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Artículo 1274 Código Civil – Causa de los contratos según su naturaleza

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO II – De los contratos › CAPÍTULO II – De los requisitos esenciales para la validez de los contratos › Sección 3.ª De la causa de los contratos · epígrafe no oficial

En los contratos onerosos se entiende por causa, para cada parte contratante, la prestación o promesa de una cosa o servicio por la otra parte; en los remuneratorios, el servicio o beneficio que se remunera, y en los de pura beneficencia, la mera liberalidad del bienhechor.

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Jurisprudencia sobre el Artículo 1274 Código Civil

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