Artículo 1256 Código Civil – Arbitrio unilateral en el contrato
Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO II – De los contratos › CAPÍTULO I – Disposiciones generales · epígrafe no oficial
La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.
Jurisprudencia sobre el Artículo 1256 Código Civil
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