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Artículo 1243 Código Civil – Prueba pericial

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO I – De las obligaciones › CAPÍTULO V – De la prueba de las obligaciones › Sección cuarta. De la prueba de peritos · epígrafe no oficial

El valor de esta prueba y la forma en que haya de practicarse son objeto de las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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