Artículo 1043 Código Civil – Colación de gastos del padre
Código Civil · LIBRO TERCERO – De los diferentes modos de adquirir la propiedad › TÍTULO III – De las sucesiones › CAPÍTULO VI – De la colación y partición › Sección 1.ª De la colación · epígrafe no oficial
Serán colacionables las cantidades satisfechas por el padre para redimir a sus hijos de la suerte de soldado, pagar sus deudas, conseguirles un título de honor y otros gastos análogos.
Otros artículos de esta división
- Artículo 1035Obligación de colacionar del heredero forzoso
- Artículo 1036Casos de exclusión de la colación
- Artículo 1037Dispensa de colación por el testador
- Artículo 1038Colación por los nietos herederos por representación
- Artículo 1039Exclusión de colación entre padres y ascendientes
- Artículo 1040Colación de donaciones al consorte del hijo
- Artículo 1041Gastos no sujetos a colación
- Artículo 1042Colación de gastos de carrera profesional
- Artículo 1044Reducción de los regalos de boda
- Artículo 1045Valoración de los bienes colacionables
- Artículo 1046Colación de la dote o donación conyugal
- Artículo 1047Imputación de la donación colacionable en la partición
- Artículo 1048
- Artículo 1049Frutos e intereses de los bienes colacionables
- Artículo 1050Partición pendiente de contienda sobre colación