitud del código de la naviera fuera menor de 3.
Posiciones 5-7: código de formulario, compuesto por 3 dígitos alfanuméricos rellenos a ceros por la izquierda si la longitud del código de formulario fuera menor de 3.
Posiciones 8-14: número de serie del billete, compuesto por 7 dígitos numéricos, rellenos a ceros por la izquierda si la longitud del número de serie del billete fuera menor de 7.
El campo se rellenará con nueves cuando la acreditación de la condición de beneficiario no se haya realizado por medio de consulta telemática.
29 Código de Respuesta de consulta telemática.
Código numérico de 3 dígitos de la respuesta a la consulta telemática, de acuerdo con la siguiente tabla:
Caracteres permitidos: 0-2 y 9.
El campo se rellenará con nueves cuando la acreditación de la condición de beneficiario no se haya realizado por medio de consulta telemática.
30 Importe de la subvención por militar.
Código numérico de 6 dígitos con el importe correspondiente a la subvención, calculado como el resultado de aplicar el porcentaje correspondiente de la subvención a militares, sobre la cuantía base para dicha subvención. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
31 Importe servicios adicionales.
Código numérico de 6 dígitos con el importe correspondiente a los servicios adicionales contratados por el pasajero e incluidos en el billete. Deberá figurar en céntimos de euro. El importe se redondeará por exceso al céntimo, de acuerdo a la norma establecida. El valor aparecerá sin separador decimal. El campo se rellenará con ceros a la izquierda si el importe tiene menos de 6 dígitos.
Caracteres permitidos: 0-9.
B. Contenido del fichero informático mensual de embarques reales facilitado por el Organismo Público Puertos del Estado y por los órganos competentes en materia portuaria de las Comunidades Autónomas El fichero informático remitido por el Organismo Público Puertos del Estado y por los órganos competentes en materia portuaria de las Comunidades Autónomas contendrá un registro individualizado por cada uno de los embarques que se han realizado en los trayectos en los que pueda existir billete bonificado. Cada registro del fichero informático contendrá los datos de un único embarque, distribuidos en los campos descritos a continuación:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Año de referencia.
Código numérico de 4 dígitos con el año de facturación.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Mes de referencia.
Código numérico de 2 dígitos con el número de orden del mes correspondiente. En caso de que el número de dígitos significativos sea 1, se deberá rellenar con un cero a la izquierda.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
3 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
4 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 6, código de formulario a 3 dígitos alfanuméricos, número de serie del billete a 7 dígitos numéricos y dígito de control a 1 dígito numérico. En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
5 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
6 Código de compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
7 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
8 Fecha de embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
9 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
10 Tipo de acreditación de residencia y condición de beneficiario.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:
Caracteres permitidos: 0 a 9.
11 Número de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o NIE, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
12 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separarán éstos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completarán el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A-Z y carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
C. Relaciones de los embarques reales producidos en cada escala, obtenible electrónicamente en el puerto Los cupones o sistemas de control de embarque utilizados por las compañías deberán disponer de un medio para que los órganos competentes del control de embarques puedan obtener, por medios electrónicos e informáticos, la siguiente información contenida en los mismos:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Número de Tarjeta de Embarque.
Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Número de Cupón del Billete.
Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 4, código de formulario a 3 dígitos numéricos, número de serie del billete a 7 dígitos numéricos y dígito de control a 1 dígito numérico. En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
3 Trayecto.
Código alfabético de 10 dígitos con el UN/LOCODE del puerto de embarque de 5 dígitos seguido del UN/LOCODE del puerto de desembarque de 5 dígitos.
Caracteres permitidos: A a Z.
4 Código de compañía.
Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
5 Compañía de utilización.
Código alfanumérico de 3 dígitos, que identifica a la empresa naviera que realiza realmente el transporte, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
6 Fecha de embarque.
Código alfanumérico de 16 dígitos con la fecha y hora de utilización del cupón de embarque, en el formato DD/MM/AAAA HH:MM, en el que DD/MM/AAAA es la fecha y HH:MM es la hora, ambos de inicio del viaje, donde DD es el número de día del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), MM es el número del mes (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda), AAAA es el año con cuatro dígitos, HH es la hora de comienzo del viaje en formato 24 h (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda) y MM es el minuto de comienzo del viaje (si es inferior a 2 dígitos, se añadirá un cero a la izquierda). El grupo fecha estará separado del grupo hora mediante un único carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: 0-9, «/» (ASCII 47 decimal), «:» (ASCII 58 decimal) y «espacio» (ASCII 32 decimal).
7 Indicador de adulto o menor.
Código numérico de 1 dígito en el que se pondrá un 1 si el billete se ha emitido a un adulto y un 2 si se ha emitido a un menor.
Caracteres permitidos: 1 y 2.
8 Tipo de acreditación de residencia y condición de beneficiario.
Código numérico de 2 dígitos con un valor numérico que se corresponda con el tipo de documento de acreditación, siendo el situado más a la izquierda un cero (ASCII 48 decimal), presentado según la siguiente tabla:
Caracteres permitidos: 0 a 9.
