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Artículo 1581 Código Civil – Duración del arrendamiento sin plazo fijado

Código Civil · LIBRO CUARTO – De las obligaciones y contratos › TÍTULO VI – Del contrato de arrendamiento › CAPÍTULO II – De los arrendamientos de fincas rústicas y urbanas › Sección 4.ª Disposiciones especiales para el arrendamiento de predios urbanos · epígrafe no oficial

Si no se hubiese fijado plazo al arrendamiento, se entiende hecho por años cuando se ha fijado un alquiler anual, por meses cuando es mensual, por días cuando es diario.

En todo caso cesa el arrendamiento, sin necesidad de requerimiento especial, cumplido el término.

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Jurisprudencia sobre el Artículo 1581 Código Civil

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