9 Número de documento.
Código alfanumérico de 12 dígitos con el número de DNI o NIE, incluyendo carácter de comprobación (dígito de control). En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9 Nota: No se aceptará el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
10 Nombre y apellidos del pasajero.
Código alfanumérico de 100 dígitos con el nombre y apellidos del pasajero. Si se trata de nombres compuestos se separarán éstos por un solo carácter «espacio» (ASCII 32 decimal). Se ajustará a la izquierda y en el caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 100, se completarán el número de posiciones sobrantes con el carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
Caracteres permitidos: A-Z y carácter «espacio» (ASCII 32 decimal).
D. Formato de los ficheros informáticos Todos los ficheros informáticos serán de texto ASCII y estarán contenidos en un soporte de disco compacto (CD), o DVD, o enviados por correo electrónico.
El nombre de los ficheros informáticos entregados por las empresas navieras con la relación de embarques correspondientes a los billetes bonificados por residentes y por familias numerosas en todos los trayectos directos estará compuesto por un código de un dígito que identifica el grupo de tráfico («P» para el tráfico con la Península, «I» para el tráfico Interinsular), seguido del código de tres dígitos de la empresa naviera, seguido del año a cuatro dígitos, seguido del número de orden del trimestre («1» para el primer trimestre enero-marzo, «2» para el segundo trimestre abril-junio, «3» para el tercer trimestre julio-septiembre y «4» para el cuarto trimestre octubre-diciembre), seguido del carácter «_» (ASCII95).y un dígito para identificar el sector de tráfico (opcional para aquellas navieras que operan en varios sectores «1» para Sur-Estrecho, «2» para Baleares, «3» para Canarias) y seguido de un código de un dígito que identifica el tipo de bonificación tráfico («R» para residentes, «N» para familias numerosas), seguido de los caracteres «V2» que identifican la versión, todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
Para los órganos gestores de los puertos, el nombre del fichero estará compuesto por el código de tres dígitos UN/LOCODE del puerto, seguido del año a cuatro dígitos y del número de orden del mes a dos dígitos («01» para el mes de enero, «02» para el mes de febrero, y así sucesivamente hasta el «12» para el mes de diciembre), todo ello sin espacios ni caracteres adicionales.
Cada registro del fichero será una línea de texto que contendrá los datos descritos, con el mismo número de campos, su misma codificación y en el mismo orden.
Cada línea contendrá la información correspondiente a un solo billete para las empresas marítimas, y a un solo embarque para los órganos gestores de los puertos.
Cada línea irá separada por un final de línea tipo DOS: CR y LF (ASCII 13 y ASCII 10, respectivamente). Los campos de cada línea estarán separados por el carácter «|» (ASCII 124).
Téngase en cuenta que esta última actualización establecida por el art. único.3 de la Orden FOM/1658/2015, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2015-8867. entra en vigor el 1 de octubre de 2015.
Redacción anterior:
ANEXO 1 Especificaciones técnicas de los ficheros informáticos A. Contenido del fichero informático entregado por las empresas navieras con la relación de embarques correspondientes a los billetes bonificados en todos los trayectos directos El fichero informático contendrá un registro individualizado por cada uno de los embarques cuyo billete haya sido objeto de bonificación, y que soportan la totalidad de la certificación trimestral presentada por la empresa naviera.
Cada registro del fichero informático contendrá los datos de un único embarque, distribuidos en los siguientes campos:
Número de orden Denominación del campo Contenido del campo 1 Año facturación Código numérico de 4 dígitos con el año de facturación.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
2 Trimestre facturación Código numérico de 1 dígito con el número de orden anual del trimestre de facturación con un digito, correspondiendo el 1 al primer trimestre del año (enero a marzo) y, consecutivamente, hasta el 4, que corresponde a octubre-diciembre.
Caracteres permitidos: 1 a 4.
3 Código de Compañía Código alfanumérico de 3 dígitos con el código que identifica a la empresa naviera responsable de la facturación, que será asignado al acreditarse la compañía como entidad emisora de facturas de cupones de embarque con derecho a subvención.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
4 Número de Tarjeta de Embarque Código numérico de 12 dígitos con el número de billete. En caso de que el número de dígitos significativos sea menor de 12, se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 12 posiciones.
Caracteres permitidos: 0 a 9.
5 Número de Cupón del Billete Código alfanumérico de 15 dígitos con el número de cupón del billete, formado, empezando por la izquierda, por el número de cupón del billete a 1 dígito numérico (1 para el de ida y 2 para el de vuelta), código de la compañía a 3 dígitos alfanuméricos conforme a lo especificado en el campo 3, código de formulario y número de serie del billete a 10 dígitos (3 dígitos alfanuméricos y 7 dígitos numéricos) y dígito de control a 1 dígito numérico.
En caso de que el número de dígitos significativos del número de serie del billete sea menor que 7, este segmento del campo se deberá rellenar con ceros a la izquierda hasta completar las 7 posiciones, al igual que si el código de formulario tiene un número de dígitos inferior a tres o si la compañía no utiliza digito de control para el billete.
Caracteres permitidos: A a Z y 0 a 9.
6 Punto de Venta del Billete